Indicación geográfica

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Una indicación geográfica, marca de origen, designación de origen o denominación de origen es un nombre o signo utilizado en productos que corresponde a una ubicación geográfica u origen específico (por ejemplo, una ciudad, región o país). El uso de una indicación geográfica, como indicación del origen del producto, actúa como una certificación de que el producto posee ciertas cualidades, está elaborado según métodos tradicionales o goza de buena reputación debido a su origen geográfico.

El artículo 22.1 del Acuerdo sobre los ADPIC define las indicaciones geográficas como "...indicaciones que identifican una mercancía como originaria del territorio de un Miembro [de la Organización Mundial del Comercio], o de una región o localidad de ese territorio, donde una determinada calidad, reputación u otra característica del bien es esencialmente atribuible a su origen geográfico".

Dimensión colectiva GI

Appellation d'origine contrôlée ("Denominación de origen") es un subtipo de indicación geográfica donde la calidad, el método y la reputación de un producto se originan en un área estrictamente definida especificada en su registro de derechos de propiedad intelectual.

Historia

Los gobiernos han protegido los nombres comerciales y las marcas registradas de productos alimenticios identificados con una región en particular desde al menos finales del siglo XIX, utilizando leyes contra las descripciones comerciales falsas o la suplantación, lo que generalmente protege contra las sugerencias de que un producto tiene cierto origen, calidad, o asociación cuando no es así. En tales casos, la limitación de las libertades competitivas que resulta de la concesión de un monopolio de uso sobre una indicación geográfica está justificada por los gobiernos ya sea por los beneficios de protección al consumidor o por los beneficios de protección al productor.

Uno de los primeros sistemas de indicaciones geográficas es el utilizado en Francia desde principios del siglo XX, conocido como appellation d'origine contrôlée (AOC). Los artículos que cumplen con los estándares de calidad y origen geográfico pueden estar respaldados con un sello emitido por el gobierno que actúa como certificación oficial del origen y los estándares del producto. Ejemplos de productos que tienen tales "denominaciones de origen" incluyen el queso Gruyère (de Suiza) y muchos vinos franceses.

Las indicaciones geográficas se han asociado durante mucho tiempo con el concepto de terroir y con Europa como entidad, donde existe la tradición de asociar ciertos productos alimenticios con regiones particulares. De conformidad con el Derecho de la Unión Europea, el marco de la denominación de origen protegida que entró en vigor en 1992 regula los siguientes sistemas de indicaciones geográficas: "Denominación de origen protegida" (DOP), "indicación geográfica protegida" (IGP) y Especialidades Tradicionales Garantizadas" (TSG).

Zonas cubiertas

El uso de indicaciones geográficas no se limita a los productos agrícolas. Una indicación geográfica también puede resaltar cualidades específicas de un producto que se deben a factores humanos encontrados en el lugar de origen del producto, como habilidades y tradiciones de fabricación específicas. Por ejemplo, las artesanías, que generalmente se hacen a mano utilizando recursos naturales locales y generalmente están integradas en las tradiciones de las comunidades locales.

