Fiscalía Europea

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Organismo de la Unión Europea

La Fiscalía Europea (EPPO) es un organismo independiente de la Unión Europea (UE) con personalidad jurídica, establecido en virtud del Tratado de Lisboa. entre 22 de los 27 estados de la UE siguiendo el método de cooperación reforzada. La Fiscalía Europea se creó como respuesta a la necesidad de un organismo fiscalizador para combatir los delitos que afectan a los intereses financieros de la Unión Europea (UE). La idea de crear la Fiscalía Europea cobró impulso con una propuesta legislativa presentada por la Comisión Europea en 2013. Después de largas negociaciones y debates en el Consejo Europeo, el Parlamento Europeo y los Estados miembros, el 12 de octubre se adoptó el Reglamento (UE) 2017/1939. de 2017, formalizando la creación de la Fiscalía Europea. El Reglamento de la Fiscalía Europea es la base jurídica de la Fiscalía Europea, ya que describe los objetivos, la estructura, la jurisdicción y los procedimientos operativos. La Directiva (UE) 2017/1371, también conocida como Directiva PIF, especifica los delitos penales que afectan a los intereses financieros de la UE y que son competencia de la Fiscalía Europea. El mandato principal de la Fiscalía Europea es investigar y procesar delitos como el fraude, la corrupción y el blanqueo de dinero que perjudican los intereses financieros de la UE, tal como se definen en la Directiva PIF. La Fiscalía Europea representa un paso significativo hacia un enfoque más integrado y eficaz para combatir los delitos transnacionales dentro de la UE, fomentando la colaboración y la coordinación entre los estados miembros para proteger los recursos financieros de la Unión. Como organismo independiente de la UE, la Fiscalía Europea desempeña un papel crucial a la hora de garantizar el Estado de derecho y salvaguardar la integridad del sistema financiero de la UE. La Fiscalía Europea tiene su sede en Kirchberg, ciudad de Luxemburgo, junto al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) y el Tribunal de Cuentas Europeo (TCE).

Historia

Propuestas iniciales

Fue fuertemente respaldado por el ex Comisionado para la Justicia, la Libertad y la Seguridad, Franco Frattini como parte de los planes para fortalecer la agencia Eurojust. Frattini declaró en agosto de 2007 que "convenció que Europa tendrá su fiscal general en el futuro" y sugirió que la comisión estaba esperando que el tratado entrara en vigor. Afirmó que un fiscal "podría ser útil" en áreas "donde están en juego intereses europeos importantes", es decir, en tratar con el crimen financiero, el fraude y la falsificación a nivel europeo.

La firma, a finales de 2007, del Tratado de Lisboa por todos los Estados miembros de la Unión Europea, que hace referencia explícita a la idea de crear una Fiscalía Europea para combatir los delitos que afecten a los intereses financieros de la Unión y, en su caso, combatir la delincuencia grave con dimensión transfronteriza, dio lugar a la celebración de un seminario internacional en Madrid para estudiar la nueva institución y las posibilidades de su implantación. El seminario fue convocado por el Fiscal General español Cándido Conde-Pumpido, y estuvo encabezado por los Fiscales Jorge Espina e Isabel Vicente Carbajosa. Las presentaciones, debates y conclusiones del encuentro quedaron recogidas en un libro, La futura Fiscalía Europea, en inglés y español, y han servido hasta la fecha para orientar las propuestas y trabajos que se han llevado a cabo en la implementación de esta institución.

Tras las ventas en corto de ciertos productos financieros de la eurozona en 2009 y 2010, España propuso a la UE promulgar la disposición de la Fiscalía Europea para que el puesto pudiera coordinar acciones legales en represalia. "España quiere que la Unión Europea utilice una fiscalía prevista para la región para proteger el euro contra los especuladores", dijo el fiscal general español, Cándido Conde-Pumpido, en marzo de 2010.

En marzo de 2010, Eurojust citó a la Fiscalía Europea como una posible solución al problema de la delincuencia transfronteriza en la UE. A pesar de la oposición de algunos estados miembros que consideran que esto afecta su soberanía (en parte debido a la necesaria armonización de los códigos legales), Eurojust creó un grupo de trabajo para estudiar la idea.

