Jus trium liberorum

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Enfermería infantil entre imágenes de divinidades, vida vegetal, agua corriente y animales que promueven la fecundidad en el Ara Pacis (1o siglo BCE), contemporáneo con el ius liberorum de Augustus

El ius trium liberorum (del latín, "el derecho de tres hijos"; también escrito ius), era un privilegio otorgado a los ciudadanos romanos que habían tenido al menos tres hijos o a los libertos que habían tenido al menos cuatro. El privilegio era resultado de la Lex Papia Poppaea y otras leyes sobre moralidad introducidas por Augusto en los primeros siglos a. C. y d. C. Estas leyes tenían como objetivo aumentar la población menguante de las clases altas romanas.

Algunos académicos han interpretado que el objetivo del jus trium liberorum era una legislación eugenésica, pero la opinión predominante es que su finalidad era aumentar la tasa de natalidad en el senado. Los hombres que habían recibido el jus trium liberorum estaban exentos de los munera (servicios obligatorios). Las mujeres con jus trium liberorum ya no estaban sujetas a la tutela mulierum (tutela de un pariente masculino) y podían recibir herencias que, de otro modo, pasarían a sus hijos.

Sin embargo, la reacción senatorial al ius trium liberorum fue en gran medida la de encontrar lagunas legales. La perspectiva de tener una familia numerosa seguía sin resultar atractiva. Quien pillara a un ciudadano infringiendo esta ley tenía derecho a una parte de la herencia en cuestión, lo que creaba un lucrativo negocio para los espías profesionales. Los espías se generalizaron tanto que la recompensa se redujo a una cuarta parte de su cuantía anterior. Con el paso del tiempo, los cónsules concedieron el ius trium liberorum a algunos ciudadanos como recompensa por buenas acciones en general, por ejercer profesiones importantes o como favores personales, no sólo por una prolífica propagación. Finalmente, el ius trium liberorum fue derogado en el año 534 d. C. por Justiniano.

Antecedentes

Durante el período de Augusto, las clases altas, las órdenes senatorial y ecuestre, fueron disminuyendo en número. Estas clases formaban la columna vertebral del estado, formando la administración civil y militar del imperio. La población de las clases se había visto afectada por las recientes guerras civiles, la proscripción y, lo más importante, las bajas tasas de natalidad dentro de las clases. La disminución de la tasa de natalidad fue incluso más dramática de lo que es típico en el aumento del desarrollo de Roma. La Lex Iulia y la Papia Poppaea habían logrado aumentar las tasas de matrimonio dentro de las clases altas, pero la tasa de natalidad no había aumentado lo suficiente mediante estos cuerpos legislativos por sí solos. Por esta razón se promulgó el jus trium liberorum.

Consecuencias eugenesias

En esa época, la población de Italia en su conjunto no estaba disminuyendo y es posible que estuviera aumentando. El crecimiento de la población se debió en gran medida a la afluencia de esclavos de fuera de Italia. Por lo tanto, los académicos han calificado al jus trium liberorum como una medida eugenésica, ya que estaba dirigida específicamente a aumentar una población específica considerada deseable. Se sostiene que el aspecto del crecimiento de la población en el jus trium liberorum era una intención secundaria.

Esqueleto funerario de Tesalónica de la Era Romana (168–190 CE) que representa a una mujer y su marido fallecido, los tres hijos de la pareja, y una mujer mayor que posiblemente sea su abuela

El ius trium liberorum era una recompensa que se obtenía por el cumplimiento de la Lex Iulia y la Papia Poppea. El privilegio afectaba a ambos sexos, pero afectaba más a las mujeres que a los hombres. Los detalles del ius trium liberorum se definen de la siguiente manera en la Enciclopedia de Derecho Romano de Adolf Berger:

Los padres pueden reclamar la exención (excusatio) de cargos públicos y de tutela a la que fueron llamados por ley (tutela legitima). La aplicación más importante de jus liberorum se refiere a las mujeres. Una mujer libre con tres hijos y una mujer libre con cuatro hijos (jus trium vel quattuor liberorum) fueron liberadas de la tutela a la que estaban sujetas las mujeres (tutela mulierum) y tenía derecho de sucesión a la herencia de sus hijos. El jus liberorum femenino se aplicó incluso cuando los niños ya no estaban vivos.