Diferencias entre indicaciones geográficas y otras protecciones

Marcas registradas

Las indicaciones geográficas y las marcas son signos distintivos utilizados para distinguir bienes o servicios en el mercado. Ambos transmiten información sobre el origen de un bien o servicio y permiten a los consumidores asociar una cualidad particular con un bien o servicio. Las marcas comerciales informan a los consumidores sobre el origen de un bien o servicio. Identifican un bien o servicio como originario de una empresa en particular. Las marcas comerciales ayudan a los consumidores a asociar un bien o servicio con una calidad o reputación específicas, en función de la información sobre la empresa responsable de producirlo u ofrecerlo. Las indicaciones geográficas identifican un bien como originario de un lugar en particular. En función de su lugar de origen, los consumidores pueden asociar un bien con una determinada calidad, característica o reputación. Una marca registrada a menudo consiste en un signo arbitrario que puede ser utilizado por su propietario u otra persona autorizada para hacerlo. Una marca se puede ceder o licenciar a cualquier persona, en cualquier parte del mundo, porque está vinculada a una empresa específica y no a un lugar en particular. En cambio, el signo utilizado para denotar una indicación geográfica suele corresponder al nombre del lugar de origen del bien, o al nombre con el que se conoce el bien en ese lugar. Una indicación geográfica puede ser utilizada por todas las personas que, en el área de origen, produzcan el bien de acuerdo con normas específicas. Sin embargo, por su vínculo con el lugar de origen, una indicación geográfica no puede ser cedida o licenciada a una persona ajena a ese lugar o que no pertenezca al grupo de productores autorizados. Una marca se puede ceder o licenciar a cualquier persona, en cualquier parte del mundo, porque está vinculada a una empresa específica y no a un lugar en particular. En cambio, el signo utilizado para denotar una indicación geográfica suele corresponder al nombre del lugar de origen del bien, o al nombre con el que se conoce el bien en ese lugar. Una indicación geográfica puede ser utilizada por todas las personas que, en el área de origen, produzcan el bien de acuerdo con normas específicas. Sin embargo, por su vínculo con el lugar de origen, una indicación geográfica no puede ser cedida o licenciada a una persona ajena a ese lugar o que no pertenezca al grupo de productores autorizados. Una marca se puede ceder o licenciar a cualquier persona, en cualquier parte del mundo, porque está vinculada a una empresa específica y no a un lugar en particular. En cambio, el signo utilizado para denotar una indicación geográfica suele corresponder al nombre del lugar de origen del bien, o al nombre con el que se conoce el bien en ese lugar. Una indicación geográfica puede ser utilizada por todas las personas que, en el área de origen, produzcan el bien de acuerdo con normas específicas. Sin embargo, por su vínculo con el lugar de origen, una indicación geográfica no puede ser cedida o licenciada a una persona ajena a ese lugar o que no pertenezca al grupo de productores autorizados. el signo utilizado para denotar una indicación geográfica suele corresponder al nombre del lugar de origen del bien, o al nombre con el que se conoce el bien en ese lugar. Una indicación geográfica puede ser utilizada por todas las personas que, en el área de origen, produzcan el bien de acuerdo con normas específicas. Sin embargo, por su vínculo con el lugar de origen, una indicación geográfica no puede ser cedida o licenciada a una persona ajena a ese lugar o que no pertenezca al grupo de productores autorizados. el signo utilizado para denotar una indicación geográfica suele corresponder al nombre del lugar de origen del bien, o al nombre con el que se conoce el bien en ese lugar. Una indicación geográfica puede ser utilizada por todas las personas que, en el área de origen, produzcan el bien de acuerdo con normas específicas. Sin embargo, por su vínculo con el lugar de origen, una indicación geográfica no puede ser cedida o licenciada a una persona ajena a ese lugar o que no pertenezca al grupo de productores autorizados.

Denominación de origen

Las denominaciones de origen son un tipo especial de indicación geográfica. El término se utiliza en el Convenio de París y se define en el Arreglo de Lisboa. El artículo 2 del Arreglo de Lisboa define las denominaciones de origen como “ (1)... la denominación geográfica de un país, región o localidad, que sirve para designar un producto originario del mismo, cuya calidad o características se deben exclusiva o esencialmente al entorno geográfico, incluidos los factores naturales y humanos”.Esta definición sugiere que las denominaciones de origen consisten en el nombre del lugar de origen del producto. Sin embargo, es interesante señalar que una serie de indicaciones tradicionales que no son nombres de lugares, sino que se refieren a un producto en relación con un lugar, están protegidas como denominaciones de origen en virtud del Arreglo de Lisboa (por ejemplo, Reblochon (queso) y Vinho Verde (vino verde). A veces se argumenta que los productos con cierta reputación, pero ninguna otra calidad debido a su lugar de origen, no se consideran denominaciones de origen según el Arreglo de Lisboa. Sin embargo, esta interpretación no es universalmente aceptada.

