Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura

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2001 treaty on plant genetic resources

El Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura (también conocido como TIRFAA, Tratado Internacional de Semillas o Tratado Vegetal ), es un acuerdo internacional integral en armonía con el Convenio sobre la Diversidad Biológica, cuyo objetivo es garantizar la seguridad alimentaria mediante la conservación, el intercambio y el uso sostenible de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura del mundo (RFAA), la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de su uso, así como el reconocimiento de los agricultores' derechos. Fue firmado en 2001 en Madrid y entró en vigor el 29 de junio de 2004.

Características principales

Países participantes

Hay 148 partes contratantes del Tratado sobre Plantas (147 Estados miembros y 1 organización intergubernamental, la Unión Europea) a partir de noviembre de 2020.

Agricultores' derechos

El tratado reconoce a agricultores' derechos, sujetos a las leyes nacionales a: a) la protección de los conocimientos tradicionales pertinentes a los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura; b) el derecho a participar equitativamente en la distribución de los beneficios derivados de la utilización de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura; yc) el derecho a participar en la toma de decisiones, a nivel nacional, sobre asuntos relacionados con la conservación y uso sostenible de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura. El Tratado establece el Sistema Multilateral de Acceso y Distribución de Beneficios para facilitar los intercambios de germoplasma vegetal y la distribución de beneficios a través del Acuerdo Estándar de Transferencia de Material (SMTA).

Sin embargo, como Regine Andersen de los agricultores' proyecto de derechos humanos, entre otros, incluido Olivier De Schutter, Relator Especial de la ONU sobre el Derecho a la Alimentación, argumentan, la interpretación y realización de los agricultores' derechos es débil y no es el mismo en todos los países. Sin un enfoque internacional consistente y sólido sobre la realización de los derechos de los agricultores que conservan y utilizan de manera sostenible los RFGAA para guardar, usar, intercambiar y vender semillas guardadas en la finca, la variedad genética de los cultivos y la biodiversidad agrícola relacionada se verán afectadas. India, por ejemplo, incluye una interpretación de los agricultores' derechos en su Protección de Obtenciones Vegetales y Agricultores' (PPV&FR) Act, 2001, que permite a los agricultores un derecho restringido a guardar y vender semillas que han producido en la finca como siempre lo han hecho, incluso si contienen genes de una variedad protegida.

En 2019, la adopción de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Campesinos y otras personas que trabajan en las zonas rurales reafirmó el compromiso de los agricultores con los derechos humanos. derechos contenidos en el Tratado Vegetal.

Sistema multilateral

El tratado ha implementado un Sistema multilateral (MLS) de acceso y distribución de beneficios, entre los países que ratifican el tratado, para una lista de 64 de algunos de los cultivos alimentarios y forrajeros más importantes, esenciales para la seguridad alimentaria y la interdependencia. Los géneros y especies se enumeran en el Anexo 1 del tratado.

El tratado fue negociado por la Comisión de Recursos Genéticos para la Alimentación y la Agricultura (CGRFA) de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y desde 2006 tiene su propio órgano rector bajo los auspicios de la FAO. El Órgano Rector es el órgano supremo del Tratado según lo establecido en el Artículo 19. Compuesto por representantes de todas las Partes Contratantes, su función básica es promover la plena implementación del Tratado, incluida la provisión de orientación política sobre la implementación del Tratado. El Órgano Rector elige a su Presidente y Vicepresidentes, de conformidad con su Reglamento. Se les conoce colectivamente como "la Oficina".

Algunos creen que el tratado podría ser un ejemplo de gobernanza global responsable para garantizar que los recursos fitogenéticos esenciales para la seguridad alimentaria presente y futura puedan mantenerse accesibles para todos los agricultores y en el dominio público. El Capítulo 7 del Segundo Informe sobre el estado de los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura en el mundo (SoWPGR-2) titulado "Acceso a los recursos fitogenéticos, participación en los beneficios derivados de su utilización y realización de Farmers' Derechos" se dedica principalmente al Tratado Internacional.

