Precios anticompetitivos
La fijación de precios predatorios, anticompetitivos o abusivos es una estrategia de fijación de precios que utiliza el método de subcotización a mayor escala, en la que una empresa dominante en una industria reducirá deliberadamente los precios de un producto o servicio a niveles que generan pérdidas a corto plazo. El objetivo es que los competidores existentes o potenciales dentro de la industria se vean obligados a abandonar el mercado, ya que no pueden competir de manera efectiva con la empresa dominante sin sufrir pérdidas. Una vez eliminada la competencia, la empresa dominante que ahora tiene una participación mayoritaria en el mercado puede elevar sus precios a niveles de monopolio a largo plazo para recuperar sus pérdidas.
La diferencia entre la fijación de precios predatorios y la fijación de precios competitivos se da durante la fase de recuperación de las ganancias perdidas por parte de la empresa dominante que cobra precios más altos. Dado que hay menos empresas en el mercado, lo que hace que los consumidores tengan menos opciones entre productos o servicios, estos precios más altos resultan en daños para el consumidor. La fijación de precios depredadores generalmente causa daño al consumidor y se considera anticompetitiva en muchas jurisdicciones, lo que hace que la práctica sea ilegal según algunas leyes de competencia.
Concepto
La fijación de precios predatorios se divide en una estrategia de dos etapas.
La primera etapa es la depredación, en la que la empresa dominante ofrece un bien o servicio a un precio por debajo del costo, lo que reduce las ganancias inmediatas de la empresa en el corto plazo. Esta caída en el precio obliga al mercado de precios de esos bienes o servicios a reajustarse a este precio más bajo como equilibrio, lo que pone a las empresas más pequeñas y a los que ingresan a la industria en riesgo de cerrar y abandonar la industria. El principio de este método es que la empresa dominante tiene el tamaño y el capital para soportar la pérdida de ganancias a corto plazo, a diferencia de los nuevos participantes y los jugadores actuales, lo que obliga a un juego de supervivencia que la empresa dominante normalmente ganará.
La segunda etapa es la recuperación, donde la empresa dominante reajusta los precios de sus productos y servicios cerca de los precios de monopolio (o precio de monopolio, dependiendo de los actores restantes de la industria y la participación de mercado de la empresa dominante) para recuperar sus pérdidas a largo plazo. Este ajuste de precios puede presionar a los consumidores, ya que ahora se ven obligados a absorberlo sin la competencia para ofrecer un mejor precio, lo que resulta en un perjuicio para el consumidor. Esto es lo que separa el precio predatorio del precio competitivo normal. Según la legislación de la UE, la Comisión Europea puede considerar la recuperación como un factor para determinar si la fijación de precios predatorios es abusiva. Esto se debe a que la fijación de precios depredadores solo puede ser económicamente efectiva si una empresa puede recuperar sus pérdidas a corto plazo al fijar precios por debajo de los costos variables promedio (AVC).Sin embargo, la recuperación no es una condición previa para establecer si la fijación de precios predatorios constituye un abuso de posición dominante en virtud del artículo 102 del TFUE. La evaluación de otros factores, como las barreras de entrada, puede ser suficiente para demostrar cómo la fijación de precios predatorios podría excluir a los competidores del mercado.
El uso de precios depredadores para capturar un mercado en un territorio mientras se mantienen precios altos en el mercado de origen de los proveedores (también conocido como "dumping") crea el riesgo de que el producto que genera pérdidas encuentre su camino de regreso al mercado de origen y conduzca bajar los precios allí.
Características legales
1. La parte principal de la fijación de precios predatorios es el operador en el mercado del vendedor, y el operador tiene cierta fortaleza económica o técnica. Esta característica la distingue de la discriminación de precios, que incluye no solo la competencia entre vendedores sino también la competencia entre compradores.
2. El mercado geográfico de precios depredadores es el mercado interno del país. Esta característica lo distingue del "dumping". "Dumping" se refiere al acto de vender productos básicos en mercados extranjeros a un precio inferior al del mercado interno. Se puede ver que estos dos tienen similitudes en términos de "ventas a bajo costo" y "agotamiento de competidores", pero sus diferencias son obvias.
(1) Los ámbitos de aplicación de los dos son diferentes. La "fijación de precios predatorios" se aplica al comercio interno y el "dumping" se aplica al comercio internacional. (2) Los estándares para la identificación de los dos son diferentes. La "fijación predatoria" se basa en el costo, mientras que el "dumping" se basa en el precio aplicable al comercio normal de productos nacionales similares.