No obstante, tanto las denominaciones de origen como las indicaciones geográficas requieren un vínculo cualitativo entre el producto al que se refieren y su lugar de origen. Ambos informan a los consumidores sobre el origen geográfico de un producto y una calidad o característica del producto vinculada a su lugar de origen. La diferencia básica entre los dos términos es que el vínculo con el lugar de origen debe ser más fuerte en el caso de una denominación de origen. La calidad o las características de un producto protegido como denominación de origen deben resultar exclusiva o esencialmente de su origen geográfico. Esto generalmente significa que las materias primas deben obtenerse en el lugar de origen y que el procesamiento del producto también debe ocurrir allí. En el caso de las indicaciones geográficas, basta un único criterio atribuible al origen geográfico, ya sea una calidad u otra característica del producto, o solo su reputación. Además, la producción de las materias primas y el desarrollo o procesamiento de un producto con IG no necesariamente tienen lugar en su totalidad en el área geográfica definida. El término denominación de origen se usa a menudo en leyes que establecen un derecho específico y un sistema de protección para indicaciones geográficas, en los llamados sistemas sui generis de protección (ver la sección sobre cómo obtener protección para las indicaciones geográficas). La indicación geográfica es un concepto más general que no determina un modo específico de protección. El término denominación de origen se utiliza a menudo en leyes que establecen un derecho específico y un sistema de protección para las indicaciones geográficas, en los llamados sistemas sui generis de protección (ver la sección sobre cómo obtener protección para las indicaciones geográficas). La indicación geográfica es un concepto más general que no determina un modo específico de protección. El término denominación de origen se utiliza a menudo en leyes que establecen un derecho específico y un sistema de protección para las indicaciones geográficas, en los llamados sistemas sui generis de protección (ver la sección sobre cómo obtener protección para las indicaciones geográficas). La indicación geográfica es un concepto más general que no determina un modo específico de protección.

La protección de las Indicaciones Geográficas se otorga a través del Acuerdo sobre los ADPIC. Podría decirse que la protección otorgada a las indicaciones geográficas por ley es doble:

Los sistemas de protección de IG restringen el uso de las IG con el fin de identificar un tipo particular de producto, a menos que el producto y/o sus materiales constituyentes y/o su método de fabricación se originen en un área particular y/o cumplan con ciertos estándares. A veces, estas leyes también estipulan que el producto debe cumplir con ciertas pruebas de calidad que son administradas por una asociación que posee el derecho exclusivo de licenciar o permitir el uso de la indicación. Las indicaciones geográficas se reconocen a través del derecho público o privado: según el sistema de protección de las indicaciones geográficas que se aplique entre los diferentes Estados miembros de la OMC, ya sea mediante el derecho consuetudinario o sui generis.ley. Así, los conflictos entre el registro previo de marcas y las IG es un tema de debate internacional que aún no se ha resuelto; esto es lo que hace que el sistema de indicaciones geográficas sea bastante posicional en términos de negociaciones comerciales internacionales. Estos conflictos generalmente se resuelven a través de tres enfoques de protección de la propiedad intelectual: primero en el tiempo, primero en el derecho, enfoque de coexistencia, enfoque de superioridad de GI.

Podría decirse que las marcas registradas se consideran un activo valioso en términos de negocios privados y sus activos económicos, mientras que las IG están fuertemente conectadas con el desarrollo socioeconómico, en la línea de la sostenibilidad en países ricos en conocimientos tradicionales. El origen geográfico de un producto puede crear valor para los productores al:

El propósito de beneficio para el consumidor de los derechos de protección otorgados a los beneficiarios (en términos generales, los productores de IG), tiene similitudes pero también diferencias con los derechos de marca:

