European Union

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The European Union (EU) is a legal political community constituted under the sui generis regime of an international organization founded to promote and welcome the integration and common governance of the States and nations of Europe. It is made up of twenty-seven European States and was established with the entry into force of the Maastricht Treaty on November 1, 1993.

The Member States — whose combined area covers an area of 4 237 473 km² — are independent sovereign countries that make up the Union. Some of these States have territories outside of Europe, which may form part of the Union and are generally called outermost regions. However, certain European territories of the Member States and several associated territories located outside the continent are not part of the EU. As a whole, the territory of the EU had approximately 446 million inhabitants in 2021.

The organization that would become the EU was created in the post-World War II period. His initial steps consisted of promoting economic cooperation since —according to the official version— "trade produces an interdependence between countries that reduces the possibilities of conflict." As a result, the European Economic Community (EEC/EC) was created in 1958 with the manifest objective of increasing economic cooperation between its six founding countries: Germany, Belgium, France, Italy, Luxembourg and the Netherlands. Since then, 22 more countries have joined (although the UK left the EU in 2020) and an internal market has been created.

To achieve their common objectives, the States of the Union attribute certain powers to it, exercising a common or shared sovereignty that is deployed through community channels. Thus, with the Maastricht Treaty, the superstructure « European Union" merged and built on the three pre-existing European Communities — the European Coal and Steel Community (ECSC), the European Atomic Energy Community (Euratom) and the EC — and added to them the common foreign policy and cooperation judicial and police, forming a complex system known as «The three pillars». However, with the entry into force on December 1, 2009 of the Treaty of Lisbon, the European Union succeeded, completely although with certain particularities, the European Communities and thereby assumed its unique legal personality as a subject of international law.

The Union has developed a legal and political system, the European community, which is governed by internal operating procedures that make up a hybrid system of transnational government that combines elements close to multilateral cooperation, although strongly structured and institutionalized, with others with a purely supranational vocation. All this leads to a community of Law, whose legal and political nature is discussed, although its founding elements and its historical evolution point to a form of supranational governance with a historical-political inspiration of federal vocation — in the sense of a new international federalism, not of a classic federal State—which can be detected in areas such as European citizenship, the principles of primacy and direct effect that are applicable to its legal system in relation to national systems, the system jurisdiction or the monetary union (the euro system).

The EU is governed by an internal system in a regime of representative democracy framed in its seven institutions: The European Council that exercises functions of general political orientation and foreign representation, and appoints the heads of the high constitutional institutions; the European Parliament and the Council of the European Union that exercise legislative power on equal terms; the European Commission that applies Union Law, supervises its compliance and executes its policies; the Court of Justice that exercises jurisdictional tasks supreme in the community legal system; the Court of Accounts, which supervises and controls the proper functioning and proper administration of finances and community funds; and the European Central Bank that directs and applies the single monetary policy of the eurozone.

Without a clear European narrative and despite the institutional evolution brought about by the Treaty of Lisbon, the EU has had difficulties in dealing with the numerous crises that have arisen since the entry into force of said document: the Great Recession, the Crisis of euro, Greece's sovereign debt, conflicts with Russia over its relations with Ukraine, the unprecedented number of refugees — coming from Ukraine, Asia and Africa, the confusion caused by the withdrawal of the United Kingdom, the trade war, and the pandemic of COVID-19. This situation has led to the development of a process of institutional reform and readaptation of community policies —which has gained strength since the late 2010s— in which the Scholz Government of Germany has committed to «the evolution of the EU towards a European federal state".

History

Background

Inter-war initiatives
Kalergi Project

Driven by the weight of Richard Coudenhove-Kalergi, he failed due to the rivalry between Germany and France. It sought to establish a pan-European federation that would preclude the internal conflicts of the continent, as well as the creation of a peaceful settlement of disputes between European countries.

Stresemann Project

He sought to reintegrate Germany into international society. Gustav Stresemann, Minister of Foreign Affairs, succeeded in incorporating his country into the League of Nations (SDN) in 1926.

Briand Project

It was proposed by the French president, Aristide Briand in a speech to the SDN in 1929. It sought to overcome Franco-German rivalry through the creation of an axis between the two countries, to articulate a federation of European nations to anticipate a new conflict through political and social cooperation, as well as economic growth.

The "Salon de l'Horloge" where the Schuman Declaration took place, the first stone for the creation of community institutions.

After the end of World War II, Europe was plunged into devastation. Germany was devastated, in terms of loss of human life and material damage. While France and the United Kingdom were officially victorious against Nazi Germany in the conflict, both countries suffered significant losses (although less than those in Germany) that seriously affected their economies and their global prestige.

The declaration of war between France and the United Kingdom to Germany took place in September 1939. Once the conflict in Europe ended on 8 May 1945, the German regime was held accountable for the beginning of the war, as its expansionist policy had led it to occupy and in some cases annex territories of other countries of the continent. Germany, which lost a considerable part of its pre-war territory, was occupied by foreign armies that divided its territorial area into four parts, as agreed at the Yalta Conference.

In the later years, resentment and distrust among European nations made it difficult for reconciliation. In this context the French Foreign Minister Robert Schuman strongly defended the creation of West Germany, the result of the union of the three occupation zones controlled by the Western democracies, leaving aside the Soviet occupation zone. Schuman, of German-luxembourgeois origin, had possessed the three nationalities (French, German, Luxembourg) during different stages of his life. Eventually this fact may have made you understand the complexity of European conflicts and soon develop an interest in European unification.

In 1946, Winston Churchill gave a speech at the University of Zurich, considered by several authors as the first step towards integration during the post-war period. Although, it is generally considered that the real first step was taken on 9 May 1950, five years after the capitulation of the Nazi regime, when Schuman launched an appeal to Western Germany and the European countries that wished it to submit under one common authority the management of their respective steel and coal productions. This speech, known as the Schuman Declaration, was received in a manner that was dispersed within European governments and marked the beginning of European construction, since it was the first specific official proposal for integration in Europe. The fact was that by submitting the two indispensable productions of the arms industry to a single authority, the countries participating in this organization would find a great difficulty in the event of wanting to start a war between them.

The declaration marked the beginning of the integration of the European states as a movement in contrast to the previous nationalist tendency and the tense rivalries it caused between the states of Europe. This new reality was largely propitiated by the end of the traditional European hegemony in the world after the Second World War, which made Europeans aware of their own weakness in the face of the emergence of two new superpowers, the United States and the Soviet Union, which had a power superior to that of the heterogeneous group of European states. Moreover, the consequences of the conflict favoured the desire among citizens to create a freer and fairer continent in which inter-country relations were developed peacefully to avoid by all means a new confrontation between European states.

European Communities

Founding States of CECA. Algeria was an integral part of the French Fourth Republic.

Robert Schuman's proposal was enthusiastically welcomed by the Foreign Minister of the Federal Republic of Germany Konrad Adenauer. In the spring of 1951, the Treaty that institutionalizes the European Community of Coal and Steel (CECA) was signed in Paris, and the proposal by Schuman. Germany, France, Italy, Netherlands, Belgium and Luxembourg (known as “The Six”), they achieve an understanding that favors the exchange of the necessary raw materials in steel, thus accelerating the economic dynamics, in order to give Europe a capacity of autonomous production. This founding treaty sought to approximate European victors and vanquished within a Europe that could take its destiny in the medium term, becoming independent of external entities. The treaty expired in 2002, despite the fact that its role was obsolete after the merger of executive and legislative bodies within the European Community, which acquired legal personality, and also through the 1986 European Single Act.

In May 1952, already in the Cold War, a treaty was signed in Paris establishing the European Defence Community (ECDC), which allowed the weaponry of West Germany within the framework of a European army. Five members of CECA ratified the treaty, but in August 1954, French parliamentarians rejected it, as a result of the joint opposition of gaullists and communists. Thus, the former Brussels Treaty of 1948 is modified to create the Western European Union (EU) which was until the entry into force of the Treaty of Amsterdam in 1999 the only organization of the continent responsible for European defence and security. Although it reinforced the old treaty, the UEO was an entity in the shadow of NATO, although it was commissioned during its existence of the defense of the European countries against a hypothetical attack.

A major impulse came in 1957 with the signing of the Rome Treaties. Six. decide to advance cooperation in economic, political and social domains. The aim was to achieve a “common market” that would allow the free movement of people, goods and capitals. The European Economic Community (ECE) is the international entity, of a supranational type, with an autonomous capacity for financing institutionalized by this treaty. This document formed a third community of indefinite duration, the Euratom.

Meanwhile, in order to provide the Community with a headquarters, Schuman and Adenauer promote the so-called "Statute of Sarre", which is rejected by the local population in a referendum.

Union of the Three Pillars

The fall of the Berlin Wall laid the basis for the integration of several countries in the centre and east of the continent into the EU.

In 1965, a treaty was signed that merged the executives of the three European communities through the creation of the European Commission (EC) and the Council of the European Union (EC). The European Single Act signed in February 1986 came into effect in July 1987, and had as its mission the re-engineering of European construction, setting the consolidation of the domestic market in 1993 and allowing the free movement of capital and services equally. Through this treaty, community competences are extended to the domains of research and technological development, the environment and social policy. The Single Act also consecrates the existence of the European Council, which brings together heads of state and government and promotes a common foreign policy initiative (European Political Cooperation) as well as security cooperation.

The Maastricht Treaty or the European Union, signed in February 1992 and in force since 1993, introduced a new institutional structure, which remained until the entry into force of the Lisbon Treaty. This institutional structure was composed of the well-known three pillars of the European Union: the first pillar was the community pillar, which corresponded to the three communities (the European Community, the European Atomic Energy Community and the former European Community of Coal and Steel); the second was the pillar for foreign policy and common security, which was regulated in Title V of the Treaty of the European Union; and the third was the pillar for police cooperation; These three pillars operated on different decision-making procedures, as the first pillar operated through the community procedure, while the other two were governed by the intergovernmental procedure. The Maastricht Treaty also created European citizenship and allowed free movement and residence in the countries of the community, as well as the right to vote and be elected in a state of residence for the European or municipal elections. This treaty also decided to create a single European currency, the Euro, which would enter into circulation in 2002 under the control of the European Central Bank.

However, the work of the union was overshadowed by the budget crisis in March 1999. The Parliament refused to approve the Community ' s 1996 budget for financial mismanagement, fraud and nepotism. The Parliament established a committee to review the situation, the results of which were published on 15 March 1999 and were critical of the Commission. The Socialists, the only important party to support the executive, withdrew their support Santer and, with the Parliament ready to throw them out, the entire Santer Commission resigned on the same night of the publication of the report. The crisis caused damage to the Commission ' s position with the Council and Parliament challenging the Commission ' s position in the following years. In response, the OLAF anti-fraud control body was quickly established by the Commission.

Over these years, the EEC/EU began to expand on the European continent, mainly among the countries of Western Europe: the United Kingdom, Ireland and Denmark in 1973; Greece in 1981; Spain and Portugal in 1986; Eastern Germany in 1990; and Austria, Finland and Sweden in 1995.

From Amsterdam to Lisbon

Celebration of the Day of Europe, an official from the Maastrich Treaty in Brussels.
Lisbon Treaty signature ceremony.

In 1999, the Treaty of Amsterdam came into force, reflecting the principles of freedom, democracy and respect for human rights, explicitly including the principle of sustainable development. Two years later the Nice Treaty was signed, which would enter into force in 2003. Meanwhile, in 2002, CECA was extinguished after the end of its validity period (50 years), and its scope of action was encompassed in that of the European Community.

On 1 May 2004, the largest expansion took place in the European Union, with the entry of 10 new members from Eastern Europe: Estonia, Latvia, Lithuania, Poland, Czech Republic, Hungary, Slovakia, Slovenia, Malta and Cyprus. The constitutional treaty was signed in Rome on 29 October 2004. The ratification of the treaty was initiated by the adoption of Parliament, but some states called referendums in 2005. The first was that held in Spain, where the document was approved with 76.73 % support. However, ratification reached a major obstacle when the voters of France and the Netherlands rejected the document. This ratification largely stopped, with only a few states trying to approve it yet. Luxembourg continued with its vote and approved the constitution by 57%. This did not change things, however, and the leaders announced that they entered a "period of reflection" on rejection.

Subsequently, Romania and Bulgaria were incorporated into the expansion of the European Union in 2007, while on 25 March 2007 (on the fiftieth anniversary of the signing of the Treaty of Rome) the European leaders formally ended the "period of reflection" with the signing of the Berlin Declaration. The declaration was intended to give new impetus to the search for a new institutional agreement before the 2009 European elections. As early as 2007, the European Council agreed that the Constitution had failed, despite the fact that most of the proposals that included the text were subsequently included in the reform of the EU treaties, contrary to the constitution, which would replace all previous treaties. Thus, on 13 December 2007, the so-called Lisbon Treaty was signed.

This treaty aimed to improve the functioning of the European Union by amending the Maastricht Treaty and the Treaty establishing the European Community (Treaty of Rome). Some of the most important reforms introduced by the Lisbon Treaty were the reduction of the possibility of stagnation in the decision-making of the Council of the European Union through the vote by qualified majority, a European Parliament with greater weight through the extension of the joint decision procedure with the Council of the EU, the elimination of those by then obsolete three pillars of the European Union, and the creation of the figures of President of the European Council and High Representative of the EU for Foreign Affairs and Policy. The Lisbon Treaty, which entered into force on 1 December 2009, also made the Charter of Fundamental Rights of the European Union legally binding on member States.

On the other hand, the Great Recession initiated in 2008 and the euro crisis affected the economy of most member States, despite which Croatia succeeded in becoming the Union member number 28 on 1 July 2013. In the midst of the recession, the EU and its member states faced the 2015 migration crisis in Europe that tested the common European asylum system and the Schengen space.

Refounding the Union: Brexit, pandemic and Russian invasion of Ukraine

On 27 May 2020 Ursula von der Leyen presented the program Next Generation EU (video in Spanish).

The consolidation of the European Union (EU) is the project that seeks institutional reform and re-adaptation of the policies of that international organization. It was initiated in 2017 and driven mainly by the European Commission (EC) and the so-called Franco-German axis. Although the term consolidation has been used mainly by the President of France, Emmanuel Macron and his government, different political actors have referred to the situation using different terms to reflect the will to increase the geopolitical capacity, strategic autonomy or the sovereignty of the Union. For example, Macron himself used the words "relationship, power, membership" to define the axes of work during the French presidency of the Council of the EU in 2022, a key moment in the development of the project.

