Derechos LGBT en Venezuela

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Las personas lesbianas, gays, bisexuales y transgénero (LGBT) en Venezuela enfrentan desafíos legales que no experimentan los residentes no LGBT. Tanto los tipos masculinos como femeninos de actividad sexual entre personas del mismo sexo son legales en Venezuela, pero las parejas del mismo sexo y los hogares encabezados por parejas del mismo sexo no son elegibles para las mismas protecciones legales disponibles para las parejas casadas del sexo opuesto. Además, el matrimonio entre personas del mismo sexo y las uniones de fact están prohibidos constitucionalmente desde 1999.

Legalidad de la actividad sexual entre personas del mismo sexo

La homosexualidad nunca ha sido punible desde la independencia de Venezuela, siendo Venezuela junto con Bolivia los únicos dos países de América del Sur que no han criminalizado la homosexualidad desde su formación como estados soberanos. Sin embargo, en el marco de la "ley sobre holgazanes y matones" (leyes sobre conducta precriminal como en Europa y América Latina durante el siglo XX) la situación cambió ligeramente; En Venezuela, a diferencia de España, esta ley no se refería expresamente a los homosexuales, aunque ocasionalmente se aplicaba a homosexuales, transgénero y/o transexuales que ejercían la prostitución, así como a las trabajadoras sexuales en general, según informó Amnistía Internacional. Las personas sometidas a esta legislación mediante "actos administrativos" podrían incluirse en "programas de reeducación" en "lugares especiales de reclusión" sin juicio, como también ha ocurrido en muchos otros países, entre ellos España. Esta ley fue declarada inconstitucional por la Corte Suprema de Justicia en 1997.

La edad universal de consentimiento es 16 años.

Reconocimiento de las relaciones entre personas del mismo sexo

Poster exigiendo el reconocimiento sindical del mismo sexo en Venezuela.

La Constitución de Venezuela, adoptada en 1999, define el matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer, por lo que constitucionalmente prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo. El artículo 77 de la Constitución dice lo siguiente:

Se protege el matrimonio entre un hombre una mujer, que se basa en el libre consentimiento y la igualdad absoluta de derechos y obligaciones de los cónyuges. Una unión estable de facto entre un hombre y una mujer que cumpla los requisitos establecidos por la ley tendrá los mismos efectos que el matrimonio.

Además, no existe un reconocimiento legal explícito de las parejas del mismo sexo en la legislación venezolana.

En 2003, una ONG LGBT llamada Unión Afirmativa presentó un recurso ante el Tribunal Supremo para el reconocimiento legal de derechos económicos (pensiones, herencia, seguridad social, hogar común, etc.) para parejas del mismo sexo. La sentencia, dictada el 28 de febrero de 2008 a pesar de reconocer que "las parejas del mismo sexo gozan de todos los derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales-, no tienen una protección especial similar al concubinato o matrimonio entre un hombre y una mujer, es decir, en los mismos términos que las parejas heterosexuales. A pesar de esto, la Asamblea Nacional es el organismo gubernamental con el mandato de legislar para proteger dichos derechos para las parejas del mismo sexo." La decisión también indicó que estos derechos estaban cubiertos por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

El 20 de marzo de 2009, la miembro de la Cámara de Diputados Romelia Matute anunció que la Asamblea Nacional legalizaría explícitamente las uniones entre personas del mismo sexo y las reconocería como asociaciones de convivencia como parte de la Ley de Género. y Ley Orgánica de Equidad. Esta iniciativa nunca fue discutida. La sociedad civil presentó a la Asamblea Nacional otras iniciativas relativas a este tema y al reconocimiento de la identidad de las personas transgénero, pero nunca ha tenido lugar un debate formal.

El 31 de enero de 2014, durante un debate sobre un proyecto de ley de reforma del código civil, activistas LGBT presentaron una propuesta que buscaba legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo.

En enero de 2015, se presentó una demanda por el derecho a contraer matrimonio ante la Corte Suprema del país. El 28 de abril de 2016, la Corte Suprema anunció que conocería el caso. La demanda buscaba declarar inconstitucional el artículo 44 del Código Civil porque establecía que el matrimonio sólo era legalmente válido entre un hombre y una mujer en Venezuela.

En junio de 2016, la oposición venezolana anunció que trabajaría en un proyecto de ley de unión civil. Un destacado miembro del comité dijo que la nueva Ley de Registro permitiría a las parejas buscar algunos beneficios.

En noviembre de 2017, el presidente Nicolás Maduro expresó su apoyo personal al matrimonio entre personas del mismo sexo y dijo que la Asamblea Constituyente aceptaría discutir la legalización del matrimonio entre personas del mismo sexo. En septiembre de 2018, Hermann Escarrá, miembro de la Asamblea Constituyente, dijo que actualmente hay discusiones para permitir el matrimonio entre personas del mismo sexo bajo la nueva Constitución de Venezuela, y que hay un apoyo mayoritario en la Asamblea. Se esperaba que el debate sobre la nueva Constitución comenzara a finales de 2018 o principios de 2019, pero desde entonces se ha pospuesto.

