Estudios jurídicos críticos

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Escuela de teoría crítica desarrollada en EE.UU.

Estudios legales críticos (CLS) es una escuela de teoría crítica que se desarrolló en los Estados Unidos durante la década de 1970. Los adherentes de CLS afirman que las leyes están diseñadas para mantener el statu quo de la sociedad y, por lo tanto, codificar sus prejuicios contra los grupos marginados.

A pesar de la amplia variación en las opiniones de los académicos críticos del derecho de todo el mundo, existe un consenso general con respecto a los objetivos clave de los estudios críticos del derecho:

  • demostrar la ambigüedad y los posibles resultados preferenciales de doctrinas jurídicas supuestamente imparciales y rígidas.
  • para dar a conocer los resultados históricos, sociales, económicos y psicológicos de las decisiones jurídicas
  • para desmitificar el análisis jurídico y la cultura jurídica con el fin de imponer la transparencia a los procesos legales para que obtengan el apoyo general de los ciudadanos socialmente responsables

Las abreviaturas "CLS" y "Crítico" se utilizan a veces para referirse al movimiento y sus adherentes.

Influencia

Considerado como "el primer movimiento en la teoría legal y la erudición legal en los Estados Unidos que adoptó una postura y perspectiva política de izquierda comprometida", los estudios legales críticos se comprometieron a dar forma a la sociedad basada en una visión de la personalidad humana. desprovisto de los intereses ocultos y la dominación de clase que, según los estudiosos de CLS, están en la raíz de las instituciones legales liberales en Occidente. Según los académicos de CLS Duncan Kennedy y Karl Klare, los estudios jurídicos críticos estaban "preocupados por la relación de la erudición y la práctica jurídicas con la lucha por crear una sociedad más humana, igualitaria y democrática".

Durante su período de máxima influencia, el movimiento de estudios jurídicos críticos provocó una controversia considerable dentro de la academia jurídica. Miembros como Roberto Mangabeira Unger han buscado reconstruir estas instituciones como una expresión de la convivencia humana y no solo una tregua provisional en una lucha brutal y fueron vistos como las voces más poderosas y el único camino a seguir para el movimiento. Unger y otros miembros del movimiento continúan tratando de desarrollarlo en nuevas direcciones, por ejemplo, para hacer del análisis legal la base del desarrollo de alternativas institucionales.

Historia

Aunque los orígenes intelectuales de los estudios jurídicos críticos (CLS, por sus siglas en inglés) se remontan generalmente al realismo jurídico estadounidense, los CLS, como movimiento académico diferenciado, no surgieron plenamente hasta finales de la década de 1970. Muchos académicos estadounidenses de CLS de primera ola ingresaron a la educación legal, habiendo sido profundamente influenciados por las experiencias del movimiento de derechos civiles, el movimiento de derechos de las mujeres y el movimiento contra la guerra de los años sesenta y setenta. Lo que comenzó como una postura crítica hacia la política interna estadounidense finalmente se tradujo en una postura crítica hacia la ideología legal dominante de la sociedad occidental moderna. Basándose tanto en la teoría doméstica como en el trabajo de los teóricos sociales europeos, los "críticos" buscaron desmitificar lo que vieron como los numerosos mitos en el corazón del pensamiento y la práctica legal dominante.

El movimiento británico de estudios jurídicos críticos comenzó aproximadamente en un momento similar al de su contraparte estadounidense. Sin embargo, se centró en una serie de conferencias celebradas anualmente, en particular la Conferencia Legal Crítica y el Grupo Nacional de Abogados Críticos. Quedan varias fallas en la comunidad; entre la teoría y la práctica, entre los que miran al marxismo y los que trabajaron en la deconstrucción, entre los que miran a los compromisos explícitamente políticos y los que trabajan en la estética y la ética.

En Francia, donde la tradición jurídica había sido guardada de cerca por las facultades de derecho y supervisada por instituciones napoleónicas como el Tribunal de Casación, el Conseil d'Etat y la Ecole Nationale De la Magistrature, el famoso sociólogo Pierre Bourdieu causó revuelo cuando lanzó su "La Force De La Loi, Elements Pour Une Sociologie du Champ Juridique" en 1986 - traducido como "La Fuerza de la Ley: Hacia una Sociología del Campo Jurídico", en Hastings Law Journal (1987). Anunció el comienzo de los estudios jurídicos críticos continentales.

