Genocidio
El genocidio es la destrucción intencional de un pueblo, generalmente definido como un grupo étnico, nacional, racial o religioso, en su totalidad o en parte. Raphael Lemkin acuñó el término en 1944, combinando la palabra griega γένος (genos, "raza, pueblo") con el sufijo latino -caedo ("acto de matar").
En 1948, la Convención de Genocidio de las Naciones Unidas definió el genocidio como cualquiera de los cinco "actos cometidos con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal". Estos cinco actos fueron: matar a miembros del grupo, causarles daños físicos o mentales graves, imponer condiciones de vida destinadas a destruir el grupo, impedir nacimientos y sacar a los niños del grupo por la fuerza. Las víctimas son seleccionadas debido a su pertenencia real o percibida a un grupo, no al azar.
El Grupo de Trabajo sobre Inestabilidad Política estimó que ocurrieron 43 genocidios entre 1956 y 2016, que resultaron en alrededor de 50 millones de muertes. El ACNUR estimó que otros 50 millones habían sido desplazados por tales episodios de violencia hasta 2008. Se considera ampliamente que el genocidio representa el epítome de la maldad humana. Como etiqueta, es polémica porque moraliza y se ha utilizado como un tipo de categoría moral desde finales de los años noventa.
Etimología
Antes de que se acuñara el término genocidio, había varias formas de describir tales eventos. Algunos idiomas ya tenían palabras para tales asesinatos, incluido el alemán (Völkermord, lit. 'asesinato de un pueblo') y el polaco (ludobójstwo, lit. 'asesinato de un pueblo o nación'). En 1941, al describir la "carnicería metódica y despiadada" de "decenas de miles" de rusos por parte de las tropas nazis durante la invasión alemana de la Unión Soviética, Winston Churchill habló de "un crimen sin nombre". En 1944, Raphael Lemkin acuñó el término genocidio como una combinación híbrida de la palabra griega antigua γένος (génos) 'raza, pueblo' con el latín caedere, 'matar'; su libro Axis Rule in Occupied Europe (1944) describe la implementación de las políticas nazis en la Europa ocupada y menciona asesinatos en masa anteriores. Después de leer sobre el asesinato en 1921 de Talat Pasha, el principal artífice del genocidio armenio, por el armenio Soghomon Tehlirian, Lemkin le preguntó a su profesor por qué no había ninguna ley bajo la cual se pudiera acusar a Talat. Luego explicó que "como abogado, pensé que un delito no debe ser castigado por las víctimas, sino por un tribunal".
Lemkin definió el genocidio de la siguiente manera:
Las nuevas concepciones requieren nuevos términos. Por "genocidio" entendemos la destrucción de una nación o de un grupo étnico. Esta nueva palabra, acuñada por el autor para denotar una práctica antigua en su desarrollo moderno, está formada por la antigua palabra griega genos (raza, tribu) y el latín cide(matar), correspondiendo así en su formación a palabras como tiranicidio, homicidio, infanticidio, etc. En términos generales, el genocidio no significa necesariamente la destrucción inmediata de una nación, excepto cuando se lleva a cabo mediante asesinatos en masa de todos los miembros de una nación. Más bien pretende significar un plan coordinado de diferentes acciones tendientes a la destrucción de los fundamentos esenciales de la vida de los grupos nacionales, con el objetivo de aniquilar a los grupos mismos. Los objetivos de tal plan serían la desintegración de las instituciones políticas y sociales, de la cultura, el idioma, los sentimientos nacionales, la religión y la existencia económica de los grupos nacionales, y la destrucción de la seguridad personal, la libertad, la salud, la dignidad e incluso la vida de los individuos pertenecientes a tales grupos.
El preámbulo de la Convención sobre el Genocidio de 1948 (CPPCG) señala que se han producido casos de genocidio a lo largo de la historia; No fue hasta que Lemkin acuñó el término y el enjuiciamiento de los perpetradores del Holocausto en los Juicios de Nuremberg que las Naciones Unidas definieron el crimen de genocidio bajo el derecho internacional en la Convención de Genocidio. Pasaron varios años antes de que el término fuera ampliamente adoptado por la comunidad internacional. Cuando los juicios de Nuremberg revelaron la inadecuación de frases como "germanización", "crímenes contra la humanidad" y "asesinatos en masa", los estudiosos del derecho internacional llegaron a un acuerdo en que el trabajo de Lemkin proporcionó un marco conceptual para los crímenes nazis. Un titular de 1946 en The New York Timesanunció que "genocidio es el nuevo nombre del crimen que pesa sobre los líderes nazis"; la palabra se usó en las acusaciones en los juicios de Nuremberg, celebrados a partir de 1945, pero únicamente como un término descriptivo, aún no como un término legal formal. Los llamados juicios por genocidio polaco de Arthur Greiser y Amon Leopold Goth en 1946 fueron los primeros juicios en los que las sentencias incluyeron el término.
Delito
Vista previa a la criminalización
Antes de que el genocidio se tipificara como delito contra la ley nacional, se consideraba un derecho soberano. Cuando Lemkin preguntó sobre una forma de castigar a los perpetradores del genocidio armenio, un profesor de derecho le dijo: "Considera el caso de un granjero que tiene una manada de pollos. Los mata y ese es su negocio. Si interfieres, estás Entrar Sin Derecho." Todavía en 1959, muchos líderes mundiales todavía "creían que los estados tenían derecho a cometer genocidio contra las personas dentro de sus fronteras", según el politólogo Douglas Irvin-Erickson.
Ley internacional
Después del Holocausto, que había sido perpetrado por la Alemania nazi antes y durante la Segunda Guerra Mundial, Lemkin hizo campaña con éxito por la aceptación universal de las leyes internacionales que definían y prohibían los genocidios. En 1946, la primera sesión de la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó una resolución que afirmaba que el genocidio era un crimen bajo el derecho internacional y enumeraba ejemplos de tales eventos (pero no proporcionaba una definición legal completa del crimen). En 1948, la Asamblea General de la ONU adoptó la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (CPPCG), que definió por primera vez el delito de genocidio.
