Programa de Estudiantes y Visitantes de Intercambio
El Programa de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVP) es un programa dentro del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas de EE. UU., que depende del Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU., para gestionar a los estudiantes extranjeros. y visitantes de intercambio en los Estados Unidos a través del Sistema de Información de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVIS). El SEVP abarca el estatus F (para estudiantes extranjeros en los Estados Unidos en programas académicos y sus dependientes), estatus J (para visitantes de intercambio en los Estados Unidos y sus dependientes) y estatus M (para estudiantes extranjeros en los Estados Unidos en programas vocacionales). programas y sus dependientes). La parte del programa de visitantes de intercambio (visa J) es administrada por el Departamento de Estado de los EE. UU., aunque el sistema SEVIS es mantenido por ICE.
La SEVP no gestiona la emisión de los visados en sí. Las visas se emiten en los consulados y embajadas de los Estados Unidos en otros países, que pertenecen a la Oficina de Asuntos Consulares del Departamento de Estado de los Estados Unidos. Sin embargo, es necesario tener el estado y la información correctos en el sistema SEVIS para que una persona pueda recibir una visa F, J o M.
El SEVP no cubre otros estatus que pueden usar los estudiantes extranjeros en los Estados Unidos, como el estatus H-4 y otros estatus para dependientes de personas en estatus de no estudiante.
Jerga
Plain English description | Jargon for F status (estudiantes en programas académicos) | Jargon for M status (students in vocational program) | Jargon para el estado J (visiente de cambio) |
---|---|---|---|
Organización responsable de gestionar el programa | U.S. Immigration and Customs Enforcement (ICE) | ICE | Department of State |
Documento que el estudiante/visitante tiene que demostrar el estado válido | I-20 | I-20 | DS-2019 |
Estado de visa para el estudiante o visitante de intercambio | F-1 | M-1 | J-1 |
Estado de visado para dependientes | F-2 | M-2 | J-2 |
Estado de visado para el conmutador fronterizo | F-3 | M-3 | -- |
Designación de la persona principal en la escuela o institución responsable de coordinar el programa | Principal Designated School Official (PDSO) | PDSO | Responsable (RO) |
Designación de otras personas en la escuela o institución encargada de coordinar el programa | Designated School Official (DSO) | DSO | Funcionario suplente responsable (ARO) |
Empleo que se puede realizar durante y después del trabajo principal como estudiante o visitante de intercambio | Curricular Practice Training (CPT) and Optional Practice Training (OPT) | OPT | Formación académica (AT) |
Historia
Pre-orígenes: CIPRIS
En el atentado con bomba del World Trade Center de 1993, se detonó un camión bomba debajo de la Torre Norte del World Trade Center en la ciudad de Nueva York. A raíz de este incidente, la visa de estudiante estuvo bajo un mayor escrutinio cuando se descubrió que Eyad Ismoil, uno de los terroristas involucrados, estaba en los Estados Unidos con una visa de estudiante vencida.
Un memorando de la Oficina de Políticas de Agencias de Investigación del Departamento de Justicia de EE. UU. al Fiscal General Adjunto del 24 de septiembre de 1994 mencionó la necesidad de someter a los estudiantes extranjeros a un escrutinio exhaustivo y continuo antes y durante su estadía en el Estados Unidos. El 17 de abril de 1995 el Fiscal General Adjunto solicitó al Comisionado del INS que abordara este tema. Esto condujo a la formación de un grupo de trabajo del INS en junio de 1995 para realizar una revisión exhaustiva de los procesos de visas F, M y J. Además del INS, el grupo de trabajo incluía miembros del Departamento de Estado y la Agencia de Información de los Estados Unidos, y expertos en la administración de programas para estudiantes internacionales. El informe del grupo de trabajo, emitido el 22 de diciembre de 1995, identificó problemas en el seguimiento y seguimiento de los estudiantes por parte de las escuelas, problemas en la certificación de las escuelas por parte del INS y problemas con la recepción y el mantenimiento actualizado de los registros de las escuelas por parte del INS. Como resultado de estos hallazgos, la Ley de Reforma de Inmigración Ilegal y Responsabilidad del Inmigrante de 1996 ordenó al Fiscal General, en consulta con el Secretario de Estado, desarrollar y llevar a cabo un programa para recopilar cierta información sobre estudiantes extranjeros no inmigrantes y visitantes de intercambio de instituciones aprobadas. de educación superior y programas designados para visitantes de intercambio.
En junio de 1997, el INS lanzó un programa piloto para un sistema electrónico centralizado de informes para instituciones, denominado Asociación coordinada entre agencias para la regulación de estudiantes internacionales (CIPRIS). El piloto de CIPRIS terminó oficialmente en octubre de 1999, ya que el INS consideró que había recopilado suficientes datos del prototipo para comenzar a trabajar en el sistema nacional. El INS comenzó a trabajar en un nuevo sistema que se llamaría Programa de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVP) con el sistema de información asociado llamado Servicio de Información de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVIS). Durante el lanzamiento, CIPRIS y SEVIS encontraron una oposición considerable por parte de la Asociación de Educadores Internacionales y el Consejo Estadounidense de Educación. Sin embargo, afirmaron que la oposición no estaba en contra de los programas en principio, sino debido a la preocupación de que una implementación fallida por parte del INS podría causar sufrimiento a muchos estudiantes.
