Pacta sunt servanda

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Frases jurídicos latinos

Pacta sunt servanda, en latín "los acuerdos deben mantenerse", es un brocard y un principio fundamental del derecho. Según Hans Wehberg, profesor de derecho internacional, "pocas reglas para el ordenamiento de la sociedad tienen una influencia moral y religiosa tan profunda" como este principio.

En su sentido más común, el principio se refiere a los contratos privados y prescribe que las disposiciones, es decir, las cláusulas de un contrato son ley entre las partes del contrato, y por lo tanto implica que el incumplimiento de sus respectivas obligaciones es una violación de la contrato. La primera expresión conocida del brocard se encuentra en los escritos del canonista cardenal Hostiensis del siglo XIII d.C., que se publicaron en el siglo XVI.

Jurisprudencia Moderna

Tanto en las jurisdicciones de derecho civil como de derecho consuetudinario, el principio está relacionado con el principio general del comportamiento correcto en el comercio, incluida la presunción de buena fe. Si bien la mayoría de las jurisdicciones del mundo tienen alguna forma de buena fe dentro de sus sistemas legales, existe un debate sobre cómo se debe evaluar y medir la buena fe. Por ejemplo, en los Estados Unidos, una jurisdicción de derecho consuetudinario, el deber implícito de buena fe y trato justo existe en todos los contratos comerciales.

Derecho internacional

Según el derecho internacional, "todo tratado en vigor es vinculante para las partes y debe ser cumplido por ellas de buena fe". Esto faculta a los Estados parte de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados (firmada el 23 de mayo de 1969 y que entró en vigor el 27 de enero de 1980) a exigir que se cumplan las obligaciones instituidas por los tratados y confiar en que se cumplan dichas obligaciones. Esta base de buena fe para los tratados implica que una parte en un tratado no puede invocar las disposiciones de su derecho interno (interno) como justificación del incumplimiento de sus obligaciones en virtud del tratado en cuestión.

Los únicos límites a la aplicación del pacta sunt servanda son las normas imperativas del derecho internacional general, las cuales se denominan "jus cogens", es decir, ley convincente. El principio legal de clausula rebus sic stantibus en el derecho internacional consuetudinario también permite el incumplimiento de las obligaciones en virtud del tratado debido a un cambio apremiante de las circunstancias.

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