Proyecto de la Presidencia Española para la implementación de la Fiscalía Europea

En marzo de 2010, durante la Presidencia española, el Fiscal General español Cándido Conde-Pumpido lanzó oficialmente un proyecto para la implantación del Fiscal Europeo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 del Tratado de Lisboa. Conde-Pumpido, hablando con el presidente de la Comisión de Justicia e Interior del Parlamento Europeo, Juan Fernando López Aguilar, y el secretario de Estado español para la Unión Europea (SEUE), Diego López Garrido, presentó un proyecto técnico, desarrollado de las conclusiones de la Conferencia Internacional convocada por el Fiscal español en 2008 y 2009, que serían debatidas posteriormente en el Consejo de Luxemburgo.

La creación de esta institución fue discutida posteriormente, según la propuesta española, en la reunión de Ministros de Justicia e Interior celebrada en Luxemburgo el 27 de abril de 2010, pero su implantación quedó suspendida hasta un nuevo debate en 2013.

Seminario de la Presidencia belga y Eurojust en Brujas

Los días 21 y 22 de septiembre de 2010, Eurojust, en cooperación con la Presidencia belga del Consejo de la Unión Europea, celebró un seminario estratégico, "Eurojust y el Tratado de Lisboa: hacia una acción más eficaz" , "¿Creación de la Fiscalía Europea a partir de Eurojust?", en el Colegio de Europa en Brujas, Bélgica.

Los objetivos del seminario fueron el desarrollo de Eurojust a la luz del Tratado de Lisboa y el posible establecimiento de una Fiscalía Europea a partir de Eurojust en virtud del artículo 86 del TFUE.

Propuestas de la Comisión Barroso

El Presidente de la Comisión Europea, José Manuel Barroso, afirmó el 12 de septiembre de 2012 en su discurso ante el Parlamento Europeo sobre el estado de la Unión, que próximamente se presentaría una propuesta para la creación de un Fiscal Europeo, basada en "compromiso de defender el estado de derecho".

El 17 de julio de 2013, la Comisión Europea, por iniciativa de la Vicepresidenta Viviane Reding y el Comisario Algirdas Semeta, propuso un reglamento para el establecimiento de una Fiscalía Europea (EPPO).

La propuesta fue luego discutida por los representantes de los Estados miembros de la UE. expertos según el procedimiento específico previsto en el artículo 86 del Tratado. Dentro del abanico de opciones relativas al alcance de la iniciativa para abordar los delitos contra la PIF (protección de intereses financieros), se consideraron las siguientes tres opciones principales:

  • No hacer nada: las investigaciones penales de los delitos del PIF son (todavía) realizadas por las autoridades estatales miembros exclusivamente;
  • Configuración de la EPPO con un mandato limitado (delitos de la FIPI) – La EPPO tiene competencia prioritaria para ordenar investigaciones y enjuiciamientos directos de los delitos de la PIF
  • Creación de la EPPO con un mandato ampliado (delitos de la FIPI y delitos transfronterizos graves) – La EPPO tiene competencia exclusiva/compartida para ordenar investigaciones y enjuiciamientos directos de los delitos de la PIF y otros delitos transfronterizos graves (lavado de dinero, corrupción, delitos contables).

Además de estas tres opciones con respecto al alcance, la comisión debía considerar una serie de importantes asuntos legales, institucionales y organizacionales (relación con Eurojust, OLAF, autoridades estatales miembros, revisión judicial) que podría formularse como suboperaciones. Además, cuestiones de procedimiento particular (participación de EP, proceso legislativo, ¿qué si no se cumplen los requisitos de unanimidad, una mejor cooperación con la que los Estados miembros, etc.) debían considerarse en estas opciones? De acuerdo con el Artículo 86, la propuesta podría incluir una o más regulaciones que cubren diferentes aspectos de la creación de un EPPO. Los instrumentos de derecho blando no eran relevantes ya que se necesitaban medidas legislativas para abordar los delitos penales y la aplicación de la ley.