Lanzamiento después de los ataques del 11 de septiembre
Después de los ataques del 11 de septiembre (11 de septiembre de 2001) y la Ley Patriota aprobada en respuesta (26 de octubre de 2001), hubo un mayor escrutinio de las visas de estudiantes, aumentando el impulso a favor de la adopción de SEVIS. Esto se debió en parte a que uno de los atacantes, Hani Hanjour, había venido a Estados Unidos con una visa de estudiante.
A continuación se muestra una cronología de los eventos clave en los dos años posteriores a los ataques que describen los pasos clave en la evolución de SEVIS:
Fecha | Tipo de acción | Título y referencia |
---|---|---|
26 de octubre de 2001 | Legislación definitiva | Patriot Act; mandates implementation of Section 641 of the IIRIRA |
16 de mayo de 2002 | Regla propuesta | Retención y presentación de informes para los no inmigrantes F, J y M; Student and Exchange Visitor Information System |
1° de julio de 2002 | Regla final provisional | Permitir a las escuelas elegibles solicitar la inscripción preliminar en SEVIS |
11 de septiembre de 2002 | Plazo de aplicación | El Sistema Provisional de Autenticación Estudiantil (ISEAS), un programa provisional del Departamento de Estado de los Estados Unidos, entra en vigor. Este es un sistema temporal puesto en marcha hasta que SEVIS va en vivo. |
25 de septiembre de 2002 | Regla final provisional | Requiring certification of all service-approved schools for SEVIS enrollment |
11 de diciembre de 2002 | Regla final provisional | Retención y presentación de información para los no inmigrantes F, J y M; SEVIS |
31 de enero de 2003 | Plazo de aplicación | El uso obligatorio SEVIS comienza |
Historial de versiones de lanzamiento
SEVIS ha sido objeto de seis lanzamientos principales desde su lanzamiento. El lanzamiento se numera con un número de versión de lanzamiento principal seguido de un punto y un número de versión de lanzamiento secundario. A continuación se muestra una lista parcial de las fechas de lanzamiento:
Versión | Fecha de lanzamiento | Notas |
---|---|---|
5.10 | 8 de agosto de 2008 | Nueva razón de reimpresión, OPT se puede agregar dentro de 60 días de finalización del programa, dos nuevos códigos de país, actualizaciones de cómo el cambio de estado a H-1B funciona |
6.0 | 20 de febrero de 2009 | Función CPT y OPT, soporte de cap-gap, categoría de estudiante interna para J status |
6.1 | 6 de noviembre de 2009 | Tiempos de sesión después de 20 minutos, comprobando correos electrónicos inactivos (75 días o más) para funcionarios escolares designados y oficiales responsables |
6.2 | 27 de febrero de 2010 | |
6.3 | 30 de abril de 2010 | |
6.4 | 10 de julio de 2010 | versión de rendimiento; no actualización de funcionalidad |
6.5 | 6 de agosto de 2010 | Limpieza de datos/migración. Nuevo registro de seguimiento de pagos para pagos escolares, modificación de la lista de rediseño y alerta, visualización de la fecha de vencimiento de visa para visitantes de cambio y dependientes. No hay cambios de funcionalidad. |
6.6 | 12 de noviembre de 2010 | |
6.7 | 22 de abril de 2011 | |
6.8 | 24 de junio de 2011 | |
6.9 | 27 de octubre de 2011 | |
6.10 | 20 de abril de 2012 | |
6.11 | 7 de diciembre de 2012 | |
6.12 | 5 de abril de 2013 | |
6.13 | 24 de mayo de 2013 | |
6.15 | 7 de febrero de 2014 | |
6.16 | 18 de abril de 2014 | |
6.17 | Agosto 1, 2014 | |
6.18 | 31 de octubre de 2014 | |
6.19 | 19 de diciembre de 2014 | |
6.20 | 24 de abril de 2015 | |
6.21 | 26 de junio de 2015 | |
6.22 | 21 de agosto de 2015 | |
6.23 | 4 de diciembre de 2015 |
Durante la primera mitad de 2012, comenzaron los cambios que afectan a todos los colegios, universidades y otras instituciones educativas que brindan programas de capacitación en el idioma inglés ("ESL"). Estos cambios se derivan de la Ley de Acreditación de Capacitación en Idioma Inglés ("Ley de Acreditación"), que entró en vigencia en junio de 2011. De conformidad con la Ley de Acreditación, los programas de ESL que inscriben a estudiantes extranjeros no inmigrantes deben obtener la acreditación de un organismo regional o agencia nacional de acreditación reconocida por el Departamento de Educación de los Estados Unidos. La Ley de Acreditación se aplica a dos tipos de programas de ESL: Escuelas de ESL independientes cuyos funcionarios han indicado en el Formulario I-17 de la escuela la intención de ofrecer solo programas de estudio de ESL; y Escuelas combinadas cuyos funcionarios hayan indicado en el Formulario I-17 de la escuela que la escuela ofrece un programa de estudio de ESL, así como otros programas de estudio. Una escuela combinada puede subcontratar el programa de estudio de ESL o poseer y operar el programa de estudio de ESL bajo el gobierno de la institución.