(3) Las leyes aplicables a ambos son diferentes. La "fijación de precios predatorios" se aplica principalmente a las leyes nacionales, mientras que el "dumping" se aplica principalmente a los tratados internacionales o las leyes de otros países.
(4) Las consecuencias de los dos son diferentes. Las sanciones legales por "fijación de precios predatorios" son daños compensatorios o sanciones administrativas, mientras que el "dumping" es la imposición de derechos antidumping.
3. El desempeño objetivo de la fijación de precios predatorios es que una empresa vende temporalmente bienes o servicios por debajo del costo. Su esencia es que pierde dinero temporalmente, pero expulsa a los competidores de un determinado mercado para formar una situación exclusiva. Luego, la compañía de precios depredadores puede vender bienes y servicios a precios de monopolio para compensar las pérdidas de sus ventas a bajo precio.
4. La intención subjetiva de una empresa dominante puede ser eliminar la competencia para obtener una ventaja de monopolio. Según la legislación de la UE, si una empresa dominante fija precios por encima del AVC pero por debajo de los costes totales medios (ATC), probar la intención puede ser una prueba útil para determinar la fijación de precios predatorios. Sin embargo, puede ser difícil distinguir una intención de eliminar competidores de una intención legítima de ganar la competencia. Por lo tanto, la Comisión Europea no tiene que establecer la intención subjetiva de una empresa para demostrar que se aplica el artículo 102, especialmente porque el abuso es un concepto "objetivo" y no subjetivo.
Condiciones de implementación
1. Sacrificar las ganancias a corto plazo
La teoría económica de la fijación de precios predatorios simplemente establece que las empresas eligen fijar precios menos rentables a corto plazo, pero no establece explícitamente que las ganancias deben ser negativas. En la aplicación de la ley antimonopolio, cómo determinar qué nivel de fijación de precios es depredador se convierte en un problema operativo. En la aplicación de la ley antimonopolio, un estándar claro es: durante el período de precios depredadores, la ganancia del depredador es negativa o el precio es más bajo que el costo. Pero la pregunta aquí es qué tipo de costo se puede usar como referencia. El uso de un precio más bajo que el costo puede hacer que ciertas prácticas predatorias de precios no sean legalmente vinculantes. De acuerdo con la teoría de la organización industrial, algunas prácticas predatorias de fijación de precios pueden no generar pérdidas a corto plazo. Sin embargo, en este caso particular, la empresa' La capacidad de obtener ganancias a bajo costo solo puede indicar que la empresa es una empresa de alta eficiencia en comparación con sus competidores. La no entrada de entrantes no necesariamente reduce los beneficios, y la entrada de nuevos entrantes no necesariamente mejora el bienestar. La ley antimonopolio ignora esto y no genera grandes pérdidas de bienestar. En resumen, aunque la fijación de precios por debajo del costo no resume todas las prácticas de fijación de precios depredadoras, el costo de los errores de aplicación de la ley que conlleva puede ser muy pequeño.
2. La capacidad de la empresa establecida para subir los precios
Una condición importante para la fijación de precios predatorios es que una empresa dominante puede aumentar los precios después de excluir a los competidores para compensar sus pérdidas a corto plazo. Para lograr esto, el poder de mercado puede ser un factor importante. Sin embargo, según la legislación de la UE, el poder de mercado no es necesario para establecer precios predatorios, ya que otros factores, como las barreras de entrada, pueden indicar un abuso de posición dominante.
Teorías para controlar los precios depredadores
Puede ser difícil identificar cuándo la competencia de precios normal se convierte en precios depredadores anticompetitivos. Por lo tanto, se han establecido varias reglas y pruebas económicas para identificar la fijación de precios predatorios.
Sin regla
Especialmente según Easterbrook, los precios depredadores son raros, por lo que no deberían ser una preocupación central. Introducir leyes para la depredación, especialmente porque es poco común, podría llevar a generar errores de falsos positivos, lo que interaccionaría con la restricción de la regla. El punto principal dentro de este argumento es que la intervención del gobierno es prescindible, ya que es poco probable que la depredación tenga éxito, lo que crea un elemento disuasorio. Este efecto resulta de vender los productos/servicios por debajo de los costos, lo que genera pérdidas pero sin obtener más poder de mercado. El poder de mercado no aumenta en este caso, porque el titular de la cuota de mercado capea esta estrategia depredadora. Por lo tanto, la empresa se castigó a sí misma tomando pérdidas sin ganar mercado. Esto es un elemento disuasorio para otras empresas.
