Tribunales de Dinamarca

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Sistema judicial y judicial en el Reino de Dinamarca
Entrada al Tribunal Supremo danés, situado en el Palacio de Christiansborg en Copenhague.
The Eastern High Court in Copenhagen, Zealand

Los Tribunales de Dinamarca (danés: Danmarks Domstole, feroés: Danmarks Dómstólar, groenlandés: Danmarkimi Eqqartuussiviit) es el sistema judicial ordinario del Reino de Dinamarca. Los Tribunales de Dinamarca como entidad organizativa se crearon con la Ley de Reforma Judicial y de la Policía (Politiog Domstolsreformen) que entró en vigor el 1 de enero de 2007 y que también reformó significativamente el sistema judicial, p. eliminando la jurisdicción original de los Tribunales Superiores e introduciendo un nuevo sistema de jurado.

Los Tribunales de Dinamarca están compuestos por tribunales ordinarios: el Tribunal Supremo (Højesteret), el tres tribunales superiores: el Tribunal Superior Occidental (Vestre Landsret), el Tribunal Superior Oriental (Østre Landsret), el Tribunal Superior de Groenlandia (groenlandés: Kalaallit Nunaanni Eqqartuussisuuneqarfik, danés: Grønlands Landsret), el Tribunal Marítimo y Comercial (Sø- og Handelsretten), el Tribunal de Registro Judicial (Tinglysningsretten), el Tribunal Especial de Acusación y Revisión (Den Særlige Klageret), los 24 tribunales de distrito, el Tribunal de las Islas Feroe, el Tribunal de Groenlandia y los cuatro Tribunales de Circuito de Groenlandia. Parte de los tribunales de Dinamarca también son tres juntas: la Junta de Permiso de Apelaciones (Processbevillingsnævnet), la Junta de Empleo Sideline y el Consejo de Nombramiento Judicial. Por último, la administración judicial danesa se encarga de la administración conjunta de toda la organización.

Los tribunales de Groenlandia y las Islas Feroe constituyen partes semiautónomas de los Tribunales de Dinamarca y se rigen por códigos procesales separados pero en gran medida similares.

Fuera del sistema judicial ordinario y del marco de administración conjunta de los tribunales de Dinamarca, existe un sistema judicial colectivo separado de conflictos laborales y varios órganos cuasijudiciales, algunos de los cuales están exentos de supervisión judicial.

Los Tribunales de Justicia

De conformidad con el artículo 3 de la Constitución danesa, toda la autoridad judicial reside en los tribunales de justicia. La Constitución también establece que sólo los jueces del tribunal pueden dictar sentencias, mientras que las comisiones parlamentarias sólo pueden investigar.

El sistema judicial danés se basa en una estructura unificada, en la que no existen tribunales especiales o constitucionales, ni tampoco divisiones formales dentro de los tribunales. Como regla general, todos los tribunales de justicia pueden resolver disputas en áreas jurídicas como el derecho civil, laboral, administrativo y constitucional, así como la justicia penal.

Sin embargo, las acciones judiciales contra ministros y/o ex ministros, en casos relacionados con sus relaciones como ministros, son manejadas por un Tribunal de Enjuiciamiento del Reino (Rigsretten), compuesto por jueces del Tribunal Supremo y miembros del parlamento.

El Tribunal de Acusación y Revisión (Den Særlige Klageret) se ocupa de las quejas relativas al procedimiento, la inhabilitación de jueces, etc. interpuestos por los usuarios de los tribunales, contra los tribunales.

Los procedimientos son orales en general y abiertos al público en los tribunales inferiores, y siempre orales en la Corte Suprema. Las transmisiones de medios desde dentro del tribunal están prohibidas, a menos que lo permita el juez que preside.

La estructura general del sistema judicial está inspirada en las tradiciones de la Europa continental.

La Ley de Administración de Justicia de 1916 (Lov om Rettens Pleje – Retsplejeloven), la única ley danesa código, contiene casi 1.000 artículos, que definen la administración y organización de los tribunales, abarcando campos tanto del procedimiento civil como penal. La Ley ha sufrido cambios sustanciales desde su promulgación en 1916.

Estructura

Desde el 1 de enero de 2007, los tribunales daneses están compuestos por el Tribunal Supremo (Højesteret), los dos los tribunales superiores (Landsretten), el Tribunal Marítimo y Comercial de Copenhague (Sø- og Handelsretten i København (jurisdicción nacional)), el Tribunal de Registro de la Propiedad, 24 tribunales de distrito (Byretten), los tribunales de las Islas Feroe y Groenlandia, la Junta de Permisos de Apelaciones, el Consejo Danés de Nombramientos Judiciales y la Administración Judicial Danesa.