Requisitos de informes obligatorios
Las escuelas y los programas aprobados para albergar a estudiantes y académicos con estas visas deben proporcionar cierta información. La información que debe ser reportada incluye:
- Cambio de nombre legal
- Cambio de dirección estadounidense
- Cambio de campo principal de estudio
- Cambio del nivel de estudios
- Cambio de la financiación
- Autorización para el empleo fuera del campus
Además, deben reportar eventos que constituyan una violación al estatus de visa de visitante internacional, tales como suspensión académica, condena penal, falta de inscripción y empleo no autorizado fuera del campus.
Cambio de la pandemia de COVID-19
En medio de la pandemia de COVID-19, el programa SEVP permitió a los estudiantes internacionales realizar más cursos en línea en los semestres de primavera y verano de 2020 para adaptarse a los diversos cierres de escuelas exigidos por el estado y las órdenes de quedarse en casa sin penalizar a los estudiantes. El 6 de julio de 2020, ICE emitió una regulación que establecía que para que cualquier visitante internacional actual bajo SEVP permanezca en el país en los semestres de otoño de 2020, debe volver a tomar la mayor parte de sus cursos en persona, limitando cualquier curso en línea a un máximo. de una clase o tres horas de crédito en línea, o estar inscrito en un sistema híbrido pero aún así se requiere tomar algunas clases físicas. Los estudiantes que no cumplan con estos se enfrentarán a "consecuencias de inmigración que incluyen, entre otras, el inicio de procedimientos de deportación", y se negarán las visas a los estudiantes que hayan indicado que solo tomarán clases en línea.
El nuevo cambio fue criticado por estudiantes, escuelas y estados por igual, ya que con el empeoramiento de la pandemia en la mayor parte de los Estados Unidos en ese momento, muchas escuelas no tenían planes de comprometerse a abrir las clases físicas en el semestre de otoño. dejando a estos estudiantes internacionales en riesgo de deportación. Se presentaron al menos tres demandas separadas contra ICE por el cambio dentro de la semana sobre la base de que la decisión fue arbitraria y caprichosa y no cumplió con la Ley de Procedimiento Administrativo: una demanda conjunta de la Universidad de Harvard y el MIT, el estado de California, y una colación separada. de 17 estados y el Distrito de Columbia. Antes de una segunda audiencia en la que se esperaba que se emitiera una orden judicial preliminar sobre la nueva regla el 14 de julio de 2020, ICE afirmó que rescindiría la nueva regla y continuaría permitiendo que los estudiantes internacionales participen en clases en línea.
Tarifa
Tarifa para estudiantes y visitantes de intercambio
En 2004, el Congreso de los Estados Unidos ordenó que todos los estudiantes internacionales y visitantes de intercambio paguen la tarifa I-901 SEVIS, que financia el Programa de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVP) y SEVIS. La tarifa se puede pagar en línea en fmjfee.com. Al 24 de junio de 2019, las tarifas son las siguientes:
Categoría | Tasas en dólares EE.UU. |
---|---|
Solicitante de visado F o M (pago completo) | 350 |
J solicitante de visa (pago completo) | 220 |
Solicitante de visado J (pago subvencionado) | 35 |
Gobierno visitante | 0 |
La tarifa de SEVIS debe pagarse después de recibir el documento inicial (I-20 o DS-2019) y es un requisito previo para obtener la visa F, J o M, o si hace la transición al estado de estudiante utilizando el Formulario I-539.
La tarifa debe pagarse solo por el principal (el F-1, J-1 o M-1). Los dependientes (F-2, J-2 y M-2) no necesitan pagar la tarifa. Además, la tarifa debe pagarse solo una vez por registro SEVIS inicial y, en particular, no debe pagarse nuevamente si solicita una nueva visa con el mismo estado. Es distinto de las tarifas de visa, que deben pagarse por cada solicitud de visa.
Tarifa para escuelas que buscan la certificación SEVP
A continuación se muestra la lista de tarifas para las escuelas que buscan la certificación SEVP (a través del Formulario I-17) o la recertificación, a partir de enero de 2017.
Categoría | Tarifa en USD corriente | Notas |
---|---|---|
Solicitud de certificación inicial SEVP | 1700 | Anteriormente sólo $230. |
Visita al sitio (por campus) | 655 | Anteriormente $350 por campus. |
Solicitud de cambio de propiedad para la institución ya certificada | 1700 | Anteriormente sólo $230. |
Visita al sitio (por campus) para institución ya certificada | 655 | Anteriormente $350 por campus. |
Recertificación | 0 |
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