Reglas basadas en costos a corto plazo
En 1975, Phillip Areeda y Donald Turner desarrollaron una prueba basada en costos a corto plazo, ampliamente conocida como la "regla de Areeda-Turner". Las reglas se basan en un enfoque a corto plazo, incluso cuando la estrategia de precios depredadores es una estrategia a largo plazo, porque el largo plazo sería ineficiente, ya que sería demasiado especulativo. La regla de Areeda-Turner sugiere que se presume que los precios iguales o superiores a los costos variables promedio esperados (AVC) razonables son legales, pero se presume que los precios por debajo del AVC son ilegales y anticompetitivos.
En la legislación de la UE, el enfoque de las pruebas de precios predatorios en virtud del artículo 102 se ha explicado en una serie de casos importantes.
En ECS/AKZO, la Comisión Europea no adoptó la regla Areeda-Turner. El Tribunal de Justicia confirmó esta decisión porque, junto con un análisis basado en costos, también deben considerarse otros factores, como planes que demuestren que la empresa dominante tenía la intención de eliminar la competencia. En cambio, el Tribunal en AKZO sugirió que si una empresa dominante establece precios por debajo del AVC, se presume que la fijación de precios depredadora es depredadora y abusiva porque la intención es eliminar a los competidores en lugar de maximizar las ganancias. Si una empresa dominante establece precios por encima del AVC pero por debajo del ATC, no se presume que esto sea abusivo, pero podría probarse si hay evidencia de que es parte del plan de la empresa dominante para eliminar la competencia.Si una empresa dominante establece precios por encima del ATC, por lo general no es culpable de una fijación de precios abusiva, pero se puede demostrar que esto es anticompetitivo si pudiera causar un daño sustancial al consumidor. La prueba AKZO se reafirmó en Tetra Pak II y France Télécom.
En Post Danmark I, el Tribunal de Justicia se basó en AKZO al mantener los precios por encima de los costos incrementales promedio pero por debajo del ATC probablemente sería abusivo según el artículo 102 si no hubiera evidencia de que la empresa dominante tenía la intención deliberada de eliminar la competencia.
Regla basada en costos a largo plazo
Posner establece la regla basada en costos a largo plazo. Él asume que los costos marginales a largo plazo son una prueba de depredación más confiable que los costos a corto plazo. La razón es que el depredador (que valora al costo marginal a corto plazo) podría eliminar a un competidor que no puede permitirse pérdidas a corto plazo. Posner también argumenta que debido a la difícil determinación de los costos marginales, sustituiría los costos promedio del balance de la empresa para establecer una prueba que se relacione con los costos promedio totales basados en los libros de la empresa. La prueba incluiría ciertos requisitos previos, un elemento de intención, así como una defensa. Como requisito previo, Posner requiere que el demandante demuestre que el mercado estaba predestinado para la fijación de precios depredadores efectivos.Como indicadores, Posner enumera, por ejemplo, que el depredador opera en varios mercados, mientras que la presa opera en menos mercados; mercado concentrado; entrada lenta; pocas empresas marginales; productos homogéneos, numerosos compradores. Posner autorizaría a la empresa a defenderse debido a cambios en la oferta o la demanda, de modo que la empresa demandada pudiera fijar el precio de sus productos al costo marginal a corto plazo.
De acuerdo con las 'Orientaciones para la aplicación del artículo 102' de la Comisión Europea, si una empresa dominante no cubre sus costes evitables medios o sus costes incrementales medios a largo plazo, esto implica que la empresa dominante está operando con pérdidas a corto plazo para excluir igualmente competidores eficientes del mercado. La Guía no vincula a los tribunales de la UE, pero es un documento importante que podría influir en decisiones futuras.