Las posibles repercusiones incluirán una protección penal más eficaz, disuasoria y equivalente de los intereses financieros de la Unión. Las irregularidades que afectan al presupuesto europeo pueden alcanzar o superar los mil millones de euros al año, de los cuales alrededor de 280 millones de euros podrían ser casos sospechosos de fraude en la UE que deben investigarse dentro de la competencia de la Fiscalía Europea. Esta cantidad podría reducirse significativamente si la Fiscalía Europea dirigiera las investigaciones y los procesamientos en toda la UE, actuando en todos los casos de delitos de PIF. Además, podrían lograrse economías de escala en beneficio de los presupuestos de justicia de los Estados miembros participantes, debido a una simplificación de los procedimientos judiciales que involucran intereses financieros de la UE en toda la UE.

Dependiendo de cómo se defina la relación entre la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales, el impacto recaería principalmente en la policía nacional y las autoridades judiciales, que sin duda tendrían que hacer frente al nuevo marco de investigaciones y procesamientos ordenados por la Fiscalía Europea. La carga administrativa dependería de las nuevas relaciones establecidas entre la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales, y de si la iniciativa impondría nuevas obligaciones de información a los Estados miembros.

Se tuvieron en cuenta los trabajos preparatorios, en particular el Libro Verde de 2001 sobre la creación de un Fiscal Europeo. Los estudios y evaluaciones existentes, en particular el Estudio de los sistemas de justicia penal, el Estudio Euroneeds, las normas modelo de investigación previa al juicio, el Informe de la Presidencia española, presentado oficialmente en Bruselas en marzo de 2010, etc., y los estudios sobre Eurojust, proporcionaron valiosas aportaciones.

Parlamentos Nacional y Europeo

En noviembre de 2013, la Comisión concluyó que el establecimiento de una Fiscalía Europea cumplía "el principio de subsidiariedad" en un informe que aborda la cuestión, después de que fuera planteada por 14 cámaras parlamentarias nacionales en 11 Estados miembros. Posteriormente, el Parlamento Europeo votó a favor de la propuesta de la Comisión de crear el organismo. El 23 de septiembre de 2019, el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea acordaron nombrar a Laura Codruța Kövesi fiscal jefe europea.

Rol y estructura

La función de la Fiscalía Europea es investigar y procesar el fraude contra el presupuesto de la Unión Europea y otros delitos contra los intereses financieros de la UE, incluido el fraude relacionado con fondos de la UE de más de 10.000 euros y los casos de fraude transfronterizo del IVA que involucran daños superiores a 10 millones de euros. Anteriormente, sólo las autoridades estatales podían investigar y procesar estos crímenes y no podían actuar más allá de sus fronteras. La OLAF, Eurojust y Europol tampoco tenían capacidad para actuar. Se pretende que el organismo esté descentralizado y se base en fiscales europeos delegados ubicados en cada Estado miembro participante. La oficina central está formada por un Fiscal Jefe europeo apoyado por 22 Fiscales europeos, así como por personal técnico y de investigación. La Fiscalía Europea puede solicitar el arresto de un sospechoso, pero esto debe ser confirmado por la autoridad estatal pertinente.

La Fiscalía Europea tiene una estructura de dos grupos y se describe como una organización híbrida. El Fiscal General Europeo dirige la Fiscalía Europea, la representa en el exterior y preside su colegio. Dos adjuntos asisten al fiscal jefe y actúan como fiscal jefe europeo en ausencia del fiscal jefe. La determinación del idioma de trabajo de la Fiscalía Europea es una cuestión que corresponde al Colegio de la Fiscalía Europea. Desde el 30 de septiembre de 2020, el art. El párrafo 1 de la Decisión 002/2020 de la Fiscalía Europea estipula que el inglés es el idioma de trabajo para las actividades operativas y administrativas. Según el art. 1(2) de la misma decisión, el idioma francés se utilizará junto con el inglés en las comunicaciones con el TJCE.

Durante el establecimiento de la Fiscalía Europea, un director interino desempeñó las funciones previstas en el art. 20 del Reglamento (UE) 2017/1939. Según el art. 20 párr. 1 encendido. a del Reglamento (UE) 2017/1939, se designaría director interino a un funcionario de la comisión previa consulta al consejo. Era responsable del aparato administrativo provisional y se encargaba, por ejemplo, de la contratación (contratos de servicios, etc.), véase el art. 20 (2) del Reglamento (UE) 2017/1939 y la provisión de liquidez financiera para la fase inicial de la Fiscalía Europea, así como la búsqueda de una ubicación adecuada en Luxemburgo.