El genocidio es la negación del derecho a la existencia de grupos humanos enteros, como el homicidio es la negación del derecho a la vida de los seres humanos individuales; tal negación del derecho a la existencia conmociona la conciencia de la humanidad, provoca grandes pérdidas para la humanidad en forma de contribuciones culturales y de otro tipo representadas por estos grupos humanos, y es contraria a la ley moral y al espíritu y objetivos de las Naciones Unidas. Muchos casos de tales crímenes de genocidio han ocurrido cuando grupos raciales, religiosos, políticos y otros han sido destruidos, total o parcialmente.— Resolución de la ONU 96(1), 11 de diciembre de 1946
La CPPCG fue adoptada por la Asamblea General de la ONU el 9 de diciembre de 1948 y entró en vigor el 12 de enero de 1951 (Resolución 260 (III)). Contiene una definición de genocidio reconocida internacionalmente que se ha incorporado a la legislación penal nacional de muchos países y también fue adoptada por el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, que estableció la Corte Penal Internacional (CPI). El artículo II de la Convención define el genocidio como:
... cualquiera de los siguientes actos cometidos con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal:
- a) Matar a miembros del grupo;
- (b) Provocar daños físicos o mentales graves a los miembros del grupo;
- c) Someter deliberadamente al grupo a condiciones de vida calculadas para acarrear su destrucción física total o parcial;
- d) Imponer medidas destinadas a impedir los nacimientos dentro del grupo;
- e) Transferir por la fuerza a niños del grupo a otro grupo.
La incitación al genocidio se reconoce como un delito separado según el derecho internacional y un delito incipiente que no requiere que haya tenido lugar un genocidio para que sea perseguible.
El primer borrador de la convención incluía asesinatos políticos; estas disposiciones se eliminaron en un compromiso político y diplomático luego de las objeciones de muchos países diversos, y originalmente promovidas por el Congreso Judío Mundial y la concepción de Raphael Lemkin, y algunos académicos enfatizaron popularmente en la literatura el papel de la Unión Soviética, un Consejo de Seguridad permanente de las Naciones Unidas. miembro. Los soviéticos argumentaron que la definición de la convención debería seguir la etimología del término, y Joseph Stalin en particular pudo haber temido un mayor escrutinio internacional de los asesinatos políticos del país, como la Gran Purga. Lemkin, quien acuñó el genocidio, se acercó a la delegación soviética cuando la votación de la resolución estuvo cerca de asegurar a los soviéticos que no había ninguna conspiración contra ellos; ninguno en el bloque liderado por los soviéticos se opuso a la resolución, que fue aprobada por unanimidad en diciembre de 1946. Otras naciones, incluido Estados Unidos, temían que la inclusión de grupos políticos en la definición invitaría a la intervención internacional en la política interna.
En 1951, Lemkin decía que la Unión Soviética era el único estado que podía ser acusado de genocidio, su concepto de genocidio, como se describe en Axis Rule in Occupied Europe, que cubre las deportaciones estalinistas como genocidio por defecto, y difiere en muchos aspectos del adoptó la Convención sobre el Genocidio. Desde una perspectiva del siglo XXI, fue una cobertura tan amplia que incluiría cualquier violación grave de los derechos humanos como genocidio, y que muchos eventos considerados genocidas por Lemkin no equivalían a genocidio. Cuando comenzó la Guerra Fría, este cambio fue el resultado del giro de Lemkin hacia el anticomunismo en un intento de convencer a los Estados Unidos de que ratificara la Convención sobre el Genocidio.
Intención
Según el derecho internacional, el genocidio tiene dos elementos mentales (mens rea): el elemento mental general y el elemento de intención específica (dolus specialis). El elemento general se refiere a si los actos prohibidos se cometieron con intención, conocimiento, imprudencia o negligencia. Para la mayoría de los delitos internacionales graves, incluido el genocidio, el requisito es que el perpetrador actúe con intención. El Estatuto de Roma define la intención como el significado de participar en la conducta y, en relación con las consecuencias, como el significado de causar esa consecuencia o ser "consciente de que ocurrirá en el curso ordinario de los acontecimientos".
El elemento de intención específica define el propósito de cometer los actos: "destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, como tal". La intención específica es un factor central que distingue el genocidio de otros crímenes internacionales, como los crímenes de guerra o los crímenes de lesa humanidad.
"Intento de destrucción"
En 2007, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) señaló en su sentencia sobre el caso Jorgic v. destrucción biológica del grupo protegido, y que ésta seguía siendo la opinión mayoritaria. Pero el TEDH también señaló que una minoría tenía una visión más amplia y no consideraba necesaria la destrucción biológica-física, ya que la intención de destruir un grupo nacional, racial, religioso o étnico era suficiente para calificar como genocidio.
En la misma sentencia, el TEDH revisó las sentencias de varios tribunales internacionales y municipales. Observó que el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia y la Corte Internacional de Justicia habían estado de acuerdo con la interpretación estricta (que la destrucción biológica y física era necesaria para que un acto calificara como genocidio). El TEDH también señaló que en el momento de su sentencia, aparte de los tribunales de Alemania (que habían adoptado una visión amplia), había pocos casos de genocidio en virtud de las leyes municipales de otros estados de la Convención, y que "No hay casos denunciados". en el que los tribunales de estos Estados han definido el tipo de destrucción de grupo que el perpetrador debe haber pretendido para ser declarado culpable de genocidio”.
En el caso de "Onesphore Rwabukombe", el Tribunal Supremo alemán se atuvo a su sentencia anterior y no siguió la interpretación estricta del TPIY y la CIJ.
"Entero o en parte"
La frase "en todo o en parte" ha sido objeto de mucho debate por parte de los estudiosos del derecho internacional humanitario. En el informe Ruhashyankiko de las Naciones Unidas, se argumentó una vez que el asesinato de un solo individuo podría ser genocidio si en el asesinato se encontraba la intención de destruir al grupo más amplio, sin embargo, los fallos judiciales oficiales lo han contradicho desde entonces. El Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia encontró en Fiscal c. Radislav Krstic – Sala de Primera Instancia I – Sentencia – IT-98-33 (2001) ICTY8 (2 de agosto de 2001) que se había cometido Genocidio. En Prosecutor v. Radislav Krstic – Appeals Chamber – Judgement – IT-98-33 (2004) ICTY 7 (19 April 2004), los párrafos 8, 9, 10 y 11 abordaron la cuestión de en partey encontró que "la parte debe ser una parte sustancial de ese grupo. El objetivo de la Convención contra el Genocidio es prevenir la destrucción intencional de grupos humanos enteros, y la parte objetivo debe ser lo suficientemente significativa como para tener un impacto en el grupo como un todo".." La Sala de Apelaciones entra en detalles de otros casos y las opiniones de comentaristas respetados sobre la Convención sobre el Genocidio para explicar cómo llegaron a esta conclusión.