Reglas que rigen los aumentos de precios después de la depredación
William Baumol propuso una regla a largo plazo, buscando evitar la dependencia total de las pruebas basadas en costos. La regla de Baumol requeriría que cualquier reducción de precios realizada en respuesta a la entrada continúe durante un período de cinco años después de la salida (es decir, si una empresa establecida reduce su precio para expulsar a una entrante, la empresa establecida no puede aumentar el precio durante cinco años). Esta regla disminuye significativamente el incentivo de una empresa para participar en precios depredadores, ya que la empresa depredadora no puede cosechar los beneficios de su comportamiento anticompetitivo (beneficios de monopolio). Sin embargo, la regla propuesta por Baumol no es absoluta. Baumol ofrece al depredador cierta libertad para aumentar su precio posterior a la salida si el aumento de precio está justificado (por ejemplo, por cambios demostrables en los costos de la empresa o la demanda del mercado).
Otras estrategias
Reglas específicas de la industria
Craswell y Fratrik sugieren que establecer un estándar legal para detectar precios depredadores en la industria minorista es innecesario y no debe equivaler a una violación antimonopolio. El razonamiento principal fue que los precios depredadores requieren fuertes barreras de entrada para generar ganancias a largo plazo, lo que no existe en la industria minorista de comestibles. Cuando las tiendas de depósito de bajo costo ingresan al mercado, los supermercados a menudo reducen sus precios para eliminar las tiendas de depósito o desalentar su expansión. Sin embargo, Craswell y Fratrik sugieren que esto puede no ser una fijación de precios abusiva, sino más bien empresas establecidas que participan en recortes de precios no abusivos necesarios para la competencia ordinaria.
Prueba de la regla de la razón
La Sección 1 de la Ley Antimonopolio de la Ley Sherman de 1890 prohíbe 'todo contrato, combinación en forma de fideicomiso o de otro tipo, o conspiración, en la restricción del comercio o el comercio. Sin embargo, los tribunales han adoptado la prueba de la regla de la razón para analizar los efectos de una restricción del comercio sobre la competencia. La jurisprudencia reciente sugiere que existe una prueba de la regla de la razón de cuatro pasos.Primero, el demandante debe demostrar un 'efecto anticompetitivo'. En segundo lugar, el demandado debe demostrar una 'justificación procompetitiva legítima'. En tercer lugar, el demandante debe resaltar que la restricción no es 'razonablemente necesaria' para lograr los objetivos del demandado o que existen 'alternativas menos restrictivas'. En cuarto lugar, el Tribunal equilibrará la restricción de los 'efectos anticompetitivos del comercio con sus justificaciones favorables a la competencia'. El incumplimiento de cualquiera de estos elementos anulará el reclamo de violación antimonopolio.
Regla de restricción de salida
Williamson ofrece la regla de restricción de la producción para evitar que las empresas dominantes participen en precios depredadores. La regla estipula que ante la entrada de una nueva empresa en un mercado, una empresa dominante no puede abusar de su posición aumentando su producción por encima del nivel previo a la entrada. Un período de prevención de 12 a 18 meses debería ser adecuado para que los nuevos entrantes establezcan una identidad de mercado y entiendan las economías de escala mientras desincentivan a las empresas dominantes a mantener un exceso de capacidad. Williamson sugiere que la regla de restricción de la producción posee mayores propiedades de bienestar que la regla del costo marginal a corto plazo o la regla del costo medio a corto plazo.
Enfoque de dos niveles
Joskow y Klevorick ofrecen un enfoque de dos niveles para identificar precios predatorios. La primera etapa involucra un análisis de las características estructurales del mercado relevante y el poder de mercado de la empresa que presuntamente incurre en un comportamiento anticompetitivo. El demandante debe demostrar que el mercado en el que ocurrió el comportamiento sería propenso a la fijación de precios predatorios y causaría pérdidas en la eficiencia económica. La segunda etapa implica consideraciones de comportamiento que pueden demostrar depredación, como la fijación de precios de la empresa dominante por debajo del costo variable promedio.
Aspectos legales
En muchos países existen restricciones legales sobre el uso de esta estrategia de precios, que puede considerarse anticompetitiva. Puede que no sea técnicamente ilegal, pero tiene severas restricciones.
Australia
La fijación de precios depredadores es ilegal en Australia, la Ley de Prácticas Comerciales señaló que la empresa dominante debe tener una cantidad significativa de participación de mercado dentro de la industria que opera la dominante. La definición de qué precios depredadores en la Ley establece que la empresa dominante tiene que emplear el método de rebajar o vender a precios inferiores con la intención de forzar a los competidores o impedir la entrada a la industria. La empresa dominante solo puede tener una cantidad significativa de participación de mercado en la industria si la empresa no se ve afectada o restringida sustancialmente por sus competidores en los proveedores y consumidores.