  1. Mientras que las IG denotan el origen geográfico de un bien, las marcas registradas denotan el origen comercial de una empresa.
  2. Mientras que los productos comparables se registran con indicaciones geográficas, los productos y servicios similares se registran con marcas comerciales.
  3. Mientras que una IG es un nombre asociado por tradición con un área delimitada, una marca registrada es una insignia de origen para bienes y servicios.
  4. Mientras que una IG es un derecho colectivo de asociación público-privada, una marca registrada se refiere enteramente a derechos privados. En el caso de las IG, los beneficiarios son siempre una comunidad de la que normalmente, independientemente de quién esté indicado en el registro como solicitante, tienen derecho de uso. Las marcas distinguen bienes y servicios entre diferentes empresas, por lo que es más individual (excepto las marcas colectivas que son aún más privadas).
  5. Si bien la calidad particular denotada por una IG está esencialmente relacionada con un área geográfica, aunque el factor humano también puede desempeñar un papel (colectivamente), con las marcas registradas, incluso si existe algún vínculo con la calidad, se debe esencialmente al productor y al proveedor. (individualmente).
  6. Si bien las IG son una expresión ya existente y las utilizan los productores o comerciantes existentes, una marca comercial suele ser una palabra o un logotipo nuevos elegidos arbitrariamente.
  7. Mientras que las IG suelen ser solo para productos, las marcas registradas son para productos y servicios.
  8. Si bien las IG no pueden volverse numerosas por definición, con las marcas registradas no hay límite para el número que se puede registrar o utilizar.
  9. Si bien es posible que las indicaciones geográficas normalmente no califiquen como marcas porque son descriptivas o engañosas y distinguen productos de una región de los de otra, las marcas normalmente no constituyen un nombre geográfico ya que no existe un vínculo esencial con el origen geográfico de los productos.
  10. Mientras que las IG protegen los nombres que designan el origen de los productos, las marcas registradas (marcas colectivas y de certificación donde existe un sistema sui generis de IG) protegen signos o indicaciones.
  11. Si bien con las IG no existe un enfoque conceptual uniforme de la protección (derecho público y derecho privado / derecho sui generis y derecho consuetudinario), los conceptos de protección de las marcas son prácticamente los mismos en todos los países del mundo (es decir, la comprensión global básica del Código de Madrid Sistema). En otras palabras, con las IG no existe un consenso mundial internacional para la protección que no sean los ADPIC.
  12. Mientras que con las IG la acción administrativa es de derecho público, la observancia de las marcas por parte de los interesados ​​es de derecho privado.
  13. Si bien las IG carecen de un sistema de registro verdaderamente global, el sistema de registro global de marcas se realiza a través del Arreglo y Protocolo de Madrid.
  14. Si bien las IG son muy atractivas para los países en desarrollo ricos en conocimientos tradicionales, en el nuevo mundo, por ejemplo, Australia, con un modelo de desarrollo industrial diferente, es más probable que se beneficien de las marcas registradas. En el nuevo mundo, los nombres de IG del extranjero llegan a través de los inmigrantes y la colonización, lo que da lugar a nombres genéricos derivados de las IG del viejo mundo.

Las indicaciones geográficas tienen otras similitudes con las marcas. Por ejemplo, deben estar registrados para calificar para la protección y deben cumplir con ciertas condiciones para calificar para el registro. Una de las condiciones más importantes que la mayoría de los gobiernos han exigido antes de registrar un nombre como IG es que el nombre no debe estar ya en uso generalizado como nombre genérico para un producto similar. Por supuesto, lo que se considera un término muy específico para una especialidad local muy conocida en un país puede constituir un término genérico o una marca genérica para ese tipo de producto. Por ejemplo, el queso parmesano en Italia se conoce genéricamente como queso parmesano en Australia y Estados Unidos.

Efectos del desarrollo rural

Las indicaciones geográficas se aplican generalmente a productos tradicionales, producidos por comunidades rurales, marginales o indígenas a lo largo de generaciones, que se han ganado una reputación en los mercados locales, nacionales o internacionales debido a sus cualidades específicas únicas.

