Representación legal

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El derecho de agencia o representación legal es un área del derecho comercial que se ocupa de un conjunto de relaciones fiduciarias contractuales, cuasicontractuales y no contractuales que involucran a una persona, denominada agente, que está autorizada para actuar en nombre de otra (llamada principal) para crear relaciones jurídicas con un tercero. Sucintamente, puede denominarse como la relación igualitaria entre un mandante y un agente por la cual el mandante, expresa o implícitamente, autoriza al agente a trabajar bajo su control y en su nombre. El agente está, por lo tanto, obligado a negociar en nombre del principal o llevarlos a ellos y a terceros a una relación contractual. Esta rama del derecho separa y regula las relaciones entre:

  • agentes y principales (relación interna), conocida como relación principal-agente;
  • los agentes y los terceros con los que tratan en nombre de sus mandantes (relación externa); y
  • principales y los terceros cuando los agentes negocian.

Conceptos

Los derechos y obligaciones recíprocos entre un principal y un agente reflejan realidades comerciales y legales. El dueño de un negocio a menudo depende de un empleado u otra persona para llevar a cabo un negocio. En el caso de una sociedad anónima, dado que una sociedad anónima sólo puede actuar a través de agentes personas naturales, el principal está obligado por el contrato celebrado por el agente, siempre que el agente actúe dentro del ámbito de la agencia.

Un tercero puede confiar de buena fe en la representación de una persona que se identifique como agente de otra. No siempre es rentable comprobar si alguien a quien se representa con autoridad para actuar en nombre de otra persona realmente tiene esa autoridad. Si posteriormente se determina que el presunto agente actuó sin la autorización necesaria, el agente generalmente será considerado responsable.

Breve exposición de principios jurídicos

Hay tres grandes clases de agentes:

  1. Los agentes universales tienen amplia autoridad para actuar en nombre del mandante, por ejemplo, pueden tener un poder notarial (también conocido como mandato en las jurisdicciones de derecho civil) o tener una relación profesional, por ejemplo, como abogado y cliente.
  2. Los agentes generales tienen una autoridad más limitada para realizar una serie de transacciones durante un período de tiempo continuo; y
  3. Los agentes especiales están autorizados a realizar una sola transacción o una serie específica de transacciones durante un período de tiempo limitado.

Autoridad

Un agente que actúa en el ámbito de la autoridad conferida por su mandante obliga al mandante en las obligaciones que crea contra terceros. Hay esencialmente tres tipos de autoridad reconocida en la ley: autoridad real (ya sea expresa o implícita), autoridad aparente y autoridad ratificada (explicada aquí).

Autoridad real

La autoridad real puede ser de dos clases. El principal puede haber conferido expresamente autoridad al agente, o la autoridad puede estar implícita. La autoridad surge por acuerdo consensual, y si existe es una cuestión de hecho. Un agente, como regla general, solo tiene derecho a una indemnización del principal si ha actuado dentro del ámbito de su autoridad real, y si actúa fuera de esa autoridad, puede estar incumpliendo el contrato y siendo responsable ante un tercero. por incumplimiento de la garantía implícita de autoridad.

Expresar autoridad real

La autoridad real expresa significa que a un agente se le ha dicho expresamente que puede actuar en nombre de un principal.

Autoridad real implícita

La autoridad real implícita, también llamada "autoridad habitual", es la autoridad que tiene un agente en virtud de ser razonablemente necesaria para llevar a cabo su autoridad expresa. Como tal, puede inferirse en virtud de un cargo ocupado por un agente. Por ejemplo, los socios tienen autoridad para obligar a los demás socios de la firma, siendo su responsabilidad solidaria, y en una sociedad anónima, todos los ejecutivos y empleados superiores con autoridad para tomar decisiones en virtud de su cargo tienen autoridad para obligar a la sociedad. Otras formas de autoridad real implícita incluyen la autoridad consuetudinaria. Aquí es donde las costumbres de un comercio implican que el agente tenga ciertos poderes. En las industrias de compra de lana, es costumbre que los comerciantes compren en su propio nombre. También autoridad incidental, donde se supone que un agente tiene autoridad para completar otras tareas que son necesarias e incidentales para completar la autoridad real expresa. Esto no debe ser más de lo necesario.