En 2020, las enmiendas a la Ley de Prácticas Comerciales de 1993 crearon una nueva prueba de umbral para prohibir a quienes se involucran en precios depredadores. Las enmiendas, denominadas "Enmiendas de Birdsville" en honor al senador Barnaby Joyce, redactaron la idea en la s46 para definir la práctica de manera más liberal que otros comportamientos al exigir que la empresa primero tenga una "participación sustancial de un mercado" (en lugar de un poder de mercado sustancial). Esto se hizo en un movimiento para proteger a las empresas más pequeñas de situaciones en las que hay jugadores más grandes, pero cada uno tiene poder de mercado.
Canadá
El artículo 50 de la Ley de competencia, que tipificaba como delito la fijación de precios depredadores, ha sido derogado y sustituido por los artículos 78 y 79, que se ocupan de las cuestiones civilmente.
La Sección 78(1)(i) de la Ley de Competencia prohíbe a las empresas vender productos a precios irrazonablemente bajos diseñados para facilitar o con el efecto de eliminar la competencia o un competidor. La Oficina de Competencia ha establecido Directrices de precios depredadores que definen lo que se considera un precio irrazonablemente bajo.
Estados Unidos
Las prácticas de fijación de precios depredadoras pueden dar lugar a reclamos antimonopolio de monopolización o intentos de monopolización. Las empresas con cuotas de mercado dominantes o sustanciales son más vulnerables a las demandas antimonopolio. Sin embargo, debido a que las leyes antimonopolio están destinadas en última instancia a beneficiar a los consumidores, y los descuentos dan como resultado un beneficio neto al menos a corto plazo para los consumidores, la Corte Suprema de EE. UU. ha puesto grandes obstáculos a las reclamaciones antimonopolio basadas en una teoría de precios predatorios. El Tribunal requiere que los demandantes demuestren la probabilidad de que las prácticas de fijación de precios afecten no solo a los rivales, sino también a la competencia en el mercado en su conjunto, para establecer que existe una probabilidad sustancial de éxito del intento de monopolizar.Si existe la probabilidad de que los participantes en el mercado impidan que el depredador recupere su inversión a través de precios supracompetitivos, entonces no hay probabilidad de éxito y el reclamo antimonopolio fracasaría. Además, la Corte estableció que para que los precios sean predatorios, deben estar por debajo del costo del vendedor.
Sin embargo, el Departamento de Justicia de EE. UU. afirma que la teoría económica moderna basada en el análisis estratégico respalda la fijación de precios predatorios como un problema real y afirma que los tribunales están desactualizados y son demasiado escépticos.
Unión Europea
El artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea es la disposición legal pertinente en virtud de la legislación de la UE para hacer frente a la fijación de precios predatorios. Según el artículo 102:
“Queda prohibido por incompatible con el mercado interior todo abuso por parte de una o varias empresas de una posición dominante en el mercado interior o en una parte sustancial del mismo, en la medida en que pueda afectar al comercio entre los Estados miembros.”
Si se infringe el artículo 102 por una práctica de precios depredadores, la Comisión Europea puede intervenir, ya que prioriza el tratamiento de los "abusos de exclusión" que excluyen a los competidores del mercado. De acuerdo con las 'Orientaciones para la aplicación del artículo 102 ', la Comisión normalmente interviene en posibles casos de fijación de precios abusivos si una empresa dominante pretende mantener o fortalecer su poder de mercado "sacrificando" pérdidas a corto plazo para excluir a competidores "tan eficientes", o incluso Competidores “menos eficientes”. El "competidor tan eficiente" se refiere a un competidor hipotético con los mismos costos que la empresa dominante. El "competidor tan eficiente"
India
La Ley de Competencia de 2002 prohíbe la fijación de precios depredadores, tratándolos como un abuso de posición dominante, prohibido en virtud de la Sección 4. Los precios depredadores en virtud de la Ley significan la venta de bienes o la prestación de servicios, a un precio por debajo del costo, según lo determinen las reglamentaciones., de producción de los bienes o prestación de servicios, con miras a reducir la competencia o eliminar a los competidores. Una infracción del artículo 4 de la Ley es anticompetitiva per se, cuando no existe el requisito de probar que la conducta tuvo un efecto anticompetitivo en el mercado.
