Prelado
Un prelado () es un miembro de alto rango del clero cristiano que es un ordinario o que se ubica en precedencia con los ordinarios. La palabra deriva del latín praelatus, el participio pasado de praeferre, que significa 'llevar antes', 'estar arriba o encima' o 'preferir'; por lo tanto, un prelado es uno puesto sobre otros.
El prelado arquetípico es un obispo, cuya prelatura es su iglesia particular. Todos los demás prelados, incluidos los prelados regulares, como los abades y los superiores mayores, se basan en este modelo original de prelado.
Terminología relacionada
En un sentido general, un "prelado" en la Iglesia Católica Romana y otras iglesias cristianas es un obispo u otra persona eclesiástica que posee la autoridad ordinaria de una jurisdicción, es decir, de una diócesis o jurisdicción similar, por ejemplo, ordinariatos, vicariatos/exarcados apostólicos o abadías territoriales. Se aplica igualmente a los cardenales, que disfrutan de una especie de "cogobierno" de la iglesia como los más altos consejeros eclesiásticos y representantes morales del Sumo Pontífice, y ciertos "prelados superiores de las oficinas de la Curia Romana" que no son obispos, por ejemplo, los auditores (jueces) de la Rota Romana y los protonotarios apostólicos. Por extensión, se refiere a "inferior" o "prelados menores", es decir, sacerdotes que tienen el título y la vestimenta de prelados como honorífico personal, es decir, capellanes papales, prelados de honor (anteriormente "prelados domésticos") y protonotarios apostólicos. Todos estos disfrutan del título de "monseñor", que también se usa en algunas naciones para obispos y arzobispos. Los siete protonotarios apostólicos de numero en Roma, que son notarios papales especiales, son verdaderos prelados como obispos; otros son "supernumerarios" protonotarios apostólicos que gozan de este título honorífico, como los capellanes papales y los prelados de honor.
En sentido canónico estricto, "prelado" denomina a un sacerdote u obispo que es ordinario de una prelatura personal (ver más abajo), que es un equivalente funcional de una diócesis que tiene un "trabajo pastoral o misionero particular para varias regiones o para diferentes grupos sociales" (cf. Código de Derecho Canónico, Canon 294) pero sin jurisdicción territorial.
En la Iglesia Apostólica Armenia, "prelado" (en inglés) denomina a un obispo diocesano, cuya jurisdicción de su diócesis se denomina "prelacia".
Prelaturas territoriales
En la Iglesia Católica, un prelado territorial es un prelado cuya jurisdicción geográfica, denominada "prelatura territorial", está fuera y por lo tanto no sujeta a ninguna diócesis. Un prelado territorial a veces se denomina "prelado nullius", del latín "nullius dioeceseos" (prelado de ninguna diócesis), lo que indica que su territorio está sujeto directamente a la Santa Sede (el Sumo Pontífice) y no es una diócesis. A partir de 2013, había 44 prelaturas territoriales, todas las cuales estaban en la Iglesia latina.
El término también se usa genéricamente, en cuyo caso puede referirse igualmente a una prefectura apostólica, un vicariato apostólico o una abadía territorial.
Prelaturas personales
En la Iglesia Católica, la prelatura personal fue concebida durante el Concilio Vaticano II (1962-1965) en el n. 10 del decreto Presbyterorum ordinis y el Papa Pablo VI posteriormente lo convirtió en ley en el motu proprio Ecclesiae sanctae. La institución fue posteriormente reafirmada en el Código de Derecho Canónico de 1983. Tal prelatura es una institución que tiene clérigos y, posiblemente, miembros laicos que ejecutarían actividades pastorales específicas. El adjetivo "personal" se refiere al hecho de que, en contraste con el uso canónico anterior para las instituciones eclesiásticas, la jurisdicción del prelado no es territorial y es de personas específicas dondequiera que se encuentren. El establecimiento de prelaturas personales es un ejercicio del poder de autoorganización teológicamente inherente que tiene la Iglesia para cumplir su misión, aunque una prelatura personal no es una iglesia particular, como lo son las diócesis y los ordinariatos militares.
Las prelaturas personales son fundamentalmente organizaciones seculares que operan en el mundo (los miembros no toman votos y viven una vida cotidiana normal), mientras que los institutos religiosos son organizaciones religiosas que operan fuera de el mundo (los miembros hacen votos y viven de acuerdo con la ley propia de su instituto).
La primera, y actualmente única, prelatura personal es el Opus Dei, erigida como tal por el Papa Juan Pablo II en 1982 mediante la constitución apostólica Ut sit. En el caso del Opus Dei, el Prelado es elegido por los miembros de la Prelatura y confirmado por el Sumo Pontífice; los laicos y clérigos de la Prelatura quedan sujetos al gobierno de las iglesias particulares en cuyo territorio residan, y los laicos asociados a la Prelatura, tanto hombres como mujeres, quedan orgánicamente unidos bajo la jurisdicción del Prelado.
Directrices
El 15 de febrero de 2018, un motu proprio emitido por el Papa Francisco ordenó a los prelados y obispos vivir con sencillez y renunciar a cualquier deseo de poder después de retirarse de los altos cargos de la Curia romana. Varios de estos funcionarios y obispos habían sido criticados en los años anteriores por vivir lujosamente, como tener grandes apartamentos y escoltas policiales después de jubilarse. Un incidente notable involucró a Tarcisio Bertone, un prelado italiano y ex cardenal secretario de Estado destituido de su cargo en 2013, quien usó un apartamento que había sido renovado a un costo de casi medio millón de dólares en fondos, que fueron desviados de un edificio propiedad del Vaticano. hospital por el ex presidente del hospital. Incluso después de jubilarse, Tarcisio Bertone utilizó escoltas de la Ciudad del Vaticano y de la policía italiana para moverse por Roma.
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