Pérdida del estado clerical

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Eliminación de un obispo, sacerdote, o diácono de la pertenencia al clero

En el derecho canónico de la Iglesia Católica, la pérdida del estado clerical (comúnmente conocida como laicización, destitución, expulsión y degradación) es la remoción de un obispo, sacerdote o diácono del estatus de miembro del clero.

El término expulsión se originó en la eliminación ritual de las vestiduras como castigo contra el clero que finalmente se codificó en el Romano Pontificio. El derecho canónico católico latino contemporáneo no contiene tal ritual, lo que lleva a algunos a considerarlo una descripción inexacta de laicización. Sin embargo, otros consideran que "despojarse" un sinónimo de laicización que es especialmente popular en inglés. Si bien la eliminación ritual de las vestiduras ya no existe, el derecho canónico aún prohíbe el uso de un collar clerical por parte de los sacerdotes laicizados.

En la Iglesia Católica, un obispo, sacerdote o diácono puede ser expulsado del estado clerical como sanción por ciertos delitos graves, o por decreto papal otorgado por motivos graves. Esto puede deberse a una condena penal grave, herejía o un asunto similar. La remoción del estado clerical a veces se impone como castigo (latín: ad poenam), o se puede otorgar como un favor (latín: pro gratia) a petición propia del clérigo. Un clérigo católico puede solicitar voluntariamente ser removido del estado clerical por una razón personal grave. A partir de la década de 1990, se creía que las solicitudes voluntarias eran, con mucho, el medio más común de esta pérdida, y lo más común dentro de esta categoría era la intención de casarse, ya que la mayoría del clero de la Iglesia latina debe, por regla general, ser célibe. La ley canónica fue enmendada en marzo de 2019 para permitir la destitución de su comunidad, aunque no la destitución del estado clerical, para los religiosos que son miembros y desertan de una comunidad religiosa. Esta política está en vigor desde el 10 de abril de 2019.

Consecuencias

La laicización implica la cesación de todos los derechos del estado clerical. También pone fin a todas las obligaciones del estado clerical, excepto la obligación del celibato. La dispensa de la obligación del celibato sólo puede ser concedida por el Papa, excepto en las ordenaciones que hayan sido declaradas inválidas, en cuyo caso no es necesaria la dispensa. Debido a que el carácter sacramental de la ordenación la hace indeleble, el clérigo mantiene el poder de las órdenes. Sin embargo, le está prohibido ejercerlo, excepto para dar la absolución sacramental a alguien en peligro de muerte. También pierde automáticamente sus cargos, roles y facultades delegadas.

Normalmente, el mismo rescripto otorga tanto la laicización como la dispensa de la obligación del celibato. A la persona a quien se le concede no se le permite separar los dos, aceptando la dispensación y rechazando la laicización, o aceptando la laicización y rechazando la dispensación. Si bien a los diáconos casados cuyas esposas mueren a veces se les permite volver a casarse, y a los ministros casados de una confesión no católica que se vuelven católicos a veces se les permite ser ordenados y ministrar en la Iglesia Católica, las concesiones de dispensa de la obligación del celibato sin laicización simultánea son muy raro.

Un clérigo laicizado pierde los derechos a cosas tales como vestimenta y títulos clericales (como "Padre"). Está libre de obligaciones como la recitación de la Liturgia de las Horas, pero como cualquier miembro del laicado, se le anima, aunque no está obligado, a continuar recitando. El rescripto de laicización para un diácono normalmente no contiene limitaciones especiales, pero para un sacerdote sí le prohíbe pronunciar una homilía (el sermón predicado en la Misa después de la proclamación de la lectura del Evangelio, no la predicación en general), actuando como ministro extraordinario de la Sagrada Comunión, tener un cargo directivo en el campo pastoral, o tener cualquier función en un seminario o institución similar. Impone restricciones también con respecto a la ocupación de cargos docentes o administrativos en escuelas y universidades. Algunas de estas limitaciones pueden relajarse según el juicio del obispo local, incluida la enseñanza de la teología en las escuelas o universidades (tanto católicas como no católicas), el mantenimiento del contacto con la parroquia donde solía servir el sacerdote y la administración de la Eucaristía.