Los productores pueden agregar valor a sus productos a través de las Indicaciones Geográficas al:

El reconocimiento y protección en los mercados de los nombres de estos productos permite a la comunidad de productores invertir en el mantenimiento de las cualidades específicas del producto sobre el que se construye la reputación. Lo que es más importante, a medida que la reputación se extiende más allá de las fronteras y crece la demanda, la inversión puede dirigirse a la sostenibilidad del medio ambiente donde se originan y se producen estos productos. En la "Guía de indicaciones geográficas: vinculación de productos y sus orígenes" del Centro de Comercio Internacional, los autores Daniele Giovannucci, el profesor Tim Josling, William Kerr, Bernard O'Connor y May T. Yeung afirman claramente que las indicaciones geográficas no son en modo alguno una panacea para las dificultades del desarrollo rural. Sin embargo, pueden ofrecer un marco integral para el desarrollo rural,La aplicación de la economía circular garantizará beneficios socioeconómicos a largo plazo para evitar el crecimiento a un costo ambiental. Este enfoque para el desarrollo de indicaciones geográficas también puede permitir la inversión junto con la promoción de la reputación del producto en la línea de la sostenibilidad cuando y donde sea posible.

Los impactos en el desarrollo rural de las indicaciones geográficas, que se refieren a la protección del medio ambiente, el desarrollo económico y el bienestar social, pueden ser:

Ninguno de estos impactos está garantizado y dependen de numerosos factores, incluido el proceso de desarrollo de las indicaciones geográficas, el tipo y los efectos de la asociación de partes interesadas, las reglas para el uso de la IG (o Código de prácticas), la inclusión y la calidad de la toma de decisiones de la dimensión colectiva de la asociación de productores de IG y la calidad de los esfuerzos de comercialización realizados.

Asuntos internacionales

Al igual que las marcas, las indicaciones geográficas están reguladas localmente por cada país porque las condiciones de registro, como las diferencias en el uso genérico de los términos, varían de un país a otro. Esto es especialmente cierto para los nombres de alimentos y bebidas que frecuentemente usan términos geográficos, pero también puede ser cierto para otros productos como alfombras (por ejemplo, 'Shiraz'), artesanías, flores y perfumes.

Cuando los productos con IG adquieren una reputación de magnitud internacional, algunos otros productos pueden intentar hacerse pasar por los auténticos productos con IG. Este tipo de competencia a menudo se considera desleal, ya que puede desalentar a los productores tradicionales y engañar a los consumidores. Por lo tanto, la Unión Europea ha realizado esfuerzos para mejorar la protección de la IG a nivel internacional.Entre otras cosas, la Unión Europea ha establecido una legislación distinta para proteger los nombres geográficos en los campos de vinos, bebidas espirituosas, productos agrícolas, incluida la cerveza. Se creó un registro de indicaciones geográficas protegidas y denominaciones de origen relativas a productos en el campo de la agricultura, incluida la cerveza, pero excluida el agua mineral (DOOR). Se creó otro registro para los nombres de las regiones vinícolas, a saber, el registro E-Bacchus. En noviembre de 2020, la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea lanzó la base de datos integral GI View que cubre las IG de alimentos, vinos y bebidas espirituosas.Un proyecto de base de datos privada (directorio GEOPRODUCT) tiene la intención de proporcionar una cobertura mundial. Sin embargo, las acusaciones de competencia 'desleal' deben formularse con cautela, ya que el uso de IG a veces proviene de inmigrantes europeos que trajeron consigo sus métodos y habilidades tradicionales.