Cuerpo de Gobierno

  • El Órgano Rector se reunió por primera vez en Madrid en junio de 2006. Tuvo una serie de sesiones ministeriales y se aprobó una declaración ministerial que se incluyó en el informe.
  • El segundo período de sesiones del Órgano Rector se celebró en Roma en octubre/noviembre de 2007. En esta reunión se discutió la aplicación de los derechos de los agricultores, las normas financieras; la estrategia de financiación, la relación con el Global Crop Diversity Trust; la aplicación del Sistema Multilateral (MLS) para el acceso y la participación en los beneficios, entre otras cuestiones.
  • El tercer período de sesiones del Órgano Rector se celebró en Túnez en junio de 2009. Esta reunión continuó la labor inacabada de la reunión anterior y discutió, entre otras cuestiones, la estrategia de financiación, el cumplimiento, el uso sostenible, la aplicación de los derechos de los agricultores, la relación con el Global Crop Diversity Trust y el CGRFA, la aplicación del Sistema Multilateral (MLS) para el acceso y la participación en los beneficios.
  • El cuarto período de sesiones del Órgano Rector se celebró en Bali (Indonesia) en marzo de 2011. Antes de la reunión del Órgano Rector, los Ministros aprobaron la Declaración de Bali sobre el Tratado que los compromete a seguir mejorando la aplicación del Tratado para ayudar a hacer frente a los desafíos de la erosión de la biodiversidad agrícola, la inseguridad alimentaria, la pobreza extrema y los efectos del cambio climático; y exhorta a las partes y los interesados pertinentes a que prioricen las actividades pertinentes al MLS, el uso sostenible de PGRFA y los derechos de los agricultores, y a que movilicen más fondos. Con la adición de mecanismos de 'cumplimiento' y reglas financieras, estas cuestiones ocuparon la mayor parte del tiempo de negociación en la reunión del Órgano Rector. La relación del Tratado con la CGRFA, el Protocolo Nagoya del CDB, la Global Crop Diversity Trust y Bioversity International también se incluyeron en resoluciones.
  • El quinto período de sesiones del Órgano Rector se celebró en Muscat, Omán en septiembre de 2013. El período de sesiones estuvo precedido de dos días de consultas regionales. El quinto período de sesiones logró:
    • una resolución sobre los derechos de los agricultores (FR), que renovó el compromiso de los gobiernos de implementar los derechos de los agricultores;
    • una llamada codificada a la UPOV y la OMPI para informar sobre sus impactos en los agricultores Derechos;
    • cálida aceptación de la oferta por los agricultores Organizaciones para elaborar un informe para GB6 sobre el estado de aplicación de los derechos de los agricultores;
    • acciones diseñadas para mejorar el uso sostenible de los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura, vinculadas a compromisos de realización de los Derechos de los Agricultores;
    • compromisos para revisar y cambiar el mecanismo multilateral de acceso y distribución de beneficios (MLS), para prevenir el saqueo del sistema por patentes sobre rasgos nativos, por ejemplo;
    • d) Nuevas contribuciones financieras voluntarias importantes de Noruega para el Fondo Mundial para la Diversidad de Cultivos y para el fondo para el intercambio de beneficios para apoyar la conservación de las tierras;
    • - la aceptación de la distinción entre las ONG y las Organizaciones Agricultoras y la necesidad de incluir a representantes de los movimientos sociales de agricultores en las negociaciones;
    • a request to the Secretary to report on relevant discussions that relate to Farmers' Rights within other UN fora including the Committee on World Food Security. La Sociedad Civil, incluyendo ONG (por ejemplo CENESTA) y el Movimiento Internacional de Agricultores, La Vía Campesina, fueron activos durante toda la Sesión.

Lista de cultivos incluidos en el Anexo 1

Incluso los alimentos que han sido parte de una cultura durante siglos a menudo son autóctonos de una región al otro lado del mundo. Esta dispersión mundial muestra la generosidad con la que los agricultores y las comunidades agrícolas siempre han compartido semillas y materiales genéticos con vecinos o mediante el comercio. A medida que la gente se aventuraba en busca de nuevas tierras, sus semillas formaban parte de su diáspora. Como resultado, ahora vivimos en un mundo en el que ningún país puede considerarse autosuficiente en términos de poder sobrevivir únicamente con cultivos autóctonos dentro de sus fronteras. El Tratado facilita el intercambio continuo y abierto de cultivos alimentarios y sus materiales genéticos.

La lista de material fitogenético incluida en el Sistema Multilateral del Tratado está compuesta por los principales cultivos alimentarios y forrajes. Los Forrajes también se dividen en forrajes de leguminosas y forrajes de gramíneas. Fueron seleccionados teniendo en cuenta los criterios de seguridad alimentaria e interdependencia de los países.

Historia, negociaciones y entrada en vigor

El tratado estuvo en negociación durante 7 años. En 1983 se adoptó un acuerdo voluntario anterior, el Compromiso internacional sobre los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura (IU). Sin embargo, el IU se basó en el principio de que los recursos genéticos son patrimonio común de la humanidad. El Convenio sobre la Diversidad Biológica (CDB) (1993) puso los recursos genéticos bajo la jurisdicción y soberanía de los gobiernos nacionales. Sin embargo, el CDB reconoció la naturaleza especial y distintiva de los recursos genéticos agrícolas: eran internacionales, cruzando países y continentes, su conservación y uso sostenible requiere soluciones distintivas y eran importantes internacionalmente para la seguridad alimentaria. Posteriormente, el IU fue renegociado, para armonizarlo con el CDB, y pasó a llamarse tratado. Un relato del largo proceso para lograr el tratado llamado Negociación del Tratado de Semillas se puede encontrar en Wayback Machine.