Los jueces continúan en el párrafo 12: "La determinación de cuándo la parte objetivo es lo suficientemente sustancial para cumplir con este requisito puede implicar una serie de consideraciones. El tamaño numérico de la parte objetivo del grupo es el punto de partida necesario e importante, aunque no en En todos los casos, el punto final de la investigación. El número de individuos objetivo debe evaluarse no solo en términos absolutos, sino también en relación con el tamaño total de todo el grupo. Además del tamaño numérico de la parte objetivo, su prominencia dentro del puede ser una consideración útil. Si una parte específica del grupo es emblemática del grupo en general o es esencial para su supervivencia, eso puede respaldar una conclusión de que la parte califica como sustancial en el sentido del Artículo 4 [del Estatuto del Tribunal]."
En el párrafo 13, los jueces plantean la cuestión del acceso de los perpetradores a las víctimas: "Los ejemplos históricos de genocidio también sugieren que se debe considerar el área de actividad y control de los perpetradores, así como la posible extensión de su alcance.... La intención de destruir formada por un perpetrador de genocidio siempre estará limitada por la oportunidad que se le presente. Si bien este factor por sí solo no indicará si el grupo objetivo es sustancial, puede, en combinación con otros factores, informar el análisis.."
"Un grupo nacional, étnico, racial o religioso"
Los redactores de la CPPCG optaron por no incluir grupos políticos o sociales entre los grupos protegidos. En cambio, optaron por centrarse en identidades "estables", atributos que históricamente se entienden como nacidos y que no pueden o es poco probable que cambien con el tiempo. Esta definición entra en conflicto con las concepciones modernas de la raza como una construcción social en lugar de un hecho innato y la práctica de cambiar de religión, etc.
Los tribunales penales internacionales generalmente han aplicado una combinación de marcadores objetivos y subjetivos para determinar si una población objetivo es o no un grupo distinto. Las diferencias en el idioma, la apariencia física, la religión y las prácticas culturales son criterios objetivos que pueden mostrar que los grupos son distintos. Sin embargo, en circunstancias como el genocidio de Ruanda, los hutus y los tutsis a menudo eran físicamente indistinguibles.
En tal situación, en la que no está clara una respuesta definitiva basada en marcadores objetivos, los tribunales han recurrido al estándar subjetivo de que "si el perpetrador percibía a la víctima como perteneciente a un grupo protegido, la Sala podría considerar a la víctima como un miembro del grupo protegido". La estigmatización del grupo por parte de los agresores a través de medidas legales, como negarles la ciudadanía, exigir que se identifique al grupo o aislarlos del todo, podría demostrar que los agresores veían a las víctimas como un grupo protegido.
Hechos
La Convención sobre Genocidio establece cinco actos prohibidos que, cuando se cometen con la intención requerida, equivalen a genocidio. Aunque los asesinatos tipo masacre son los más comúnmente identificados y castigados como genocidio, el rango de violencia contemplado por la ley es significativamente más amplio.
Matar a miembros del grupo.
Si bien la matanza en masa no es necesaria para que se haya cometido un genocidio, ha estado presente en casi todos los genocidios reconocidos. Ha surgido un patrón casi uniforme a lo largo de la historia en el que los hombres y los adolescentes son señalados para el asesinato en las primeras etapas, como en el genocidio de los yazidíes por parte de Daesh, el ataque de los turcos otomanos contra los armenios y las fuerzas de seguridad birmanas. ' ataques contra los rohingya. Los hombres y los niños suelen estar sujetos a asesinatos "rápidos", como por disparos. Las mujeres y las niñas tienen más probabilidades de sufrir muertes más lentas por cortes, quemaduras o como resultado de la violencia sexual.La jurisprudencia del Tribunal Penal Internacional para Ruanda (ICTR), entre otras, muestra que tanto las ejecuciones iniciales como las que siguen rápidamente a otros actos de extrema violencia, como la violación y la tortura, se reconocen dentro del primer acto prohibido.
Una discusión menos resuelta es si las muertes que están más alejadas de los actos iniciales de violencia pueden abordarse bajo esta disposición de la Convención contra el Genocidio. Los juristas han postulado, por ejemplo, que las muertes resultantes de otros actos genocidas, incluido el daño físico o mental grave o la imposición deliberada y exitosa de condiciones de vida calculadas para provocar la destrucción física, deben considerarse asesinatos genocidas.
Causar daños físicos o mentales graves a los miembros del grupo Artículo II(b)
Este segundo acto prohibido puede abarcar una amplia gama de actos genocidas no mortales. El TPIR y el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (ICTY) han sostenido que la violación y la violencia sexual pueden constituir el segundo acto prohibido de genocidio al causar daño tanto físico como mental. En su decisión histórica Akayesu, el TPIR sostuvo que las violaciones y la violencia sexual resultaron en "destrucción física y psicológica". La violencia sexual es un sello distintivo de la violencia genocida, y la mayoría de las campañas genocidas la sancionan explícita o implícitamente. Se estima que entre 250.000 y 500.000 mujeres fueron violadas en los tres meses del genocidio de Ruanda, muchas de las cuales fueron objeto de múltiples violaciones o violaciones en grupo.En Darfur, se llevó a cabo una campaña sistémica de violación y, a menudo, mutilación sexual, y en Birmania, las fuerzas de seguridad birmanas infligieron violaciones masivas públicas y violaciones en grupo a los rohingya. La esclavitud sexual fue documentada en el genocidio armenio por los turcos otomanos y el genocidio de los yazidíes por parte de Daesh.
La tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, cuando se cometen con la intención requerida, también son genocidio al causar daños físicos o mentales graves a los miembros del grupo. El TPIY concluyó que tanto experimentar una ejecución fallida como presenciar el asesinato de los miembros de la familia puede constituir tortura. La Comisión Siria de Investigación (COI) también encontró que la esclavitud, el adoctrinamiento o la esclavitud sexual de los propios hijos y los actos de violencia física y sexual también alcanzan el nivel de tortura. Si bien estuvo sujeto a cierto debate, el TPIY y, más tarde, el COI sirio sostuvieron que, en algunas circunstancias, la deportación y el traslado forzoso también pueden causar daños físicos o mentales graves.
Infligir deliberadamente al grupo condiciones de vida calculadas para provocar su destrucción física.