Convenio de paris y acuerdo de lisboa

El comercio internacional hizo que fuera importante tratar de armonizar los diferentes enfoques y estándares que los gobiernos usaban para registrar las IG. Los primeros intentos de hacerlo se encuentran en el Convenio de París sobre marcas (1883, aún en vigor, 176 miembros), seguido de una disposición mucho más elaborada en el Arreglo de Lisboa de 1958 sobre la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro. 28 países son parte del acuerdo de Lisboa: Argelia, Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Burkina Faso, Congo, Costa Rica, Cuba, República Checa, Corea del Norte, Francia, Gabón, Georgia, Haití, Hungría, Irán, Israel, Italia, Macedonia, México, Moldavia, Montenegro, Nicaragua, Perú, Portugal, Serbia, Eslovaquia, Togo y Túnez. Los miembros del Arreglo de Lisboa registraron alrededor de 9000 indicaciones geográficas.

Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio

El Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio ("ADPIC") de la OMC define las "indicaciones geográficas" como indicaciones que identifican una mercancía como "originaria en el territorio de un Miembro, o una región o localidad en ese territorio, donde una determinada calidad, reputación u otra característica del bien es atribuible esencialmente a su origen geográfico”.

En 1994, cuando concluyeron las negociaciones sobre los ADPIC de la OMC, los gobiernos de todos los países miembros de la OMC (164 países, en agosto de 2016) acordaron establecer ciertos estándares básicos para la protección de las IG en todos los países miembros. En efecto, existen dos obligaciones básicas para los gobiernos miembros de la OMC en relación con las IG en el acuerdo TRIPS:

  1. El artículo 22 del Acuerdo sobre los ADPIC dice que todos los gobiernos deben proporcionar oportunidades legales en sus propias leyes para que el titular de una IG registrada en ese país evite el uso de marcas que induzcan a error al público en cuanto al origen geográfico del bien. Esto incluye la prevención del uso de un nombre geográfico que, aunque sea literalmente verdadero, "representa falsamente" que el producto proviene de otro lugar.
  2. El artículo 23 del Acuerdo sobre los ADPIC establece que todos los gobiernos deben conceder a los titulares de indicaciones geográficas el derecho, en virtud de sus leyes, a impedir el uso de una indicación geográfica que identifique vinos que no sean originarios del lugar indicado por la indicación geográfica. Esto se aplica incluso cuando no se induzca a error al público, cuando no haya competencia desleal y cuando se indique el verdadero origen del producto o la indicación geográfica vaya acompañada de expresiones como "clase", "tipo", "estilo", " imitación" o similares. Se debe otorgar una protección similar a las indicaciones geográficas que identifican bebidas espirituosas.

El artículo 22 de TRIPS también dice que los gobiernos pueden negarse a registrar una marca o pueden invalidar una marca existente (si su legislación lo permite oa solicitud de otro gobierno) si induce a error al público en cuanto al verdadero origen de un bien. El artículo 23 dice que los gobiernos pueden negarse a registrar o pueden invalidar una marca comercial que entre en conflicto con una IG de vino o bebidas espirituosas, ya sea que la marca induzca a error o no.

El artículo 24 de los ADPIC establece una serie de excepciones a la protección de las indicaciones geográficas que son especialmente pertinentes para las indicaciones geográficas de vinos y bebidas espirituosas (artículo 23). Por ejemplo, los Miembros no están obligados a proteger una indicación geográfica cuando se haya convertido en un término genérico para describir el producto en cuestión. Las medidas para implementar estas disposiciones no deben perjudicar los derechos de marca anteriores que hayan sido adquiridos de buena fe; y, bajo ciertas circunstancias, incluido el uso establecido desde hace mucho tiempo, se puede permitir el uso continuado de una indicación geográfica para vinos o bebidas espirituosas en una escala y naturaleza como antes.

En la Ronda de Doha para el Desarrollo de las negociaciones de la OMC, lanzada en diciembre de 2001, los gobiernos miembros de la OMC están negociando la creación de un 'registro multilateral' de indicaciones geográficas. Algunos países, incluida la UE, están presionando por un registro con efecto legal, mientras que otros países, incluido Estados Unidos, están presionando por un sistema no vinculante según el cual la OMC simplemente sería notificada de las respectivas indicaciones geográficas de los miembros.