Además, la Constitución danesa prevé que el Tribunal de Enjuiciamiento del Reino (Rigsretten) conozca los casos interpuestos contra ministros en relación con su administración. Además, el Tribunal Especial de Apelación Final (Den særlige Klageret) se ocupa de casos relacionados con sanciones disciplinarias contra jueces y Peticiones de nuevo juicio de causas penales en virtud del artículo 86 de la Ley de Administración de Justicia.

Los tribunales daneses ejercen los poderes judiciales del gobierno y resuelven cuestiones relacionadas, incluidas sucesiones, quiebras, ejecución, registro de tierras y cuestiones administrativas.

Todos los jueces son juristas. Los jueces legos pueden ser de cualquier profesión, excepto que no pueden ser abogados, miembros del clero ni funcionarios públicos en funciones, y se considera de buena práctica que ninguno sea jurista.

A finales de 2005 se está llevando a cabo una reforma gradual de los tribunales inferiores. Cuando se apruebe, la reforma transformará el papel de los tribunales de condado y superiores, además de garantizar que la Corte Suprema sólo se ocupe de casos de naturaleza principal.

Los tribunales de condado y el papel de los jueces de los tribunales de condado

La composición de los tribunales de condado varía pero está regulada por ley. El Tribunal de Condado de Copenhague tiene 49 jueces y un presidente, mientras que los tribunales de condado de Aarhus, Odense, Aalborg y Roskilde tienen un presidente y quince, diez, diez y siete jueces más, respectivamente. 29 jurisdicciones tienen de dos a cuatro jueces, mientras que las últimas 50 jurisdicciones tienen un solo juez.

En las etapas preparatoria y de juicio de los casos civiles, solo un juez preside. En las causas penales en las que el acusado se declara culpable de todos los cargos que se le imputan, o cuando la fiscalía no pide una pena superior a una multa, la causa también es presidida por un solo juez. En los casos penales en los que no es así, el juez se reúne con dos jueces legos. En los casos marítimos se aplican normas especiales relativas al nombramiento de jueces legos.

En los casos en que los jueces legos se reúnen con el juez, las decisiones se adoptan por mayoría simple.

Además de sus funciones habituales, los jueces de los tribunales de condado actúan como notarios y agentes judiciales (en particular, el fogedret se encarga de la ejecución de sentencias y demandas judiciales), así como de administradores de procedimientos de quiebra. y asuntos sucesorios. Además, administran el registro de la propiedad local. En lo que respecta a las tareas administrativas, estas funciones podrán ser asignadas a un asesor, que será suplente. Se está implementando una reforma electrónica del sistema de registro de la propiedad, haciendo que el sistema sea completamente electrónico.

Todos los acuerdos nupciales y el registro de propiedad de automóviles están controlados y administrados por el Tribunal del Condado de Aarhus.

Tribunales superiores

The Western High Court in Viborg, Jutland

Los tribunales superiores funcionan como tribunales de apelación para casos de los tribunales subordinados. La decisión de un tribunal de condado se puede apelar ante un tribunal superior si la reclamación en disputa supera las 20.000 coronas danesas. Si el asunto tiene un valor económico inferior a 20.000 DKK, una apelación requiere el permiso del Procesbevillingsnævnet. Un tribunal superior puede desestimar una apelación si el caso apelado no se relaciona con una cuestión de principio o si por otras razones el Tribunal Superior considera que la apelación no debe presentarse ante un tribunal superior.

Dinamarca tiene tres tribunales superiores. El Tribunal Superior de Dinamarca Occidental (Vestre Landsret) tiene su sede en Viborg pero tiene salas en las ciudades occidentales más grandes. Tiene jurisdicción sobre todos los tribunales de condado de Jutlandia. Tiene un presidente y 38 jueces. El Tribunal Superior del Este de Dinamarca (Østre Landsret) tiene su sede en Copenhague, pero tiene salas en las ciudades más grandes del este. Tiene jurisdicción sobre todos los tribunales de condado fuera de la península de Jutlandia, así como sobre el tribunal de condado de las Islas Feroe. Tiene un presidente y 63 jueces. Los tribunales superiores sólo tienen sede en salas fuera de Viborg y Copenhague en casos penales. Todos los casos civiles se llevan ante los tribunales superiores de Viborg o Copenhague.

El Tribunal Superior de Groenlandia (groenlandés: Kalaallit Nunaanni Eqqartuussisuuneqarfik, danés: Grønlands Landsret) con sede en Nuuk tiene jurisdicción de apelación sobre los tribunales inferiores de Groenlandia, formados por los cuatro tribunales de circuito y el Tribunal de Groenlandia. Está formado por un solo juez, el juez del Tribunal Superior de Groenlandia (groenlandés: Kalaallit Nunaanni Eqqartuussisuuneq, danés: Landsdommeren i Grønland) pero se le unen dos jueces de tribunales superiores de otros tribunales superiores en casos apelados ante el Tribunal de Groenlandia.