El tercer acto prohibido se distingue del acto genocida de matar porque las muertes no son inmediatas (o incluso pueden no ocurrir), sino que crean circunstancias que no respaldan una vida prolongada. Debido al mayor período de tiempo antes de que se lograra la destrucción real, el TPIR sostuvo que los tribunales deben considerar la duración del tiempo en que se imponen las condiciones como un elemento del acto. Los redactores incorporaron la ley para dar cuenta de los horrores de los campos de concentración nazis y para garantizar que nunca se vuelvan a imponer condiciones similares. Sin embargo, también podría aplicarse a las marchas de la muerte armenias, el asedio del Monte Sinjar por parte de Daesh, la privación de agua y la deportación forzosa de grupos étnicos en Darfur, y la destrucción y arrasamiento de comunidades en Birmania.
El TPIR brindó orientación sobre lo que constituye una violación del tercer acto. En Akayesu, identificó "someter a un grupo de personas a una dieta de subsistencia, la expulsión sistemática de los hogares y la reducción de los servicios médicos esenciales por debajo del requisito mínimo" como genocidio. En Kayishema y Ruzindana, amplió la lista para incluir: "falta de vivienda, vestimenta, higiene y atención médica adecuadas o trabajo o esfuerzo físico excesivo" entre las condiciones. Señaló además que, además de la privación de los recursos necesarios, la violación también podría encajar dentro de este acto prohibido.
Imponer medidas destinadas a prevenir nacimientos dentro del grupo.
El cuarto acto prohibido tiene por objeto impedir que el grupo protegido se regenere mediante la reproducción. Abarca los actos con el único propósito de afectar la reproducción y las relaciones íntimas, como la esterilización involuntaria, el aborto forzado, la prohibición del matrimonio y la separación prolongada de hombres y mujeres con el fin de impedir la procreación. Se ha determinado que la violación viola el cuarto acto prohibido sobre dos bases: cuando la violación se cometió con la intención de embarazar a una mujer y así obligarla a tener un hijo de otro grupo (en sociedades donde la identidad del grupo está determinada por la identidad patrilineal) y donde la persona violada posteriormente se niega a procrear como resultado del trauma. En consecuencia, puede tener en cuenta las medidas tanto físicas como mentales impuestas por los perpetradores.
Transferir por la fuerza a niños del grupo a otro grupo
El último acto prohibido es el único acto prohibido que no conduce a la destrucción física o biológica, sino a la destrucción del grupo como unidad cultural y social. Ocurre cuando los niños del grupo protegido son transferidos al grupo perpetrador. Por lo general, los niños ingresan al grupo cambiándoles los nombres a los comunes del grupo perpetrador, convirtiendo su religión y usándolos para el trabajo o como soldados. Las niñas que son transferidas generalmente no son convertidas al grupo perpetrador, sino que son tratadas como bienes muebles, como ocurrió en los genocidios yazidi y armenio. Las medidas utilizadas para el traslado forzoso de niños pueden imponerse mediante fuerza directa o coerción psicológica, como amenazas, coacción o detención.Por ejemplo, el traslado de niños a internados y familias adoptivas blancas para asimilar por la fuerza a los pueblos indígenas de las Américas era un lugar común en los Estados Unidos y Canadá en los siglos XIX y XX. Los internados y las adopciones eran un medio del gobierno para despojar a los niños de sus familias y, por lo tanto, de sus idiomas, culturas, ceremonias y tierras; esto estaba al servicio de las misiones de los gobiernos de borrar a los pueblos indígenas de su tierra y su historia.
Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio
La convención entró en vigor como ley internacional el 12 de enero de 1951 después de que un mínimo de 20 países se convirtieran en partes. En ese momento, sin embargo, solo dos de los cinco miembros permanentes del Consejo de Seguridad de la ONU eran partes del tratado: Francia y la República de China. La Unión Soviética lo ratificó en 1954, el Reino Unido en 1970, la República Popular de China en 1983 (habiendo reemplazado a la República de China con sede en Taiwán en el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas en 1971) y Estados Unidos en 1988.
William Schabas ha sugerido que un organismo permanente, como lo recomienda el Informe Whitaker, para monitorear la implementación de la Convención contra el Genocidio y exigir a los estados que emitan informes sobre su cumplimiento de la convención (como los que se incorporaron en el Protocolo Facultativo de la Convención contra el Genocidio de las Naciones Unidas). tortura), haría que la convención fuera más efectiva.
Resolución 1674 del Consejo de Seguridad de la ONU
La Resolución 1674 del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, adoptada por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas el 28 de abril de 2006, "reafirma las disposiciones de los párrafos 138 y 139 del Documento Final de la Cumbre Mundial de 2005 sobre la responsabilidad de proteger a las poblaciones del genocidio, los crímenes de guerra, la limpieza étnica y los crímenes contra la humanidad". La resolución comprometió al consejo a actuar para proteger a los civiles en los conflictos armados.
En 2008, el Consejo de Seguridad de la ONU adoptó la resolución 1820, que señaló que "la violación y otras formas de violencia sexual pueden constituir crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad o un acto constitutivo de genocidio".
Ley Municipal
Desde que la Convención entró en vigor en enero de 1951, unos 80 estados miembros de las Naciones Unidas han aprobado leyes que incorporan las disposiciones de la CPPCG en su derecho interno.
Otras definiciones de genocidio
En un escrito de 1998, Kurt Jonassohn y Karin Björnson afirmaron que la CPPCG era un instrumento legal resultante de un compromiso diplomático. Como tal, la redacción del tratado no pretende ser una definición adecuada como herramienta de investigación, y aunque se utiliza para este propósito, ya que tiene una credibilidad legal internacional de la que otros carecen, también se han propuesto otras definiciones de genocidio. Jonassohn y Björnson continúan diciendo que ninguna de estas definiciones alternativas ha obtenido un apoyo generalizado por varias razones.Jonassohn y Björnson postulan que la razón principal por la que no ha surgido una única definición de genocidio generalmente aceptada es porque los académicos han ajustado su enfoque para enfatizar diferentes períodos y han encontrado conveniente utilizar definiciones ligeramente diferentes. Por ejemplo, Frank Chalk y Kurt Jonassohn estudiaron toda la historia humana, mientras que Leo Kuper y Rudolph Rummel en sus trabajos más recientes se concentraron en el siglo XX, y Helen Fein, Barbara Harff y Ted Gurr analizaron los eventos posteriores a la Segunda Guerra Mundial.