Autoridad aparente

La autoridad aparente (también llamada "autoridad ostensible") existe cuando las palabras o la conducta del mandante llevarían a una persona razonable en la posición de un tercero a creer que el agente estaba autorizado para actuar, incluso si el mandante y el presunto agente nunca habían discutido tal relación. Por ejemplo, cuando una persona nombra a una persona para un puesto que conlleva poderes similares a los de una agencia, quienes saben del nombramiento tienen derecho a suponer que existe una autoridad aparente para hacer las cosas que normalmente se le encomiendan a la persona que ocupa dicho puesto. Si un principal crea la impresión de que un agente está autorizado pero no existe una autoridad real, los terceros están protegidos siempre que hayan actuado razonablemente. Esto a veces se denomina "agencia por impedimento" o la "doctrina de resistir",

  • Rama Corporation Ltd v Proved Tin and General Investments Ltd [1952] 2 QB 147, Slade J, "Autoridad ostensible o aparente... es simplemente una forma de impedimento legal, de hecho, se ha denominado agencia por impedimento legal y no se puede pedir ayuda un impedimento legal a menos que tenga tres ingredientes: (i) una representación, (ii) confianza en la representación, y (iii) una alteración de su posición como resultado de dicha confianza".

Watteau v Fenwick en el Reino Unido

En el caso de Watteau v Fenwick, Lord Coleridge CJ en el Queen's Bench coincidió con la opinión de Wills J de que un tercero podría responsabilizar personalmente a un principal que no conocía cuando vendió cigarros a un agente que actuaba fuera de su autoridad Wills J sostuvo que "el principal es responsable de todos los actos del agente que están dentro de la autoridad normalmente confiada a un agente de ese carácter, a pesar de las limitaciones, entre el principal y el agente, impuestas a esa autoridad". Esta decisión es fuertemente criticada y cuestionada, aunque no anulada por completo en el Reino Unido. A veces se la denomina "autoridad habitual" (aunque no en el sentido utilizado por Lord Denning MR en Hely-Hutchinson, donde es sinónimo de "autoridad real implícita"). Se ha explicado como una forma de autoridad aparente o "poder de agencia inherente".

Autoridad en virtud de una posición que se ocupa para impedir el fraude y otros daños que pueden ocurrir a las personas que tratan con agentes, existe un concepto de poder de agencia inherente, que es el poder derivado únicamente en virtud de la relación de agencia. Por ejemplo, los socios tienen autoridad aparente para obligar a los demás socios de la empresa, siendo su responsabilidad conjunta y solidaria (ver más abajo), y en una corporación, todos los ejecutivos y empleados superiores con autoridad para tomar decisiones en virtud de su posición declarada tienen autoridad aparente. autoridad para obligar a la corporación.

Incluso si el agente actúa sin autorización, el principal puede ratificar la transacción y aceptar la responsabilidad de las transacciones negociadas. Esto puede ser expreso o implícito del comportamiento del principal, por ejemplo, si el agente ha pretendido actuar en una serie de situaciones y el principal ha consentido a sabiendas, el hecho de no notificar a todos los interesados ​​sobre la falta de autoridad del agente es una ratificación implícita de esas transacciones. y una concesión implícita de autoridad para futuras transacciones de naturaleza similar.

Responsabilidad

Responsabilidad del agente frente a terceros

Si el agente tiene autoridad real o aparente, el agente no será responsable por los actos realizados dentro del ámbito de dicha autoridad, siempre que se haya revelado la relación de la agencia y la identidad del principal. Sin embargo, cuando la agencia no se revela o se revela parcialmente, tanto el agente como el principal son responsables. Cuando el principal no está obligado porque el agente no tiene autoridad real o aparente, el supuesto agente es responsable ante el tercero por el incumplimiento de la garantía implícita de autoridad.

Responsabilidad del agente frente al principal

Si el agente ha actuado sin autoridad real, pero el mandante está obligado a pesar de ello porque el mandatario tenía autoridad aparente, el mandatario está obligado a indemnizar al mandante por cualquier pérdida o daño resultante.

Responsabilidad del principal frente al agente

Si el agente ha actuado dentro del alcance de la autoridad real otorgada, el principal debe indemnizar al agente por los pagos realizados durante el curso de la relación, ya sea que el gasto haya sido expresamente autorizado o simplemente necesario para promover el negocio del principal.

Deberes

Un agente le debe al principal una serie de deberes. Éstos incluyen:

  • un deber de emprender la tarea o tareas especificadas por los términos de la agencia;
  • el deber de desempeñar sus funciones con cuidado y diligencia debida;

Un agente no debe aceptar ninguna obligación nueva que sea incompatible con los deberes adeudados al principal. Un agente puede representar los intereses de más de un principal, en conflicto o potencialmente en conflicto, solo después de la divulgación completa y el consentimiento del principal. Un agente no debe usurpar una oportunidad del principal tomándola para sí o pasándola a un tercero.

A cambio, el principal debe hacer una divulgación completa de toda la información relevante a las transacciones que el agente está autorizado a negociar.