In the midst of the diplomatic tension between Russia and the EU and the intensification of the rivalry between China and the United States, the EU began to discuss the notion of strategic autonomy, which requires the organization to defend its sovereignty and promote its interests independently. Such autonomy is often linked to defense, but it could go further, in view of the fact that at the international level economic and technological capacities have gained relevance. However, several European leaders aspire to equip the EU with the military capabilities they consider necessary to guarantee its defense in order to achieve strategic autonomy.

Meanwhile, the US governments of Donald Trump (2017-2021) and Joe Biden (2021-presentity), took on a relative rupture position with respect to the EU and the member states of the organization, which has generated a "loss of confidence" in the bilateral relationship within the political class and public opinion in the EU. At the same time, the new Euro-British relations, following the referendum and subsequent departure from the UK of the EU in 2020, have developed in the midst of a strengthening of the Anglo-Sphere that has clashed with some EU interests.

However, two major catalysts have been driving a number of significant changes in the community bloc since 2020: the crisis of the COVID-19 pandemic and the situation of the Union following the Russian invasion of Ukraine. Among other aspects, both crises highlighted the Union ' s external dependence on products and raw materials of a strategic nature. This, coupled with the growing protectionism of key competitors such as China and the United States — in particular the laws of the latter adopted in 2022 — enhanced the adoption of community measures seeking reindustralization within the EU.

The European story

Journalistic cartoon on the euro crisis.

The European account is the narrative that influences the evolutionary process of the European Union (EU). However, many specialists — such as Luuk van Middelaar or Wolfgang Münchau — consider this testimony to be exhausted and, consequently, there is no consensus on the idea of the European project or its usefulness. This analytical current considers that a new account is needed if it is sought to give continuity to the integration process and the very idea of Europe that it claims to represent.

At the beginning of the European construction process, in the face of the difficulty of generating sympathy in a European flag, a shared history or other symbols, the founding fathers and their successors opted to introduce a project settled more in the practical than in the affective. Thus, although initially the account on the need for European construction focused on the eradication of war, it was then complemented by initiatives in the field of the economy. In this way, the relative economic success of the European process became the vector of integration and the motive for it since its origins in the 1950s. However, as the European account was affected after the controversy over the success of economic integration, the desirability of the same European project had been questioned.

The Great Recession, the COVID-19 pandemic and the Russian-Ukrainian war transformed European reality by affecting its narrative by introducing the perception of vulnerability to the risks of external origin, as well as the idea of a “divorce” between citizenship and institutions of the community system. However, the disillusionment with the European project is not only related to the aforementioned crises, but also to the perception of a democratic deficit in the European Union aggravated by the loss of its aura linked to economic success. However, these crises would eventually contribute to consolidating a transformation in the collective memory of European construction, especially with regard to the European account that emerged from the post-war World War II. All of this is accompanied by the return of a more conflict-centred European historiography and less in a history that gives priority to diversity as the main value in Europe. In this context, the stories on the crisis of the centuryXXI vary according to ideologies and member States where they are often instrumentalized by national political interests.

For supporters of the creation of a new European account, the success of the European account will depend on the fact that most of the European population is integrated into it. This new narrative considers that the European account must recover shared cultural values and not only economic or political interests. In this sense, a story is not a mere enumeration of historical events but a narrative that confers meaning on the actions of the past and the future.

Treaties

Signed
Entry into force
Document
1948
1948
First Treaty of Brussels
1951
1952
Treaty of Paris
1954
1955
Second Brussels Treaty
1957
1958
Treaty of Rome
1965
1967
Fusion Treaty
1975
N/A
Statement on the European Union
1986
1987
Single European Act
1992
1993
Maastricht Treaty
1997
1999
Treaty of Amsterdam
2001
2003
Treaty of Nice
2007
2009
Lisbon Treaty
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Three pillars of the European Union:
European Communities:
European Atomic Energy Community (Euratom)
European Community of Coal and Steel (CECA) Expirado en 2002European Union (EU)
European Economic Community (CEE) European Community (EC)
TREVI Justice and Interior Affairs (AJI)
Judicial and Police Cooperation in Criminal Matters (EC)
European Political Cooperation(ECE) Foreign and Common Security Policy (SCSP)
Unconsolidated bodiesWestern European Union (UEO)
Expirado en 2011

Member States

Membresía de la Unión Europea
AL
DE
AT
BE
BA
BG
CY
HR
DK
SK
SI
EE
ES
FI
FR
GE
GR
HU
IE
IS
IT
XK
LV
LT
LU
MK
MT
MD
ME
NO
NL
PL
PT
UK
CZ
RO
RS
SE
CH
TR
UA
Los países están identificados con códigos ISO 3166-1 (alfa-2)
Gtk-dialog-info.svg Estados miembros de la UE (27). Abandonó la Unión (1). Candidatos oficiales (8). Candidato potencial que ha presentado solicitud formal (2) Antiguos candidatos que paralizaron o cancelaron el proceso (3).

Los Estados miembros de la Unión Europea​ son los países soberanos que forman parte de dicha organización.​ Su número ha aumentado desde los seis Estados fundadores a los veintisiete que hoy conforman la unión: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumania y Suecia.​ Este incremento se debe a que la comunidad ha experimentado sucesivas ampliaciones que han extendido sus fronteras hasta abarcar en la actualidad la mayor parte del territorio continental bajo la gobernanza común de la Unión Europea.

Todos los Estados miembros son partes de los tratados constitutivos de la organización, que son el Tratado de la Unión Europea (TUE) y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). Sin embargo, estos países difieren entre sí en su historia, cultura, población, geografía, modelo político y territorial de gobierno, e incluso forma de Estado (veintiún repúblicas y seis monarquías),​ aunque se encuentran vinculados entre sí por el compromiso político, económico y jurídico que deriva del proceso de integración europea asumido por todos en el marco de los tratados constitutivos.

Puede formar parte de la Unión cualquier país europeo que cumpla los criterios de Copenhague que establecen la obligatoriedad de que el Estado posea un gobierno democrático y libre mercado, además de reconocer los derechos y libertades de los ciudadanos, entre otros requisitos.​ Ahora bien, la bandera de la Unión Europea (círculo de doce estrellas amarillas sobre fondo azul) fue adoptada por la entonces Comunidad Económica Europea en 1985, y su número de estrellas ha sido y será invariablemente doce, es decir, no tiene relación con el número de estados de la Unión.

Por otra parte, desde la firma del Tratado de Lisboa cualquier Estado miembro que lo desee puede solicitar la retirada de la UE. Es así que el gobierno del Reino Unido, tras el referéndum de 2016, realizó los preparativos para invocar el artículo 50 del Tratado de la Unión Europea con que inició formalmente el proceso para la salida del Reino Unido de la Unión Europea (Brexit) que se hizo efectiva el 1 de febrero de 2020. Sin embargo Groenlandia, como territorio, ya se había retirado de la Comunidad Europea tras un proceso desarrollado a mediados de los años 1980 al conseguir mayor autonomía de un Estado miembro (Dinamarca).​

También hay una serie de países que han establecido fuertes vínculos con la Unión Europea de forma similar incluso a ciertos aspectos de la pertenencia como Estado miembro. Tal es el caso de Noruega e Islandia que se encuentran en el Espacio Económico Europeo (EEE), son parte del espacio Schengen, y participan en varios de los programas, instituciones y actividades de la UE.​ Algo parecido ocurre con Suiza que también pertenece al espacio Schengen.​ Sin embargo estos países han rechazado su adhesión en diversas votaciones.​

Ampliación potencial

Hay ocho países candidatos oficiales para formar parte de la UE, los cuales son Turquía (desde 2004), Macedonia del Norte (desde 2005), Montenegro (desde 2010), Serbia (desde 2012), Albania (desde 2014), junto con Bosnia y Herzegovina, Moldavia y Ucrania (desde 2022).​ Además son candidatos potenciales Georgia, así como Kosovo (aunque este último se encuentra bajo administración interina de la ONU).​

Geografía

Territorios especiales que forman parte de la UE
Regiones especiales por Estado
Alemania: Büsingen am Hochrhein y Heligoland.
Italia: Campione d'Italia y Livigno.
España: Ceuta, Melilla y Plazas de soberanía.​
Finlandia: Åland
Grecia: Monte Athos
Regiones ultraperiféricas
Francia: Guayana Francesa, Guadalupe, Martinica, Mayotte,​ Reunión y San Martín.
España: Canarias.
Portugal: Azores y Madeira.
Territorios especiales que no forman parte de la UE
Países y territorios de ultramar
Francia: Nueva Caledonia, Polinesia Francesa, Wallis y Futuna, San Pedro y Miquelón, San Bartolomé, Tierras Australes y Antárticas Francesas.​
Reino de los Países Bajos: Aruba, Curazao, Sint Maarten e Islas BES.​
Reino de Dinamarca: Groenlandia.​
Casos especiales
Territorios con los tratados de la UE suspendidos
Chipre: Chipre del Norte​
Territorios Antárticos:​ Tierra Adelia​
Territorios no incluidos
Francia: Isla Clipperton​
Reino de Dinamarca: Islas Feroe
Países o territorios asociados
Países de la AELC:​ Islandia, Liechtenstein, Noruega (excepto Svalbard y dependencias antárticas), y Suiza.
Territorios del Reino Unido vinculados parcialmente a la UE: Irlanda del Norte,​ Gibraltar.​ Acrotiri y Dhekelia,​
Otros países asociados: Andorra,​ Mónaco,​ San Marino,​ y Ciudad del Vaticano.​
El territorio de la UE no es el mismo que el de Europa, ya que, en primer lugar, hay estados europeos que se encuentran fuera de la UE, como Reino Unido, Islandia, Suiza, Noruega y Rusia. La UE sólo está formada por los 27 países europeos soberanos independientes que se conocen como los Estados miembros cuya superficie combinada —con algunas excepciones— cubre un área de 4 237 473 km².​ Además, con 53 563,9 km de largo, la UE tiene la tercera costa más larga del mundo.

Los territorios especiales de la UE se agrupan en diferentes categorías: las regiones especiales, que forman parte de la Unión pero que por sus características geográficas o culturales, disfrutan de ciertas exenciones en la aplicación del derecho de la UE; las regiones ultraperiféricas, que por su lejanía de la Europa continental disfrutan de ciertas ventajas como una fiscalidad más baja; los territorios de ultramar, que no forman parte de la Unión, pero que pueden beneficiarse de la asociación con la UE.

En lo referente a las regiones especiales, algunos municipios tienen este estatuto por razones geográficas o históricas. Hay, ante todo, los exclaves alemán e italiano, respectivamente Büsingen am Hochrhein​ y Campione d'Italia,​​ Suiza, además de la localidad italiana de Livigno que se beneficia de un estatuto extraterritorial desde el siglo XIX aunque no es un exclave.​​ También alemana es la isla Helgoland que, aunque miembro de la UE, está excluida de la unión aduanera y no está sujeta a régimen fiscal alemán.​ Igualmente las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla y las plazas de soberanía españolas en África tienen un estatuto especial respecto al IVA, la PAC y la PPC.​ También Åland, que se encuentran en continuidad con las zonas económicas exclusivas de Suecia y Finlandia, ambos miembros de la Unión,​ disfruta de una amplia autonomía.​ Finalmente el caso del Monte Athos en Grecia es único ya que forma parte del espacio Schengen y de la UE, solo un permiso autoriza la entrada en su territorio y además el acceso está prohibido a toda criatura femenina (excepto gallinas y gatas).​

Las regiones ultraperiféricas por su parte dependen de tres Estados miembros: una de España, dos de Portugal, y seis de Francia. A España pertenecen las africanas Islas Canarias en el océano Atlántico noroccidental. De Portugal son las dos regiones autónomas de Azores y Madeira, situadas en el océano Atlántico noroccidental, lejos de las costas africanas pero aun más lejos de las costas europeas. Y son de Francia, sus cinco departamentos de ultramar: la Guayana francesa en el noreste sudamericano; Guadalupe y Martinica en el este caribeño; Reunión y Mayotte en el sudoeste índico; y la colectividad de ultramar de San Martín en las Antillas, que no ha cambiado de estatuto a nivel comunitario desde que se separó de Guadalupe en 2007.

En cuanto a los países y territorios de ultramar (PTU), estos son las dependencias y territorios de ultramar de los Estados miembros que no forman parte de la Unión, sino que tiene un estatuto de asociados a los Estados miembros desde el Tratado de Lisboa. También hay regiones de los Estados miembros en los que toda la legislación de la UE no se aplica. Su estatuto es entonces, a veces próxima a la de los PTU, pero no tienen los fondos estructurales específicos asignados a los PTU y las regiones ultraperiféricas (RUP). Legalmente, estas regiones forma parte del territorio de la Unión Europea.

Por otra parte, la combinación de los Estados miembros comparte fronteras terrestres con 21 estados no miembros. Así, en Europa la UE tiene fronteras con Noruega, Rusia, Bielorrusia, Ucrania, Moldavia, Reino Unido, Suiza, Liechtenstein, Andorra, Mónaco, San Marino, Ciudad del Vaticano, Turquía, Macedonia del Norte, Bosnia y Herzegovina, Albania, Montenegro y Serbia.​ Por último, tiene fronteras con: San Martín en el mar Caribe; Brasil y Surinam en América del Sur y con Marruecos en África.

Demografía

Núcleos urbanos más poblados
Ciudades Áreas metropolitanas
Población​
en millones
Estado Población​
en millones (aprox.)
Estado
Berlín 3,7 Alemania ÁM-París 14 Francia
Madrid 3,2 España Ruhr 13 Alemania
Roma 2,7 Italia ÁM-Madrid 7 España
París 2,2 Francia ÁM-Milán 7 Italia
Bucarest 1,9 Rumanía ÁM‑Barcelona 5 España
Hamburgo 1,8 Alemania ÁM-Berlín 5 Alemania
Viena 1,7 Austria Atenas 4 Grecia
Budapest 1,7 Hungría ÁM-Roma 4 Italia
Varsovia 1,7 Polonia Rin-Norte 3 Alemania
Barcelona 1,6 España Rin-Sur 3 Alemania
Múnich 1,3 Alemania Alta Silesia 3 Polonia
Milán 1,3 Italia ÁM‑Hamburgo 3 Alemania
Praga 1,2 R. Checa ÁM-Nápoles 3 Italia
Sofía 1,2 Bulgaria ÁM-Varsovia 3 Polonia
Colonia 1,0 Alemania Rin-Meno 3 Alemania
Nápoles 0,9 Italia Múnich 3 Alemania
Turín 0,9 Italia Bruselas 3 Bélgica
Marsella 0,8 Francia ÁM-Lisboa 3 Portugal

La demografía de la Unión Europea (UE) contiene las bases del estudio sobre la población europea en distintos campos, como puede ser la cuantificación demográfica y la cualitativa, es decir las cualidades en su estado laboral, su renta, su edad, etc.