En resumen, esto significaba que no se podía obligar a un hombre a asumir la obligación de tutela de una mujer, legalmente menor de edad, a la que de otro modo estaría obligado en virtud de la tutela mulierum. Las mujeres que tenían el número adecuado de hijos ya no necesitaban tener un tutor como lo harían en virtud de la tutela mulierum. Esto significaba que cuando una mujer ya no estaba sujeta al poder de su padre (patria potestas) o de su marido (manus), podía actuar de forma independiente. También obtenía el derecho a la herencia que de otro modo habría sido otorgada a sus hijos. A menudo, esto significaba que heredaba y era dueña de los bienes de su marido tras su muerte. Como se dijo anteriormente, los hijos no necesitaban estar vivos para que contaran para el jus liberorum. Los hijos legítimos se contaban para hombres y mujeres. Los hijos nacidos de un padre desconocido (spurius) contaban para el número de hijos de una mujer en virtud del jus trium liberorum. Un niño considerado un portento (literalmente, un monstruo o un ser monstruoso) no era considerado un ser humano, pero aun así contaba para el número de hijos de la madre según el jus trium liberorum. Sin embargo, ambos padres podían contar a un niño considerado un portento según las leyes contra padres sin hijos en la Lex Iulia y Papia Poppaea.

Impacto

Después de su promulgación, este derecho se consideró valioso, pero pronto se convirtió en un privilegio no relacionado con tres o más nacimientos de un ciudadano. Mucha gente no quería la carga de los hijos, pero aun así buscaba el jus trium liberorum. Esto atrajo a mucha gente a explotar las lagunas legales, lo que a menudo se hacía por medios ilegales. Se ofrecía una recompensa consistente en un porcentaje de la herencia involucrada a los espías que atraparan a otros beneficiándose ilegalmente del jus trium liberorum. Esta recompensa creó un gran número de espías debido a las lucrativas recompensas. Para reducir el problema de los espías, la recompensa se redujo a una cuarta parte de su tamaño anterior. El jus trium liberorum también se otorgaba a personas sin relación con su número de descendientes como recompensa por parte del emperador. A menudo se otorgaba en relación con una buena acción, servicio militar o como un favor personal. Muchos romanos famosos recibieron el jus trium liberorum, entre ellos Suetonio, gracias a un favor personal de Trajano a Plinio el Joven, Marcial, por parte de Domiciano, en recompensa por los halagos de Marcial, y a Livia en respuesta a la muerte de Druso en el año 9 a. C. Los propietarios de grandes barcos también recibieron el jus trium liberorum bajo el Imperio. El jus trium liberorum fue finalmente derogado por Justiniano en el año 534 d. C.

Véase también

  • Ley de herencia en la antigua Roma
  • Adopción en la antigua Roma

Notas

  1. ^ Proyecto de Biblioteca Digital Perseus
  2. ^ Berger, pg. 530
  3. ^ Yue, pg. 685
  4. ^ Field, pg. 398-399
  5. ^ Kaius Tuori "Augusto, poder legislativo y poder de las apariencias", en Fundaminia 20:2 2014, 942-3
  6. ^ Berger, pg. 530
  7. ^ Campo, pg. 408
  8. ^ Yue, pg. 686
  9. ^ Campo, pg. 412
  10. ^ Campo, pg. 408
  11. ^ Field, pg. 398
  12. ^ Field, pg. 399
  13. ^ Campo, pg. 402
  14. ^ Field, pg. 398 - 399
  15. ^ Field, pg. 414
  16. ^ Berger, pg. 530
  17. ^ Yue, pg. 683
  18. ^ Berger, pg. 748
  19. ^ Campo, pg. 408
  20. ^ Berger, pg. 714
  21. ^ Proyecto de Biblioteca Digital Perseus
  22. ^ Berger, 636
  23. ^ Field, pg. 412 - 413
  24. ^ Campo, pg. 408
  25. ^ Dunham, pg. 421 - 422
  26. ^ Clarke, pg. 47
  27. ^ Campo, pg. 408
  28. ^ Berger, 592 - 593
  29. ^ Field, pg. 398

Bibliografía

  • Berger, Adolf. "Diccionario Enciclopédico de Derecho Romano." Transacciones de la Sociedad Filosófica Americana. ns. 43.2 (1953)
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  • Dunham, Fred S.. "The Younger Pliny, Gentleman y Citizen". The Classical Journal. 40.7 (1945): 417-426.
  • Campo, James A. Jr. "El propósito de la Lex Iulia y Papia Poppaea". The Classical Journal. 40.7 (1945)
  • Tuori, Kaius. "Augusto, Poder Legislativo y Poder de las apariencias". Fundamina 20.2 (2014): 938–945.
  • Sí, Esther. "Mirror Reading and Guardians of Women in the Early Roman Empire". Journal of Theological Studies. 59.2 (2008)
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