Política de Cabo Verde

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La política de Cabo Verde se desarrolla en el marco de una república democrática representativa semipresidencialista, en la que el Primer Ministro de Cabo Verde es el jefe de gobierno y el Presidente de la República de Cabo Verde es el jefe de Estado, y de un sistema multipartidista. El poder ejecutivo es ejercido por el presidente y el gobierno. El poder legislativo reside tanto en el gobierno como en la Asamblea Nacional. El poder judicial es independiente del ejecutivo y del legislativo. La constitución, aprobada por primera vez en 1980 y revisada sustancialmente en 1992, constituye la base de la organización del gobierno. Declara que el gobierno es el "órgano que define, dirige y ejecuta la política general interna y externa del país" y es responsable ante la Asamblea Nacional.

Constitución de Cabo Verde.

Condiciones políticas

Después de la independencia en 1975, el Partido Africano para la Independencia de Guinea y Cabo Verde (PAIGC) estableció un sistema político de partido único. Este se convirtió en el Partido Africano para la Independencia de Cabo Verde (PAICV) en 1980, cuando Cabo Verde buscaba distanciarse de Guinea-Bissau, luego de los disturbios en ese país.

En 1991, tras la creciente presión por una sociedad más pluralista, se celebraron por primera vez elecciones multipartidistas. El partido de oposición, el Movimiento por la Democracia (Movimento para a Democracia, MpD), ganó las elecciones legislativas y formó el gobierno. El candidato del MpD también derrotó al candidato del PAICV en las elecciones presidenciales. En las elecciones de 1996, el MpD aumentó su mayoría, pero en las de 2001 volvió al poder el PAICV, ganando tanto la Legislativa como la Presidencial.

En general, Cabo Verde disfruta de un sistema democrático estable. Las elecciones se han considerado libres y justas, hay prensa libre y el Estado respeta el estado de derecho. En reconocimiento a esto, Freedom House otorgó a Cabo Verde dos primeros lugares en su informe anual Freedom in the World, una puntuación perfecta. Es el único país africano que recibe esta puntuación. The Economist Intelligence Unit calificó a Cabo Verde como una "democracia defectuosa" en 2020.

El Primer Ministro es el jefe de gobierno y como tal propone a otros ministros y secretarios de estado. El Primer Ministro es propuesto por la Asamblea Nacional y designado por el Presidente. El Presidente es el jefe de Estado y es elegido por voto popular por un período de cinco años; las elecciones más recientes se celebraron en 2021.

También en el poder legislativo, la Asamblea Nacional (Assembleia Nacional) tiene 72 miembros, elegidos por un período de cinco años por representación proporcional.

El Movimiento por la Democracia (MpD) derrocó al gobernante Partido Africano para la Independencia de Cabo Verde (PAICV) por primera vez en 15 años en las elecciones parlamentarias de 2016. El líder de MpD, Ulisses Correia e Silva, es primer ministro desde 2016. Jorge Carlos Almeida Fonseca fue elegido presidente en agosto de 2011 y reelegido en octubre de 2016. También cuenta con el apoyo de MpD.

En abril de 2021, el gobernante Movimiento por la Democracia (MpD) de centro-derecha del primer ministro Ulisses Correia e Silva ganó las elecciones parlamentarias. En octubre de 2021, el candidato de la oposición y ex primer ministro, José María Neves del PAICV, ganó las elecciones presidenciales de Cabo Verde. El 9 de noviembre de 2021, Jose Maria Neves prestó juramento como nuevo presidente de Cabo Verde.