Grupos políticos y sociales
La exclusión de grupos sociales y políticos como objetivos de genocidio en la definición legal de la CPPCG ha sido criticada por algunos historiadores y sociólogos, por ejemplo, M. Hassan Kakar en su libro The Soviet Invasion and the Afghan Response, 1979–1982 argumenta que la comunidad internacional La definición de genocidio es demasiado restringida y debe incluir grupos políticos o cualquier grupo así definido por el perpetrador y cita a Chalk y Jonassohn: "El genocidio es una forma de matanza en masa unilateral en la que un estado u otra autoridad tiene la intención de destruir un grupo, ya que ese grupo y la pertenencia a él están definidos por el perpetrador”. A su vez, algunos estados como Etiopía, Francia y España incluyen grupos políticos como víctimas legítimas de genocidio en sus leyes antigenocidio.
Harff y Gurr definieron el genocidio como "la promoción y ejecución de políticas por parte de un estado o sus agentes que resultan en la muerte de una parte sustancial de un grupo... [cuando] los grupos víctimas se definen principalmente en términos de sus características comunales, es decir, etnia, religión o nacionalidad". Harff y Gurr también diferencian entre genocidios y politicidios por las características por las que el Estado identifica a los miembros de un grupo. En los genocidios, los grupos víctimas se definen principalmente en términos de sus características comunales, es decir, etnia, religión o nacionalidad. En los politicidios, los grupos de víctimas se definen principalmente en términos de su posición jerárquica u oposición política al régimen y los grupos dominantes.Daniel D. Polsby y Don B. Kates, Jr. afirman que "seguimos la distinción de Harff entre genocidios y 'pogromos', que ella describe como 'estallidos de turbas de corta duración que, aunque a menudo tolerados por las autoridades, rara vez persisten'. Sin embargo, si la violencia persiste durante el tiempo suficiente, argumenta Harff, la distinción entre condonación y complicidad se derrumba".
Según Rummel, el genocidio tiene tres significados diferentes. El significado ordinario es asesinato por parte del gobierno de personas debido a su pertenencia a un grupo nacional, étnico, racial o religioso. El significado legal de genocidio se refiere al tratado internacional, la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (CPPCG). Esto también incluye no matar que al final eliminan al grupo, como impedir nacimientos o transferir a la fuerza a los niños fuera del grupo a otro grupo. Un significado generalizado de genocidio es similar al significado ordinario, pero también incluye asesinatos de opositores políticos por parte del gobierno u otros asesinatos intencionales. Es para evitar confusiones con respecto a qué significado se pretende que Rummel creó el término democidio para el tercer significado.
Destacando el potencial de los actores estatales y no estatales para cometer genocidio en el siglo XXI, por ejemplo, en estados fallidos o como actores no estatales que adquieren armas de destrucción masiva, Adrian Gallagher definió el genocidio como 'cuando una fuente de poder colectivo (generalmente un estado) utiliza intencionalmente su base de poder para implementar un proceso de destrucción con el fin de destruir un grupo (tal como lo define el perpetrador), en su totalidad o en parte sustancial, dependiendo del tamaño relativo del grupo”. La definición defiende la centralidad de la intención, la comprensión multidimensional de la destrucción, amplía la definición de identidad de grupo más allá de la definición de 1948, pero argumenta que una parte sustancial de un grupo debe ser destruida antes de que pueda clasificarse como genocidio.
Otras definiciones de genocidio incluirían grupos sociales definidos por género, orientación sexual o identidad de género.
Genocidio transgénero
Con la identidad de género, el genocidio transgénero surgió después de la violencia generalizada contra las personas transgénero, que ha sido monitoreada sistemáticamente desde 2008 por el proyecto Trans Murder Monitoring. En 2013, se informó que, "Algunos activistas trans internacionales incluso comenzaron a introducir el término 'transcidir' para reflejar el nivel continuamente elevado de violencia mortal contra las personas trans a escala mundial y una coalición de ONG de América del Sur y Europa inició la Campaña “Alto al genocidio trans”. El término "trancidio" sigue a un término anterior, generocidio. Los juristas han argumentado que la definición de genocidio debería aplicarse a las personas transgénero, o ampliarse para cubrir a las personas transgénero, porque son víctimas de discriminación institucional, persecución y violencia.Kritz argumenta que la ley existente no se aplica y debe ampliarse para proteger a las personas transgénero. Se han hecho argumentos similares con respecto a la definición legal de "crímenes contra la humanidad". Aparte de los estudios legales, el genocidio transgénero ha sido examinado por académicos de estudios queer, estudios de odio y otros campos.
Enjuiciamiento internacional
Por tribunales ad hoc
Todos los signatarios de la CPPCG están obligados a prevenir y castigar los actos de genocidio, tanto en tiempos de paz como de guerra, aunque algunas barreras dificultan su cumplimiento. En particular, algunos de los signatarios, a saber, Bahrein, Bangladesh, India, Malasia, Filipinas, Singapur, Estados Unidos, Vietnam, Yemen y la ex Yugoslavia, firmaron con la condición de que no se les podría presentar ningún reclamo de genocidio en ese momento. la Corte Internacional de Justicia sin su consentimiento. A pesar de las protestas oficiales de otros signatarios (principalmente Chipre y Noruega) sobre la ética y la posición legal de estas reservas, la inmunidad judicial que otorgan ha sido invocada de vez en cuando, como cuando Estados Unidos se negó a permitir que se presentara un cargo de genocidio contra por la antigua Yugoslavia después de la Guerra de Kosovo de 1999.
Es comúnmente aceptado que, al menos desde la Segunda Guerra Mundial, el genocidio ha sido ilegal bajo el derecho internacional consuetudinario como norma imperativa, así como bajo el derecho internacional convencional. Los actos de genocidio son generalmente difíciles de establecer para su enjuiciamiento porque se debe establecer una cadena de rendición de cuentas. Las cortes y los tribunales penales internacionales funcionan principalmente porque los Estados involucrados son incapaces o no están dispuestos a enjuiciar delitos de esta magnitud por sí mismos.
Tribunal de Núremberg (1945-1946)
Los líderes nazis que fueron procesados poco después de la Segunda Guerra Mundial por participar en el Holocausto y otros asesinatos en masa, fueron acusados conforme a las leyes internacionales vigentes, como crímenes de lesa humanidad, ya que el delito de "genocidio" no se definió formalmente hasta la década de 1948. Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (CPPCG). Sin embargo, el término acuñado recientemente apareció en la acusación de los líderes nazis, Cargo 3, que afirmaba que los acusados habían "realizado un genocidio deliberado y sistemático, a saber, el exterminio de grupos raciales y nacionales, contra las poblaciones civiles de ciertos territorios ocupados con el fin de destruir razas y clases particulares de personas, y grupos nacionales, raciales o religiosos, en particular judíos, polacos, gitanos y otros".
Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (1993-2017)
El término genocidio bosnio se usa para referirse a los asesinatos cometidos por las fuerzas serbias en Srebrenica en 1995 o a la limpieza étnica que tuvo lugar en otros lugares durante la Guerra de Bosnia de 1992-1995.
En 2001, el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (TPIY) juzgó que la masacre de Srebrenica de 1995 fue un acto de genocidio. El 26 de febrero de 2007, la Corte Internacional de Justicia (CIJ), en el Caso del Genocidio de Bosnia, confirmó la conclusión anterior del TPIY de que la masacre en Srebrenica y Zepa constituyó un genocidio, pero encontró que el gobierno serbio no había participado en un genocidio más amplio en el territorio. de Bosnia y Herzegovina durante la guerra, como había afirmado el gobierno bosnio.
El 12 de julio de 2007, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, al desestimar la apelación de Nikola Jorgić contra su condena por genocidio por un tribunal alemán (Jorgic c. Alemania), señaló que la interpretación más amplia del genocidio de los tribunales alemanes ha sido rechazada desde entonces por los tribunales internacionales considerando similares casos.El TEDH también señaló que en el siglo XXI "Entre los académicos, la mayoría ha considerado que la limpieza étnica, en la forma en que la llevaron a cabo las fuerzas serbias en Bosnia y Herzegovina para expulsar a los musulmanes y croatas de sus hogares, no constituyó genocidio. Sin embargo, también hay un número considerable de académicos que han sugerido que estos actos equivalieron a genocidio, y el TPIY ha encontrado en el caso Momcilo Krajisnik que el actus reus de genocidio se cumplió en Prijedor "Con respecto a al cargo de genocidio, la Sala consideró que a pesar de la evidencia de hechos perpetrados en los municipios constituían el actus reus de genocidio".
Unas 30 personas han sido acusadas de participar en genocidio o complicidad en genocidio a principios de la década de 1990 en Bosnia. Hasta la fecha, después de varios acuerdos de culpabilidad y algunas condenas que fueron impugnadas con éxito en apelación, dos hombres, Vujadin Popović y Ljubiša Beara, han sido declarados culpables de cometer genocidio, Zdravko Tolimir ha sido declarado culpable de cometer genocidio y conspiración para cometer genocidio, y dos otros, Radislav Krstić y Drago Nikolić, han sido declarados culpables de ayudar e incitar al genocidio. Otros tres han sido declarados culpables de participar en genocidios en Bosnia por tribunales alemanes, uno de los cuales Nikola Jorgić perdió una apelación contra su condena en el Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Otros ocho hombres,
Slobodan Milošević, como ex presidente de Serbia y de Yugoslavia, fue la figura política de mayor rango en ser juzgada en el TPIY. Murió el 11 de marzo de 2006 durante su juicio en el que fue acusado de genocidio o complicidad en el genocidio en territorios dentro de Bosnia y Herzegovina, por lo que no se emitió un veredicto. En 1995, el TPIY emitió una orden de arresto contra los serbobosnios Radovan Karadžić y Ratko Mladić por varios cargos, incluido el de genocidio. El 21 de julio de 2008, Karadžić fue arrestado en Belgrado y luego juzgado en La Haya acusado de genocidio, entre otros delitos. El 24 de marzo de 2016, Karadžić fue declarado culpable de genocidio en Srebrenica, crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad, 10 de los 11 cargos en total, y condenado a 40 años de prisión. Mladić fue arrestado el 26 de mayo de 2011 en Lazarevo, Serbia,y fue juzgado en La Haya. El veredicto, emitido el 22 de noviembre de 2017, encontró a Mladić culpable de 10 de los 11 cargos, incluido el genocidio, y fue condenado a cadena perpetua.
Tribunal Penal Internacional para Ruanda (1994-presente)
El Tribunal Penal Internacional para Ruanda (ICTR) es un tribunal bajo los auspicios de las Naciones Unidas para el enjuiciamiento de los delitos cometidos en Ruanda durante el genocidio que ocurrió allí en abril de 1994, a partir del 6 de abril. El TPIR fue creado el 8 de noviembre de 1994 por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas para juzgar a los responsables de actos de genocidio y otras violaciones graves del derecho internacional cometidos en el territorio de Ruanda, o por ciudadanos ruandeses en estados vecinos., entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 1994.
Hasta el momento, el TPIR ha concluido diecinueve juicios y condenado a veintisiete acusados. El 14 de diciembre de 2009, dos hombres más fueron acusados y condenados por sus delitos. Otras veinticinco personas siguen enjuiciadas. Veintiún están detenidos en espera de juicio, se agregaron dos más el 14 de diciembre de 2009. Diez siguen prófugos. El primer juicio, de Jean-Paul Akayesu, comenzó en 1997. En octubre de 1998, Akayesu fue condenado a cadena perpetua. Jean Kambanda, primer ministro interino, se declaró culpable.
Salas extraordinarias en los tribunales de Camboya (2003-presente)
Los Jemeres Rojos, dirigidos por Pol Pot, Ta Mok y otros líderes, organizaron la matanza masiva de grupos ideológicamente sospechosos. El número total de víctimas se estima en 1,7 millones de camboyanos entre 1975 y 1979, incluidas las muertes por trabajo esclavo.
El 6 de junio de 2003, el gobierno de Camboya y las Naciones Unidas llegaron a un acuerdo para establecer las Salas Extraordinarias de los Tribunales de Camboya (ECCC), que se centrarían exclusivamente en los delitos cometidos por los funcionarios más importantes de los Jemeres Rojos durante el período del gobierno de los Jemeres Rojos. 1975-1979. Los jueces prestaron juramento a principios de julio de 2006.
Los cargos de genocidio estaban relacionados con los asesinatos de las minorías vietnamita y cham de Camboya, que se estima que representan decenas de miles de asesinatos y posiblemente más.
La fiscalía presentó a los jueces de instrucción los nombres de cinco posibles sospechosos el 18 de julio de 2007.
- Kang Kek Iew fue acusado formalmente de un crimen de guerra y crímenes de lesa humanidad y detenido por el Tribunal el 31 de julio de 2007. Fue acusado formalmente de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad el 12 de agosto de 2008. Su apelación contra su condena por crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad fue rechazado el 3 de febrero de 2012 y cumple una condena de cadena perpetua.