En 2021, la población total de la UE era aproximadamente de 447 millones de personas​, ocupando el tercer puesto en población a nivel mundial. Además en la UE la esperanza de vida es una de las más altas del mundo (81,3 años de vida),​ y disfruta de un alto Índice de Desarrollo Humano. Sin embargo, en 2020 la UE perdió más de 10 % de su población como consecuencia de la salida del Reino Unido de la Unión.​

En este contexto, la población de la UE experimenta un proceso desigual entre sus regiones. Por una parte países como Alemania, donde durante varios años la población envejece progresivamente, debido a la disminución del número de nacimientos y el constante aumento en la esperanza de vida. Por otra parte otros como Francia que han logrado mantener una tasa de natalidad suficiente.​ Sin embargo, en 2015 y 2016 la población de la UE aumentó con respecto al año anterior,​​ debió principalmente a la inmigración neta, es decir, a la diferencia entre el número de ciudadanos de un país tercero que se asentaron en la UE y aquellos que volvieron a sus países de origen. Por su parte, el crecimiento natural fue negativo por primera vez al registrarse 5,1 millones de nacimientos y 5,2 millones de defunciones en 2015.​ El siguiente año se registraron tantos nacimientos como fallecimientos dentro de la UE (5,1 millones).​

El número de habitantes de la Unión podrá incrementarse en el próximo decenio, en parte debido a la inmigración pero sobre todo gracias al proceso de ampliación, que podría dar cabida a Islandia, a Albania, a varios estados de la antigua República Federal Socialista de Yugoslavia (Serbia, Macedonia del Norte, Bosnia y Herzegovina, Montenegro y Kosovo) e incluso a Turquía, con lo cual el total de la población de la Unión aumentará en cerca de 100 millones de habitantes.

En cuanto a la urbanización, el área metropolitana más poblada es la de París que cuenta con más de 10 millones de habitantes.

Política

Lista de competencias de la UE​
Exclusivas
  • la unión aduanera;
  • el establecimiento de las normas sobre competencia necesarias para el funcionamiento del mercado interior;
  • la política monetaria de los miembros del Eurogrupo;
  • la conservación de los recursos biológicos marinos dentro de la política pesquera común;
  • la política comercial común;
  • la celebración de acuerdos internacionales en el marco de estas competencias.
Compartidas
  • el mercado interior
  • la política social, en los aspectos definidos por los Tratados
  • la cohesión económica, social y territorial;
  • la agricultura y la pesca;
  • el medio ambiente;
  • la protección de los consumidores;
  • el transporte;
  • las redes transeuropeas;
  • la energía;
  • el espacio de libertad, seguridad y justicia;
  • los asuntos comunes sobre salud pública
Las políticas y acciones de la Unión no impiden a los Estados ejercer las suyas en:
  • la investigación, el desarrollo tecnológico y el espacio
  • la cooperación al desarrollo y la ayuda humanitaria
Competencias de apoyo
  • la protección y mejora de la salud humana
  • la industria
  • la cultura
  • el turismo
  • la educación, la formación profesional, la juventud y el deporte
  • la protección civil
  • la cooperación administrativa
Especiales
  • la coordinación de las políticas económica, social y de empleo
  • la política exterior y de seguridad común

La política de la Unión Europea se perfila de manera esencialmente distinta a la propia de otras entidades gobernativas, debido a la naturaleza única de la Unión. Es premisa fundamental para la base histórica, jurídica y política en que se fundamenta entidad. Dado que la Unión no es en caso alguno un Estado soberano,​ según los parámetros del Derecho internacional o de la filosofía política contemporánea, no pueden tampoco asimilarse los factores que determinan el ejercicio del poder comunitario, ni los mecanismos a través de los cuales este se despliega, ni los vectores en los que se conforma y encauza, ni los agentes que lo detentan o lo aplican. El sistema de gobierno por el que se rige la Unión y que ordena y enmarca el ejercicio legal de sus poderes y competencias es de tipo comunitario, pero sus particularidades y el grado de desarrollo que ha experimentado esta organización política lo hacen especialmente complejo y sofisticado.

El poder comunitario es ejercido por medio de un marco institucional común compuesto por las instituciones, órganos y organismos de la Unión.​ El Parlamento Europeo y el Consejo ejercen la potestad legislativa, mientras que a la Comisión Europea le corresponde la aplicación de las leyes, la gestión de las políticas comunes y la ejecución del presupuesto; un Tribunal de Justicia para toda la Unión es el intérprete supremo del Derecho comunitario y el garante último de su aplicación por la vía judicial. El Consejo Europeo, con su Presidente a la cabeza, desempeñan las funciones de impulso político y moderación institucional que orientan la acción comunitaria en conjunto​ Actualmente, el presidente del Consejo Europeo es el político belga Charles Michel, que asumió su mandato el 1 de diciembre de 2019. Mientras que la comisión actual está presidida por Ursula von der Leyen desde el 1 de noviembre de 2019.

Uno de los rasgos diferenciadores de la Unión Europea frente a otras organizaciones internacionales es el alto grado de desarrollo de sus instituciones de gobierno.​ El gobierno de la Unión Europea siempre ha oscilado entre el modelo de conferencia intergubernamental, donde los estados conservan el conjunto de sus prerrogativas y el modelo supranacional donde una parte de la soberanía de los estados es delegada a la Unión. En el primer caso, las decisiones comunitarias son de hecho tratadas entre estados y deben adoptarse por unanimidad. Este modelo, cercano al principio de las organizaciones intergubernamentales clásicas, es defendido por la corriente euroescéptica. Según ellos, son los jefes de estado o de gobierno quienes tienen la legitimidad democrática para representar a los ciudadanos y son entonces las naciones quienes deben controlar las instituciones de la Unión.​ El segundo caso es el de la corriente eurófila, que estima que las instituciones deben representar directamente a los ciudadanos mediante un modelo de federalismo y elecciones directas. Para ellos, una Unión Europea federal resolvería muchos problemas relacionados con la soberanía, la legitimación democrática, la división de poderes comunitaria, el reparto de competencias, la fiscalidad y la aspiración a un modelo de bienestar común.​​

De este modo, el modelo de gobierno de la Unión es un modelo híbrido: por un lado está el Consejo de la Unión Europea, el cual es el representante de los estados, y en el que las decisiones no requieren unanimidad, y donde los votos de cada estado son ponderados por su peso demográfico; y por otro lado está el Parlamento Europeo, el cual es la única institución europea elegida por sufragio universal, es decir, es la única que representa a los ciudadanos.​ Así, la UE es una comunidad política de Derecho que se gobierna en régimen de democracia representativa​ y se constituye jurídicamente en organización internacional sujeto de Derecho y con personalidad jurídica propia distinta a la de los Estados que la componen. Sus poderes y competencias se encuentran delimitadas en los Tratados que ayudan jurídicamente y que conforman su constitución material,​ y se ejercen por medio del método comunitario de gestión.​

La Unión ha venido desarrollando desde sus orígenes un sistema político y jurídico, el comunitario europeo, que es único en el mundo.​ Este sistema se conduce por mecanismos y procedimiento de funcionamiento interno que han sido objeto de una evolución histórica, hasta conformar en la actualidad un sistema inédito de gobierno transnacional. Conviviendo e integrando tensiones y elementos supranacionales con otros más próximos al método intergubernamental clásico de relaciones internacionales, la Unión los ha venido incorporando a un entramado jurídico-político fuertemente institucional y estructurado al servicio de una dinámica de integración regional acentuada. La dinámica hacia un federalismo multinacional es acusada en la Unión Europea, pero muy discutida e igualmente contrastada en la práctica por el intergubernamentalismo dominante en ciertas áreas de su política.​

Instituciones

Instituciones políticas de la Unión Europea
Sede del Parlamento Europeo en Estrasburgo.
Interior del Edificio Europa (Bruselas), sede principal del Consejo Europeo, del Consejo de la Unión Europea y de otros órganos de alto nivel de la UE. ​
Sede de la Comisión Europea.

El marco institucional​ de la Unión Europea (UE) se compone de las siete instituciones a las que los Estados miembros de la Unión europea atribuyen competencias para el ejercicio comunitario de parte de sus poderes: Parlamento Europeo, Consejo Europeo, Consejo de la Unión Europea, Comisión Europea, Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Banco Central Europeo y Tribunal de Cuentas Europeo.​ La Unión, en su calidad de comunidad de derecho y de acuerdo con su personalidad jurídica única, se ha dotado desde 1993 —tras la entrada en vigor del Tratado de Maastricht— de un marco institucional único que funciona en régimen de democracia representativa y basado en un método comunitario de gobierno. Como cualquier Estado, la UE dispone de un parlamento, un ejecutivo y un poder judicial independiente, todos respaldados y complementados por otras instituciones. Es así que en el funcionamiento y la estructura orgánica de la Unión se distinguen los que de acuerdo con la denominación que les otorgan los tratados son, por este orden, las instituciones, los órganos y los organismos de la Unión.

Definido por el artículo 13 del Tratado de la Unión Europea,​ este marco institucional «tiene como finalidad promover sus valores, perseguir sus objetivos, defender sus intereses, los de sus ciudadanos y los de los Estados miembros, así como garantizar la coherencia, eficacia y continuidad de sus políticas y acciones».​ Su objetivo es que determinadas decisiones y actuaciones institucionales provengan de órganos de carácter supranacional cuya voluntad se aplica en el conjunto de los Estados miembros, desapoderando a los órganos nacionales de cada país. Así, el marco institucional de la UE constituye la expresión concreta del principio de la unicidad institucional de esta organización internacional.​

Las normas y procedimientos que las instituciones deben seguir se establecen en los tratados​ negociados por el Consejo Europeo y en conferencias intergubernamentales y ratificados por los parlamentos nacionales de cada Estado. De esta forma, los documentos que en la actualidad definen la estructura institucional son el Tratado de la Unión Europea (TUE) y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). Mientras el TFUE recoge básicamente los contenidos de los Tratados de Roma, por los que se creó la entonces Comunidad Económica Europea (CEE) en 1957, el TUE fue firmado en Maastricht en 1992, aunque posteriormente fue modificado —también el TFUE— por el Tratado de Ámsterdam (1997), el Tratado de Niza (2000) y, finalmente, el Tratado de Lisboa (2007), en vigor desde el 1 de diciembre de 2009.​

Después del fracaso de la Constitución Europea (firmada en Roma el 20 de octubre de 2004 con la intención de sustituir a todos los anteriores tratados y frustrada por los referendos negativos de 2005), en 2007 se firmó el Tratado de Lisboa que, tras un arduo proceso de ratificación, entró en vigor en 2009. Este tratado modificó nuevamente el TUE, pero también el antiguo Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (TCE), que ha pasado a llamarse Tratado sobre el Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).​
Logo de la presidencia sueca del Consejo de la Unión Europea (2023).
Charles Michel, presidente del Consejo Europeo.
Ursula von der Leyen, presidenta de la Comisión Europea.
Roberta Metsola, presidenta del Parlamento Europeo
Parlamento Europeo

El Parlamento Europeo,​ también conocido como Europarlamento,​ Eurocámara​ o Cámara Europea, es la institución parlamentaria que en la Unión Europea representa directamente a los ciudadanos de la Unión y que junto con la Comisión Europea y el Consejo de la Unión Europea ejerce la función legislativa. Descrito como uno de los legisladores más poderosos del mundo,​ el Parlamento Europeo está compuesto por 705 diputados​ que representan al segundo mayor electorado democrático del mundo (tras el Parlamento de la India) y el mayor electorado transnacional (375 millones de votantes en el año 2009).​​​ Además, es la única institución elegida directamente por los ciudadanos en la Unión Europea.​

Ha sido elegido por sufragio universal, directo y secreto cada cinco años desde 1979. Sin embargo, la participación en las elecciones europeas ha caído consecutivamente en cada votación desde esa fecha, y ha estado por debajo del 50 % desde 1999. En las elecciones de 2009, el porcentaje de votantes se situó en el 43 % de los ciudadanos europeos con derecho, oscilando entre el 90 % en Estados miembros como Luxemburgo y Bélgica (donde el voto es obligatorio) y el 20 % en Eslovaquia. La participación fue inferior al 50 % en 18 de los 27 Estados miembros.​

El Parlamento es considerado la «primera institución» de la Unión Europea: es mencionado en primer lugar en los tratados y su presidente tiene preferencia protocolaria sobre todas las demás autoridades a nivel europeo.​ Comparte con el Consejo de la Unión Europea la competencia legislativa y presupuestaria, teniendo el control sobre el presupuesto de la Unión Europea. La Comisión Europea, el órgano ejecutivo de la Unión, es responsable ante el Parlamento. En concreto, el Parlamento Europeo elige al presidente de la Comisión, aprueba (o rechaza) la designación de la Comisión en su conjunto, e incluso puede destituirla como órgano presentando una moción de censura.​​

El nuevo presidente del Parlamento Europeo debe ser elegido en enero de 2022, tras el fallecimiento de David Sassoli, del Partido Socialista Europeo, quien había sido elegido para el cargo en junio de 2019.​ Los dos principales grupos del Parlamento Europeo (juntos poseen al menos el 50 % del hemiciclo) son el Grupo del Partido Popular Europeo y el Grupo de la Alianza Progresista de Socialistas y Demócratas.​

Desde la fundación del Parlamento en 1952, sus competencias fueron ampliadas varias veces sobre todo a través del Tratado de Maastricht en 1992 y por el reciente Tratado de Lisboa en 2007.

