Feu (tenencia de la tierra)
Feu fue durante mucho tiempo la forma más común de tenencia de la tierra en Escocia, ya que la transferencia en la ley escocesa estuvo dominada por el feudalismo hasta que el Parlamento escocés aprobó la Ley de Abolición de la Tenencia Feudal, etc. (Escocia) de 2000. La palabra es la variante escocesa de la tarifa. Los ingleses habían abolido en 1660 estas tenencias, con una ley que elimina el tribunal de distritos..., conocida desde 1948 como la Ley de abolición de tenencias de 1660.
Historia
Antes de 1832, sólo los vasallos de la corona tenían votos en las elecciones parlamentarias de los condados escoceses. Esto favoreció la subinfeudación en lugar de la venta directa de tierras. Esto fue cambiado por la Ley de Reforma Escocesa de 1832, que aumentó el sufragio masculino en Escocia de 4.500 a 64.447.
En las islas Orkney y Shetland, la tierra todavía se posee en gran medida como propiedad udal, una propiedad derivada o heredada desde la época en que estas islas pertenecían a Noruega. Anteriormente, dichas tierras podían convertirse en feus a voluntad del propietario y pertenecer a la Corona o al Marqués de Zetland.
Hubo un tiempo en que el sistema de enajenación mediante el cual se efectuaba la transferencia de feus era curioso y complicado al requerir la presencia de partes en el propio terreno y la transferencia simbólica de la propiedad (por ejemplo, arrojando un zapato al suelo). tierra del inmueble transferido) junto con la inscripción de diversos documentos. Sin embargo, la legislación desde mediados del siglo XIX ha cambiado todo eso.
Se intentaron varias reformas antes de que el feu fuera finalmente abolido por la Ley de Abolición de la Tenencia Feudal, etc. (Escocia) de 2000.
En la tenencia de feu, existe un pago anual sustancial en dinero o en especie a cambio del disfrute de la tierra. La Corona es el primer señor supremo o superior, y la tierra está en manos de los vasallos de la corona. Ellos, a su vez, pueden fedear sus tierras a otros, quienes se convierten en sus vasallos, y los primeros son señores o superiores mediatos. El proceso de subinfeudación puede repetirse hasta un tiempo indefinido. La Ley de Transmisión (Escocia) de 1874 anuló cualquier cláusula de una disposición contra la subinfeudación.
Las bajas, que son una característica de las tierras mantenidas en feu, son ciertos pagos realizados al superior que están supeditados a la ocurrencia de ciertos eventos. El más importante era el pago de una cantidad equivalente a un año de derecho de feu por parte de un nuevo poseedor, ya fuera heredero o comprador del feu. La Ley de Transmisión (Escocia) abolió las bajas en todos los feus después de esa fecha, y se otorgó poder para redimir esa carga en los feus ya existentes. Si el vasallo no paga el feu-deber durante dos años, el superior, entre otros remedios, puede obtener por proceso legal un decreto de irritación, tras lo cual sigue oropel o confiscación del feu.
Otros tipos de tenencia feudal escocesa
Ha habido otras formas de tenencia:
- Reservas es una transportación peculiar al erizo de Paisley pero no difiere esencialmente de feu.
- Burgage es el sistema por el cual la tierra se celebra en Royal Burghs.
- Blench holding es por un pago nominal, como de un centavo escoceses, o una rosa roja, a menudo sólo para ser renderizado a la demanda.
- Mortificación, una tenencia eclesiástica u otra caritativa en la que se concede la tenencia ad manum mortuum, es decir, inaliendamente y en la confiscación de todas las bajas de los superiores normales
- Ward, la tenencia militar original, fue abolida en 1747 (20 Geo. 2. c. 20), como efecto del aumento de 1745.