- Nuon Chea, ex primer ministro, acusado de genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y varios otros delitos en virtud de la legislación camboyana el 15 de septiembre de 2010. Fue puesto bajo la custodia de las ECCC el 19 de septiembre de 2007. Su juicio comenzó el 27 de junio de 2011 y finalizó el 7 de agosto de 2014, con cadena perpetua impuesta por crímenes de lesa humanidad.
- Khieu Samphan, exjefe de Estado, acusado de genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y varios otros delitos en virtud de la legislación camboyana el 15 de septiembre de 2010. Fue puesto bajo la custodia de las ECCC el 19 de septiembre de 2007. Su el juicio comenzó el 27 de junio de 2011 y también finalizó el 7 de agosto de 2014, con cadena perpetua impuesta por crímenes de lesa humanidad.
- Ieng Sary, ex ministro de Asuntos Exteriores, que fue acusado de genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y varios otros delitos en virtud de la legislación camboyana el 15 de septiembre de 2010. Fue puesto bajo la custodia de las ECCC el 12 de noviembre de 2007. Su juicio comenzó el 27 de junio de 2011 y terminó con su muerte el 14 de marzo de 2013. Nunca fue condenado.
- Ieng Thirith, ex ministra de Asuntos Sociales y esposa de Ieng Sary, acusada de genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y varios otros delitos en virtud de la legislación camboyana el 15 de septiembre de 2010. Fue puesta bajo la custodia de las ECCC. el 12 de noviembre de 2007. El proceso en su contra fue suspendido en espera de una evaluación de salud. En septiembre de 2012, salió de prisión por padecer una avanzada enfermedad de Alzheimer; murió el 22 de agosto de 2015 a la edad de 83 años por complicaciones de la enfermedad.
Ha habido desacuerdo entre algunos de los juristas internacionales y el gobierno de Camboya sobre si el Tribunal debería juzgar a otras personas.
Por la Corte Penal Internacional
Desde 2002, la Corte Penal Internacional puede ejercer su jurisdicción si los tribunales nacionales no están dispuestos o no pueden investigar o enjuiciar el genocidio, por lo que es un "tribunal de último recurso", dejando la responsabilidad principal de ejercer jurisdicción sobre presuntos criminales a los estados individuales. Debido a las preocupaciones de Estados Unidos sobre la CPI, Estados Unidos prefiere continuar utilizando tribunales internacionales especialmente convocados para tales investigaciones y posibles enjuiciamientos.
Darfur, Sudán
Ha habido mucho debate sobre la categorización de la situación en Darfur como genocidio. El conflicto en curso en Darfur, Sudán, que comenzó en 2003, fue declarado "genocidio" por el Secretario de Estado de los Estados Unidos, Colin Powell, el 9 de septiembre de 2004 en su testimonio ante el Comité de Relaciones Exteriores del Senado. Sin embargo, desde entonces, ningún otro miembro permanente del Consejo de Seguridad de la ONU lo ha hecho. De hecho, en enero de 2005, una Comisión Internacional de Investigación sobre Darfur, autorizada por la Resolución 1564 de 2004 del Consejo de Seguridad de la ONU, emitió un informe al Secretario General en el que afirmaba que "el Gobierno de Sudán no ha seguido una política de genocidio".Sin embargo, la Comisión advirtió que "la conclusión de que las autoridades gubernamentales, directamente o a través de las milicias bajo su control, no han llevado a cabo ni aplicado una política genocida en Darfur, no debe tomarse en modo alguno como una disminución de la gravedad de los crímenes perpetrados". en esa región. Los delitos internacionales como los crímenes contra la humanidad y los crímenes de guerra que se han cometido en Darfur pueden no ser menos graves y atroces que el genocidio".
En marzo de 2005, el Consejo de Seguridad remitió formalmente la situación en Darfur al Fiscal de la Corte Penal Internacional, teniendo en cuenta el informe de la Comisión pero sin mencionar ningún delito específico. Dos miembros permanentes del Consejo de Seguridad, Estados Unidos y China, se abstuvieron de votar sobre la resolución de remisión. A partir de su cuarto informe al Consejo de Seguridad, el Fiscal encontró "motivos razonables para creer que las personas identificadas [en la Resolución 1593 del Consejo de Seguridad de la ONU] han cometido crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra", pero no encontró pruebas suficientes para procesarlos. por genocidio.
En abril de 2007, los jueces de la CPI emitieron órdenes de arresto contra el ex Ministro de Estado del Interior, Ahmad Harun, y un líder de la Milicia Janjaweed, Ali Kushayb, por crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra.
El 14 de julio de 2008, los fiscales de la Corte Penal Internacional (CPI) presentaron diez cargos de crímenes de guerra contra el presidente de Sudán, Omar al-Bashir: tres cargos de genocidio, cinco de crímenes contra la humanidad y dos de asesinato. Los fiscales de la CPI afirmaron que al-Bashir "ideó e implementó un plan para destruir en una parte sustancial" a tres grupos tribales en Darfur debido a su origen étnico.
El 4 de marzo de 2009, la CPI emitió una orden de arresto contra Omar Al Bashir, presidente de Sudán, ya que la Sala de Cuestiones Preliminares I de la CPI concluyó que su posición como jefe de estado no le otorga inmunidad contra el enjuiciamiento ante la CPI. La orden fue por crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad. No incluyó el delito de genocidio porque la mayoría de la Sala no consideró que los fiscales hubieran aportado pruebas suficientes para incluir dicho cargo. Posteriormente, la decisión fue modificada por el Panel de Apelaciones y, después de emitir la segunda decisión, los cargos contra Omar al-Bashir incluyen tres cargos de genocidio.
Ejemplos
El concepto de genocidio se puede aplicar a hechos históricos. El preámbulo de la CPPCG establece que "en todos los períodos de la historia el genocidio ha infligido grandes pérdidas a la humanidad". Los intentos revisionistas de desafiar o afirmar las afirmaciones de genocidio son ilegales en algunos países. Varios países europeos prohíben la negación del Holocausto y la negación del genocidio armenio, mientras que en Turquía se hace referencia al genocidio armenio, al genocidio griego y a Sayfo, y al período de hambruna masiva durante la Gran Hambruna del Monte Líbano que afectó a los maronitas, como los genocidios pueden ser perseguidos en virtud del artículo 301.