Adopción y crianza

Las parejas del mismo sexo en Venezuela no pueden adoptar niños legalmente. Sin embargo, las parejas de lesbianas pueden acceder a la FIV.

El 15 de diciembre de 2016, el Tribunal Supremo de Justicia dictaminó que un bebé puede ser inscrito en el Registro Civil venezolano con los apellidos de ambas madres. Basándose en el artículo 75 de la Constitución, el tribunal declaró que el Estado brindará protección sin distinción a todas las familias, incluidos los niños y adolescentes nacidos en familias del mismo sexo. Además, esos niños deben disfrutar de todos los derechos y garantías consagrados a otros niños nacidos en familias de sexos opuestos. A partir de ahora, los niños con padres del mismo sexo en Venezuela podrán ser registrados con los apellidos de ambos padres, independientemente de si los padres son biológicos o no.

Protecciones contra la discriminación

En Venezuela, pocos instrumentos legales, en algunas áreas específicas (lugar de trabajo, vivienda de alquiler y sistema bancario), protegen a las personas LGBT de la discriminación. Sin embargo, incluso cuando existen protecciones, estas leyes carecen de mecanismos para implementar estrategias reales y efectivas para prevenir la discriminación y la desigualdad.

Desde 2012, la Ley Orgánica del Trabajo, prohíbe la discriminación por orientación sexual. Anteriormente, la discriminación laboral por motivos de "opción sexual" fue prohibido en 1996.

El artículo 4 de la Ley Orgánica del Poder Popular (2010), señala que "El Poder Popular está diseñado para garantizar la vida y el bienestar del pueblo, creando mecanismos para su desarrollo social y espiritual. el desarrollo, garantizando la igualdad de condiciones para que todos desarrollen libremente su personalidad, orienten su destino, disfruten de los derechos humanos y alcancen la suprema felicidad social; sin discriminación por motivos de origen étnico, religión, condición social, sexo, orientación sexual, identidad y expresión de género, idioma, opinión política, origen nacional, edad, situación económica, discapacidad o cualquier otra circunstancia personal, jurídica o social que tenga efecto de anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y garantías constitucionales."

El artículo 173 de la Ley de Instituciones del Sector Bancario (2010), incluye la "identidad o expresión de género" como categorías protegidas contra la discriminación.

El artículo 5 de la Ley de Regulación y Control del Arrendamiento de Vivienda, promulgada en 2011, prohíbe la discriminación y brinda protección a quienes son especialmente vulnerables o vulnerables a la discriminación por motivos de orientación sexual e identidad de género, entre otros.

En el proceso previo a la adopción de la nueva Constitución venezolana de 1999, se propusieron disposiciones contra la discriminación; sin embargo, debido a la fuerte oposición de la Iglesia Católica Romana, fueron eliminados del borrador final. En 2001, hubo nuevos intentos de incluirlos en la Constitución. En 2002, el entonces presidente Hugo Chávez expresó su pesar por su exclusión, señalando que podrían ser incluidos en futuras rondas de reforma constitucional.

El referéndum constitucional venezolano en 2007 habría prohibido la discriminación basada en la orientación sexual, pero ambos de los dos conjuntos de reformas, que abarcaban una amplia gama de medidas sociales y económicas, fueron derrotados de manera estrecha.

Many LGBT groups have proposed to the National Assembly to legislate on equality since 2009 to 2015, the proposed anti-discrimination laws have never been considered in the agenda.

Identidad y expresión de género

Mujeres transgénero en la playa Bobure, estado de Zulia

En septiembre de 2016, el Servicio Administrativo de Asuntos de Identificación y Migración (SAIME), a través de una petición del Ministerio Público, anunció que las personas transgénero pueden solicitar un nuevo documento de identidad según su identidad de género. La fotografía en la tarjeta de identidad será adecuada para el género que manifiesta a la persona, independientemente del sexo biológico. Sin embargo, actualmente no hay ningún procedimiento administrativo o mecanismo para promulgar el artículo °146, dejando a las personas trans todavía incapaz de cambiar su información sobre su tarjeta de identidad.

En 2017, el Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela admitió una acción constitucional que pretende permitir cambiar el nombre y el género de un grupo de personas. Cada caso será evaluado individualmente, y todas las partes involucradas necesitarán una copia certificada de certificados de nacimiento y un informe psiquiátrico y psicológico presentado por un especialista que demuestre la veracidad de la identidad sexual prevista. Sin embargo, el Tribunal todavía no ha concedido el cambio de nombre y género a las personas implicadas en la acción constitucional.

Servicio militar

Las personas LGBT pueden servir abiertamente en el ejército desde que el fallo del Tribunal Supremo de Justicia de 16 de marzo de 2023 anuló el artículo 565 del Código de Justicia Militar, vigente desde 1998, que prohibió anteriormente la actividad sexual del mismo sexo. The court found that the law was unconstitutionally vague and that banning non-reproductive sex was incompatible with the Constitution and international agreements on human rights.

