Doctrina de gobierno
En el derecho internacional privado, una Doctrina de gobierno, doctrina de política pública u ordre public (en francés: lit. "orden público") se refiere al conjunto de principios que sustentan el funcionamiento de los sistemas legales en cada estado. Esto aborda los valores sociales, morales y económicos que unen a una sociedad: valores que varían en diferentes culturas y cambian con el tiempo. La ley regula el comportamiento ya sea para reforzar las expectativas sociales existentes o para fomentar un cambio constructivo, y es más probable que las leyes sean efectivas cuando son consistentes con las normas sociales generalmente aceptadas y reflejan la moralidad colectiva de la sociedad.
Al realizar esta función, Cappalli ha sugerido que los valores críticos de cualquier sistema legal incluyen la imparcialidad, la neutralidad, la certeza, la igualdad, la apertura, la flexibilidad y el crecimiento. Esto supone que los tribunales de un estado funcionan como sistemas de resolución de disputas, que evitan la violencia que a menudo acompaña a la resolución privada de disputas. Es decir, se debe alentar a los ciudadanos a utilizar el sistema judicial para resolver sus disputas. Cuanto más seguro y predecible sea el resultado de una acción judicial, menos incentivo hay para acudir a los tribunales cuando es probable que se produzca una pérdida. Pero la certeza debe estar sujeta a las necesidades de la justicia individual, de ahí el desarrollo de la equidad.
Un juez siempre debe considerar las políticas subyacentes para determinar si una regla debe aplicarse a una disputa fáctica específica. Si las leyes se aplican de manera demasiado estricta y mecánica, la ley no puede seguir el ritmo de la innovación social. De manera similar, si hay una situación completamente nueva, un regreso a las políticas que forman los supuestos básicos que sustentan las normas de derecho potencialmente relevantes identifica las mejores pautas para resolver la disputa inmediata. Con el tiempo, estas políticas evolucionan, se definen más claramente y se integran más profundamente en el sistema legal.
Principios fundamentales
La ignorancia de la ley no es una excusa
La política fundamental en la operación de un sistema legal es que ignorantia juris non excusat (la ignorancia de la ley no es excusa). Socavaría por completo la aplicación de cualquier ley si la persona potencialmente culpable pudiera presentar como una defensa exitosa que él o ella no había tenido conocimiento de la ley en particular. Por esta razón, todas las principales legislaturas publican sus leyes libremente, ya sea en papel o en Internet, mientras que otras las ofrecen a la venta al público a precios asequibles. Debido a que todos tienen derecho a acceder a las leyes que afectan sus vidas personales, se asume que todos los adultos son lo suficientemente responsables como para investigar la ley antes de actuar. Si no lo hacen, difícilmente podrán reclamar si sus actos resultaren ilícitos, por transitorios que sean dentro de la jurisdicción. La única excepción a esta regla es la excusa para aquellos de capacidad reducida, ya sea como infantes o por enfermedad mental (por ejemplo, ver el principio dedoli incapax que plantea una presunción irrefutable en el derecho penal de que un niño es incapaz de cometer un delito).
Santidad de la vida
La base de la mayoría de los sistemas sociales, morales y religiosos es la política de santidad de la vida (también cultura de la vida). En el derecho penal inglés, por ejemplo, no se permite la coacción como defensa del asesinato porque no se supone que ninguna amenaza supere la aversión moral de una persona a quitarle la vida a otra. Lord Jauncy en R v Gotts [1992] 2 AC 412 declaró:
La razón por la que durante tanto tiempo se ha afirmado que la coacción no está disponible como defensa de un cargo de asesinato es que la ley considera que la santidad de la vida humana y su protección son de suma importancia... Por lo tanto, no veo ninguna justificación en la lógica., la moralidad o la ley al otorgar a un intento de asesinato la defensa que se le niega a un asesino.
En el rechazo del tratamiento y la eutanasia, la comisión y la omisión por parte de los médicos y las autoridades hospitalarias que provocan la muerte de los pacientes se ha vuelto cada vez más importante a medida que las sociedades debaten si el deber de preservar la vida supera el derecho del paciente autónomo a elegir la muerte. Más polémicas son aquellas situaciones en las que el paciente es incapaz de hacer la elección personalmente, por ejemplo, porque se encuentra en un estado vegetativo persistente o en ventre sa mere, es decir, un niño en el útero.
Doctrina de la evasión
De manera similar, en muchas ramas del derecho, la doctrina de la evasión impide que las personas, tanto naturales como jurídicas, eludan la aplicación de las obligaciones y responsabilidades que ya les corresponden. Esto representa una aplicación práctica de la política de que, como resultado del contrato social, todas las personas que deben lealtad a un estado deben tener derecho a asumir que todos recibirán un trato justo e igualitario ante la ley, es decir, no habrá favoritismos ni preferencias. trato a cualquier persona en virtud de su rango o condición dentro de la sociedad. Como tal,
Niños
Existen políticas específicas para todas las principales ramas del derecho. Por lo tanto, una de las políticas en el derecho de familia es parens patriae, es decir, que el estado es el padre por defecto de todos los niños dentro de su jurisdicción y que, si es necesario para proteger los intereses del niño, el estado usurpará los derechos de los padres naturales y hará valer sus propios derechos como derechos legales de cada niño. guardián. Dentro de la UE, el derecho del niño a ser oído en cualquier procedimiento es un derecho fundamental previsto en el artículo 24 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea. Se tendrán en cuenta las opiniones del niño sobre los asuntos que le conciernen de acuerdo con su edad y madurez. También establece que el interés superior del niño será la consideración primordial en todas las acciones relacionadas con los niños, ya sea que las tomen las autoridades públicas o las instituciones privadas.