Relación con el realismo jurídico estadounidense

Los estudios jurídicos críticos tuvieron sus orígenes intelectuales en el movimiento realista jurídico estadounidense de la década de 1930. Antes de la década de 1930, la jurisprudencia estadounidense había estado dominada por un relato formalista de cómo los tribunales deciden los casos, un relato que sostenía que los jueces deciden los casos sobre la base de reglas y razones claramente legales que justifican un resultado único. Los realistas jurídicos argumentaron que la ley y la jurisprudencia son indeterminadas, y que los tribunales de apelación deciden los casos no basándose en la ley, sino en lo que consideran justo a la luz de los hechos de un caso. Considerado 'el movimiento jurisprudencial más importante del siglo XX', el realismo jurídico estadounidense conmocionó a la erudición jurídica estadounidense al socavar los principios formalistas que durante mucho tiempo se consideraron la base de la jurisprudencia.

La influencia del realismo legal perturbó la jurisprudencia estadounidense durante décadas. Alan Hunt escribe que el período "entre el realismo de la década de 1930 y el surgimiento de los estudios jurídicos críticos a fines de la década de 1970 ha sido una serie de intentos fallidos de recuperar del impacto del realismo alguna base para una teoría jurídica que articule un imagen de la objetividad del proceso legal, aunque la explicación ofrecida por el posrrealismo tuvo que ser más compleja que la proporcionada por una doctrina de seguimiento de reglas."

Como literatura y red

El movimiento de estudios jurídicos críticos surgió a mediados de la década de 1970 como una red de profesores de derecho de izquierda en los Estados Unidos que desarrollaron la tesis de la indeterminación realista al servicio de los ideales de izquierda. Según Roberto Unger, el movimiento "continuó como una fuerza organizada solo hasta fines de la década de 1980. Su vida como movimiento duró poco más de una década."

Duncan Kennedy, un profesor de derecho de Harvard que, junto con Unger, fue una de las figuras clave del movimiento, ha dicho que, en los primeros días de los estudios jurídicos críticos, "casi todos en la red eran blancos". hombre con algún interés en la política radical al estilo de los años 60 o un sentimiento radical de un tipo u otro. Algunos provenían de trasfondos marxistas, otros procedían de reformas democráticas." Kennedy ha enfatizado la doble naturaleza de los estudios jurídicos críticos, como una red de académicos/activistas de izquierda y como literatura académica:

[Los estudios jurídicos críticos tienen dos aspectos. Es una literatura académica y también ha sido una red de personas que se pensaban como activistas en la política de la escuela de derecho. Inicialmente, la literatura académica fue producida por las mismas personas que estaban haciendo activismo de la escuela de derecho. Estudios legales críticos no es una teoría. Es básicamente esta literatura producida por esta red de personas. Creo que puedes identificar algunos temas de la literatura, temas que han cambiado con el tiempo.

Los académicos afiliados a estudios legales críticos a menudo se identifican con el movimiento de varias maneras: al incluir en sus artículos una nota al pie de página de apertura que menciona la Conferencia sobre Estudios Legales Críticos y brindan la información de contacto de la organización, al asistir a conferencias de la CCLS, y citando el trabajo de otros académicos críticos de estudios legales. Una bibliografía de 1984 de los trabajos de CLS, compilada por Duncan Kennedy y Karl Klare y publicada en el Yale Law Journal, incluía docenas de autores y cientos de trabajos.

Una colección de cuatro volúmenes de 2011 editada por Costas Douzinas y Colin Perrin, con la ayuda de J-M Barreto, compila el trabajo de los Estudios Legales Críticos británicos, incluidos sus mentores filosóficos. Muestra la erudición elaborada desde sus orígenes a fines de la década de 1980 en áreas como la filosofía del derecho, la literatura, el psicoanálisis, la estética, el feminismo, el género, la sexualidad, el poscolonialismo, la raza, la ética, la política y los derechos humanos.

Los participantes destacados en el movimiento CLS incluyen a Derrick Bell, Drucilla Cornell, Mark Kelman, Alan Hunt, Catharine MacKinnon, Paul O'Connell, Peter Fitzpatrick, Morton Horwitz, Jack Balkin, Costas Douzinas, Karl Klare, Peter Gabel, Roberto Unger, Renata Salecl, Mark Tushnet, Louis Michael Seidman, John Strawson y Martha Fineman.

Contexto intelectual y político

Roberto Unger, un miembro clave de los estudios legales críticos cuya influencia siguió siendo de gran alcance en las décadas posteriores al declive del movimiento, ha escrito que los fundadores de los estudios legales críticos "nunca lo dijeron en serio". convertirse en una escuela de pensamiento o género de escritura en curso. Querían intervenir en una circunstancia particular..."