Terminación

La relación de agencia interna puede ser disuelta por acuerdo. Según las secciones 201 a 210 de la Ley de Contratos de la India de 1872, una agencia puede finalizar de varias maneras:

  1. Retiro por el agente: sin embargo, el principal no puede revocar una agencia junto con un interés en perjuicio de dicho interés. Una agencia está asociada con el interés cuando el propio agente tiene un interés en el objeto de la agencia, por ejemplo, cuando los bienes son consignados por un constituyente del interior del país a un comisionista para la venta, con poco para recuperarse de las ganancias de la venta, los anticipos hechos por él al comitente contra la seguridad de los bienes; en tal caso, el mandante no puede revocar la autoridad del mandatario hasta que los bienes se vendan efectivamente y las deudas se paguen, ni la agencia termine por muerte o locura (ilustraciones de la s. 201);
  2. Por renuncia del agente al negocio de agencia;
  3. Por cumplimiento de las obligaciones contractuales de agencia.

Alternativamente, la agencia puede ser rescindida por ministerio de la ley:

  1. Por la muerte de cualquiera de las partes;
  2. Por la locura de cualquiera de las partes;
  3. Por la quiebra (insolvencia) de cualquiera de las partes;

El mandante tampoco puede revocar la autoridad del mandatario después de haberla ejercido parcialmente, para obligar al mandante (art. 204), aunque siempre puede hacerlo antes de que tal autoridad haya sido ejercida (art. 203). Además, bajo s. 205, si la agencia es por tiempo determinado, el comitente no puede terminar la agencia antes de que venza el tiempo, salvo causa suficiente. Si lo hace, está obligado a indemnizar al agente por la pérdida que le haya causado. Las mismas reglas se aplican cuando el agente renuncia a una agencia por un período determinado. Nótese a este respecto que la falta de habilidad, la continua desobediencia de las órdenes legales y el comportamiento grosero o insultante se ha considerado causa suficiente para despedir a un agente. Además, una parte debe dar aviso razonable a la otra; de lo contrario, los daños resultantes de la falta de dicho aviso, habrá que pagar (art. 206). bajo s. 207, la revocación o renuncia de un mandato puede hacerse expresa o implícitamente por conducta. La rescisión no produce efecto respecto del mandatario, hasta que le es conocida, y respecto de los terceros, hasta que la rescisión les es conocida (art. 208).

Cuando se termina la autoridad de un agente, también opera como una terminación del subagente (art. 210).

Asociaciones y Empresas

Esto se ha convertido en un área más difícil ya que los estados no son consistentes en la naturaleza de una asociación. Algunos estados optan por la sociedad como no más que un agregado de las personas físicas que se han unido a la empresa. Otros tratan a la sociedad como una entidad comercial y, como una corporación, confieren a la sociedad una personalidad jurídica separada. Así, por ejemplo, en el derecho inglés un socio es el agente de los otros socios, mientras que en el derecho escocés "una [sociedad] es una persona jurídica distinta de los socios que la componen" y, por lo tanto, un socio es el agente del asociación en . Esta forma de agencia es inherente a la condición de socio y no surge de un contrato de agencia con un principal. La Ley de sociedades de 1890 del Reino Unido (que incluye tanto a Inglaterra como a Escocia) establece que un socio que actúa dentro del alcance de su autoridad real (expresa o implícita) obligará a la sociedad cuando haga algo en el curso ordinario de la sociedad. negocio. Incluso si esa autoridad implícita ha sido revocada o limitada, el socio tendrá autoridad aparente a menos que el tercero sepa que la autoridad ha sido comprometida. Por lo tanto, si la sociedad desea limitar la autoridad de cualquier socio, debe dar aviso expreso de la limitación al mundo. Sin embargo, habría poca diferencia sustantiva si se enmendara la ley inglesa:los socios vincularán la sociedad en lugar de sus compañeros socios individualmente. A estos efectos, el conocimiento del socio actuante se imputará a los demás socios, oa la sociedad si fuera personalidad distinta. Los otros socios o la firma son el principal y los terceros tienen derecho a suponer que el principal ha sido informado de toda la información relevante. Esto causa problemas cuando un socio actúa de manera fraudulenta o negligente y causa pérdidas a los clientes de la firma. En la mayoría de los estados, se establece una distinción entre el conocimiento de las actividades comerciales generales de la firma y los asuntos confidenciales que afectan a un cliente. Por lo tanto, no hay imputación si el socio está actuando en contra de los intereses de la empresa como un fraude. Es más probable que haya responsabilidad extracontractual si la sociedad se benefició al recibir ingresos por honorarios por el trabajo realizado de manera negligente, aunque solo sea como un aspecto de las disposiciones estándar de responsabilidad subsidiaria. Si la parte perjudicada desea demandar a la sociedad colectiva oa los socios individuales, por lo general es asunto del demandante ya que, en la mayoría de las jurisdicciones, su responsabilidad es solidaria.

