Tribunal General (Unión Europea)
El Tribunal General, informalmente conocido como el Tribunal General Europeo (EGC), es un tribunal constituyente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Conoce de las acciones emprendidas contra las instituciones de la Unión Europea por particulares y Estados miembros, aunque determinados asuntos están reservados al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas. Las decisiones del Tribunal General pueden ser recurridas ante el Tribunal de Justicia, pero solo sobre una cuestión de derecho. Antes de la entrada en vigor del Tratado de Lisboa el 1 de diciembre de 2009, se conocía como Tribunal de Primera Instancia.
Competencia
El Tribunal General conoce de los litigios (como los de las personas a las que la EUIPO, el registro de marcas y diseños de la UE, les ha denegado una marca).
La creación del Tribunal General instituyó un sistema judicial basado en dos niveles de jurisdicción: todos los asuntos que conoce en primera instancia el Tribunal General pueden ser objeto de un recurso ante el Tribunal de Justicia únicamente sobre cuestiones de derecho.
A la vista del aumento del número de asuntos presentados ante el Tribunal General en los últimos cinco años, para aliviarle parte de la carga procesal, el Tratado de Niza, que entró en vigor el 1 de febrero de 2003, prevé la creación de 'paneles judiciales' en ciertas áreas específicas.
El 2 de noviembre de 2004, el Consejo adoptó una decisión por la que se crea el Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea. Este nuevo tribunal especializado, compuesto por siete jueces, conoce y resuelve en primera instancia los litigios relacionados con la función pública europea. Sus decisiones estaban sujetas al derecho de recurso ante el Tribunal General únicamente en cuestiones de derecho. Excepcionalmente, las decisiones del Tribunal General en este ámbito pueden ser objeto de control por parte del Tribunal de Justicia. El Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea fue debidamente constituido como ley el 2 de diciembre de 2005. A pesar del éxito de su mandato, fue disuelto el 1 de septiembre de 2016, lo que llevó a la duplicación del número de jueces del Tribunal General.
Composición
Desde febrero de 2020 el Tribunal General está compuesto por 54 Jueces; esto sigue a una reforma de 2016 que aumentó el número de jueces a dos por estado miembro para 2019, y a la salida del Reino Unido de la UE a fines de enero de 2020. Los jueces son designados por un período renovable de seis años de común acuerdo. los gobiernos de los Estados miembros. A febrero de 2020, hay 49 jueces en el cargo: 23 estados miembros han designado a sus dos jueces, mientras que Letonia, Polonia y Eslovaquia solo han designado a uno, y Eslovenia no ha designado a ninguno.
Los miembros del Tribunal General eligen de entre ellos a su presidente y a los presidentes de las Salas de cinco Jueces por un período renovable de tres años.
No hay Abogados Generales permanentes adscritos al Tribunal General (a diferencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, que tiene once Abogados Generales). Sin embargo, la función de Abogado General puede ser ejercida en un número limitado de casos por un Juez designado para tal efecto. En la práctica esto se ha hecho ocasionalmente.
Lista de presidentes
Lista de vicepresidentes
Elegido | Termino | Magistrado |
---|---|---|
17 de septiembre de 2013 | 19 septiembre 2016 | ![]() |
20 de septiembre de 2016 | 26 septiembre 2019 | ![]() |
27 septiembre 2019 | Incumbent | ![]() |
Lista de jueces
* El juez continúa en el cargo hasta que su sucesor asuma las funciones de acuerdo con el artículo 5 (3) del Protocolo No. 3 sobre el Estatuto del Tribunal de Justicia de la UE
Lista de ex juezas
(feminine)Lista de registradores
Elegido | Termino | Magistrado |
---|---|---|
27 de septiembre de 1989 | 6 de octubre de 2005 | ![]() ![]() |
6 de octubre de 2005 | Incumbent (hasta el 5 de octubre de 2023) | ![]() ![]() |
Jurisdicción
El Tribunal General, al igual que el Tribunal de Justicia, tiene la función de velar por el respeto de la ley en la interpretación y aplicación de los Tratados de la Unión Europea y de las disposiciones adoptadas por las instituciones competentes de la Unión.
Para cumplir con su cometido principal, el Tribunal General es competente para conocer y resolver en primera instancia todas las acciones directas interpuestas por los particulares y los Estados miembros, con excepción de las que se deban atribuir a un 'panel judicial' y las reservadas al Tribunal de Justicia.
Categorías de acciones directas
- Medidas para la anulación
(contra los actos de las instituciones de la Unión)
- Medidas para no actuar
(contra la inacción de las instituciones de la Unión)
- Acciones por daños
(para la reparación del daño causado por una conducta ilegal por parte de una institución de la Unión)
- Medidas basadas en una cláusula de arbitraje
(disputas relativas a contratos de derecho público o privado celebrados por la Unión, que contengan tal cláusula)
- Medidas relativas a la administración pública – A partir de 2006 estos casos fueron transferidos al nuevo Tribunal de Administración Pública
(disputas entre la Unión y sus funcionarios y otros servidores)
Objeto de las acciones directas: todos los asuntos, incluyendo:
- agricultura
- Ayuda estatal
- competencia
- política comercial
- política regional
- política social
- derecho institucional
- marca comercial y diseño derecho derecho
- transporte
Procedimiento
El Tribunal General tiene su propio Reglamento de Procedimiento. Las reglas de 1991 fueron reemplazadas por las Reglas de Procedimiento revisadas que entraron en vigor el 1 de julio de 2015. En general, el procedimiento de la Corte incluye una fase escrita y una fase oral. Los procedimientos se llevan a cabo en un idioma a elección del peticionario. No obstante, al igual que en el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, el idioma de trabajo del Tribunal es el francés, y esto incluye el idioma en el que los jueces deliberan y el idioma de redacción de los informes preliminares y las sentencias.
La Corte está dividida en 9 divisiones (llamadas "salas") sentadas por escaños de 3 jueces, excepto la 7ma división cuyo escaño está formado por 4 jueces. Cada cámara tiene una composición ampliada de 5 jueces. Los casos son asignados por el Presidente de la Corte a un juez presidente de la división correspondiente. El juez presidente asignado al caso luego elige un juez ponente (juez relator) de entre los jueces de la división, cuyos secretarios escriben un informe preliminar (rapport préalable) basado en en las partes' escritos y la ley aplicable.
Al término de la fase escrita y, en su caso, de la adopción de diligencias de prueba, el caso se discute oralmente en audiencia pública. Las actas se interpretan simultáneamente, si es necesario, a varias lenguas oficiales de la Unión Europea. Luego, los jueces deliberan sobre la base de un proyecto de sentencia preparado por el juez relator. La sentencia definitiva del Tribunal se dicta en audiencia pública.
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