Esa circunstancia fue la práctica dominante del análisis jurídico que Unger llama el "método de elaboración razonada". Un descendiente cercano del formalismo doctrinal del siglo XIX, que buscó identificar el 'contenido legal incorporado de una... sociedad libre' a través del análisis legal, el método de elaboración razonada trató los materiales legales como si contuvieran un ';elemento ideal", una sustancia jurídica inherente que subyace a las contradicciones y ambigüedades en el texto de la ley. Bajo la práctica de la elaboración razonada, esta sustancia jurídica inherente forma un sistema prescriptivo que los jueces descubren gradualmente al razonar a través de las políticas y los principios del derecho sin cuestionar los arreglos institucionales básicos de la economía de mercado, de la política democrática y del derecho civil. la sociedad fuera del mercado y del estado".

La elaboración razonada fue una influencia perniciosa por varias razones, argumentaron Unger y otros: quitó énfasis en la naturaleza contingente de la ley como producto de acuerdos y compromisos, en lugar de tratarla como si contuviera un sistema prescriptivo coherente que simplemente necesitaba ser descubierto. por interpretación legal; oscureció cómo los jueces usurpan la autoridad al negar su propio papel en la elaboración de la ley; y finalmente, la elaboración razonada inhibió el uso del derecho como mecanismo de cambio social.

Además del contexto de la interpretación jurídica, los estudios jurídicos críticos también surgieron en respuesta a su contexto político, a saber, un escenario en el que el acuerdo socialdemócrata que finalizó después de la Segunda Guerra Mundial se había convertido en una disputa canónica y activa sobre la la organización de la sociedad declinó severamente, consagrando efectivamente un consenso reinante sobre la organización social que Unger describe como que incluye una "combinación de ortodoxia neoliberal, capitalismo de estado y redistribución compensatoria mediante impuestos y transferencias". Los juristas críticos desafiaron ese consenso y buscaron usar la teoría legal como un medio para explorar formas alternativas de organización social y política.

Did you mean:

In accordance with the Critical rationalism the German jurist Reinhold Zippelius uses Popper's method of "trial and error " in his 'Legal Philosophy '.

Temas

Aunque el CLS (como la mayoría de las escuelas y movimientos) no ha producido un cuerpo de pensamiento único y monolítico, en general se pueden rastrear varios temas comunes en sus adherentes' obras. Éstas incluyen:

  • Un primer tema es que, contrariamente a la percepción común, los materiales jurídicos (como los estatutos y la jurisprudencia) no determinan por completo el resultado de las controversias jurídicas, o, para decirlo de manera diferente, la ley puede imponer muchas limitaciones significativas a los adjudicadores en forma de reglas sustantivas, pero, en última instancia, esto puede no ser suficiente para obligarlos a llegar a una decisión particular en un caso determinado. Predeciblemente, una vez hecho, esta afirmación ha desencadenado muchos debates animados entre juristas y filósofos legales, algunos de los cuales continúan hasta hoy (ver más debate de indeterminación en la teoría jurídica).
  • En segundo lugar, existe la idea de que toda "ley es política". Esto significa que las decisiones jurídicas son una forma de decisión política, pero no es imposible distinguir los actos judiciales y legislativos. Más bien, el CLS ha argumentado que si bien la forma puede diferir, ambos se basan en la construcción y mantenimiento de una forma de espacio social. El argumento apunta a la idea positivista de que la ley y la política pueden estar completamente separados unos de otros. Recientemente ha surgido una opinión más matizada. Esto rechaza el reductivismo de 'toda ley es política' y en cambio afirma que las dos disciplinas se entrelazan mutuamente. No hay ninguna ley o política "pura", sino que las dos formas trabajan juntas y cambian constantemente entre los dos registros lingüísticos.
  • Una tercera parte de la escuela tradicional de CLS es que con mucha más frecuencia de lo que se sospecha que la ley tiende a servir a los intereses de los ricos y los poderosos protegiéndolos contra las demandas de los pobres y el subalterno (mujeres, minorías étnicas, la clase obrera, pueblos indígenas, discapacitados, homosexuales, etc.) para mayor justicia. Esta afirmación es a menudo unida al argumento legal realista de que lo que la ley dice que hace y lo que realmente tiende a hacer son dos cosas diferentes. Many laws claim to have the aim of protecting the interests of the poor and the subaltern. En realidad, a menudo sirven los intereses de las élites de poder. Sin embargo, esto no tiene que ser el caso, reclamar a los académicos del CLS. No hay nada intrínseco a la idea de la ley que la haga un vehículo de injusticia social. Es sólo que la magnitud de la reforma que debe emprenderse para realizar este objetivo es significativamente mayor que el discurso jurídico general está dispuesto a reconocer.
  • Además, el CLS afirma a veces que los materiales jurídicos son inherentemente contradictorios, es decir, la estructura del orden jurídico positivo se basa en una serie de oposiciones binarias como, por ejemplo, la oposición entre individualismo y altruismo o realizabilidad formal (es decir, preferencia por reglas estrictas) y flexibilidad equitativa (es decir, preferencia por normas generales).
  • Finalmente, CLS cuestiona las suposiciones centrales de la ley, una de las cuales es la noción Kantiana del individuo autónomo. La ley suele tratar a los peticionarios individuales como un organismo completo frente a sus oponentes. Son capaces de tomar decisiones basadas en razones que se separan de limitaciones políticas, sociales o económicas. CLS sostiene que los individuos están vinculados a sus comunidades, clase socioeconómica, género, raza y otras condiciones de vida, de manera que dejan de ser actores autónomos en el modo Kantian. Más bien, sus circunstancias determinan y limitan las opciones que se les presentan. Las personas no son "libres", sino que están determinadas en gran parte por estructuras sociales y políticas que las rodean.

