Ley de Emergencias Nacionales

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La Ley Nacional de Emergencias (NEA) (Pub. L.Ley pública de información sobre herramientas (Estados Unidos) 94–412, 90 Stat. 1255, promulgada 14 de septiembre de 1976, codificada en 50 U.S.C. § 1601-1651) es una ley federal de los Estados Unidos aprobada para poner fin a todas las emergencias nacionales anteriores y formalizar los poderes de emergencia del Presidente.

La Ley faculta al Presidente para activar poderes especiales durante una crisis, pero impone ciertas formalidades procesales al invocar dichos poderes. La necesidad percibida de la ley surgió del alcance y la cantidad de leyes que otorgan poderes especiales al ejecutivo en tiempos de emergencia nacional. El Congreso puede poner fin a una declaración de emergencia mediante una resolución conjunta convertida en ley. Los poderes disponibles bajo esta Ley se limitan a los 136 poderes de emergencia que el Congreso ha definido por ley.

La legislación fue firmada por el presidente Gerald Ford el 14 de septiembre de 1976. Hasta marzo de 2020, se han declarado 60 emergencias nacionales, más de 30 de las cuales siguen en vigor.

Fondo

El primer presidente en emitir una proclamación de emergencia fue Woodrow Wilson, quien el 5 de febrero de 1917 emitió lo siguiente:

He encontrado que existe una emergencia nacional derivada de la insuficiencia de tonelaje marítimo para llevar los productos de las granjas, bosques, minas y industrias manufactureras de los Estados Unidos, a sus consumidores en el extranjero y dentro de los Estados Unidos....

Esta proclamación estaba dentro de los límites de la ley que estableció la Junta de Envío de Estados Unidos. El primer presidente que declaró una emergencia nacional fue el presidente Abraham Lincoln, durante la Guerra Civil estadounidense. A partir de Franklin D. Roosevelt en 1933, los presidentes afirmaron el poder de declarar emergencias sin limitar su alcance o duración, sin citar los estatutos pertinentes y sin supervisión del Congreso. La Corte Suprema en Youngstown Sheet & Tube Co. contra Sawyer limitó lo que un presidente podía hacer en tal emergencia, pero no limitó el poder de declaración de emergencia en sí. Una investigación del Senado de 1973 encontró (en el Informe del Senado 93-549) que cuatro emergencias declaradas seguían vigentes: la crisis bancaria de 1933 con respecto al acaparamiento de oro, una emergencia de 1950 con respecto a la Guerra de Corea, una emergencia de 1970 con respecto a los trabajadores postales. huelga y una emergencia en 1971 en respuesta a la inflación. Muchas disposiciones de la ley estatutaria están supeditadas a una declaración de emergencia nacional, hasta 500 por un cargo. Se debió en parte a la preocupación de que una declaración de "emergencia" por un motivo no debería invocar todos los poderes ejecutivos de emergencia posibles, el Congreso aprobó en 1976 la Ley de Emergencias Nacionales.

Los presidentes han seguido utilizando su autoridad de emergencia sujeto a las disposiciones de la ley, con 42 emergencias nacionales declaradas entre 1976 y 2007. La mayoría de ellas tenían el propósito de restringir el comercio con ciertas entidades extranjeras bajo la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional. (IEEPA) (50 USC 1701-1707).

Provisiones

Terminación de la autoridad presidencial

Una investigación anterior del Senado había encontrado 470 disposiciones de la ley federal que un presidente podría invocar mediante una declaración de emergencia. La Ley derogó varias de estas disposiciones y estableció que las declaraciones de emergencia anteriores ya no darían fuerza a las disposiciones que permanecieran. El Congreso no intentó revocar ninguna declaración de emergencia pendiente per se, ya que seguía siendo prerrogativa del Presidente en virtud del Artículo Dos de la Constitución de los Estados Unidos.