El Parlamento Europeo tiene dos lugares de reunión: el Edificio Louise Weiss en Estrasburgo, Francia, en el que tienen lugar doce sesiones plenarias de cuatro días cada mes y es la sede oficial del Parlamento, y el edificio del Espacio Léopold en Bruselas, Bélgica, para las reuniones de los grupos políticos y las sesiones complementarias. La Secretaría General del Parlamento Europeo por su parte, el cuerpo administrativo, tiene su sede en Luxemburgo.​
Consejo de la Unión Europea

El Consejo de la Unión Europea es la institución de la Unión Europea en la que se encuentran representados los Estados miembros a través de representantes con rango ministerial, por lo que también es conocido informalmente como Consejo de Ministros o Consilium, y a la que corresponden, junto con el Parlamento, las funciones legislativa y presupuestaria. Ejerce también funciones de definición de algunas políticas y de coordinación, en los términos fijados por los Tratados constitutivos de la Unión Europea. No debe confundirse con el Consejo Europeo, institución comunitaria que reúne a los jefes de Estado y de Gobierno de los Estados miembros para impulsar la acción política general de la Unión Europea, ni tampoco con el Consejo de Europa, una organización internacional de carácter regional distinta y ajena a la Unión Europea.

Las funciones del Consejo han evolucionado, al menos formalmente, de más a menos; si en un principio era la principal instancia decisoria de las Comunidades Europeas, hoy en día la evolución institucional de la Unión ha encuadrado y reducido sus funciones. Así, el Parlamento Europeo se ha venido revelando desde la entrada en vigor del Tratado de Maastricht como un actor de creciente importancia política como institución de control de las demás instituciones, órganos y organismos comunitarios y, sobre todo, como colegislador en igualdad de condiciones con el Consejo. Asimismo, la oficialización del Consejo Europeo, como órgano diferenciado del Consejo de la UE, que impuso el reciente Tratado de Lisboa, han mermado formalmente sus funciones y poderes constitucionales en pro de aquel.

El Parlamento Europeo y el Consejo ejercen los poderes legislativos de la Unión Europea, en las condiciones y dentro de las competencias señaladas para esta en los Tratados. Sin la aprobación de uno y otro (en ocasiones de uno u otro) las leyes europeas (estrictamente reglamentos, directivas y decisiones de naturaleza legislativa) no pueden ser adoptadas válidamente. La mayoría de los actos legislativos de la Unión deben ser propuestos por la Comisión y aprobados por el Parlamento y el Consejo, de acuerdo con el procedimiento legislativo ordinario; pero no siempre es así, los Tratados establecen excepciones, actos legislativos cuya adopción se siguen procedimientos especiales. Estos últimos procedimientos (cada vez menos) suelen establecerse en beneficio del Consejo, y por tanto en perjuicio del Parlamento. El Consejo es, pues, un órgano colegislador con ciertas funciones políticas suplementarias. En ambos casos se pronuncia a iniciativa de la Comisión Europea, en la mecánica de lo que suele conocerse como «triángulo institucional» (Comisión, Consejo y Parlamento).

La sede principal del Consejo está ubicada en el Edificio Europa de Bruselas, donde se celebran sus plenos y donde encuentran sus Servicios y la Secretaría General, si bien en los meses de abril, junio y octubre las reuniones se celebran en Luxemburgo.
Consejo Europeo

El Consejo Europeo (informalmente, EUCO) es una de las siete altas instituciones de la Unión Europea. Está integrada por los veintisiete jefes de Estado o de Gobierno de los Estados miembros, el presidente de la Comisión Europea, y el presidente del Consejo Europeo, que es quien preside las reuniones. En sus reuniones y trabajos también participa el alto representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, aun no siendo miembro de pleno derecho. Su composición y la lógica de su funcionamiento lo convierten en un órgano de naturaleza predominantemente intergubernamental.​ Sus funciones son de orientación política y de jefatura colectiva simbólica, fijando las grandes directrices y objetivos de la Unión en los ámbitos más relevantes; la potestad legislativa le está expresamente vedada por los tratados.

Sus reuniones, de carácter ordinariamente trimestral, se designan comúnmente como «cumbres europeas» o «reuniones en la cumbre» debido a la importancia de sus asistentes, pero desde la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, el 1 de diciembre de 2009, el Consejo Europeo es una institución constitucional comunitaria de pleno Derecho y como tal debe actuar, al servicio del acuerdo e integración de los intereses nacionales con los europeos.

El edificio Europa de Bruselas, conocido popularmente como «El Huevo»,​​​ es el centro de operaciones del Consejo Europeo y, entre otras funciones, sirve como claustro para las reuniones ministeriales y albergará también las oficinas de la presidencia de la institución.​ En la misma ciudad, el Consejo cuenta con oficinas en el edificio Justus Lipsius, sede del Consejo de la Unión Europea.

El Consejo Europeo está asistido por la Secretaría General del Consejo de la Unión, que revierte así una doble utilidad institucional.
Comisión Europea
Comisión Europea (2019-2024)
[ ] (PPE) - [ ] (PSE) - [ ] (ELDR)
Presidencia: Ursula von der Leyen (Alemania)
Comisarios vicepresidentes - Cartera
Frans Timmermans
(Países Bajos)
Pacto Verde Europeo
Margrethe Vestager
(Dinamarca)
Una Europa adaptada a la era digital
Valdis Dombrovskis
(Letonia)
Una Economía al Servicio de las Personas
Maroš Šefčovič
(Eslovaquia)
Relaciones Interinstitucionales y Previsión
Věra Jourová
(República Checa)
Valores y Transparencia
Dubravka Šuica
(Croacia)
Democracia y Demografía
Margaritis Schinas
(Grecia)
Protección del estilo de vida europeo
Josep Borrell
(España)
Asuntos Exteriores y Política de Seguridad
Otros comisarios
  • Johannes Hahn (Austria): Presupuesto y Administración

  • Didier Reynders (Bélgica): Justicia

  • Mariya Gabriel (Bulgaria): Innovación, Investigación, Cultura, Educación y Juventud

  • Stella Kyriakides (Chipre): Salud y Seguridad Alimentaria

  • Janez Lenarčič (Eslovenia): Gestión de Crisis

  • Kadri Simson (Estonia): Energía

  • Jutta Urpilainen (Finlandia): Asociaciones Internacionales

  • Thierry Breton (Francia): Mercado Interno

  • Olivér Várhelyi (Hungría): Vecindad y Ampliación

  • Phil Hogan (Irlanda): Comercio

  • Paolo Gentiloni (Italia): Economía

  • Virginijus Sinkevičius (Lituania): Medio Ambiente, Océanos y Pesca

  • Nicholas Schmit (Luxemburgo): Empleo y Derechos Sociales

  • Helena Dalli (Malta): Igualdad

  • Janusz Wojciechowski (Polonia): Agricultura y Desarrollo Rural

  • Elisa Ferreira (Portugal): Cohesión y Reformas

  • Adina-Ioana Vălean (Rumania): Transportes

  • Ylva Johansson (Suecia): Asuntos Internos

La Comisión Europea (CE) es una de las siete instituciones de la Unión Europea. Ostenta el poder ejecutivo y la iniciativa legislativa. Se encarga de proponer legislación, aplicar las decisiones comunitarias, defender los tratados de la Unión y en general se ocupa de los asuntos diarios de la Unión. Opera de manera independiente a los Gobiernos nacionales y representa y defiende los intereses de la Unión.​ Tiene su sede en la ciudad de Bruselas, Bélgica. La actual presidenta de la Comisión es Ursula von der Leyen.

La Comisión actúa a modo de un «Gobierno de Europa», y se compone de veintisiete miembros llamados comisarios. Hay un representante por cada Estado miembro, pero los miembros están obligados a representar los intereses de la UE en su conjunto. Uno de los miembros es el presidente de la Comisión, que es seleccionado por el Parlamento Europeo de un candidato propuesto por el Consejo Europeo. Los otros veintiséis miembros de la Comisión son propuestos por el Consejo de la Unión Europea y el presidente electo, que deben ponerse de acuerdo para enviar una propuesta de Comisión al Parlamento Europeo, donde el conjunto se somete a una última votación.

El término «Comisión» puede designar dos realidades no estrictamente idénticas. Así, puede hacer referencia, por una parte, al conjunto de miembros que la componen en sentido estricto, y que, constituidos en un Colegio de Comisarios, son los depositarios formales de sus poderes; por otra, al conjunto administrativo que los asiste, y que engloba a una oficina ejecutiva compuesta por más de 38 000 funcionarios. Este artículo empleará, preferentemente, el término en el primer sentido institucional apuntado, sin perjuicio de referir la actividad de la administración que dirige y en que se sostiene.

La actual Comisión Von der Leyen tomó posesión de su cargo el 1 de diciembre de 2019, sucediendo a la Comisión Juncker.
Instituciones sin fines políticos
Sede del Tribunal de Cuentas en Luxemburgo.

Además, de las ya mencionadas, el marco institucional de la Unión Europea cuenta con otras tres instituciones no políticas:

  • El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) es una institución de la Unión Europea que cumple la función de órgano de control del Derecho comunitario europeo, y que se caracteriza por su naturaleza judicial y supranacional. Las sentencias del TJUE tienen carácter vinculante en los estados miembros. Como ya se expuso en prontas sentencias (casos Costa vs. ENEL y Simmenthal)​​ el Tribunal de Justicia de la Unión Europea es el garante de un ordenamiento jurídico propio que se ve asistido y aplicado también por los sistemas jurídicos nacionales.​
  • El Tribunal de Cuentas es el órgano fiscalizador de la Unión Europea. Supervisa la correcta administración de los fondos europeos, tanto en el nivel de sus Instituciones, órganos y organismos, como en el de los Estados miembros, cuando son estos los que los gestionan.​
  • El Banco Central Europeo (BCE) es el banco central de la moneda única europea, el euro, y constituye el principal eje del Eurosistema. El BCE es parte integrante del Sistema Europeo de Bancos Centrales y está sometido a las disposiciones del Tratado de la Comunidad Europea y a sus Estatutos.​

Órganos y organismos

Los órganos son asimilables a instituciones de menor rango (aunque no gozan de ese estatuto). Aunque sus funciones son concretas, tienen competencias que van mucho más allá de la simple gestión y gozan de independencia en el ejercicio de sus funciones.​ Los organismos son estructuras subsidiarias de otras instituciones pero con autonomía funcional, generalmente versada en ámbitos especializados de gestión.​

Agencias

Las agencias europeas son organismos especializados que se encargan de un aspecto específico (científico, técnico, jurídico o social) de la estructura de la Unión Europea (UE). Se encuentran distribuidas en los Estados miembros de la UE y su función es proporcionar ayuda a dichos Estados y a sus ciudadanos en las áreas de su competencia.​

Estas agencias han contribuido de manera significativa al funcionamiento efectivo de la UE, gracias a su especialización en áreas determinadas de la arquitectura comunitaria. Al ser, en su mayoría, instituciones descentralizadas e independientes han servido para fortalecer el carácter plurinacional de la Unión.​

Partidos políticos europeos

Diputados y grupos de la IX Legislatura del PE​
EU 2020.svg
177 Partido Popular Europeo (EPP)

145 Socialistas y Demócratas (S&D) 102 Renovar Europa (RE) 65 Identidad y Democracia (ID) 71 Los Verdes/Alianza Libre Europea (GRE/EFA) 64 Conservadores y Reformistas Europeos (ECR) 39 Izquierda Unitaria Europea/Izquierda Verde Nórdica (GUE-NGL) 42 No adscritos

Un partido político europeo (formalmente, partido político a escala europea) es un peculiar tipo de organización política transnacional que opera al nivel de la Unión Europea. Para ser considerado como tal, un partido europeo debe seguir un programa político y estar formado por partidos e individuos de distintos países y por consiguiente, estar representado en algún Estado miembro de la Unión Europea.​ En concreto, según el Tratado de la UE los partidos políticos a escala europea contribuyen a formar la conciencia política europea y a expresar la voluntad de los ciudadanos de la Unión.

Desde julio de 2004 los partidos políticos europeos tienen a su disposición una financiación anual por parte del Parlamento Europeo. Esta financiación está destinada a abarcar aproximadamente hasta el 85% de los gastos de los partidos sufragando gastos que estén directamente relacionados con los objetivos establecidos en el programa político del partido (reuniones, gastos administrativos, campañas relacionadas con las elecciones europeas, publicaciones, etc.). Sin embargo, tal subvención no se puede utilizar en gastos de campañas o financiación de partidos o candidatos de comicios no europeos, así como el pago de las deudas y gastos relacionados con su amortización.​

Para ser poder aspirar a dicha financiación pública, las organizaciones antes mencionadas deben poseer personalidad jurídica propia en el Estado miembro donde tenga su sede, tener representación significativa en al menos una cuarta parte de los estados de la Unión, respetar la libertad, la democracia, los derechos humanos, las libertades fundamentales, así como el Estado de derecho (y manifestarlo en particular en su programa, estatutos y actividades); y finalmente haber participado en las elecciones europeas, o haber manifestado su intención de hacerlo.​

Los partidos políticos europeos forman los grupos políticos en el Parlamento Europeo, y para ello se necesitan al menos 25 diputados de una quinta parte de los estados miembros. Tras la aprobación de los presidentes de los grupos, los escaños en el hemiciclo del Parlamento Europeo se asignan a los diputados con arreglo a su adscripción política. También puede darse el caso de que algún diputado no pertenezca a ningún grupo, por lo que formará parte de los no inscritos.​

Actualmente el Parlamento está compuesto por 7 grupos políticos: el Grupo del Partido Popular Europeo, el Grupo de la Alianza Progresista de Socialistas y Demócratas, Renovar Europa, Identidad y Democracia, el Grupo de los Conservadores y Reformistas Europeos, el Grupo de Los Verdes / Alianza Libre Europea y el Grupo Confederal de la Izquierda Unitaria Europea / Izquierda Verde Nórdica.​

Dado que el Parlamento Europeo no elige a ningún gobierno, en él no hay grupos "gubernamentales" ni "de oposición". En vez de la confrontación predomina la búsqueda de consensos entre los partidos mayoritarios, en los que tradicionalmente tienen un peso especial los dos grupos más grandes, el PPE (democristianos) y el PSE (socialdemócratas). Esto se debe a que ningún grupo político alcanza la mayoría absoluta necesaria para ganar una votación, a diferencia de otros parlamentos donde solo es necesaria la mayoría simple.​