El historiador William Rubinstein argumenta que el origen de los genocidios del siglo XX se remonta al colapso de la estructura de élite y los modos normales de gobierno en partes de Europa después de la Primera Guerra Mundial, comentando:
La 'Era del totalitarismo' incluyó casi todos los ejemplos infames de genocidio en la historia moderna, encabezados por el Holocausto judío, pero también comprendió los asesinatos en masa y las purgas del mundo comunista, otros asesinatos en masa llevados a cabo por la Alemania nazi y sus aliados, y también el genocidio armenio de 1915. Todas estas matanzas, se argumenta aquí, tuvieron un origen común, el colapso de la estructura de élite y los modos normales de gobierno de gran parte del centro, este y sur de Europa como resultado de la Primera Guerra Mundial., sin la cual seguramente ni el comunismo ni el fascismo habrían existido excepto en la mente de desconocidos agitadores y chiflados.
Según Esther Brito, la forma en que los Estados cometen genocidio ha evolucionado. En el siglo XXI, las campañas genocidas han intentado eludir los sistemas internacionales diseñados para prevenir, mitigar y enjuiciar el genocidio ajustando la duración, la intensidad y la metodología del genocidio. Los genocidios modernos a menudo ocurren en una escala de tiempo mucho más larga que los tradicionales, tomando años o décadas. Esto conduce a una violencia lenta y en lugar de los métodos tradicionales de palizas y ejecuciones se utilizan tácticas menos directamente fatales con el mismo efecto. Ejemplos de esta nueva forma de genocidio incluyen el genocidio rohingya y el genocidio uigur. Los abusos contra los habitantes de Papúa Occidental en Indonesia también se han descrito como un genocidio en cámara lenta.
Etapas, factores de riesgo y prevención
El estudio de los factores de riesgo y la prevención del genocidio estaba en marcha antes de la Conferencia Internacional sobre el Holocausto y el Genocidio de 1982, durante la cual se presentaron múltiples documentos sobre el tema. En 1996, Gregory Stanton, presidente de Genocide Watch, presentó un documento informativo llamado "Las 8 etapas del genocidio" en el Departamento de Estado de los Estados Unidos. En él sugirió que el genocidio se desarrolla en ocho etapas que son "predecibles pero no inexorables".
El documento de Stanton se presentó al Departamento de Estado poco después del Genocidio de Ruanda y gran parte de su análisis se basa en por qué ocurrió ese genocidio. Las medidas preventivas sugeridas, dada la audiencia objetivo original del documento informativo, eran aquellas que Estados Unidos podría implementar directa o indirectamente usando su influencia sobre otros gobiernos.
En abril de 2012, se informó que Stanton pronto agregaría oficialmente dos nuevas etapas, Discriminación y Persecución, a su teoría original, lo que daría lugar a una teoría del genocidio de 10 etapas.
Escenario | Características | Medidas preventivas |
---|---|---|
1.Clasificación | Las personas se dividen en "nosotros y ellos". | "La principal medida preventiva en esta primera etapa es desarrollar instituciones universalistas que trasciendan... las divisiones". |
2.Simbolización | "Cuando se combinan con el odio, los símbolos pueden imponerse a miembros involuntarios de grupos parias..." | "Para combatir la simbolización, los símbolos de odio pueden prohibirse legalmente al igual que el discurso de odio". |
3.Discriminación | "La ley o el poder cultural excluye a los grupos de plenos derechos civiles: leyes de segregación o apartheid, negación del derecho al voto". | "Aprobar y hacer cumplir leyes que prohíban la discriminación. Plena ciudadanía y derecho al voto para todos los grupos". |
4.Deshumanización | "Un grupo niega la humanidad del otro grupo. Sus miembros son equiparados con animales, alimañas, insectos o enfermedades". | "Los líderes locales e internacionales deberían condenar el uso del discurso de odio y hacerlo culturalmente inaceptable. A los líderes que inciten al genocidio se les debería prohibir los viajes internacionales y congelar sus finanzas extranjeras". |
5.Organización | "El genocidio siempre se organiza... Las unidades especiales del ejército o las milicias suelen estar entrenadas y armadas..." | “La ONU debería imponer embargos de armas a los gobiernos y ciudadanos de los países involucrados en masacres genocidas, y crear comisiones para investigar las violaciones” |
6.Polarización | "Los grupos de odio transmiten propaganda polarizadora..." | "La prevención puede significar la protección de la seguridad de los líderes moderados o la asistencia a los grupos de derechos humanos... Los golpes de Estado de los extremistas deben ser objeto de sanciones internacionales". |
7.Preparación | “Las víctimas son identificadas y separadas por su identidad étnica o religiosa…” | "En esta etapa, se debe declarar una Emergencia por Genocidio...." |
8.Persecucion | "Expropiación, desplazamiento forzado, guetos, campos de concentración". | “Asistencia directa a grupos de víctimas, sanciones dirigidas a los perseguidores, movilización de ayuda o intervención humanitaria, protección de refugiados”. |
9.Exterminio | “Es 'exterminio' a los asesinos porque no creen que sus víctimas sean plenamente humanas”. | "En esta etapa, solo una intervención armada rápida y abrumadora puede detener el genocidio. Deben establecerse áreas realmente seguras o corredores de escape de refugiados con protección internacional fuertemente armada". |
10.Negación | "Los perpetradores... niegan haber cometido algún delito..." | "La respuesta a la negación es el castigo de un tribunal internacional o tribunales nacionales" |
Otros autores se han centrado en las condiciones estructurales que conducen al genocidio y los procesos psicológicos y sociales que crean una evolución hacia el genocidio. Ervin Staub mostró que el deterioro económico y la confusión y desorganización políticas fueron puntos de partida de una creciente discriminación y violencia en muchos casos de genocidios y asesinatos en masa. Conducen a convertir a un grupo en chivo expiatorio e ideologías que identificaron a ese grupo como un enemigo. Una historia de devaluación del grupo que se convierte en víctima, violencia pasada contra el grupo que se convierte en perpetrador que conduce a heridas psicológicas, culturas y sistemas políticos autoritarios, y la pasividad de los testigos internos y externos (espectadores) contribuyen a la probabilidad de que el la violencia se convierte en genocidio.Un conflicto intenso entre grupos que no se resuelve, se vuelve intratable y violento también puede conducir al genocidio. En 2006, Dirk Moses criticó los estudios de genocidio debido a su "registro bastante pobre de poner fin al genocidio".
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