Los tribunales superiores se dividen en salas, cada una compuesta por tres jueces del tribunal superior (landsdommere), un de los cuales puede ser un juez pro tempore del tribunal superior (konstitueret landsdommer). A cada caso se le asigna una sala y se constituye un panel de tres jueces para conocer del caso, generalmente compuesto por los tres jueces de la sala, pero también puede estar compuesto por jueces de todas las salas o por más de tres jueces. Aunque el Presidente del Tribunal Superior nombra un juez que preside cada sala, todas las decisiones se adoptan por mayoría simple, excepto en los juicios con jurado en los que se necesita una mayoría cualificada para dictar un veredicto de culpabilidad.

Como tribunal de apelación penal en casos apelados en los que jueces legos han participado en el juicio del tribunal del condado, el tribunal superior está compuesto por tres jueces del tribunal superior y tres jueces legos. En los casos en los que se necesitan conocimientos especiales, es decir, casos relacionados con la separación de los niños de sus padres, los especialistas pueden actuar como jueces. En los juicios con jurado apelados ante el tribunal superior, el tribunal está compuesto por tres jueces y nueve jurados.

Tribunal Supremo

La Corte Suprema funciona como un tribunal de apelación civil y penal para casos de los tribunales subordinados. Dado que normalmente una decisión no puede apelarse más de una vez, los casos de los tribunales de condado rara vez llegan al nivel de la Corte Suprema, aunque este puede ser el caso si la Junta de Apelaciones independiente concede autorización para apelar.

La Corte Suprema fue fundada el 14 de febrero de 1661 por el rey Federico III, pero sus raíces se remontan incluso más allá de la ahora desaparecida Corte del rey Cristián IV (Kongens Retterting). Como su nombre indica, el Tribunal Supremo es el tribunal más alto del Reino de Dinamarca y sus sentencias no pueden ser apeladas ante otro tribunal danés. Está dividido en dos salas que conocen de todo tipo de casos. Un caso es visto por al menos cinco jueces. En total, el tribunal está formado normalmente por quince jueces y un presidente.

A diferencia de los casos penales en los tribunales inferiores, la Corte Suprema no se ocupa de la cuestión de la culpabilidad. Sin embargo, la base sobre la cual el tribunal inferior llegó a su veredicto puede ser considerada y editada. En los juicios penales por jurado en primera instancia, la defensa podrá apelar por error judicial respecto de la decisión de los jueces. dirección al jurado (el resumen de los fundamentos teóricos, que deben tenerse en cuenta cuando los jurados deliberan).

Administración independiente

Los artículos 62 y 64 de la Constitución danesa garantizan la independencia judicial del gobierno y el Parlamento al disponer que los jueces sólo se guiarán por la ley, incluidas las leyes, los estatutos y la práctica.

Administración de los tribunales

Con más de 2.600 empleados (incluidos aproximadamente 1.850 secretarios), la administración judicial danesa se formó el 1 de julio de 1999 tras la Ley de administración judicial de 1998. Como resultado, la responsabilidad de administrar el sistema de justicia y los tribunales se eliminó del Ministerio de Justicia y confiado a una recién formada Administración Judicial independiente (Domstolsstyrelsen), asegurando así la separación del poder judicial. y poderes ejecutivos del gobierno.

Nombramiento de jueces

En 2011, hay aproximadamente 380 jueces. Todos los jueces, excepto el Presidente de la Corte Suprema, son nombrados por el monarca reinante, siguiendo recomendaciones (órdenes) del Ministro de Justicia con el asesoramiento del Consejo de Nombramientos Judiciales. Hasta la fecha siempre se han seguido los consejos del consejo.

El Consejo de Nombramientos Judiciales, al igual que la Administración del Tribunal, se formó en 1999 y facilita la contratación de jueces de todas las ramas de la profesión jurídica. Antes de 1999, se consideraba que demasiados jueces tenían experiencia profesional en el Ministerio de Justicia.

Del mismo modo, el consejo se creó para garantizar la independencia de las demás ramas del gobierno. Aunque se financia a través de la Ley de Presupuesto anual, el consejo goza de total independencia de las tres ramas del gobierno.

Remoción de jueces

El artículo 64 de la Constitución danesa garantiza la independencia personal de los jueces protegiéndolos de la destitución y transferencia por parte de la administración al otorgar el poder de destituir a los jueces a los propios tribunales. La expulsión sólo podrá tener lugar en casos de falta grave o de enfermedades físicas o psíquicas duraderas. Esas desestimaciones las decide el Tribunal Especial de Acusación y Revisión, que consta de un juez del Tribunal Supremo, un tribunal superior y un tribunal de condado. El veredicto puede ser apelado ante el Tribunal Supremo.

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