El Colegio (Órgano Rector)

El Colegio de la Fiscalía Europea está formado por el Fiscal Jefe Europeo y un Fiscal Europeo por Estado miembro participante, dos de los cuales actúan como adjuntos del Fiscal Jefe Europeo.

Fiscales europeas

(feminine)

Los Fiscales Europeos son distintos de los Fiscales Delegados europeos y del Fiscal Jefe Europeo. Los Fiscales Europeos supervisan a los Fiscales Europeos Delegados, que realizan investigaciones sobre el terreno en los Estados miembros participantes. A finales de julio de 2020, el Consejo de la UE nombró la primera cohorte de fiscales europeos. El 28 de septiembre de 2020, los fiscales europeos prestaron juramento ante el juez responsable del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.

Las decisiones del colegio se basan en reglas internas de toma de decisiones (Reglas Procesales).

Las Salas Permanentes de la Fiscalía Europea

Las Cámaras Permanentes de la Fiscalía Europea están compuestas cada una por tres miembros. Se trata de dos Fiscales europeos y, como presidente, el Fiscal jefe europeo o uno de sus adjuntos, o un Fiscal europeo, cf. Arte. 10 del Reglamento de la Fiscalía Europea. Las Salas son responsables del control de las investigaciones de los Fiscales Delegados europeos. Las Salas deciden sobre todo sobre la presentación de cargos o el sobreseimiento del procedimiento. El derecho de evocación del art. 27 del Reglamento (UE) 2017/1939 también puede ser ordenado por la Sala.

Fiscales Delegados Europeos (núcleo del trabajo de investigación de la Fiscalía Europea)

Si analizamos la estructura de la Fiscalía Europea jerárquicamente, los Fiscales Delegados Europeos están por debajo de las Salas Permanentes. Los Fiscales Delegados europeos llevan a cabo su trabajo a nivel local, en sus respectivos Estados miembros. En su trabajo son independientes, es decir, libres de instrucciones de las autoridades nacionales. A nivel de los estados miembros, los Fiscales Delegados Europeos son responsables de procesar los delitos de PIF (ver Brodowski para una descripción general). Según un acuerdo interno de la EPPO, habrá 140 fiscales europeos delegados en toda la unión.

La siguiente tabla enumera el número de candidatos propuestos y designados por país (al 2 de agosto de 2021):

País Candidatos propuestos Candidatos nombrados por el Colegio de la EPPO Comenzó a trabajar para la EPPO
Austria 2 2 0
Bélgica 2 2 1
Bulgaria 10 4 3
Croacia 2 2 2
Chipre 2 2 0
República Checa 5 5 5
Estonia 2 2 2
Finlandia 1 1 0
Francia 5 4 4
Alemania 11 11 11
Grecia 7 5 0
Italia 15 15 15
Letonia 4 4 4
Lituania 4 3 3
Luxemburgo 2 2 0
Malta 2 2 2
Países Bajos 2 2 2
Portugal 4 4 4
Rumania 7 7 6
Eslovaquia 5 5 5
Eslovenia 0 0 0
España 5 5 6

Fuente: Noticias de la EPPO "Resumen de los fiscales europeos delegados por país"

El retraso finlandés

Cuando la Fiscalía Europea inició sus operaciones el 1 de junio de 2021, Finlandia y Eslovenia no habían designado a sus respectivos fiscales europeos delegados. En Finlandia, el retraso se debió a un debate entre el gobierno finlandés que deseaba nombrar sólo fiscales a tiempo parcial debido a la baja carga de trabajo esperada, mientras que la fiscal jefe europea, Laura Kövesi, insistió en que todos los fiscales europeos delegados debían trabajar con un contrato a tiempo completo. A principios de junio de 2021 se llegó a un acuerdo y un mes después el colegio nombró al fiscal delegado europeo finlandés.