El tratado fue aprobado durante la Conferencia de la FAO (Resolución 3/2001 del 31º período de sesiones) el 3 de noviembre de 2001, con 116 votos y 2 abstenciones (EE.UU. y Japón). De conformidad con su artículo 25, estuvo abierto a la firma hasta el 4 de noviembre de 2002 de todos los miembros de la FAO o de cualquier Estado miembro de las Naciones Unidas o del Organismo Internacional de Energía Atómica. Estaba sujeto a ratificación, aceptación o aprobación (artículo 26), por parte de todos los miembros.

El Tratado Internacional sobre los Recursos Fitogenéticos para la Alimentación y la Agricultura estuvo abierto a la adhesión un año después de su adopción y una vez cerrado a las firmas (Artículo 27), es decir, el 4 de noviembre de 2002. 77 países y la Unión Europea habían firmado el tratado por esa fecha.

De conformidad con el Artículo 28, el tratado entró en vigor el nonagésimo día después del depósito del cuadragésimo instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión, siempre que se hayan emitido por lo menos veinte instrumentos de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión. depositados por los miembros de la FAO. Habiendo alcanzado el número requerido de instrumentos para que el tratado entre en vigor (40) el 31 de marzo de 2004, fecha en la cual se depositaron 13 instrumentos (incluyendo la Unión Europea) ante el Director General de la FAO, la fecha de entrada en vigor fue el 29 de junio de 2004.

Discusiones y críticas

Los recursos fitogenéticos son esenciales para una agricultura sostenible y la seguridad alimentaria. La FAO estima que los seres humanos han utilizado unas 10.000 especies como alimento a lo largo de la historia. Sin embargo, solo unas 120 especies cultivadas proporcionan alrededor del 90 % de las necesidades alimentarias y cuatro especies (maíz, trigo, arroz y patatas) proporcionan alrededor del 60 % de la energía alimentaria humana para la población mundial. De la miríada de variedades de estos cultivos desarrollados por los agricultores durante milenios, que forman una parte importante de la biodiversidad agrícola, más del 75 % se ha perdido en los últimos 100 años.

Algunos temen que los intereses financieros corporativos puedan impedir la salvaguarda de los medios de vida, la promoción de la seguridad alimentaria, la agricultura rica en biodiversidad bajo el control de las comunidades locales y la implementación de Farmers&39; Derechos.

Los críticos dicen que muchos de los temas centrales están sin resolver o abiertos a interpretación. Algunos de los puntos planteados son:

  • en qué medida se permitirán los derechos de propiedad intelectual sobre los recursos genéticos en el MLS, dentro de las normas de tratados: algunos argumentan que un acuerdo destinado al acceso abierto a los recursos genéticos para la alimentación y la agricultura no debe permitir derechos de propiedad restrictivos, y el tratado dice en el Artículo 12.3.d que "los beneficiarios no reclamarán ninguna propiedad intelectual u otros derechos que limiten el acceso facilitado a los recursos genéticos vegetales para la alimentación y la agricultura, o sus partes o componentes genéticos, en la forma recibida del Sistema Multilateral"
  • hasta qué punto se permitirá a los agricultores y las comunidades utilizar libremente, intercambiar, vender y reproducir las semillas, y qué procedimientos de aplicación serán utilizados por los gobiernos nacionales para garantizar los principios de los agricultores Se respetarán los derechos;
  • The mechanism for dispute settlement under the Third Party Beneficiary and the role of FAO.
  • El primer grupo de 11 proyectos financiados por el tratado se anunció durante el tercer período de sesiones del Órgano Rector en Túnez en junio de 2009. Los proyectos se financiaron según los criterios establecidos por el Órgano Rector, incluido el equilibrio regional: 5 de América Latina, 5 de África y 1 de Asia. El ranking de los proyectos fue realizado por un Grupo de Expertos propuesto por los 7 representantes regionales de la Mesa y la Mesa aprobó definitivamente en nombre del Órgano Rector.
  • Si bien toda la familia Brassica (Cruciferae), incluidas todas sus subespecies y variedades, se encuentra en el MLS, el número total de cultivos y forrajes alimentarios y sus familiares incluidos en el tratado es muy limitado. La soja, la caña de azúcar, la palma de aceite y la nuez son uno de los cultivos importantes que faltan en la lista del anexo 1.

El tratado entró en vigor el 29 de junio de 2004, momento en el que hubo más de 54 ratificaciones por parte de los países. Un artículo preparado con motivo de que el tratado se convierta en ley está publicado en El Tratado Internacional de Semillas se convierte en Ley - 29 de junio de 2004. A partir de la entrada en vigor, los países que firmaron previamente pueden ratificar el tratado, mientras que los países que no firmaron el tratado antes entró en vigor también pueden adherirse a él. El instrumento de ratificación debe depositarse ante el Director General de la FAO.

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