Relaciones de agencia

Las relaciones de agencia son comunes en muchas áreas profesionales.

  • empleo.
  • asesoramiento financiero (agencia de seguros, corretaje de bolsa, contabilidad)
  • negociación y promoción de contratos (gestión comercial) tales como publicaciones, modelos de moda, música, películas, teatro, espectáculos y deportes.

Un agente en derecho comercial (también conocido como gerente) es una persona que está autorizada para actuar en nombre de otro (llamado principal o cliente) para crear una relación legal con un tercero.

Una entidad legal también puede actuar como agente: por ejemplo, dos grupos corporativos pueden asignar la tarea de intermediación en una transacción de M&A a una agencia comercial, que actúa como un tercero, para finalizar el trato. Esto sucede, por ejemplo, cuando transfiere una entidad a una sociedad de cartera intermediaria, antes de establecerla en su entidad de destino final.

Relación de agencia en una transacción inmobiliaria

Las transacciones inmobiliarias se refieren al corretaje de bienes raíces y al corretaje de hipotecas. En el corretaje de bienes raíces, los compradores o vendedores son los mismos mandantes y el corredor o su vendedor que representa a cada mandante es su agente.

Aplicaciones en jurisdicciones

En la ley inglesa

La ley de agencias en el Reino Unido es un componente de la ley comercial del Reino Unido y forma un conjunto básico de reglas necesarias para el buen funcionamiento de los negocios. El derecho de agencia se rige principalmente por el derecho consuetudinario y, en menor medida, por los instrumentos legales.

En 1986, las Comunidades Europeas promulgaron la Directiva 86/653/EEC sobre agentes comerciales autónomos. En el Reino Unido, esto se implementó en la legislación nacional en las Regulaciones de Agentes Comerciales de 1993. Por lo tanto, el agente y los mandantes en una relación de agencia comercial están sujetos tanto al derecho consuetudinario como a las Regulaciones de Agentes Comerciales.

El Reglamento de Agentes Comerciales requiere que los agentes actúen “debidamente y de buena fe” en el desempeño de sus actividades (Reg. 3); co-extensivamente, los mandantes están obligados a actuar “obedientemente y de buena fe” en sus “relaciones” con sus agentes comerciales (Reg 4). Aunque no existe una definición legal de esta obligación de actuar "con diligencia y de buena fe", se ha sugerido que requiere que los mandantes y agentes actúen "con honestidad, apertura y consideración por los intereses de la otra parte en la transacción". Dos "preceptos normativos" ayudan a concretar esta norma de conducta:

"En primer lugar, expresando honestidad y franqueza, los agentes comerciales y los principales deben cooperar mutuamente en el cumplimiento de su acuerdo. La conducta de buena fe requiere que cada parte tome medidas proactivas para ayudar a la otra en la realización de su trato, a diferencia de la mera abstención de conducta obstructiva. Sin embargo, si una parte ha actuado de buena fe no debe determinarse por referencia a una noción moral o metafísica de cooperación; esta evaluación debe basarse en una evaluación objetiva de la relación de agencia comercial real. En consecuencia, la intensidad de la cooperación requerida variará, dependiendo de los términos del contrato y las prácticas comerciales pertinentes.

En segundo lugar, los agentes comerciales y los principales no deben explotar las asimetrías en su relación de agencia de tal manera que frustre las expectativas legítimas de la otra parte. En este sentido, si una conducta es contraria a la Obligación debe valorarse de manera holística, considerando todos los aspectos de la relación; los hechos materiales incluirán el apalancamiento contractual y comercial de cada parte, sus intenciones objetivas consagradas en el contrato y las prácticas comerciales del sector en cuestión. Sin embargo, el axioma de partida de esta investigación debe ser que se trata de relaciones comerciales en las que se espera que los profesionales sean autónomos y libres para perseguir su propio interés. Críticamente, esta no será una estimación destinada a lograr la equidad ontológica,

En la ley irlandesa

En Irlanda, la Directiva 86/653/EEC se implementó en las Regulaciones de Agentes Comerciales de 1994 y 1997.

India

En India, a los efectos del derecho contractual, la sección 182 de la Ley de Contratos de 1872 define a Agente como “una persona empleada para realizar cualquier acto por otra o para representar a otra en tratos con terceros”.

Según el artículo 184, entre el principal y terceros, cualquier persona (tenga o no capacidad contractual) puede convertirse en agente. Así, un menor de edad o una persona con problemas mentales también puede convertirse en agente.

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