Casamiento
Una política que se superpone entre el derecho de familia y el derecho contractual es el favor matrimonii, que requiere que cualquier matrimonio celebrado con un compromiso genuino se considere válido a menos que exista una buena razón para lo contrario, igualando el derecho contractual, donde la preferencia es siempre dar efecto. a la expectativa genuina de las partes.
Discusión
Las políticas adoptadas por los estados han surgido por varias razones. Algunos son aspectos del concepto de soberanía y reflejan la esencia de la territorialidad. Por lo tanto, las leyes públicas que definen la constitución del estado o regulan sus poderes solo pueden aplicarse dentro de los límites acordados como parte del proceso de jure.reconocimiento de la condición de Estado por parte de la comunidad internacional. Otras políticas son aspectos del contrato social, y definen y regulan la relación entre un estado y aquellos ciudadanos que le deben lealtad. En esa medida, estas políticas interactúan (ya veces se superponen) con los derechos civiles y los derechos humanos. Varios de estos derechos se definen a nivel supranacional y será necesario que los estados consideren hasta qué punto se permitirá que los principios internacionales del derecho influyan en la aplicación de la ley dentro de sus territorios. Independientemente del trabajo de la comunidad internacional para producir principios armonizados, los tribunales de un estado a veces pueden enfrentarse a juicios que buscan evadir la aplicación de leyes extranjeras a través de la compra de foros o buscan la aplicación de leyes "extranjeras". Esto se está volviendo cada vez más común a medida que las personas ahora se mueven con una libertad razonable entre los estados y el comercio internacional sirve rutinariamente a los mercados en diferentes estados. Tales juicios no serán problemáticos si la ley "extranjera" es la misma que la ley del foro. Pero surgirán serias dificultades si la aplicación de la ley "extranjera" produce un resultado diferente. Estas cuestiones se resuelven bajo los sistemas de derecho conocidos como "conflicto de leyes".
En casos de conflicto, ningún tribunal aplicará una ley "extranjera" si el resultado de su aplicación fuera contrario al orden público. Esto es problemático porque la exclusión de la aplicación de leyes extranjeras anularía el propósito del conflicto de leyes al dar preferencia automática a la ley nacional del tribunal del foro. Por lo tanto, en su mayor parte, los tribunales tardan más en invocar la política pública en casos que involucran un elemento extranjero que cuando se trata de un asunto legal interno. Dicho esto, en aquellos países que han adoptado obligaciones de tratados que involucran derechos humanos (por ejemplo, los estados que se someten a la jurisdicción del Tribunal Europeo de Derechos Humanos) ahora pueden aplicarse conceptos más amplios de política pública. Por lo tanto, los tribunales pueden tener que considerar la "justicia" implícita en una ley que permite que un esposo se divorcie de su esposa, pero no al revés., como un aspecto de la discriminación sexual. De manera similar, sería posible cuestionar la conveniencia de los matrimonios polígamos, el sistema talaq de divorcio que está disponible en algunos estados islámicos y el divorcio judío conocido como get, pero es probable que los tribunales sean cautelosos para evitar cualquier implicación de que estaban discriminando a las religiones. Igualmente difíciles son las leyes de familia que regulan las relaciones y la capacidad incestuosa. Por ejemplo, es probable que un estado no se apresure a condenar a otro porque permite el matrimonio entre un tío y una sobrina, o permite el matrimonio con una niña de 13 años (por ejemplo, como en el norte de Nigeria), especialmente si las partes no están proponiendo residencia en el estado del foro.
Menos controvertida es la exclusión de leyes extranjeras que son penales o territoriales porque buscan recaudar impuestos adeudados a otro estado, por ejemplo, en la ley inglesa, si la legislación de control de divisas se usa como "un instrumento de opresión", se le puede negar la aplicación extraterritorial. (Re Helbert Wagg & Co Ltd [1956] Cap. 323, 351). De manera similar, se puede negar la ejecución de contratos válidos si hacerlo ayudaría a un enemigo del estado del foro o dañaría la relación política con un estado amigo. Al considerar cuestiones de estatus, los tribunales ingleses han sostenido que las incapacidades impuestas a causa de la esclavitud (Somersett's Case [1771] 20 St Tr 1), religión (Re Metcalfe's Trusts [1864] 2 De GJ & S 122), nacionalidad extranjera (Re Helbert Wagg & Co Ltd [1956] Ch 323 en pp. 345/46), raza (Oppenheimer v Cattermole [1976] AC 249 en pp. 265, 276/78, 282/83), divorcio (Scott v Attorney-General [1886] 11 PD 128), incompetencia física (Re Langley's Settlement Trusts [1962] Ch 541 en pp. 556/57) y prodigalidad (Worms v De Valdor [1880] 49L J Ch. 261 and Re Selot's Trusts [1902] 1 Ch. 488) serán ignorados. La política es también un componente clave del proceso de ejecución de sentencias extranjeras.
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