Sistema legal

El TJUE es una jurisdicción interna inserta en el ordenamiento jurídico creado con base en el Derecho de la Unión Europea,​ que aglutina en especial combinación una serie de características propias de un Tribunal Constitucional, una jurisdicción administrativa, una jurisdicción civil y una jurisdicción internacional.
El derecho de la Unión Europea, también denominado derecho comunitario, es el conjunto de normas y principios jurídicos que determinan el funcionamiento, corporación y competencias de la Unión Europea. Se caracteriza por tratarse de un orden jurídico sui generis, diferenciado del derecho internacional así como del orden jurídico interno de los países miembros. Su mecánica se engloba bajo una categoría propia denominada sistema comunitario o comunitarismo.
Derecho originario

El derecho originario es aquel contenido en los diversos tratados que los Estados miembros suscriben, siendo las fuentes de mayor rango, y aquellas que posibilitan la aparición del derecho derivado, que está sometido al originario. Incluye por tanto:

  • Los Tratados fundacionales: incluyen todas las normas contenidas en el Tratado de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero (mientras existió), el Tratado de la Comunidad Económica Europea y el Tratado de la Comunidad Europea de la Energía Atómica.
  • Los tratados modificativos y complementarios: son los tratados que han ido modificando o reemplazando a los fundacionales. Los más importantes fueron el Tratado de Fusión, el Acta Única Europea, y el Tratado de la Unión Europea, actualmente todavía vigente (aunque modificado, sucesivamente, por el Tratado de Ámsterdam, el Tratado de Niza y el Tratado de Lisboa). También se incluyen en esta categoría los Tratados de adhesión de cada uno de los Estados.
Derecho derivado
El derecho derivado está conformado por una serie de actos normativos que manan de las Instituciones Comunitarias como el Consejo, el Parlamento o la Comisión. El derecho derivado no solo cederá en caso de contradicción con el originario, sino que además debe estar fundamentado y originado en los diferentes Tratados que lo componen. El derecho derivado incluye:
El Reglamento es una norma jurídica de derecho comunitario con alcance general y eficacia directa. Esto implica que es directamente aplicable en todos los Estados de la Unión por cualquier autoridad o particular, sin que sea precisa ninguna norma jurídica de origen interno o nacional que la transponga para completar su eficacia plena. Asimismo, puede ser invocada la tutela jurisdiccional ante los tribunales nacionales o comunitarios por los particulares.
La directiva es una disposición normativa de derecho comunitario que vincula a los Estados de la Unión o, en su caso, al Estado destinatario en la consecución de resultados u objetivos concretos en un plazo determinado, dejando, sin embargo, a las autoridades internas competentes la debida elección de la forma y los medios adecuados a tal fin.​
La Decisión es una norma jurídica de Derecho comunitario europeo que vincula a sus destinatarios en todos sus elementos y de manera directa e inmediata. Una decisión puede dirigirse a las instituciones, órganos, organismos y funcionarios de la Unión, a uno o varios de sus Estados miembros, o a particulares. Cuando designe destinatarios, la decisión sólo obligará a estos.

Derechos fundamentales

Estados con al menos una exención. Otros Estados miembros de la UE.

La Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea es un documento en el que se recogen todos los derechos civiles, políticos, económicos y sociales de los ciudadanos europeos.​ Fue proclamada por primera vez por el Parlamento Europeo, el Consejo de la Unión Europea y la Comisión Europea el 7 de diciembre de 2000 en Niza.​

Los derechos fundamentales son la dignidad, la libertad, la igualdad, la solidaridad, la ciudadanía y la justicia,​ los cuales ya se recogen en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos, en la Carta Social Europea del Consejo de Europa, en la Carta Comunitaria de los Derechos Sociales Fundamentales de los Trabajadores, y a su vez en las propias constituciones de los estados miembros de la Unión, así como en otros convenios internacionales que han firmado los estados de la Unión Europea.

La carta no forma parte del Tratado de Lisboa (estaba previsto que formara parte de la Constitución Europea, pero al no aprobarse esta, se modificó la previsión), pero por la remisión en el artículo 6 del Tratado de la Unión Europea tras la reforma de Lisboa se hace vinculante para todos los estados.

Asuntos de interior y migración

Sede de la Europol en La Haya.

El espacio de libertad, seguridad y justicia (ELSJ) es el nombre con que se designa un conjunto de políticas y actuaciones que la Unión Europea despliega, esencialmente dentro pero también fuera de sus fronteras, para lograr el objetivo​ de crear un área compartida entre sus Estados miembros donde se alcance un alto grado de cooperación y coordinación política, policial y judicial a nivel comunitario que facilite la seguridad interior, una justicia eficaz y una fuerte protección de las libertades públicas para sus ciudadanos.

El Tratado de Lisboa introduce cambios importantes en las actuales normas europeas sobre libertad, seguridad y justicia y facilita una actuación más amplia, legítima, eficaz, transparente y democrática de la UE en este campo. Antes de su entrada en vigor, las decisiones importantes en esta materia tenían que adoptarse por unanimidad en el Consejo, mientras que al Parlamento y al Tribunal de Justicia Europeos les correspondía un papel menor.​ La actuación de la Unión Europea con respecto a la cooperación policial y judicial en asuntos penales se ve facilitada al suprimirse la distinción entre diferentes ámbitos políticos (los denominados «pilares») que antes caracterizaba a la estructura institucional.​

La libre circulación de personas, la inmigración y el asilo forman parte de los aspectos principales del procedimiento legislativo en la Unión Europea (UE).​

La libertad de circulación es un derecho fundamental que asiste a los ciudadanos de la UE en virtud de los Tratados constitutivos. Se expresa por medio del espacio de libertad, seguridad y justicia exento de fronteras desde el punto al interior de la Unión. La supresión de las fronteras internas conlleva un refuerzo en la gestión de las fronteras externas de la UE así como la regularización de la entrada y la residencia de personas procedentes de países extracomunitarios por medio de medidas como la política común de asilo e inmigración,​ Así, el Pacto Europeo sobre Inmigración y Asilo constituye la base de las políticas de inmigración y asilo comunes para la Unión y sus Estados miembros.​

Relaciones internacionales

El Edificio Europa alberga el gabinete del presidente del Consejo Europeo quien asume la representación exterior de la UE en el nivel de los jefes de Estado o de Gobierno en los asuntos relacionados con la PESC, conjuntamente con el Alto representante. También representa a la UE en las cumbres internacionales, generalmente junto con el presidente de la Comisión Europea.​​

Las relaciones internacionales de la Unión Europea son las relaciones que tiene dicha organización internacional con los demás países o grupos de países del exterior, tanto en el campo político, como en los campos económico, comercial, militar, jurídico, geopolítico y geoestratégico.​ En su acción internacional la Unión desarrolla un conjunto de políticas, instrumentos y capacidades con proyección esencialmente exterior que ejercita o lleva a cabo en el mundo.​ La acción exterior comprende diversas políticas interconectadas pero autónomas cuyo funcionamiento se estructura en torno a dos soportes jurídicos bien distintos: la política exterior y de seguridad común (PESC), de diseño principalmente intergubernamental,​ y todo el resto de ámbitos tradicionalmente comprendidos en el extinto "pilar comunitario", que se ordenan por cauces más institucionales.

De acuerdo con los Tratados, la acción exterior de la Unión (y por lo tanto todas sus relaciones internacionales y, en general, la entera dimensión exterior de sus actividades) se fundamenta y se construye desde el respeto a los principios y ordenada a los objetivos constitucionales contenidos en los artículos 21 y 22 del Tratado de la Unión.​

En el diseño, desarrollo y aplicación de la acción exterior de la Unión en su conjunto, que se articulan desde el marco institucional único de la misma, intervienen, con distinto grado de participación, todas las instituciones comunitarias, si bien es preciso adelantar que, de acuerdo con la base jurídica en torno a la cual se articule cada actividad, resalta la preponderancia de dos de ellas, al menos en su fase ejecutiva: el Consejo, para lo relativo a la política exterior y de seguridad común, y la Comisión, para todos los demás ámbitos de la acción exterior.​ Existen además una institución, el Consejo Europeo, y dos órganos, el Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (AR) y el Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE), implicados en la definición y orientación, y además, en el caso del AR y el SEAE, en el desarrollo y la ejecución de la acción exterior de la Unión. El Parlamento Europeo se halla asociado en todo momento a la acción exterior en su conjunto,​ si bien en la política exterior y de seguridad común su posición no es vinculante.​

Desde sus inicios en los años 1950, la UE ha ganado progresivamente influencia en la escena internacional. Su ámbito de acciones se limitaba al comienzo a la esfera económica, pero tras las sucesivas ampliaciones y tratados que modificaron la naturaleza de la unión, fue adquiriendo un peso mayor en la diplomacia y en las relaciones internacionales en general. Esta condición se ha visto incrementada tras el Tratado de Maastricht, que constituyó a la Unión Europea como tal, oficializando su vocación de unidad política.​

Paulatinamente la Unión ha unificado la postura del bloque en la política internacional. La UE celebra cumbres periódicas bilaterales con Japón, Rusia, la República Popular China, India, Estados Unidos y Canadá.​ También sostiene diálogos regionales con los países de Asia, Oriente Medio, el Mediterráneo y Latinoamérica, también mantiene intensas relaciones con los países candidatos a la adhesión como Turquía. Además en los últimos años la UE, a través de la Comisión Europea, ha ganado mayor representación en organismos como el G7 o el G20, a través del Alto Representante, aunque los estados miembros se representan en la Organización Mundial del Comercio a través de su comisario comercial.​ Adicionalmente puede hablarse de un eje central en la política exterior de la Unión, el llamado "Eje franco-alemán", conformado hace más de cincuenta años y al que adhieren periódicamente unos y otros países europeos.​

Además, la Unión Europea también cuenta con una política de vecindad, la cual persigue que la UE no sea un ente ajeno a su entorno ni desvinculado de sus vecinos. Con estas políticas se busca intensificar las relaciones bilaterales con algunas antiguas repúblicas soviéticas así como los estados de la cuenca sur del Mediterráneo.​ Dentro de este contexto, se está desarrollando un gran proyecto, el Proceso de Barcelona: Unión para el Mediterráneo, enfocado a largo plazo a buscar una relación de acercamiento entre la UE y la Liga Árabe.​ En relación con los vecinos del este, existe otra iniciativa, la Asociación Oriental, llevada a cabo entre el bloque comunitario y las antiguas repúblicas soviéticas.​
La Comunidad Política Europea en 2022.
Comunidad Política Europea
La Comunidad Política Europea (CPE) es una plataforma para debates políticos y estratégicos sobre el futuro de Europa. El grupo se reunió por primera vez en octubre de 2022 en Praga en una cumbre que contó con participantes de 44 países europeos —los Estados miembros de la Unión Europea y otros estados cercanos, incluido el Reino Unido.​—, así como el presidente del Consejo Europeo y el presidente de la Comisión Europea.

Política común de seguridad y defensa

La brújula estratégica indica las cuatro direcciones en las que se debería avanzar
Resiliencia
Gestión de crisis Compass2.png Capacidad de defensa
Asociaciones con aliados
Soldados polacos de la EUFOR en una misión en el Chad en 2009.

La Política Común de Seguridad y Defensa (PCSD, anteriormente Política Europea de Seguridad y Defensa, PESD) es la actuación planificada en el seno del Consejo de la Unión Europea, así como su diseño estratégico, que dicha organización despliega de manera autónoma en el ámbito militar y de la defensa. La PCSD forma parte de la Política Exterior y de Seguridad Común (PESC), en cuya estructura jurídica, administrativa, estratégica y política se integra. Asume sus mismos principios y objetivos (aplicados al terreno político específico de la defensa), y se sitúa bajo la misma autoridad jerárquica y operativa superior, la del Alto Representante de la Unión para Asuntos Exteriores y Política de Seguridad (AR). Como tal rama de la PESC, la PCSD es parte asimismo de la Acción exterior de la Unión (AE).​

La PCSD se desarrolla en el Tratado de la Unión Europea (TUE), Título V, Sección 2. El Tratado de Ámsterdam (de 1999 instituyó la PESD, la vertiente operativa armada de la PESC, con la que se abría la posibilidad de crear posteriormente una estructura común de defensa, que «podrá conducir a una defensa común».​ No obstante, la UE sigue trabajando desde el ámbito de la intergobernabilidad en esta área, es decir, no de modo comunitario sino a través de la cooperación voluntaria de cada Estado miembro de la Unión. Sin embargo, la entrada en vigor del Tratado de Lisboa —que rebautizó esta política con el nombre de Política Común de Seguridad y Defensa— reforzó sus capacidades y sus instrumentos de actuación al abrir la posibilidad de establecer una Cooperación estructurada permanente (CEP) entre los Estados miembros más dispuestos en materia de armamento y capacidades defensivas.​ Este mecanismo de “Dos velocidades” se realiza a través de la Agencia Europea de Defensa (AED), que tiene como misión promover una política de defensa común y armonizar las políticas militares y de seguridad y defensa. La AED está compuesta por todos los Estados miembros​ y contó con un presupuesto de alrededor de 33 millones de euros en 2021.​

Asimismo, el TUE establece la alineación de la PCSD con la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN), por lo que los compromisos y la cooperación en este ámbito se ajustán a los compromisos adquiridos en el marco de la organización transatlántica que, para los Estados miembros que forman parte de la misma, es el fundamento de su defensa colectiva y el organismo de ejecución de esta (Art. 42.7). El tratado también institucionaliza la militarización de los Estados miembros en cuanto que afirma que «los Estados miembros se comprometen a mejorar progresivamente sus capacidades militares». En ese sentido, se promueve la CEP que pretende impulsar el desarrollo de la industria y la tecnología armamentista y la cooperación del negocio de las armas a nivel comunitario.​ Adicionalmente, en marzo de 2022 se aprobó la Brújula Estratégica, promovida por el AR Josep Borrell.​

Es la política de defensa un ámbito que, por su vinculación con el llamado "núcleo duro" de la soberanía nacional, ha resultado de compleja activación en el ámbito común, a pesar de haber sido una de las áreas que primero se persiguió unificar en los inicios de la construcción europea, a través de la fracasada Comunidad Europea de Defensa. Sin embargo, el relanzamiento que se produjo posteriormente ha procurado gestionarse a través de misiones concretas y limitadas temporal y logísticamente, el Consejo fue extendiendo una red de aplicaciones e intereses de naturaleza militar en determinados ámbitos geográficos, aquellos en que una actuación común era conveniente internacionalmente y acorde, internamente, con una política común exterior europea. Este ha sido el caso de las más de 35 misiones llevadas a cabo por la PCSD desde 2003.​