Algunos gobiernos que participan en las negociaciones (especialmente las Comunidades Europeas) desean ir más allá y negociar la inclusión de indicaciones geográficas en productos distintos de los vinos y las bebidas espirituosas en el marco del artículo 23 del Acuerdo sobre los ADPIC. Estos gobiernos argumentan que extender el Artículo 23 aumentará la protección de estas marcas en el comercio internacional. Sin embargo, esta es una propuesta controvertida a la que se oponen otros gobiernos, incluido el de Estados Unidos, que cuestionan la necesidad de extender la protección más fuerte del artículo 23 a otros productos. Les preocupa que la protección del artículo 23 sea mayor que la requerida, en la mayoría de los casos, para brindar el beneficio al consumidor que es el objetivo fundamental de las leyes de IG.

Acta de Ginebra del Arreglo de Lisboa

En 2015, se adoptó el Acta de Ginebra. Entró en vigor a principios de 2020 con la adhesión de la Unión Europea. El Acta de Ginebra une el sistema de Lisboa de Denominaciones de Origen y el sistema ADPIC de Indicaciones Geográficas.

Diferencias en filosofia

Una de las razones de los conflictos que ocurren entre los gobiernos de Europa y Estados Unidos es una diferencia de filosofía en cuanto a lo que constituye un producto "genuino". En Europa, la teoría predominante es la del terroir: que existe una propiedad específica de un área geográfica, y que dicta un uso estricto de las designaciones geográficas. Por lo tanto, cualquier persona con ovejas de las razas adecuadas puede hacer queso Roquefort si se encuentra en la parte de Francia donde se hace ese queso, pero nadie fuera de esa parte de Francia puede hacer un queso de leche de oveja azul y llamarlo Roquefort, incluso si ellos duplicar completamente el proceso descrito en la definición de Roquefort. Por el contrario, en los Estados Unidos, la denominación generalmente se considera una cuestión de propiedad intelectual. Por lo tanto, el nombre Grayson pertenece a Meadowcreek Farms, y tienen derecho a usarlo como marca registrada. Nadie, ni siquiera en el condado de Grayson, Virginia, puede llamar a su queso Grayson, mientras que Meadowcreek Farms, si compraran otra granja en otro lugar de los Estados Unidos, incluso si no está cerca del condado de Grayson, podría usar ese nombre. Se considera que su necesidad de preservar su reputación como empresa es la garantía de calidad. Esta diferencia causa la mayor parte del conflicto entre Estados Unidos y Europa en sus actitudes hacia los nombres geográficos.

Sin embargo, existe cierta superposición, particularmente con los productos estadounidenses que adoptan una forma europea de ver el asunto.Los más notables son los cultivos: cebollas Vidalia, naranjas de Florida y papas de Idaho. En cada uno de estos casos, los gobiernos estatales de Georgia, Florida e Idaho registraron marcas comerciales y luego permitieron a sus productores, o en el caso de la cebolla Vidalia, solo a aquellos en un área geográfica determinada y bien definida dentro del estado, usar el término, negando su uso a otros. La concepción europea está ganando cada vez más aceptación en la viticultura americana; Además, los viticultores de las diversas áreas vitivinícolas estadounidenses están tratando de formar identidades únicas y bien desarrolladas a medida que el vino del Nuevo Mundo gana aceptación en la comunidad vitivinícola. Finalmente, Estados Unidos tiene una larga tradición de imponer limitaciones relativamente estrictas a sus formas nativas de whisky; particularmente notables son los requisitos para etiquetar un producto como "whisky puro"

Por el contrario, algunos productos europeos han adoptado un sistema más estadounidense: un buen ejemplo es Newcastle Brown Ale, que recibió un estatus geográfico protegido de la UE en 2000. Cuando la cervecería se mudó de Tyneside a Tadcaster en North Yorkshire (a unos 150 km de distancia) en 2007 para razones económicas, el estatus tuvo que ser revocado.