El asunto del nombramiento de Janša

Poco antes de que las repetidamente postergadas pero luego fijadas el 1 de junio de 2021 fecha de inicio de la EPPO, surgió que el jefe de gobierno de Eslovenia, Janez Janša, impidió la selección y nominación de dos fiscales delegados europeos eslovenos. A raíz de esto, la entonces Ministra de Justicia de Eslovenia, Lilijana Kozlovič, renunció a su cargo el 27 de mayo de 2021. Kozlovič pertenece al partido gobernante más pequeño SMC, y pidió al Consejo Fiscal independiente que nombrara dos candidatos adecuados. ORF y otros medios informaron de que Janša podría haberse opuesto a la nominación de los dos fiscales porque también habían participado en investigaciones contra él en el pasado. Zdravko Počivalšek, Ministro de Economía de Eslovenia y jefe del partido de coalición SMC, también intervino en la disputa. Počivalšek consideró que el nombramiento de sólo un Fiscal Delegado Europeo de Eslovenia por Janša – el compromiso que Didier Reynders, Comisionado de Justicia de la UE, había propuesto como una solución provisional – para ser un sobrepaso de competencia por parte del gobierno, el gobierno al que pertenece. Počivalšek criticó a la UE por ejercer presión en el asunto del nombramiento apresurado de los fiscales delegados europeos y señaló que la participación en la autoridad de la UE era voluntaria. El Fiscal General Europeo contrarrestó y se refirió al largo tiempo de preparación. Considera que la no designación o nombramiento prematura es un mal presagio, por así decirlo.

La cuestión ganó protagonismo al coincidir con Eslovenia asumiendo la presidencia rotatoria del Consejo de la UE el 1 de julio de 2021, lo que provocó que muchos miembros del Parlamento Europeo e incluso la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, instaran a Janša a nombrar rápidamente Los fiscales europeos delegados eslovenos durante un debate en el pleno parlamentario.

Procedimiento legislativo mediante una cooperación reforzada

La Comisión Europea propuso un reglamento sobre el establecimiento de una Fiscalía el 17 de julio de 2013, basándose en un mandato del Tratado de Lisboa para crear dicha oficina. Sin embargo, el 7 de febrero de 2017, el Consejo concluyó que no existía consenso entre los Estados miembros sobre el reglamento propuesto. Como resultado, 17 estados miembros de la UE (Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Chequia, Estonia, Finlandia, Francia, Alemania, Grecia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Rumania, Eslovaquia, Eslovenia y España) solicitaron el 14 de febrero de 2017 que la propuesta se remita al Consejo Europeo para su consideración. Después de que no se alcanzara ningún acuerdo en el Consejo Europeo del 9 de marzo de 2017, 16 Estados miembros (los 17 anteriores menos Austria, Estonia y Letonia, más Chipre y Portugal) notificaron al Parlamento Europeo, al Consejo y a la Comisión el 3 de abril de 2017 que proceder a establecer la Fiscalía Europea mediante el uso de una cooperación reforzada. Esto se hizo en virtud del artículo 86 del TFUE, que permite un procedimiento simplificado de cooperación reforzada que no requiere autorización del consejo para proceder. Los Estados miembros participantes acordaron el texto legislativo para establecer la Fiscalía Europea el 8 de junio de 2017. En ese momento, Letonia y Estonia habían comenzado a participar en el procedimiento de cooperación reforzada. La propuesta fue aprobada por el Parlamento Europeo el 5 de octubre de 2017, y el 12 de octubre de 2017, el reglamento recibió la aprobación final de los 20 estados miembros participantes, que habían crecido hasta incluir a Austria e Italia. La Fiscalía Europea no tenía autoridad para comenzar a investigar o procesar delitos hasta que una decisión de la Comisión lo aprobara, lo que según los términos del Reglamento no podía tener lugar hasta tres años después de la entrada en vigor del Reglamento en noviembre de 2017. El 6 de mayo 2021 se adoptó la decisión de la comisión de inicio de operaciones, con fecha de inicio el 1 de junio de 2021.

Miembros de la EPPO

Miembros de la UE que participan
Miembros de la UE que no participan

22 estados miembros de la UE participan en la cooperación reforzada. Al reglamento original se sumaron 20 estados miembros. Otros Estados miembros, aparte de Dinamarca, que tiene la opción de no participar en el espacio de libertad, seguridad y justicia (ELSJ), pueden unirse posteriormente. (Irlanda también tiene una opción de exclusión voluntaria del ELSJ, pero la forma de su exclusión voluntaria es más flexible, lo que le permite optar por participar caso por caso).