Procedimiento para nuevas emergencias y rescisión de declaraciones de emergencia

La Ley autoriza al Presidente a activar disposiciones legales de emergencia mediante una declaración de emergencia con la condición de que el Presidente especifique las disposiciones así activadas y notifique al Congreso. Una activación expiraría si el Presidente terminara expresamente la emergencia, o no la renovara anualmente, o si cada cámara del Congreso aprobara una resolución que pusiera fin a la emergencia. Después de que los presidentes se opusieran a esta "cesación del Congreso" Chadha (1983) consideró que dichas disposiciones constituían un veto legislativo inconstitucional, fue reemplazada en 1985 con su terminación mediante una resolución conjunta promulgada. Una resolución conjunta aprobada por ambas cámaras requiere la firma presidencial, lo que otorga al presidente poder de veto sobre la terminación (se requiere una mayoría de dos tercios en ambas cámaras en el caso de una terminación impugnada). La Ley también exige que el Presidente y las agencias ejecutivas mantengan registros de todas las órdenes y regulaciones que surjan del uso de la autoridad de emergencia y que informen periódicamente al Congreso sobre los costos incurridos.

Excepciones

Ciertas autoridades de emergencia quedaron exentas de la ley en el momento de su aprobación:

  • 10 USC 2304(a)(1) – permitiendo la exención de los contratos nacionales de defensa de la licitación competitiva
  • 10 USC 3313, 6386(c) y 8313 – Regulación de la promoción, jubilación y separación de oficiales militares
  • 12 USC 95(a) – Regulación de las transacciones en oro extranjero y plata
  • 40 USC 278(b) – Regulación de compras y contratos de propiedades federales
  • 41 USC 15 y 203 – limitando la asignación de reclamaciones contra el gobierno federal
  • 50 USC 1431-1435 – permitiendo al Presidente hacer contratos nacionales de defensa fuera de las normas aplicables de otra manera

La lista de excepciones se revisa periódicamente. Por ejemplo, la Ley Pública 95-223 (1977) derogó la cláusula de emergencia de 12 USC 95(a) y dispuso que su autoridad expirara de acuerdo con las disposiciones normales de la NEA.

Poderes de emergencia

El Congreso ha delegado al menos 136 poderes de emergencia estatutarios distintos al Presidente, cada uno de ellos disponible tras la declaración de una emergencia. Sólo 13 de ellos requieren una declaración del Congreso; los 123 restantes se asumen mediante una declaración ejecutiva sin más aportes del Congreso.

Los poderes presidenciales de emergencia autorizados por el Congreso son amplios y dramáticos, y van desde suspender todas las leyes que regulan las armas químicas y biológicas, incluida la prohibición de las pruebas en humanos (50 U.S.C. § 1515, aprobado en 1969); a suspender cualquier plan de implementación de la Ley de Aire Limpio o multa por exceso de emisiones a petición de un gobernador estatal (42 U.S.C. (f) § 7410 (f), aprobado en 1977); a autorizar proyectos de construcción militar (10 U.S.C. (a) § 2808 (a), aprobado en 1982) utilizando cualquier asignación de defensa existente para dichas construcciones militares ($10.4 mil millones en el año fiscal 2018); para reclutar a cualquier oficial retirado de la Guardia Costera (14 U.S.C. § 331, aprobado en 1963) o miembros alistados (14 U.S.C. § 359, aprobado en 1949) al servicio activo independientemente de su inelegibilidad para el Servicio Selectivo.

Invocaciones

A marzo de 2020, se habían declarado 60 emergencias nacionales, y 31 de ellas se renovaban anualmente. Estos incluyen los ocho que fueron declarados antes de la aprobación de la Ley de 1976. La emergencia nacional más prolongada se remonta a noviembre de 1979, cuando la administración Carter bloqueó la propiedad del gobierno iraní en virtud de la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional.

Desde la aprobación de la Ley de Emergencias Nacionales en 1976, cada presidente de Estados Unidos ha declarado múltiples emergencias nacionales: Carter (2); Reagan: (6); H.W. arbusto (4); Clinton (17); W. Bush (12); Obama: (13); Triunfo (7).

Otros marcos de emergencia

Más allá de la Ley de Emergencias Nacionales, el Congreso ha establecido otros tres marcos de poderes de emergencia:

  • 42 U.S.C. § 247d – Public Health Service Act (1944), en su forma enmendada.
  • 42 U.S.C. § 5121 et seq. - Ley de dotación de personal (1988), en sustitución de la Ley de socorro en casos de desastre de 1974, enmendada en 2000 y 2006.
  • 22 U.S.C. § 2318(a)(1) – Foreign Assistance Act of 1961, as amended, including by the Arms Export Control Act (1962)
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