Partidos políticos y elecciones

Juzgados y derecho penal

El sistema judicial está compuesto por la Corte Suprema y los tribunales regionales. De los cinco jueces de la Corte Suprema, uno es designado por el Presidente, uno por la Asamblea Nacional y tres por el Consejo Superior de la Judicatura. Este consejo está compuesto por el Presidente de la Corte Suprema, el Fiscal General, ocho ciudadanos particulares, dos jueces, dos fiscales, el inspector legal superior de la oficina del Fiscal General y un representante del Ministerio de Justicia. Los jueces son independientes y no pueden pertenecer a un partido político. En octubre de 2000, una jueza conocida por tomar medidas legales estrictas en casos de violencia doméstica fue trasladada de la capital al campo. Tribunales separados escuchan casos civiles, constitucionales y penales. El recurso es ante el Tribunal Supremo. En 1998 se implementaron reformas para fortalecer un poder judicial sobrecargado. Se brinda asesoría legal gratuita a los indigentes, se presume la inocencia de los acusados hasta que se pruebe su culpabilidad y los juicios son públicos. Los jueces deben presentar cargos dentro de las 24 horas posteriores a los arrestos. La Constitución prevé un poder judicial independiente y, en general, el gobierno respeta esta disposición en la práctica. La constitución establece el derecho a un juicio justo y al debido proceso, y un poder judicial independiente generalmente hace cumplir este derecho. A diferencia del año anterior, no hubo informes de politización y juicio sesgado en el poder judicial. Los casos que involucran a ex funcionarios públicos aún están bajo investigación. Por ejemplo, continuaron las investigaciones en el caso del ex primer ministro acusado de desfalco en la privatización de ENACOL (una empresa paraestatal de suministro de petróleo) en el que supuestamente desfalcó aproximadamente $16.250 (2 millones de escudos caboverdianos) de los compradores de la paraestatal. También se estaba investigando el caso de cuatro personas acusadas de profanación de iglesias en 1996. Estas personas presentaron una denuncia ante la Fiscalía General contra la policía judicial por supuesta fabricación de prueba.

La constitución establece el derecho a un juicio justo. Se presume que los acusados son inocentes; tienen derecho a un juicio público sin jurado; asesorar; presentar testigos; y para apelar veredictos. Los tribunales regionales adjudican disputas menores a nivel local en áreas rurales. El Ministerio de Justicia no tiene facultades judiciales; tales poderes recaen en los tribunales.

El poder judicial generalmente brinda derechos de debido proceso; sin embargo, el derecho a un juicio expedito se ve limitado por un sistema judicial gravemente sobrecargado y falto de personal. La acumulación de casos habitualmente conduce a retrasos en los juicios de 6 meses o más; más de 10.780 casos estaban pendientes al final del año. Además, se pasa por alto el derecho de las víctimas a la indemnización y recuperación por el dolor y el sufrimiento psíquico, tanto por las bajas valoraciones de daños impuestas como por la ineficacia de la ejecución de las sentencias judiciales.

Divisiones administrativas

Cabo Verde se divide en 22 municipios (concelhos, singular - concelho): Boa Vista, Brava, Maio, Mosteiros, Paul, Porto Novo, Praia, Ribeira Grande, Ribeira Grande de Santiago, Sal, Santa Catarina, Santa Catarina do Fogo, Santa Cruz, São Domingos, São Filipe, São Lourenço dos Órgãos, São Miguel, São Nicolau, São Salvador do Mundo, São Vicente, Tarrafal, Tarrafal de São Nicolau.

Derechos de voto para las no ciudadanas

(feminine)

El artículo 24 de la Constitución de Cabo Verde establece que

  • alineación 3.: "Los derechos que no se confieren a extranjeros y apatridas pueden atribuirse a ciudadanos de países con portugués como idioma oficial, excepto el acceso a funciones de órganos de soberanía, el servicio en las fuerzas armadas o en la carrera diplomática."
  • alineación 4. "La capacidad electoral activa y pasiva puede atribuirse por ley a los extranjeros y a los residentes en el territorio nacional para las elecciones de los miembros de los órganos de los municipios locales."

El sitio web del Instituto gubernamental de las Comunidades de Cabo Verde afirma que tal medida fue adoptada "para estimular la reciprocidad de los países de acogida de los inmigrantes de Cabo Verde".

Una ley nr. 36/V/97 fue promulgada el 25 de agosto de 1997 reglamentando el "Estatuto del Ciudadano Lusófono", relativo a los nacionales de cualquier país miembro de la Comunidad de Países de Lengua Portuguesa (artículo 2), disponiendo en su artículo 3 que "Al ciudadano lusófono con residencia en Cabo Verde se le reconoce la capacidad electoral activa y pasiva para las elecciones municipales, en las condiciones de la ley. El ciudadano lusófono con residencia en Cabo Verde tiene derecho a ejercer la actividad política relacionada con su capacidad electoral."

Participación de organizaciones internacionales

ACCT, ACP, AfDB, AU, CCC, ECA, ECOWAS, FAO, G-77, IBRD, ICAO, ICRM, IDA, IFAD, IFC, IFRCS, ILO, FMI, IMO, Intelsat, Interpol, IOC, IOM (observador), UIT, CSI, MNOAL, OUA, OPAQ, ONU, UNCTAD, UNESCO, ONUDI, UPU, OMS, OMPI, OMM, OMC (solicitante)

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Convención de Montevideo

Pacto de Varsovia

Organización Mundial de la Propiedad Intelectual

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