Pese a que la UE representa, en términos agregados, una de las primeras fabricantes y exportadoras de armas global —la UE alberga algunas de las mayores empresas de armamento del mundo, entre ellas Thales, Airbus Group y Finmeccanica—, y a que su gasto militar agregado es segundo a nivel mundial, la organización no tiene una fuerza militar propia aunque cuenta con las fuerzas rápidas de despliegue.​

Cooperación al desarrollo

En otro apartado, la ayuda al desarrollo de la UE —sumando las instituciones europeas y cada uno de los Estados miembros— se ha alineado tradicionalmente con los principios del desarrollo humano y sostenible. Sin embargo, estos paradigmas han interactuado también con la creciente presencia de objetivos geopolíticos.​

La Dirección General de Protección Civil y Operaciones de Ayuda Humanitaria Europeas​ (conocida por el acrónimo DG ECHO, formado con algunas de sus siglas en inglés), anteriormente denominada Agencia Europea de Ayuda Humanitaria, es el departamento de la Comisión Europea para la ayuda humanitaria en el extranjero y para la protección civil. Su propósito es salvar y preservar vidas, prevenir el sufrimiento humano, aliviarlo cuando se produce y salvaguardar la integridad y la dignidad de poblaciones afectadas por desastres naturales y crisis causadas por el hombre (por ejemplo guerras).​ No debe confundirse con la ayuda al desarrollo. Desde septiembre de 2019, Janez Lenarčič es el comisario europeo de Gestión de Crisis.​

La Unión Europea (UE) ha sido el segundo mayor donante de ayuda humanitaria desde 2000. Si se la considera conjuntamente con sus países miembros (cada uno de los cuales realiza sus propias donaciones), es el mayor donante mundial de ayuda humanitaria: en 2009 proporcionó más del 50 % del total mundial.​ Los proyectos financiados por la DG ECHO afectan a más de 120 millones de personas en 80 países anualmente.​

Economía

La sede del Banco Central Europeo (BCE) está ubicada en Fráncfort del Meno, Alemania. El conjunto de edificios combina elementos modernos e históricos,​ y obedece al Protocolo n.º 6 de los Tratados constitutivos de la Unión Europea, que establece dicha ciudad como sede del BCE.​

La economía de la Unión Europea (EU) es la tercera economía más grande del mundo en términos nominales —detrás de Estados Unidos y China— y según la paridad de poder adquisitivo —detrás de China y Estados Unidos-. El PIB nominal de la UE se estimó 18,3 billones de dólares en el año 2021,​ lo que representaba el 22% de la economía global.​

El euro, moneda oficial en 20 de sus 27 Estados miembros, es la segunda mayor moneda de reserva, así como la segunda moneda del comercio mundial, después del dólar estadounidense.​​​ El euro es la moneda oficial o de facto de 26 países, en la eurozona y en otros seis países europeos.

La economía de la UE consiste en un mercado interior de economía mixta basada en el mercado libre y en unos modelos sociales avanzados. Según el Banco Mundial, el PIB per cápita fue de 46 564 dólares internacionales en 2019, comparado con los 65 297 en Estados Unidos, 43 235 en Japón y 16 829 en China.​ De acuerdo con el mismo informe, hay importantes diferencias en este indicativo entre los estados miembros, oscilando desde los 121 292 dólares en Luxemburgo a los 24 789 en Bulgaria.​ Con un bajo coeficiente de Gini de 31, la UE tiene un reparto de la riqueza más igualitario que la media mundial.​​

Euronext es la bolsa de valores más importante de la eurozona y la séptima del mundo por capitalización de mercado.​ La inversión extranjera directa en la UE ascendió a 5,1 billones en 2012, mientras que la inversión europea en el extranjero fue de 9,1 billones, con mucha diferencia las mayores inversiones del mundo.​​

Desde el inicio de la crisis del euro en 2009, han emergido situaciones económicas opuestas entre el sur de Europa, por un lado, y Europa Central y del norte por otro: mayores tasas de desempleo y de deuda pública en los países mediterráneos, y menor desempleo y mayor crecimiento del PIB en los países del este y el norte. En 2015 la deuda pública en la UE ascendía al 85% de su PIB, pero con enormes disparidades entre la más baja, la de Estonia con un 9,7 %, y la más alta, que era la de Grecia con un 176%.​

Los diez mayores socios comerciales de la UE son Estados Unidos, China, Suiza, Turquía, Japón, Noruega, Corea del Sur e India, con los cuales los intercambios superaron la barrera de los 110.000 millones en 2016. La UE es representada como una entidad unificada en la Organización Mundial del Comercio (OMC), el G-20 y el G-7.
Política regional de la Unión Europea
Política Regional de la UE
Para conseguir esta convergencia socioeconómica la Unión dispone de varios Fondos Estructurales:​
  • El Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER);
  • El Fondo Social Europeo (FSE);
  • El Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER);
  • El Instrumento Financiero de Orientación Pesquera (IFOP);
La Unión Europea, dispone además de una serie de iniciativas reservadas para acciones de carácter innovador, las cuales en origen eran 13, y actualmente tan solo se mantienen cuatro:​
  • El programa Interreg, cuyo objetivo es estimular la cooperación transfronteriza, transnacional e interregional;​
  • El programa LEADER, que se propone fomentar el desarrollo rural;​
  • El programa EQUAL, que prevé el desarrollo de nuevos métodos de lucha contra las discriminaciones y desigualdades de todo tipo para acceder al mercado laboral;​
  • El programa URBAN, que fomenta la revitalización económica y social de las ciudades y de las zonas suburbanas en crisis.​

La Política Regional de la Unión Europea (UE) es la principal política de inversiones de esta organización y tiene como objetivo reducir las disparidades socioeconómicas y territoriales que existen entre las regiones de Europa.​ Esta política cubre todas las regiones europeas, aunque estas regiones pertenecen a diferentes categorías, dependiendo mayoritariamente de su situación económica.

Más de un tercio del presupuesto de la UE está dedicado a esta política, que persigue eliminar disparidades económicas, sociales y territoriales dentro de la UE, reestructurar las áreas con declive industrial y diversificar las áreas rurales que tienen una agricultura en declive.​ En hacer esto, la política regional de la UE está orientada en hacer las regiones más competitivas, fomentando el crecimiento económico y la creación de puestos de trabajo. La política también tiene un papel en objetivos más amplios de cara el futuro, incluido el cambio climático, el abastecimiento energético y la globalización.

La ampliación más importante de la UE tuvo lugar en mayo de 2004 con diez nuevos Estados miembros, en su mayoría procedentes de Europa Central u Oriental, seguida por la adhesión de Bulgaria y Rumanía en enero de 2007. La mayoría de estos países eran más pobres en ese momento que los miembros pretéritos y esto significó una reducción de la renta per cápita media de la UE, lo cual hizo que algunas regiones de la anterior UE-15 ya no puedan optar a la ayuda financiera comunitaria, ya que la mayoría de las regiones de los nuevos estados miembros cumplen los requisitos para recibir dichos fondos.​

Estas inversiones contribuyen eventualmente a alcanzar los objetivos de crecimiento inteligente, sostenible e integrador del Pacto Verde Europeo.​
Competencia

El Comisario de Competencia es el miembro de la Comisión Europea que está encargado de velar por el adecuado desarrollo de una sana competencia económica y empresarial, a través de la vigilancia en el riguroso cumplimiento por los agentes económicos de las normas que la regulan, y también por medio de la función sancionadora, si es preciso. Para todo ello se sirve de los servicios de la Dirección General de Competencia de la Comisión Europea.

La UE opera una política de competencia destinada a garantizar una sana competencia económica y empresarial en el mercado único. La Comisión como regulador de la competencia en dicho mercado, es responsable de aprobar fusiones, desmontar carteles y busca la liberalización económica y la prevención de las ayudas estatales.​

El Comisario de Competencia ocupa una de las posiciones más poderosas de la Comisión, que destaca por la capacidad de afectar los intereses comerciales de las corporaciones transnacionales.​ Por ejemplo, en 2001 la Comisión por primera vez impidió un fusión entre dos empresas con sede en los Estados Unidos (GE y Honeywell), que ya había sido aprobado por la autoridad nacional.​ Otro caso de alto perfil dio lugar a que la Comisión multara a Microsoft en más de € 777 millones tras nueve años de acción legal.​

La actual Comisaria de Competencia en la Comisión Von der Leyen es la liberal danesa Margrethe Vestager, que sustituyó al español Joaquín Almunia en 2014.
Presupuesto
Rodríguez Suanzes, Pablo (19 de mayo de 2020). «El Fondo de Recuperación franco-alemán en 12 claves». El Mundo. Consultado el 19 de mayo de 2020.

El Presupuesto de la Unión Europea es la previsión normativa y vinculante de todos los ingresos y todos los gastos de esta organización en el período de un año. Se elabora anualmente con el fin de ordenar y regular las cuentas públicas de la Unión para el año siguiente, computado desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre.​ El presupuesto contiene todos los ingresos y todos los gastos de la UE. Si bien ha ido aumentando a lo largo del tiempo, actualmente su límite está fijado en el 1,27 % del PIB de la Unión. El presupuesto anual se fija dentro del marco financiero plurianual (MFP) previamente establecido para un período no inferior a cinco años (actualmente 7 años).

Dado que la UE es una entidad política y jurídicamente distinta e independiente de los Estados que la componen, está llamada asimismo a gestionar de forma autónoma e independiente los medios de ingreso, gasto y gestión financiera propios, dirigidos a sostener e impulsar las políticas comunes de la Unión. Así, por ejemplo, para hacer frente a sus necesidades financieras en 2020, la UE dispuso de un presupuesto de 172.500 millones de euros en compromisos, y 155.400 millones de euros en pagos. En abril de ese año, el Consejo adoptó rectificaciones destinadas a proporcionar ayuda adicional: se destinaron 3100 millones de euros a la lucha contra la Pandemia de enfermedad por coronavirus y 350 millones más para ayudar a Grecia en su respuesta al incremento de la presión migratoria.​

La preparación y aprobación del presupuesto se llevan a cabo mediante un proceso legislativo de carácter especial, que involucra a diversas instituciones comunitarias, entre ellas la Comisión Europea, encargada de presentar el proyecto y ejecutar el presupuesto, o el Parlamento Europeo y el Consejo, que ejercen la función presupuestaria mediante la adopción conjunta de aquel y la supervisión y examen de su adecuado cumplimiento. Los mecanismos jurídicos e institucionales que dan vida, sostienen y culminan los presupuestos conforman el llamado procedimiento presupuestario según lo establecido en el artículo 314 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.​

La UE se nutre de los recursos que le transfieren los estados miembros y que le corresponden por derecho, los conocidos como recursos propios, los cuales provienen fundamentalmente de las exacciones agrícolas, de los derechos de aduanas, de una cuota sobre el IVA y de una cuota en relación con el PIB. Mientras que el resto de recursos tienen fundamentalmente un carácter testimonial, ya que suponen solo un 1 % de los ingresos de la Unión, como son las multas impuestas por la Comisión Europea o el excedente positivo, si hay, del año anterior.​

Los gastos de la UE se dividen en cinco bloques principales: crecimiento sostenible (empleo, innovación, educación, política social, etc.); ciudadanía, seguridad y justicia; política exterior de la UE; gastos de administración y compensaciones (ayudas a los países miembros con menor desarrollo).​
Unión Económica y Monetaria
Los estados miembros de la UEM. Miembros de la eurozona Miembros de la UE y ERM-II Miembro de la UE y ERM-II sin entrada prevista al euro (Dinamarca) El resto de miembros de la UE

La Unión Económica y Monetaria (UEM) es el área formada por el conjunto de países, dentro de la Unión Europea, que comparten no solo un mercado, sino también una misma moneda, el euro, por lo que en ellos se ejecuta una política monetaria única. Además, coordinan las políticas económicas.

El Tratado de la Unión Europea, en vigor desde 1993, prevé la creación de una unión económica y monetaria con la introducción de una moneda única (que por aquel entonces se pensaba llamar ECU). De ella formarían parte los países que cumplieran una serie de condiciones y se introduciría de forma gradual. La fecha inicialmente prevista se fue retrasando hasta que, finalmente, los estados miembros de la Unión Europea acordaron el 15 de diciembre de 1995 en Madrid la creación de una moneda común europea —ya bajo la denominación de «euro»— con fecha de puesta en circulación en enero del año 2002.​

El euro es la moneda de la eurozona o zona del Euro, compuesta en 2022 por 19 de los 27 estados miembros de la UE que comparten esta moneda única.​ Los billetes y monedas de euro se pusieron en circulación el 1 de enero de 2002,​ fecha en la que 1 euro se cambiaba por US$0,9038. Otros hitos de la moneda europea se dieron en julio de 2002, cuando el euro sobrepasó la paridad con el dólar en el mercado de divisas, y en julio de 2008 cuando el euro alcanzó su valor máximo hasta el momento, al cambiarse 1 euro por US$1,5990.​

Por su parte, el Banco Central Europeo (BCE) fue creado en 1998, de conformidad con el TUE, para introducir y gestionar la nueva moneda, efectuar operaciones con divisas y garantizar el buen funcionamiento de los sistemas de pago. Es también responsable de fijar las grandes líneas y ejecutar la política económica y monetaria de la UE. Una de las principales tareas del BCE es mantener la estabilidad de precios en la zona euro, preservando el poder adquisitivo del euro.​

En 2006 el Consejo Europeo aprobó la entrada de Eslovenia en el Euro para el 1 de enero de 2007.​ Un año después, los jefes de Estado y de Gobierno aprobaron la entrada en la zona euro de Malta y Chipre para el 1 de enero de 2008.​ Después, en 2008, los ministros de Economía y Finanzas de la Unión Europea aprobaron la entrada de Eslovaquia en la zona euro a partir del 1 de enero de 2009,​ y en 2010, los ministros aprobaron la entrada de Estonia en la zona euro a partir del 1 de enero de 2011.​ Finalmente, en 2013, se aprueba que Letonia entre en la eurozona a partir del 1 de enero de 2014.​ El resto de los estados que ingresaron a la UE con las ampliaciones de 2004 y 2007 están tomando las medidas para implementarlo como divisa propia.​ Por su parte, tanto Dinamarca como el Reino Unido decidieron quedarse fuera (opt-outs) de la zona euro cuando se ratificó el Tratado de Maastricht, aunque se espera que Dinamarca realice un referéndum en los próximos años sobre esta cuestión.​
Comercio internacional
Unión Europea. 10 mayores socios comerciales de la UE (2010). Socios comerciales 11-20 de la UE (2010).