Federación Rusa
El Artículo 10 de la Ley Federal No.135-FZ 'Sobre la Protección de la Competencia' (FLPC) (en ruso: ст. 10, Федерального закона от 26.07.2006 N 135-ФЗ "О защите конкуренции") trata de la conducta unilateral de entidades prohibiendo el abuso de posición dominante. La definición de tal abuso, tal como se establece en el artículo, incluye "la fijación de un precio alto o bajo injustificado de un servicio financiero por parte de una entidad financiera".
Todos los asuntos relacionados con el abuso del poder de mercado están a cargo del Servicio Federal Antimonopolio de la Federación Rusa (FAS). La FAS investiga todas las supuestas violaciones de la legislación antimonopolio y determina si una posición dominante ha sido explotada por uno de los participantes del mercado.
El Reino Unido
El artículo 18, apartado 1, de la Ley de competencia de 1998 prohíbe el abuso de una posición dominante por parte de "una o más empresas... si puede afectar al comercio dentro del Reino Unido". Esto se conoce comúnmente como la 'prohibición del Capítulo II'. La sección es muy similar al artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea que rige las leyes antimonopolio dentro de la jurisdicción de la UE, con la excepción de partes relacionadas con el efecto sobre el comercio dentro del Reino Unido.
Alemania
Los artículos 19 y 20 de la Ley contra las Restricciones de la Competencia (ARC) prohíben el abuso de una posición dominante. La Sección 19 enumera con más detalle las entidades con poder de mercado abordadas por la Ley. También se aplica el artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, aunque tiene algunas diferencias con el CRA.
El cumplimiento de la Ley lo hace cumplir la Oficina Federal de Cárteles de Alemania (FCO) (alemán: Bundeskartellamt). Con la FCO como autoridad federal superior, también existen cárteles estatales en cada uno de los estados federales de Alemania. El FCO se encuentra en el área de responsabilidad del Ministerio Federal de Asuntos Económicos y Energía (alemán: Bundesministerium für Wirtschaft und Energie).
Austria
El derecho europeo de la competencia art. 82 EC y § 5 KartG 2005 prohíben a una empresa dominante en el mercado, así como a un colectivo de varias empresas dominantes, que reprimen intencionalmente a un competidor o aumentan su cuota de mercado respectiva utilizando métodos distintos a los del desempeño competitivo legal.De acuerdo con la ley, la fijación de precios predatorios se da, por un lado, si la empresa dominante en el mercado o las empresas que controlan el mercado local, porque ofrece sus productos a precios inferiores a sus propios costos variables promedio. Por otro lado, si los precios están por debajo de los costos totales promedio (costos fijos más variables) pero por encima de los costos variables promedio. Si el abuso de mercado se dirige contra los competidores, y no contra los proveedores y clientes, la ley austriaca prevé disposiciones en virtud del § 1UWG (en relación con el §5, párr. 1 KartG 2005, si existe una relación de competencia)Además, de acuerdo con §1UWG, la fijación de precios depredadores puede ser desmesurada si tiene la intención de dañar a los competidores, incluso sin que la empresa dominante incurra en pérdidas. Además, la fijación de precios predatorios puede ser desmesurada según §1UWG si la empresa dominante expulsa a suficientes competidores del mercado para ganar suficiente participación de mercado para dictar los precios.
Dinamarca
Según §6, sec. 1, de la Ley de Competencia (CA) está prohibido celebrar acuerdos anticompetitivos. El CA §6 corresponde al art. 81, sec. 1 del Tratado CE y prohibir la fijación de precios predatorios.
Grecia
En general, el art. 1 (1) de la ley antimonopolio (I. 703/1977) prohíbe todos los acuerdos entre empresas, decisiones de asociaciones de empresas y prácticas concertadas que intentan prevenir, restringir o distorsionar la competencia en el mercado griego. Particularmente el arte. 2(1) de I 703/77 prohíbe la fijación de precios predatorios dentro de Grecia.
Suecia
Según el art. 81 del Tratado CE y sec. 6 de la Ley de competencia sueca (KL) se prohíben los acuerdos entre empresas que tengan como objeto o efecto distorsionar la competencia. Por lo tanto, los acuerdos sobre precios están prohibidos per se.