El artículo 565 señala "El funcionario que cometa actos que afrenten o menoscaben su dignidad o permita tales actos sin intentar impedirlos por los medios autorizados por la ley, será reprimido con prisión de uno a tres años y separación de prisión. Fuerzas Armadas. La misma pena se aplicará a todo militar que cometa actos sexuales contra natura."

Anteriormente, se habían conocido varios casos en los que miembros del ejército habían sido acosados o despedidos por ser homosexuales.

Condiciones de vida

Los partidarios de LGBT en una marcha antigubernamentales en 2014 poco después de la detención de Leopoldo López

Desde el año 2000, se celebra el Día Internacional contra la Homofobia, mientras que recientemente el gobierno ha comenzado a participar en los eventos del Orgullo por primera vez. Sin embargo, el acoso policial y la homofobia en el lugar de trabajo siguen siendo problemas graves.

Durante las elecciones parlamentarias de 2015, la activista transgénero Tamara Adrián fue elegida diputada suplente a la Asamblea Nacional por el partido Voluntad Popular, convirtiéndose en el segundo miembro transgénero de una legislatura nacional en América Latina, después de Michelle Suárez Bértora de Uruguay. . Adrián ha declarado en varias ocasiones que tiene la intención de impulsar una legislación para legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo y mejorar la protección estatal de las personas LGBT. Rosmit Mantilla, también activista por los derechos LGBT de Voluntad Popular y abiertamente gay, también fue elegido diputado suplente en las elecciones de 2015; Los dos son los primeros miembros LGBT de la Legislatura de Venezuela.

En mayo de 2016, la Asamblea Nacional aprobó por unanimidad una resolución que establece el 17 de mayo como el Día Internacional Contra la Homofobia, la Transfobia y la Bifobia, con el fin de sensibilizar a la sociedad y promover la lucha contra la discriminación, la estigmatización, la violencia y la negación de derechos. a personas sobre la base de su orientación sexual o su identidad o expresión de género. Sin embargo, en agosto de 2016, la Corte Suprema suspendió la resolución.

Opinión pública

Según una encuesta del Pew Research Center, realizada entre el 8 de noviembre de 2013 y el 12 de febrero de 2014, el 28% de los venezolanos apoyaba el matrimonio entre personas del mismo sexo y el 61% se oponía.

Una encuesta de opinión del Pew Research Center de 2013 mostró que el 51% de los venezolanos cree que la sociedad debe aceptar la homosexualidad, mientras que el 42% cree que no. El 57% de las personas entre 18 y 29 años cree que debería aceptarse, el 51% de las personas entre 30 y 49 años y el 45% de las personas mayores de 50 años.

En mayo de 2015, PlanetRomeo, una red social LGBT, publicó su primer Índice de Felicidad Gay (GHI). A hombres homosexuales de más de 120 países se les preguntó cómo se sienten acerca de la visión de la sociedad sobre la homosexualidad, cómo experimentan la forma en que otras personas los tratan y qué tan satisfechos están con sus vidas. Venezuela ocupó el puesto 45, justo por encima de Surinam y por debajo de Ecuador, con un puntaje GHI de 48.

Una encuesta de 2023 realizada por Equilibrium – Centro para el Desarrollo Económico (Equilibrium CenDE) encontró que el 55% de los venezolanos apoyaba el matrimonio entre personas del mismo sexo (41% "totalmente" y 14% "algo&#34 ;), mientras que el 32% se opuso (25% "totalmente" y 7% "algo"). El 48% de los encuestados también apoyó la adopción por parte de parejas del mismo sexo (34% "totalmente" y 14% "algo"), mientras que el 39% se opuso (28% "totalmente"). 34; y 11% "algo").

Tabla resumen

Bandera de la comunidad LGBT de Venezuela
Misma de actividad sexual legal Yes (Desde 1997)
Igualdad de edad de consentimiento (16) Yes (Desde 1997)
Leyes de lucha contra la discriminación en el empleo Yes (Desde 1996 basado en "opción sexual", desde 2012 basada en la orientación sexual)
Leyes contra la discriminación en la prestación de bienes y servicios Yes (Desde 1996 basado en "opción sexual", desde 2012 basada en la orientación sexual)
Leyes de lucha contra la discriminación en todas las demás esferas (incluidos la discriminación indirecta, la incitación al odio) No/Yes (En el estado de Mérida solamente)
Matrimonios del mismo sexo No (Propuesta)
Reconocimiento de parejas del mismo sexo No (Propuesta)
Adopción por personas LGBT solteras Yes
Adopción por parejas del mismo sexo No
Adopción conjunta por parejas del mismo sexo No
Paternidad automática en certificados de nacimiento para niños de parejas del mismo sexo Yes (Desde 2016)
Personas LGBT permitieron servir abiertamente en el ejército Yes (Desde 2023)
Derecho a cambiar el género legal No
Acceso a la FIV para lesbianas Yes
Terapia de conversión prohibida en menores No
Surrogancia comercial para parejas gay masculinas No
MSMs permitió donar sangre No
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