Tras la toma de posesión del Gabinete Rutte III, los Países Bajos solicitaron oficialmente unirse a la Fiscalía Europea el 14 de mayo de 2018. Su participación fue aprobada por la comisión el 1 de agosto de 2018. Malta solicitó unirse el 14 de junio de 2018, y su participación fue aprobada el 7 de agosto de 2018. En un discurso pronunciado en abril de 2019, Stefan Löfven, Primer Ministro de Suecia, afirmó que recomendaría al Parlamento sueco que el país se uniera a la Fiscalía Europea. El 13 de noviembre de 2019, en nombre de su gobierno, declaró que unirse a la Fiscalía Europea es el primero de los tres objetivos de la política de la UE para su gobierno. En enero de 2024, el gobierno sueco inició el procedimiento legislativo necesario para unirse a la Fiscalía Europea. Tras la instalación del Gabinete Tusk III como gobierno de Polonia, aprobó unirse a la Fiscalía Europea el 27 de diciembre. El 5 de enero de 2024 presentó su solicitud de adhesión a la Comisión Europea, que debe revisarla en un plazo de cuatro meses.

Miembros

  • Austria
  • Bélgica
  • Bulgaria
  • Croacia
  • Chipre
  • República Checa
  • Estonia
  • Finlandia
  • Francia
  • Alemania
  • Grecia
  • Italia
  • Letonia
  • Lituania
  • Luxemburgo
  • Malta
  • Países Bajos
  • Portugal
  • Rumania
  • Eslovaquia
  • Eslovenia
  • España

No participantes (puede unirse en cualquier momento)

  • Hungría
  • Polonia
  • Suecia

Exclusión voluntaria de AFSJ

  • Dinamarca
  • Irlanda (opt-in)

Base jurídica

La Fiscalía Europea fue prevista en el artículo 86 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea por el Tratado de Lisboa. El artículo establece lo siguiente:

Establecimiento

  • El Consejo de la Unión Europea, mediante un procedimiento legislativo especial, puede establecer una Fiscalía Pública Europea sobre la base de Eurojust.
  • Esto debe hacerse por unanimidad en el Consejo y con el consentimiento del Parlamento Europeo.
  • Si el Consejo no puede llegar a la unanimidad, un grupo de al menos nueve Estados miembros puede remitir un proyecto al Consejo Europeo.
  • Esos Estados miembros también podrán proceder a establecer una mayor cooperación entre ellos después de informar al Parlamento, al Consejo y a la Comisión.

Rol

  • La oficina, en enlace con Europol, será responsable de investigar, enjuiciar y juzgar a aquellos relacionados con delitos contra los intereses financieros de la UE.
  • La Comisión ejercerá esta función en los tribunales nacionales pertinentes.
  • El reglamento que establezca la oficina determinará las normas que rigen el desempeño de sus funciones, incluida la admisibilidad de las pruebas.
  • El Consejo Europeo podrá enmendar el tratado, tras consultar a la comisión y obtener el consentimiento del Parlamento, para ampliar sus facultades a fin de incluir graves delitos transfronterizos.

Lista de fiscales jefe europeos

Retrato Nombre Mandato País de origen
1 Laura Codruța Kövesi 31 octubre 2019 – Presente Rumania

Prospects for the future

Hasta ahora, la misión limitada del EPPO es investigar, procesar y juzgar, ante los tribunales nacionales, personas sospechosas de delitos que afectan los intereses financieros de la Unión. La llamada directiva PIF ' PIF ' Establece cuáles son esos delitos. Pero la misión de Eppo también puede extenderse en el futuro para cubrir otros delitos transfronterizos serios. Las funciones de EPPO son llevadas a cabo por fiscales delegados europeos en los estados miembros participantes que tienen los mismos poderes que los fiscales nacionales además de los poderes conferidos por la ley sindical. Por ejemplo, el fiscal delegado europeo puede emitir un EAW o solicitar que una autoridad judicial nacional competente emita un EAW.

Presupuesto y ampliación

A la luz de la aceleración del desembolso de los fondos de la próxima generación de la UE, así como de la posible próxima ampliación de la EPPO a Polonia y Suecia, en febrero de 2024, la EPPO pidió formalmente un aumento de 7,8 millones de euros de su presupuesto de 2024, para alcanzar un total de 79,7 millones de euros.

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