Un clérigo destituido del estado clerical no puede ser reincorporado al ministerio sagrado sin el consentimiento del Papa.

Nuevas regulaciones emitidas en 2009 con respecto a los sacerdotes que abandonan su ministerio por más de cinco años y cuyo comportamiento es motivo de un grave escándalo han facilitado a los obispos asegurar esta eliminación del estatus clerical de tales sacerdotes incluso contra los sacerdotes.; deseos. En los dos años 2011 y 2012, cerca de 400 sacerdotes católicos fueron removidos del estado clerical, con un pico de 260 en 2011, y casi la mitad de estos se impusieron como sanción.

Diferencia de suspensión

La remoción del estado clerical difiere de la suspensión. Esta última es una censura que prohíbe ciertos actos por parte de un clérigo, ya sean actos de carácter religioso derivados de su ordenación ("actos del poder de órdenes") o sean ejercicios de su poder de gobierno o de derechos. y funciones propias del cargo que ostenta. Como censura, la suspensión debe cesar cuando la persona censurada muestre arrepentimiento. La separación del estado clerical, por el contrario, es una medida permanente, por la cual, por razón suficiente, el clérigo es tratado jurídicamente en adelante como laico.

Ejemplos históricos notables

Ante la insistencia de Napoleón Bonaparte, Charles Maurice de Talleyrand-Périgord solicitó la laicización en 1802 para casarse con su amante de mucho tiempo, Catherine Grand (de soltera Worlée). Talleyrand ya fue excomulgado por su parte en la Constitución Civil del Clero. El Papa Pío VII levantó a regañadientes la excomunión y le dio permiso para usar ropa secular, permiso que el Conseil d'État francés interpretó como una laicización. Talleyrand se casó con Worlée, luego se divorció en 1815 y siguió viviendo como laico, pero en su lecho de muerte en 1838 firmó un documento de reconciliación con la Iglesia, preparado por el futuro obispo Félix Dupanloup. Dupanloup luego administró los últimos ritos de un obispo a Talleyrand.

El obispo de San Pedro Fernando Lugo solicitó la laicización en Paraguay en 2005 para poder postularse a la presidencia de Paraguay. La Iglesia al principio se negó, llegando incluso a suspenderlo como obispo cuando se postuló para el cargo de todos modos, pero finalmente le otorgó el estatus de laico en 2008 después de que fue elegido.

En septiembre de 2018, el Papa Francisco ordenó la laicización de un sacerdote chileno condenado en 2011 por abuso sexual de menores. Anteriormente había sido condenado a una vida de oración y penitencia.

Casos de obispos

La laicización de los obispos es inusual. En 2009, la iglesia laicizó a Emmanuel Milingo, ex exorcista, curandero y arzobispo de Lusaka, Zambia, quien ya había sido excomulgado de la iglesia tres años antes. Milingo había amenazado con formar una iglesia disidente sin una regla de celibato sacerdotal y se había casado. Raymond Lahey, ex obispo de Antigonish, Nueva Escocia, Canadá, fue laicizado en 2012, un año después de declararse culpable en un tribunal civil canadiense de importar pornografía infantil. Józef Wesołowski, un arzobispo polaco que había sido nuncio (embajador papal), fue despedido del estado clerical en 2014 por abuso sexual de menores. El Vaticano había presentado cargos penales contra Wesołowski relacionados con su abuso de menores y planeaba juzgarlo, pero Wesołowski murió en 2015 antes de que se pudiera celebrar un juicio.

Theodore Edgar McCarrick, excardenal y exarzobispo de Washington, D.C., fue despedido del estado clerical en febrero de 2019. McCarrick es el funcionario eclesiástico de más alto rango hasta la fecha en ser despedido por los escándalos de abuso sexual en curso en el Iglesia.

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