Impulso irresistible

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Defensa de la locura

En derecho penal, impulso irresistible es una defensa por excusa, en este caso algún tipo de locura, en la que el acusado argumenta que no debe ser penalmente responsable por sus acciones que violaron la ley., porque no podían controlar esas acciones, incluso si sabían que estaban equivocadas. Se agregó a la regla M'Naghten como base para la absolución a mediados del siglo XX.

En 1994, Lorena Bobbitt fue declarada no culpable cuando su defensa argumentó que un impulso irresistible la llevó a cortarle el pene a su marido.

El Código Penal del estado de California de los EE. UU. (2002), "Por la presente se abolió la defensa de capacidad disminuida... no habrá defensa de... responsabilidad disminuida o impulso irresistible..."

El "policía del codo" La prueba es una prueba utilizada por algunos tribunales para determinar si el acusado estaba loco cuando cometió un delito. Es una variante de las Reglas de M'Naghten que aborda la situación en la que el acusado sabía que lo que iba a hacer estaba mal, pero no tenía la capacidad de contenerse de hacerlo. La prueba pregunta si habrían hecho lo que hicieron incluso si un oficial de policía estuviera parado a su lado, de ahí su nombre.

Impulso irresistible en el derecho inglés

En la legislación inglesa, el concepto de "impulso irresistible" se desarrolló en el caso de 1960 R v. Byrne. El apelante (descrito como un psicópata sexual violento) estranguló y luego mutiló a una mujer joven; se alegó que Byrne sufría de deseos sexuales violentos y pervertidos que le resultaban imposibles de controlar. Lord Parker C.J. amplió la definición de "anormalidad mental" para incluir a aquellos que carecen de "la capacidad de ejercer la fuerza de voluntad para controlar los actos de acuerdo con [su] juicio racional".

"Impulso irresistible" sólo puede alegarse bajo la defensa de la responsabilidad disminuida, no bajo la defensa de la locura. Por lo tanto, opera solo como una defensa parcial del asesinato, reduciendo el cargo a homicidio involuntario y dando al juez discrecionalidad en cuanto a la duración de la sentencia y si el encarcelamiento sería más apropiado que el encarcelamiento.

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