Crítica
Algunos economistas afirman que la verdadera fijación de precios depredadora es un fenómeno raro y afirman que es una práctica irracional y que las leyes diseñadas para evitarlo solo inhiben la competencia. Según la Comisión Europea, esto se debe a que los precios depredadores pueden hacer que las empresas tengan pérdidas debido al aumento de la producción. Esta postura fue adoptada por la Corte Suprema de EE. UU. en el caso de 1993 Brooke Group v. Brown & Williamson Tobacco, y la Comisión Federal de Comercio no ha procesado con éxito a ninguna empresa por precios depredadores desde entonces.
Thomas Sowell explica una de las razones por las que los precios depredadores pueden no ser completamente efectivos:Obviamente, la fijación de precios depredadores solo vale la pena si el depredador sobreviviente puede aumentar los precios lo suficiente como para recuperar las pérdidas anteriores, obteniendo ganancias adicionales suficientes para justificar los riesgos. Estos riesgos no son pequeños.Sin embargo, incluso la desaparición de un competidor no deja libre al superviviente. La bancarrota por sí misma no destruye la planta física del competidor caído o las personas cuyas habilidades lo convirtieron en un negocio viable. Ambos pueden estar disponibles, tal vez a precios de emergencia, para otros que puedan surgir para ocupar el lugar de la empresa desaparecida.El Washington Post quebró en 1933, aunque no por precios depredadores. Pero ni su planta física, ni su gente, ni su nombre desaparecieron en el aire. En cambio, el editor Eugene Meyer adquirió los tres a una fracción de lo que había ofertado sin éxito por el mismo periódico solo cuatro años antes. Con el tiempo, el Post se convirtió en el periódico más importante de Washington.
Los críticos de las leyes contra la fijación de precios depredadores pueden respaldar su caso empíricamente argumentando que no ha habido ningún caso en el que tal práctica haya llevado realmente a un monopolio.Por el contrario, argumentan que hay muchas pruebas de que la fijación de precios predatorios ha fracasado estrepitosamente. Por ejemplo, Herbert Dow no solo encontró una forma más barata de producir bromo, sino que también derrotó un intento de fijación de precios depredadores por parte del cartel alemán Bromkonvention, apoyado por el gobierno, que objetó su venta en Alemania a un precio más bajo. Bromkonvention tomó represalias inundando el mercado estadounidense con bromo por debajo del costo, a un precio aún más bajo que el de Dow. Sin embargo, Dow simplemente instruyó a sus agentes para que compraran a un precio muy bajo y luego lo vendieran en Alemania con una ganancia, pero aún por debajo del precio de Bromkonvention. Al final, el cártel no pudo seguir vendiendo por debajo del costo y tuvo que ceder. Eso se usa como evidencia de que el libre mercado es una mejor manera de detener los precios depredadores que las regulaciones como las leyes antimonopolio.
En otro ejemplo de una defensa exitosa contra los precios depredadores, surgió una guerra de precios entre el Ferrocarril Central de Nueva York (NYCR) y el Ferrocarril Erie. En un momento, NYCR cobraba solo un dólar por automóvil para el transporte de ganado. Si bien los vagones de ganado se llenaron rápidamente, la gerencia quedó consternada al descubrir que Erie Railroad también había invertido en el negocio de transporte de ganado, lo que convirtió a Erie en un comprador de transporte de ganado y, por lo tanto, se estaba beneficiando de las pérdidas de NYCR.
Sowell argumenta:Es un comentario sobre el desarrollo de la ley antimonopolio que el acusado debe defenderse, no contra evidencia real de mala conducta, sino contra una teoría que predice mala conducta en el futuro. Es el equivalente civil de la "prisión preventiva" en casos penales: castigo sin pruebas.
Apoyo
Un artículo escrito por el economista heterodoxo Thomas DiLorenzo y publicado por el Instituto Cato libertario sugiere que, si bien una empresa podría ser capaz de fijar con éxito el precio de otras empresas fuera del mercado, no hay pruebas que respalden la teoría de que el monopolio virtual podría aumentar los precios ya que otras empresas podrían entrar rápidamente en el mercado y competir. Tal ingreso exige importantes inversiones de capital, que no serán reembolsadas durante mucho tiempo debido a las fuertes caídas de precios, provocadas por la reanudación de la competencia.
