Agresión sexual en masa
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El embarazo forzado es la práctica de obligar a una mujer a quedar embarazada o permanecer embarazada contra su voluntad, a menudo como parte de un matrimonio forzado, o como parte de un programa de cría de esclavos, o como parte de un programa de genocidio. El embarazo forzado es una forma de coerción reproductiva.
Las prisioneras de la Unidad 731 fueron obligadas a quedar embarazadas para usarlas en experimentos.
Las prácticas de secuestro de novias y matrimonio forzado típicamente (con la excepción de los "secuestros de novias" puramente simbólicos que en realidad son fugas consentidas) implican la violación de la "novia" con la intención de forzarla a quedar embarazada, poniéndola en una posición en la que ella se vuelve dependiente del violador y su familia y, debido a las actitudes culturales hacia la violación, no puede regresar con su propia familia. En la antigua república soviética de Kirguistán, miles de niñas y mujeres jóvenes son secuestradas cada año para obligarlas a contraer matrimonio. Aunque la práctica fue prohibida en 2013, el secuestro de novias sigue existiendo, con consecuencias destructivas para la sociedad. A menudo se hace referencia a ella como una tradición, percibida como lo más obvio que se debe hacer cuando el hombre está listo para el matrimonio.
La violación, la esclavitud sexual y las acciones relacionadas, incluidos el embarazo forzado y la esclavitud sexual, ahora se reconocen en la Convención de Ginebra como crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra; en particular a partir de 1949, el artículo 27 del Cuarto Convenio de Ginebra, y más tarde también los Protocolos Adicionales de 1977 a los Convenios de Ginebra de 1949, prohíben explícitamente la violación y la prostitución forzada durante la guerra. El Memorándum Explicativo del Estatuto de Roma, que define la jurisdicción de la Corte Penal Internacional, reconoce la violación, la esclavitud sexual, la prostitución forzada y el embarazo forzado como crímenes de lesa humanidad si forman parte de una práctica generalizada o sistemática.
El Tribunal Penal Internacional para Ruanda identificó la violación como capaz de constituir genocidio cuando se utiliza sistemáticamente oa gran escala para destruir a un pueblo; más tarde, el Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia también clasificó la violación como un crimen contra la humanidad. En 2008, la resolución 1820 del Consejo de Seguridad de la ONU identificó tales actos como capaces de ser "crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad o... genocidio". A pesar de estas medidas, la violación, ya sea sistemática o no, sigue siendo generalizada en las zonas de conflicto.
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