Sin embargo, los temas tradicionales están siendo reemplazados cada vez más por ideas críticas más amplias y radicales. Las intervenciones en el derecho de la propiedad intelectual, los derechos humanos, la jurisprudencia, el derecho penal, el derecho de la propiedad, el derecho internacional, etc., han resultado cruciales para el desarrollo de esos discursos. Asimismo, CLS ha introducido nuevos marcos en el campo jurídico, como el posmodernismo, la teoría queer, los enfoques literarios del derecho, el psicoanálisis, el derecho y la estética y el poscolonialismo.

Influencia continua

Los estudios jurídicos críticos continúan como una colección diversa de escuelas de pensamiento y movimientos sociales. La comunidad CLS es un grupo extremadamente amplio con grupos de teóricos críticos en facultades de derecho y departamentos de estudios sociojurídicos como la Facultad de Derecho de Harvard, el Centro de Derecho de la Universidad de Georgetown, la Universidad Northeastern, la Universidad de Buffalo, la Facultad de Derecho de Chicago-Kent, Birkbeck, la Universidad de Londres, la Universidad de Melbourne, la Universidad de Kent, la Universidad de Carleton, la Universidad de Keele, la Universidad de Glasgow, la Universidad de East London, entre otras.

En la academia legal estadounidense, su influencia y prominencia parece haber disminuido en los últimos años. Sin embargo, las ramificaciones de CLS, incluida la teoría crítica de la raza, continúan creciendo en popularidad. Las escuelas de pensamiento asociadas, como la teoría feminista contemporánea y el ecofeminismo y la teoría crítica de la raza, ahora juegan un papel importante en la erudición legal contemporánea. En las últimas dos décadas también ha surgido una corriente impresionante de escritos al estilo CLS en las áreas de derecho internacional y comparado.

Además, CLS ha tenido un efecto práctico en la educación legal, ya que fue la inspiración y el enfoque del plan de estudios alternativo del primer año del Centro de Derecho de la Universidad de Georgetown (denominado "Curriculum B", conocido como "Sección 3" dentro de la escuela). En el Reino Unido, tanto Kent como Birkbeck han tratado de incorporar conocimientos jurídicos críticos en el plan de estudios jurídico, incluido un LLM basado en la teoría jurídica crítica en la Facultad de Derecho de Birkbeck. Varios centros e instituciones de investigación ofrecen cursos de investigación y enseñanza basados en CLS en una variedad de campos legales, incluidos los derechos humanos, la jurisprudencia, la teoría constitucional y la justicia penal.

Did you mean:

In New Zealand, the University of Otago Legal Issues Centre was established at the university 's law faculty in 2007.

Law and Critique es una de las pocas revistas del Reino Unido que se identifica específicamente con la teoría jurídica crítica. En Estados Unidos, The Crit y Unbound: Harvard Journal of the Legal Left son las únicas revistas que continúan posicionándose explícitamente como plataformas para estudios jurídicos críticos. Sin embargo, otras revistas como Law, Culture and the Humanities, Harvard Civil Rights-Civil Liberties Law Review, The National Lawyers Guild Review, Social and Legal Studies y The Australian Feminist Law Journal publicaron investigaciones jurídicas declaradamente críticas.

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