De acuerdo con la escuela de pensamiento de Chicago defendida por Bork, la fijación de precios predatorios no siempre es anticompetitiva, incluso si termina siendo una estrategia exitosa. El Tribunal en Post Danmark estuvo de acuerdo en que la fijación de precios depredadores no siempre daña la competencia porque competir "en función de los méritos" para excluir a los competidores menos eficientes puede beneficiar a los consumidores al ofrecer precios más bajos y una mejor calidad y variedad de productos y servicios.
El 'Documento de debate' de la DG Competencia afirma que la fijación de precios predatorios puede justificarse como una estrategia racional. Esta es la razón por la que las empresas dominantes pueden refutar las presunciones de fijación de precios depredadores, a pesar de que los precios caen por debajo del "punto de referencia de costo relevante". Por ejemplo, las empresas dominantes podrían argumentar que las condiciones cambiantes del mercado provocan una reducción de la demanda, pero el aumento de la capacidad significa que es necesario fijar precios por debajo del costo a corto plazo para vender productos frescos. Si bien esta defensa normalmente no se puede plantear porque la fijación de precios predatorios rara vez es la opción más eficiente, la fijación de precios predatorios aún puede ser una estrategia racional.
Ejemplos de supuestos precios predatorios
- En AKZO/Comisión, AKZO fue multada con 10 millones de euros por abusar de su posición dominante en el mercado de los peróxidos orgánicos al reducir sus precios a niveles deficitarios, impidiendo a la empresa inglesa ECS competir en el mercado de los polímeros.
- En Tetra Pak/Comisión, Tetra Pak recibió una multa de 75 millones de euros por abusar de su posición dominante al reducir los precios de los envases de cartón no escépticos.
- En Wanadoo Interactive, se impuso una multa de 10,35 millones de euros a la filial de France Télécom, Wanadoo Interactive. Según AKZO, los precios de los servicios residenciales de Internet de banda ancha de alta velocidad se cotizaron a niveles por debajo del AVC hasta agosto de 2001, y más tarde en torno al AVC pero por debajo del ATC.
- En ACCC v Cabcharge Australia Ltd, Cabcharge recibió una multa de $ 3 millones por participar en una conducta de fijación de precios depredadora al proporcionar taxímetros que estaban por debajo del costo y actualizaciones de tarifas sin cargo. Esto violó la sección 46 (1) de la Ley de Prácticas Comerciales de 1974.
- En MCX v NSE, NSE abusó de su posición dominante en el segmento de derivados de divisas al renunciar a las tarifas de transacción y admisión, impidiendo así que MCX compitiera en el mercado. Esto infringió la sección 4 de la Ley de competencia de 2002 y equivalió a una sanción de 55,5 millones de rupias.
- Según un artículo de AP, una ley en Minnesota obligó a Walmart a aumentar el precio de un suministro de un mes de la píldora anticonceptiva Tri-Sprintec de $ 9.00 a $ 26.88.
- Según un artículo del New York Times, el gobierno alemán ordenó a Walmart que aumentara sus precios.
- Según un artículo del International Herald Tribune, el gobierno francés ordenó a amazon.com que dejara de ofrecer envío gratuito a sus clientes porque violaba las leyes francesas de fijación de precios predatorios. Después de que Amazon se negara a acatar la orden, el gobierno procedió a multarlos con 1.000€ diarios. Amazon siguió pagando las multas en lugar de poner fin a su política de ofrecer envíos gratuitos. Después de que se creara una ley que prohibía explícitamente el envío gratuito, Amazon comenzó a cobrar un centavo por la entrega.
- En la guerra de autobuses de Darlington, Stagecoach Group ofreció viajes en autobús gratuitos para sacar del negocio al rival Darlington Corporation Transport.
- Amazon usó precios depredadores para socavar a competidores como Quidsi antes de ofrecer comprarlos a bajo costo una vez que su futuro financiero se volvió sombrío.
- Sir Freddie Laker, fundador de Laker Airways, demandó a las aerolíneas miembros de la IATA British Airways, BCal, Pan Am, TWA, Lufthansa, Air France, Swissair, KLM, SAS, Sabena, Alitalia y UTA por conspiración para cerrar su aerolínea por depredador fijación de precios Llegaron a un acuerdo extrajudicial por 50 millones de dólares y British Airways acordó más tarde contribuir con otros 35 millones de dólares. British Airways también llegó a un acuerdo extrajudicial por separado con Sir Freddie personalmente por 8 millones de libras esterlinas.
Contenido relacionado
Remesa
Non est factum
Uso indebido de derechos de autor