La UE es miembro de la Organización Mundial del Comercio (OMC) desde el 1 de enero de 1995, y a su vez, los 27 estados miembros de la Unión son miembros de la OMC.​ Es importante destacar que la UE es la primera potencia comercial del planeta, ya que representa más del 20% del comercio internacional (importaciones y exportaciones).​ En su interior, Alemania tiene el mayor mercado de la Unión atendiendo a su PIB.

La UE es el principal socio comercial de Rusia, la mayoría de países africanos, los países europeos no pertenecientes a la UE y, a partir de 2005, también de la República Popular China, con la que las transacciones superan los 100 000 millones de euros al año.

La UE ha señalado que está interesada en cerrar acuerdos de libre comercio con los países latinoamericanos,​ los cuales están integrados en varios grupos regionales. Uno es la Comunidad Andina constituida por Bolivia, Colombia, Ecuador, y Perú,​​ y otro es el SICA,​​ a la vez que también ha celebrado acuerdos de cooperación con México y Chile, y está en negociaciones para la liberalización del comercio con el Mercosur.​ Las negociaciones entre la Unión Europea y el Mercosur comenzaron en 1995 y continúan hasta el día de hoy.​ El 21 de febrero, ambos bloques se reunieron en Asunción para concretar el acuerdo, sin embargo aún persisten ciertas diferencias.​
Energía
Porcentajes de las energías renovables en la UE (2019).

La estrategia energética de la Unión Europea podría definirse como el conjunto de actuaciones emanadas desde la Comisión, el Consejo y el Parlamento, recogidas en los tratados y ratificadas por los Estados miembros para actuar sobre la cantidad, coste y disponibilidad de las distintas fuentes de energía, con una especial consideración a la preservación del medioambiente y a la seguridad en el abastecimiento.​

La UE ha tenido el poder legislativo en el ámbito de la política energética a lo largo de su existencia, teniendo sus raíces en la originaria Comunidad Europea del Carbón y del Acero. La introducción de una política obligatoria e integral de la energía fue aprobada en la reunión del Consejo Europeo en octubre de 2005, y el borrador de la política fue publicado en enero de 2007.​

La Comisión tiene cinco puntos clave en su política energética: aumentar la competencia en el mercado interior, fomentar la inversión y aumentar las interconexiones entre las redes de electricidad, diversificar las fuentes de energía con mejores sistemas para responder a una crisis, establecer un nuevo marco para la cooperación energética con Rusia, al tiempo que pretende mejorar las relaciones con los estados ricos en energía de Asia Central​ y del Norte de África, el uso de las fuentes de energía existentes de manera más eficiente y el aumento del uso de las energías renovables y, finalmente, aumentar la financiación de nuevas tecnologías energéticas.​

Es fácil advertir que, pese a estar en el origen de la Unión, ha experimentado un cierto retraso en comparación con otras áreas, en gran parte debido a la superposición de intereses nacionales particularistas. No obstante en los últimos años, a partir de la entrada en vigor del tratado de Lisboa, se están acelerando los planteamientos unitarios, quizá impulsados por la constatación de un hecho físico: la escasez de fuentes propias, que obligó a importar en 2010 más del 40 % de los recursos utilizados, con clara tendencia a superar el 60 % en 2030.
Infraestructuras
El puente de Oresund une Malmö y Copenhague.

Las infraestructuras de la Unión Europea (UE) son un factor clave para facilitar la actividad económica entre sus Estados miembros.​ El proceso de integración económica y política llevada a cabo por la UE y la cooperación entre sus Estados miembros se ven representados en el desarrollo de las infraestructuras comunitarias y de cada estado a través de los diferentes programas puestos en marcha por la Comisión Europea (CE).​

La Red Transeuropea de Transporte Ferroviario de Mercancías, constituye el primer paso, dentro de los previstos en el programa de acción adoptado por la Comisión, para la gestión de un espacio ferroviario europeo único, integrado desde el punto de vista jurídico y tecnológico, para revitalizar el ferrocarril y descongestionar el sector de los transportes en la UE. Dicho espacio se encuentra regulado por la Directiva 2012/34/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012 por la que se establece un espacio ferroviario europeo único, que establece que la validez de una licencia se extenderá al conjunto del territorio de la UE, previéndose que la revisión de licencia se llevará a cabo al menos cada cinco años.​ La UE trabaja para mejorar sus infraestructuras transfronterizas, por ejemplo a través de las redes transeuropeas (RTE). Los proyectos de las RTE incluyen el túnel del Canal, el corredor Mediterráneo, el LGV Est, el túnel ferroviario de Fréjus, el puente de Oresund y el túnel de base del Brennero. En 2001, se calculó que en 2010 la red comprendería 75 200 kilómetros de carreteras, 78 000 kilómetros de vías de ferrocarril, 330 aeropuertos, 270 puertos marítimos y 210 puertos interiores.​

El sistema RailnetEurope, permite resolver todas las gestiones necesarias para la realización del tráfico ferroviario entre los países de la UE. Por su parte la Red europea de trenes de alta velocidad, tiene por objeto materializar la interoperabilidad de la red europea de trenes de alta velocidad (TGV, ICE, Transrapid, AVE) en las distintas fases de diseño, construcción, puesta en servicio progresiva y explotación.

Aunque no se puede hablar de una red portuaria integrada dentro de la UE, los diferentes países de la Unión poseen algunos de los más importantes puertos marítimos y fluviales del mundo. Entre los puertos marítimos el más importante es el de Róterdam. Por su parte el puerto de Hamburgo presenta un fuerte atractivo para el tráfico de mercancías al interior de la UE e incluso es la base desde de la que se llevan la mayoría de mercancías provenientes de la República Popular China hacia Rusia y la UE. Asimismo, los puertos de Amberes (Bélgica), Róterdam (Países Bajos) y Vigo (España) son los primeros puertos mundiales en cuanto a volumen de pesca se refiere.

En lo referente a las nuevas tecnologías, la UE dispone de una Agencia Europea de Seguridad de las Redes y de la Información (ENISA), con el fin de garantizar a los usuarios de las redes de comunicación y sistemas de información el mayor grado de seguridad. Otro proyecto de infraestructura es el sistema global de navegación por satélite Galileo, construido por la Unión Europea y puesto en marcha por la Agencia Espacial Europea (ESA). Tras años de retraso, el proyecto pretende completar una red de 26 satélites en órbita para 2017, más seis de repuesto.​ Galileo fue lanzado en parte para reducir la dependencia de la UE sobre el Sistema de Posicionamiento Global (GPS) estadounidense, y también para dar una cobertura mundial más completa y permitir una exactitud mucho mayor, dada la antigüedad del sistema GPS.​ Algunos han criticado al sistema Galileo debido a su elevado coste, sus varios retrasos, y por su percepción de redundancia, dada la existencia del sistema GPS.​
Agricultura
Objetivos específicos de la PAC
(artículo 39 del TFUE)​​
Incrementar la productividad agrícola, fomentando el progreso técnico y asegurando el empleo óptimo de los factores de producción, en particular, de la mano de obra
Garantizar así un nivel de vida equitativo a la población agrícola, en especial, mediante el aumento de la renta individual de los que trabajan en la agricultura
Estabilizar los mercados
Garantizar la seguridad de los abastecimientos
Asegurar al consumidor suministros a precios razonables

La Política Agrícola Común (PAC),​ llamada a veces Política Agraria Común por el ministerio de Agricultura español,​ es una de las políticas más antiguas e importantes y uno de los elementos esenciales del sistema institucional de la Unión Europea (UE).​ Hasta hace poco, operaba mediante un sistema de subsidios y de intervención en el mercado; hasta la década de 1990 la política representaba el 60 % del presupuesto anual de la Unión Europea, y hoy en día aún representa el 40 %.​​

Los controles de precios y la intervención en los mercados tuvieron como resultado la sobreproducción, la cual se almacenaba para mantener los niveles mínimos de precios.​ Para disponer de este superávit, a menudo se vendían en el mercado mundial internacional a precios por debajo de los precios garantizados por la Unión o, por otra parte, los agricultores a menudo recibían subsidios que equivalían a la diferencia entre los precios mundiales y los de la Unión. Este sistema se ha criticado por vender más barato que la producción de los países en vías de desarrollo. La sobreproducción también ha sido criticada por los ambientalistas por los métodos de producción intensivos. Por otra parte, los que apoyan a la Política Agrícola Común, argumentan que la ayuda económica para los agricultores, les asegura un estándar de vida razonable imposible económicamente si no existiera.

Desde el comienzo de la década de 1990, la política se ha ido reformando.​ Al principio, estas reformas incluían la política de separar una porción de tierra de la producción, imponer cuotas en la producción lechera,​ etc. Los gastos agrícolas abandonarán los subsidios relacionados con la producción específica por relacionarlos con el tamaño de las fincas agrícolas, para permitir que el mercado establezca los niveles de producción y a la vez asegurar la renta de los agricultores. Las reformas también incluyen la abolición del régimen de azúcar entre los estados miembros y las naciones africanas y caribeñas y su relación privilegiada.​

Después de la entrada en vigor del Tratado de Roma de 1957, las políticas agrícolas de los Estados miembros de la Comunidad Europea fueron sustituidas por mecanismos de intervención a escala comunitaria. Las bases de la PAC no han cambiado desde entonces, aunque sí lo han hecho las normas relativas al procedimiento decisorio. El Tratado de Lisboa de 2009 ha reconocido la codecisión como «procedimiento legislativo ordinario» de la PAC, en sustitución del procedimiento de consulta.​

Ciencia y tecnología

Vista aérea del sitio del ITER durante su construcción. El ITER es el mayor proyecto científico asociativo del mundo y reúne a China, Corea del Sur, India, Japón, Estados Unidos, Rusia y la UE.​

La política europea de investigación y desarrollo tecnológico (IDT) forma parte de la legislación de la Unión Europea (UE) desde la firma de los primeros Tratados comunitarios en los años 1950. A partir del Acta Única Europea (1986) el objetivo de esta política ha sido fortalecer las bases científicas y tecnológicas de la industria de la UE e incrementar su competitividad a escala mundial. Su base jurídica reposa en los artículos 179 a 190 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE). Así el artículo 179 especifica que «la Unión tendrá por objetivo fortalecer sus bases científicas y tecnológicas mediante la realización de un espacio europeo de investigación en el que los investigadores, los conocimientos científicos y las tecnologías circulen libremente».​

A principios de los años 1980 dicha política se amplió con el establecimiento de un programa marco de investigación. En el período 2014-2020, la mayor parte de la financiación para investigación en la Unión se agrupó en el programa Horizonte 2020 (VIII Programa Marco de Investigación e Innovación), cuyo objetivo fue garantizar la competitividad internacional de la UE. Su sucesor, para el período 2021-2027, es Horizonte Europa.​

Medio ambiente

Marco básico de la política medioambiental de la Unión Europea​
  • Los programas de acción en materia de medio ambiente
  • Estrategias horizontales
  • Cooperación internacional en materia de medio ambiente
  • Evaluación de impacto ambiental y participación pública
  • Aplicación, cumplimiento y seguimiento
El lince ibérico cuenta con el Programa LIFE-Lince, para llevar acciones que eviten la extinción de esta especie en grave peligro.

La política medioambiental de la Unión Europea es un ámbito en el que dicha organización tiene competencias. La Unión cuenta con una de las legislaciones de medio ambiente más estrictas del mundo, la cual se introdujo después de estar varias décadas estudiando los principales problemas medioambientales existentes en la Unión.​ Las actividades prioritarias en relación con el medio ambiente se enfocan en la lucha contra el cambio climático, mantener la biodiversidad, reducir los problemas de salud derivados de la contaminación y el uso de los recursos naturales de manera más responsable.​ De esta forma, lo que se persigue con estas políticas es la protección del medio natural, de una manera que se contribuya al crecimiento económico, impulsando la innovación y la empresa. La Unión Europea ha puesto en marcha a través de un libro de medidas, un paquete ambicioso que marque su propio liderazgo en la preparación para un acuerdo mundial. En ese sentido, se ha convertido en la primera potencia mundial que adopta objetivos jurídicos vinculantes de tal alcance en materia de clima y energía.​

Según las instituciones comunitarias, su política medioambiental se basa en “los principios de cautela, prevención, corrección de la contaminación en su fuente y «quien contamina paga»”.​ En este sentido los programas plurianuales en materia de medioambiental fijan el marco de acción en todos los ámbitos políticos relativos que luego se integran en estrategias horizontales y se tienen en cuenta en las negociaciones internacionales relacionadas.​

Esta política europea se remonta 1972 cuando el Consejo Europeo (tras la Cumbre de la Tierra de Estocolmo) reconoció la necesidad de establecer una política medioambiental que acompañara la expansión económica. Ya en 1987, mediante el Acta Única Europea, se introdujo un título sobre medio ambiente, que constituyó la primera base jurídica para una política común en la materia, con el objetivo de proteger la salud humana y garantizar la adecuada gestión de los recursos naturales. Posteriormente con el Tratado de Maastricht, el ámbito medioambiental se convirtió en un ámbito oficial de la política comunitaria, se introdujo el procedimiento de codecisión y el Consejo institunializó la votación por mayoría cualificada. En 1999 el Tratado de Ámsterdam integró la obligación de integrar la protección medioambiental en todas las políticas de la UE para promover el desarrollo sostenible. Con el Tratado de Lisboa, la «lucha contra el cambio climático» pasó a ser un objetivo comunitario específico en las relaciones con terceros países, al igual que el desarrollo sostenible.​

Una acción destacada dentro de esta política medioambiental es la red Natura 2000, una red ecológica europea de áreas de conservación de la biodiversidad.​ Consta de Zonas Especiales de Conservación designadas de acuerdo con la Directiva Hábitat,​ así como de Zonas de Especial Protección para las Aves (ZEPA) establecidas en virtud de la Directiva de Aves.​ Su finalidad es asegurar la supervivencia a largo plazo de las especies y los hábitats más amenazados de Europa, contribuyendo a detener la pérdida de biodiversidad ocasionada por el impacto adverso de las actividades humanas. Es el principal instrumento para la conservación de la naturaleza en la Unión Europea.​

La UE cuenta además con la Agencia Europea de Medio Ambiente (AEMA), que tiene por misión facilitar a la UE y a los países miembros la toma de decisiones sobre la mejora del medio ambiente, y coordinar la Red europea de información y observación del medio ambiente.​

Educación

Países firmantes del EEES (Espacio Europeo de Educación Superior).

