Ley Lerdo
La Ley Lerdo fue el nombre común de la Ley de Reforma que se conoció formalmente como la Ley de Desamortización de las Fincas Rústicas y Urbanas de las Corporaciones Civiles y Religiosas de México. Apuntó no solo a la propiedad de la Iglesia Católica, sino también a las propiedades en común de las comunidades indígenas y las transfirió a manos privadas. Los liberales consideraban tal propiedad corporativa como un gran impedimento para la modernización y el desarrollo en México. Redactada por Miguel Lerdo de Tejada, fue promulgada el 25 de junio de 1856 por el presidente Ignacio Comonfort, pero su redacción era ambigua, necesitando aclaraciones posteriores.
Sus objetivos eran crear un mercado de bienes raíces rurales e incentivar el desarrollo; crear una clase media rural, mejorar las finanzas públicas del estado y reactivar la economía eliminando las restricciones a la libertad de movimiento. Las propiedades se venderían a particulares, lo que se esperaba estimularía el mercado inmobiliario y generaría ingresos para el gobierno mediante un impuesto sobre las ventas. Muchas propiedades en poder de la Iglesia Católica eran urbanas y estaban exentas de confiscación. El impacto lo sintieron más las comunidades indígenas, ahora obligadas a dividir las propiedades en común que habían permitido a las comunidades conservar el control de sus tierras. Los pobres de las zonas rurales carecían de fondos para comprar propiedades y pagar los derechos de transferencia. La mayoría de los compradores eran grandes terratenientes o inversores extranjeros, lo que concentraba aún más la propiedad de la tierra.La implementación de la ley fue interrumpida por la Guerra de Reforma (1858-60) y la Intervención Francesa (1862-67), pero se reanudó con la derrota de los invasores franceses y sus aliados conservadores en 1867. La implementación se reanudó después de eso, pero no hasta el régimen de Porfirio Díaz el impacto se sintió de manera importante.
Fue una de las Leyes de Reforma, que pretendía establecer la separación de iglesia y estado, la abolición de los fueros eclesiásticos; y la secularización de la inscripción de nacimientos, defunciones y matrimonios, que dio origen al Registro Civil.
Fondo
Los liberales mexicanos del siglo XIX no fueron los primeros en atacar el poder económico de la Iglesia Católica. La monarquía borbónica identificó como un problema las propiedades inmobiliarias de la Iglesia, ya que se retiraban definitivamente del mercado inmobiliario y se consideraban improductivas, y también otorgaban a la Iglesia un poder económico considerable. Durante las Reformas Borbónicas, la monarquía española trató de socavar el poder de la Iglesia, especialmente de la Compañía de Jesús, por lo que expulsó a los jesuitas, confiscó sus latifundios altamente productivos y los vendió a particulares. Durante la época colonial, la corona española había otorgado a las comunidades indígenas una cierta cantidad en forma de sociedades anónimas para asegurar que tuvieran suficiente tierra para mantener su subsistencia.
Después de la independencia en 1821, los derechos eclesiásticos de tenencia de bienes raíces fueron cuestionados en la década de 1830 durante la vicepresidencia de Valentín Gómez Farías, quien implementó la secularización de las misiones franciscanas en California.
Propiedades excluidas
La ley excluyó las propiedades que fueron utilizadas por la Iglesia Católica como institución con fines religiosos. Según lo estipulado en el artículo 8 de la ley, los inmuebles estaban exentos de la enajenación si los edificios se destinaban inmediata y directamente al servicio de instituciones eclesiásticas, tales como conventos, palacios episcopales, colegios municipales, hospitales, hospicios, mercados y casas de corrección. organizaciones benéficas También se exceptúan los inmuebles pertenecientes a los municipios, las edificaciones, los terrenos abiertos y los terrenos destinados exclusivamente al servicio público de sus poblaciones.
Consolidación fiscal
Todas las enajenaciones de fincas rústicas y urbanas ejecutadas al amparo de la ley tenían un impuesto sobre las ventas del 5%, que debía pagarse en las oficinas del gobierno general correspondientes. Los impuestos debían ser en efectivo y en bonos de deuda, según el tiempo de verificación de las adjudicaciones. Con esas políticas, el gobierno mexicano pretendía aumentar su bajo nivel de ingresos fiscales para mejorar las finanzas públicas.
Impacto en las comunidades nativas
La ley exigía que las corporaciones civiles fueran despojadas de sus bienes inmuebles y así dañaba gravemente los cimientos de la economía de las comunidades indígenas, que poseían todas las tierras en sus límites. Los territorios representaron un ingreso significativo para las comunidades, ya que la mayoría fueron arrendados a terceros para recaudar fondos. Así, su pérdida empeoró la situación de muchos indígenas que ya vivían en la pobreza.
Los indígenas exigieron al ministro de Hacienda, Miguel Lerdo de Tejada, que se respeten sus derechos de propiedad. Sin embargo, según la ley, los derechos de los arrendatarios estaban reservados para comprar su propia tierra antes de ofrecerla a compradores extranjeros.
Para evitar que sus tierras fueran adquiridas por otros, algunos pueblos indígenas acudieron ante un juez para adquirir la tierra como individuos, pero los funcionarios cobraron tarifas e impuestos sobre las ventas muy altos, lo que complicó el proceso de recuperación. En otros casos, los jueces tuvieron tratos fraudulentos con los interesados en los territorios para adquirir tierras incluso antes de que los indígenas supieran de la existencia de la ley, lo que hacía prácticamente imposible que las comunidades conservaran sus territorios.
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