Las políticas e iniciativas educativas de la Unión Europea (UE) son las desempeñadas por Comisión Europea como apoyo a los Estados miembros de la Unión ya que dentro de la organización cada país es responsable de su propio sistema educativo. En ese contexto, la Comisión ofrece un “foro de cooperación entre países” que oficialmente busca una mayor coherencia de las políticas educativas nacionales. Así mismo, la Comisión financia varias iniciativas de apoyo a la educación que van desde el reconocimiento de las cualificaciones en otros países hasta el fomento de experiencias.​

Los principales programas educativos europeos son Comenius, en el ámbito escolar, Leonardo da Vinci, para la formación profesional, programa Erasmus, para la enseñanza universitaria y Grundtvig, para la enseñanza de adultos. Por su parte, el programa eLearning promueve la integración efectiva de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en los sistemas de educación y formación en la UE.​
Espacio Europeo de Educación Superior

El Espacio Europeo de Educación Superior es un ámbito de organización educativo iniciado en 1999 con el Proceso de Bolonia que quiere armonizar los distintos sistemas educativos de la Unión Europea y proporcionar una forma eficaz de intercambio entre todos los estudiantes, así como dotar de una dimensión y de una agilidad sin precedentes al proceso de cambio emprendido por las universidades europeas. Se integran actualmente en el EEES aparte de los 27 países de la UE otros como Rusia y Turquía hasta llegar a la cifra total de 49 países participantes.​ Los países que se encuentran dentro del EEES son:​

Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, Serbia, Suecia y Suiza.

Cultura

Atenas fue la primera Capital Europea de la Cultura.

El Tratado de la Unión Europea o Tratado de Maastricht dio reconocimiento la dimensión cultural de la integración europea, al atribuir ciertas competencias de acción cultural a la Comunidad Europea, en el artículo 128 (hoy 151) del Tratado. Según eso, la Comunidad Europea debe impulsar las culturas de los Estados miembros, teniendo especial cuidado en preservar la diversidad, pero poniendo también de manifiesto el "patrimonio cultural común".​ En este sentido, la Comisión Europea dispone de un comisario que agrupa en una sola cartera la educación, la formación, la cultura y la juventud, pero no el multilingüismo.

La diversidad cultural de la Unión Europea se refleja, en las diferentes lenguas de los Estados miembros. Así, las diferencias culturales entre las regiones que conforman la UE, sumadas a las tradiciones culturales que "importan" los inmigrantes procedentes de fuera de la unión, la han dotado de un carácter multicultural que no deja de diversificarse.

Uno de los aspectos más importantes de este fenómeno es la interrelación entre diferentes grupos religiosos. Los pueblos que actualmente conforman la UE tiene una tradición milenariamente cristiana, que se ha visto modificada en las últimas décadas principalmente a causa de la inmigración procedente de África, Oriente Medio y los países de la ex Yugoslavia. En este contexto, el mayor aporte religioso de los inmigrantes ha sido el musulmán, cuya presencia cada día es mayor, principalmente en las grandes ciudades como París, Fráncfort, Marsella o Berlín.

También el desarrollo de los medios de comunicación ha jugado un papel relevante en la "revolución cultural" que experimenta la UE. Personas con un origen cultural distinto comparten ahora preferencias por manifestaciones culturales, bien sea aportadas por uno de ellos o procedentes de una tercera cultura.

Uno de los proyectos culturales más importantes es la designación de la Capital Europea de la Cultura.​ Este es un título conferido por la comisión y el parlamento europeo a una o dos ciudades europeas, que durante un año tienen la posibilidad de mostrar su desarrollo y vida culturales. Algunas ciudades europeas han aprovechado esta designación para transformar completamente sus estructuras culturales y ser reconocidas en el ámbito internacional. Cuando una ciudad es nombrada capital europea de la cultura, en ella se desarrollan todo tipo de manifestaciones artísticas.​

Otro proyecto cultural comunitario es el de la Joven Orquesta de la Unión Europea. En ella coinciden músicos jóvenes con talento procedentes de la Unión Europea junto con profesores reconocidos internacionalmente para conformar una orquesta renombrada a escala internacional.​​​

Idiomas

Porcentaje del conocimiento de inglés dentro de la población de la UE.

Las lenguas de la Unión Europea (UE) son las lenguas oficiales de esa organización en las que están redactados sus Tratados constitutivos y que se usan también como lenguas de trabajo.​ Las lenguas oficiales y de trabajo de la Unión son veinticuatro,​ un número inferior al de Estados miembros, ya que varios de éstos comparten idiomas. Sin embargo, en la Comisión Europea, por ejemplo, el colegio de comisarios negocia sobre la base de documentos presentados en inglés, francés, alemán, italiano y español.

Cada Estado miembro tiene derecho a inscribir una lengua como oficial pese a lo cual la salida del Reino Unido de la Unión en 2020 no supuso la eliminación del inglés como lengua oficial.​ Es así que De facto las principales lenguas oficiales y de trabajo son el inglés y el francés, tanto por su uso hablado, así como por su uso en la primera redacción de los documentos oficiales. En total, el inglés es la lengua más hablada en la UE (seguida por el francés), sin embargo la lengua materna más hablada es el alemán.​ Como consecuencia de esta influencia, las tres "lenguas de trabajo" de la UE son el inglés, el francés y el alemán. Sin embargo, en los estados miembros se utilizan, además de los 24 idiomas señalados, unas 60 lenguas más,​ cooficiales solo en parte del territorio o no oficiales (lenguas regionales y minoritarias).

Una de las políticas claves de la UE es la de promover el aprendizaje entre sus ciudadanos de por lo menos dos idiomas aparte de su lengua materna.​ El objetivo no es únicamente facilitar la comunicación entre ciudadanos, sino también fomentar una mayor tolerancia hacia los demás y un respeto para la diversidad cultural y lingüística de la Unión.​ Varios programas de cooperación promueven el aprendizaje de los idiomas y la diversidad lingüística en la UE y sus Estados miembros se han comprometido a potenciar la cooperación en el ámbito del multilingüismo y a mejorar la eficacia de la enseñanza de lenguas en sus escuelas.​ De alguna manera de esto habla su lema "unida en la diversidad" (latín: «In varietate concordia»).

Religión

Religión en la Unión Europea (en 2012)
Religión Porcentaje
Cristianismo
72 %
Irreligión
25 %
Islam y otros
3 %
Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión. Este derecho implica la libertad de cambiar de religión o de convicciones, así como la libertad de manifestar su religión o sus convicciones individual o colectivamente, en público o en privado, a través del culto, la enseñanza, las prácticas y la observancia de los ritos.
—Artículo 10.1 Carta de Derechos Fundamentales

La religión en la Unión Europea se practica en el marco de la libertad de culto garantizada por cada Estado miembro de la organización.​ Sin embargo, mediante el artículo 17 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE), la Unión cuenta con un fundamento jurídico para un diálogo regular entre sus instituciones y las iglesias, asociaciones religiosas y organizaciones filosóficas o no confesionales.​

El Parlamento Europeo ha definido la laicidad como «la estricta separación de las autoridades religiosas y políticas», lo que según dicha institución conlleva el rechazo de “cualquier injerencia religiosa en el funcionamiento de las instituciones públicas, así como de cualquier injerencia pública en materia religiosa”. No obstante este principio esta sometido al objetivo primordial de “hacer respetar las normas de seguridad y preservar el orden público”.​

En los 27 Estados miembros de la Unión Europea, así como de los Estados en negociaciones de adhesión (Albania, Macedonia del Norte, Montenegro, Serbia, existen algunas diferencias por motivos religiosos entre sus habitantes. En general, la mayoría de ciudadanos europeos que profesan alguna religión se adscriben al cristianismo, en alguna de sus diferentes ramas (católica, protestante u ortodoxa). Así, mientras que en algunos países como Italia, España, Francia o Irlanda predomina la religión católica; en otros como Suecia o Dinamarca predomina la religión protestante,​ y en otros como Grecia o Rumania la religión ortodoxa.

Además, el porcentaje de agnósticos y ateos en los estados de la UE también varía según el estado en el que se encuentre. Por otra parte se encuentran casos, como Dinamarca, donde existe una religión de carácter estatal.​ La aconfesionalidad del estado no es por tanto un requisito para entrar en la Unión (siendo este un aspecto interno de cada país) pero sí que se garantice la libertad religiosa para cualquier credo, según recoge la Carta de los Derechos Fundamentales.​

Símbolos

Estados miembros de la UE que firmaron la declaración adicional al Tratado de Lisboa apoyando el uso de los símbolos europeos: Firmantes de la declaración (16). No firmantes de la declaración (11).

Por símbolo de la Unión Europea podemos entender cualquiera de los elementos que son tomados oficialmente como identificativos por esta entidad supranacional. Con la entrada en vigor del Tratado de Lisboa, los símbolos de la UE como la bandera, el lema, el himno o el Día de Europa no son jurídicamente vinculantes, aunque todos ellos se encuentran en uso. Pese a esto, dieciséis países miembros declararon su lealtad a los símbolos de la Unión Europea en una declaración anexa al tratado.​​

  • La Bandera de la Unión Europea o bandera de Europa​ está formada por doce estrellas doradas dispuestas en círculo sobre fondo azul.​ Fue diseñada por Arsène Heitz, un pintor de Estrasburgo, con el propósito manifiesto de que fuera utilizada por el mayor número de organizaciones posible, fomentando así la integración de Europa. Este es el símbolo de unión de los estados europeos, siendo asumida como tal, por la Unión Europea y por el Consejo de Europa,​ que son entidades políticas diferentes y abarcando cada una a distintos estados europeos. El número de estrellas no tiene nada que ver con el número de estados miembros. Hay doce estrellas porque el número doce es tradicionalmente el símbolo de la perfección, lo completo y la unidad. Por lo tanto la bandera no cambia con las ampliaciones de la UE.​
  • El lema oficial de la Unión Europea es en español: Unida en la diversidad.​ Todas sus traducciones, en los otros 22 idiomas de la Unión Europea, así como la versión en latín, In varietate concordia, la cual también se usa como un compromiso,​ tienen idéntico estatus oficial. El lema europeo se adoptó por primera vez en mayo de 2000, mediante un proceso no oficial, a saber, un concurso que contó con la participación de 80.000 estudiantes de los 15 países miembros de la Unión Europea en aquella época: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos, Portugal, Reino Unido y Suecia.​
  • El Himno de la Unión Europea o Himno Europeo​ tiene su origen en la Oda a la Alegría (An die Freude en alemán), escrita por Friedrich von Schiller en 1785. En 1793 Ludwig van Beethoven conoció la obra del escritor alemán, y desde ese momento manifestó su inspiración y deseo de ponerle música. El 7 de mayo de 1824, diez años después de la Octava Sinfonía, Beethoven presenta en el Teatro de la Corte Imperial de Viena su Novena Sinfonía cuyo cuarto y último movimiento lo concibió para ser interpretado por un coro y solistas basándose en la "Oda a la Alegría". En el año 1972 el Consejo de Europa adoptó la oda como himno.​ Posteriormente, Herbert von Karajan, accedió a una petición del Consejo de Europa de escribir tres arreglos instrumentales para piano (solo), viento y orquesta sinfónica. Finalmente, en 1985, la Unión Europea también adoptó la oda como Himno de la Unión, siendo interpretado por primera vez de manera oficial el 29 de mayo de ese mismo año.​
  • El Día de la Unión Europea o Día de Europa se celebra el 9 de mayo de cada año, en recuerdo de la misma fecha en 1950, cuando el ministro francés de Exteriores, Robert Schuman, hizo la célebre declaración que originó la creación de la primera Comunidad Europea: la del Carbón y el Acero.​​ Esta propuesta, conocida como Declaración Schuman, se considera la acción primordial de la creación de lo que actualmente es la Unión Europea.​​

Deportes

Dirección General de Educación, Juventud, Deporte y Cultura principales áreas de la Unidad de Deporte​
  • cooperación dentro de la comisión y con otras instituciones en temas relacionados con el deporte,
  • cooperación con instituciones, organizaciones y federaciones deportivas nacionales e internacionales,
  • reuniones bilaterales con instituciones y organizaciones deportivas y federaciones deportivas internacionales.

La política deportiva de la Unión Europea se refiere a las diferentes acciones de dicho organismo internacional en el ámbito deportivo. La Unión Europea desempeña un papel político menor y en su mayoría indirecto en el deporte, ya que se considera que el deporte está fuera de las competencias conferidas por los Estados miembros de la Unión Europea y además el deporte en general se organiza internamente, en un marco europeo a nivel continental (que no es lo mismo que el nivel de la Unión Europea), o globalmente.​

En virtud del Tratado de Lisboa, el papel de la UE en el deporte es limitado, porque el artículo 165, apartado 4, establece que los objetivos de la UE en el deporte se limitan a medidas que «excluyen cualquier armonización de las leyes y reglamentos de los Estados miembros». Como tal, la UE no puede adoptar legislación ni ninguna otra medida jurídicamente vinculante, sino que actúa a través de directrices, recomendaciones y financiación para apoyar sus objetivos relacionados con el deporte.​

Aunque no están dirigidas específicamente al deporte, varias de las normas, políticas y programas de la Unión Europea afectan al mundo del deporte o son de su interés. En particular, el mercado común de la Unión Europea crea el derecho de cualquier ciudadano de la UE a moverse y trabajar libremente en otro estado miembro. La histórica sentencia Bosman confirmó que este derecho, cuando se aplica a los atletas profesionales, prohíbe las cuotas de nacionalidad en las ligas deportivas que afectan a los ciudadanos de la UE. Esto ha cambiado la cara de los deportes profesionales en la UE, con los mejores equipos ahora reuniendo talento de toda Europa.​

Premios

En 2012 la Unión Europea ganó el Nobel de la Paz, que fue otorgado por unanimidad de todos los miembros del jurado, «por su contribución durante seis décadas al avance de la paz y la reconciliación, la democracia, y los derechos humanos en Europa».​ En 2017 fue galardonada con el Premio Princesa de Asturias de la Concordia por lograr «el más largo período de paz de la Europa moderna, colaborando a la implantación y difusión en el mundo de valores como la libertad, los derechos humanos, y la solidaridad».​

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