Derecho a la educación
El derecho a la educación ha sido reconocido como un derecho humano en una serie de convenciones internacionales, incluido el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que reconoce el derecho a la educación primaria gratuita y obligatoria para todos, la obligación de desarrollar una educación secundaria accesible para todos. todo ello con la introducción progresiva de la educación secundaria gratuita, así como la obligación de desarrollar un acceso equitativo a la educación superior, idealmente mediante la introducción progresiva de la educación superior gratuita. En 2021, 171 estados eran partes del Pacto.
En 2019, aproximadamente 260 millones de niños en todo el mundo no tenían acceso a la educación escolar y la desigualdad social era una de las principales causas.
La Iniciativa de Medición de Derechos Humanos mide el derecho a la educación de países de todo el mundo, en función de su nivel de ingresos.
Base legal internacional
El derecho a la educación se refleja en el artículo 26 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, que establece:
"Toda persona tiene derecho a la educación. La educación será gratuita, por lo menos en las etapas elemental y fundamental. La educación elemental será obligatoria. La educación técnica y profesional será general y la educación superior será igualmente accesible para todos sobre la base de mérito. La educación estará dirigida al pleno desarrollo de la personalidad humana y al fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales. Promoverá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones, grupos raciales o religiosos, y promoverá las actividades de Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz. Los padres tienen derecho preferente a elegir el tipo de educación que ha de darse a sus hijos".
El derecho a la educación ha sido reafirmado en la Convención de la UNESCO contra la Discriminación en la Educación de 1960, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de 1981, la Convención sobre los Derechos de las Personas de 1989 el Niño, y la Convención de 2006 sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
En África, tanto la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos de 1981 como la Carta Africana de Derechos y Bienestar del Niño de 1990 reconocen el derecho a la educación.
En [Europa], el artículo 2 del primer Protocolo del 20 de marzo de 1952 al Convenio Europeo de Derechos Humanos establece que el derecho a la educación se reconoce como un derecho humano y se entiende que establece un derecho a la educación. Según el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el derecho a la educación incluye el derecho a la educación primaria gratuita y obligatoria para todos, la obligación de desarrollar una educación secundaria accesible a todos, en particular mediante la introducción progresiva de la educación secundaria gratuita, como así como la obligación de desarrollar un acceso equitativo a la educación superior, en particular mediante la introducción progresiva de la educación superior gratuita. El derecho a la educación también incluye la responsabilidad de brindar educación básica a las personas que no han completado la educación primaria. Además de estas disposiciones de acceso a la educación, el derecho a la educación comprende también la obligación de eliminar la discriminación en todos los niveles del sistema educativo, establecer estándares mínimos y mejorar la calidad. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo ha aplicado esta norma, por ejemplo, en el caso lingüístico belga.El artículo 10 de la Carta Social Europea garantiza el derecho a la formación profesional.
De acuerdo con la constitución de la India en virtud de la Ley de Enmienda 86 de 2002, existe el derecho a la educación gratuita y obligatoria hasta los 6 a 14 años de edad.
Se ha argumentado que "el derecho internacional no proporciona una protección efectiva del derecho a la educación preescolar". Solo dos tratados globales hacen referencia explícita a la educación previa a la escuela primaria. La Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer requiere que los estados garanticen la igualdad de las niñas "en edad preescolar". Y en la Convención sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, los Estados acuerdan que no se negará el acceso a las "instituciones educativas preescolares públicas" debido a la "situación irregular con respecto a Quédate." Menos explícitamente, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad requiere que "
En 2022, Human Rights Watch adoptó una política en la que exhorta a los estados a brindar al menos un año de educación preescolar gratuita, obligatoria, inclusiva y de calidad, disponible y accesible para todos los niños. Al hacerlo, abogaron por incluir un año de educación preescolar como parte del núcleo mínimo del derecho a la educación. Además, hicieron un llamado a todos los estados para que adopten un plan de acción detallado para la implementación progresiva de más años de educación preescolar, dentro de un número razonable de años que se fijará en el plan.
Definición
La educación es el acceso a las instrucciones institucionales formales. En general, los instrumentos internacionales utilizan el término en este sentido y el derecho a la educación, protegido por los instrumentos internacionales de derechos humanos, se refiere principalmente a la educación en un sentido estricto. La Convención de la UNESCO contra la Discriminación en la Educación de 1960 define la educación en el Artículo 1 (2) como: "todos los tipos y niveles de educación, (incluido) el acceso a la educación, el nivel y la calidad de la educación, y las condiciones en las que se imparte. "
En un sentido más amplio, la educación puede describir "todas las actividades mediante las cuales un grupo humano transmite a sus descendientes un conjunto de conocimientos y habilidades y un código moral que le permite subsistir". En este sentido, la educación se refiere a la transmisión a una generación posterior de las habilidades necesarias para realizar las tareas de la vida diaria y, además, transmitir los valores sociales, culturales, espirituales y filosóficos de la comunidad en particular. El significado más amplio de la educación ha sido reconocido en el Artículo 1(a) de la Recomendación de la UNESCO de 1974 sobre la Educación para la Comprensión, la Cooperación y la Paz Internacionales y la Educación relativa a los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales.
“el proceso completo de la vida social por medio del cual los individuos y los grupos sociales aprenden a desarrollar conscientemente en el seno de las comunidades nacionales e internacionales y en beneficio de ellas, la totalidad de sus capacidades, actitudes, aptitudes y conocimientos personales”.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha definido la educación en un sentido estricto como "enseñanza o instrucciones... en particular a la transmisión de conocimientos y al desarrollo intelectual" y en un sentido más amplio como "el proceso total mediante el cual, en cualquier sociedad, los adultos se esfuerzan por transmitir sus creencias, cultura y otros valores a los jóvenes".
Evaluación del cumplimiento
El cumplimiento del derecho a la educación puede evaluarse utilizando el marco de las 4A, que afirma que para que la educación sea un derecho significativo debe estar disponible, accesible, aceptable y adaptable. El marco 4As fue desarrollado por la ex relatora especial de la ONU sobre el derecho a la educación, Katarina Tomasevski, pero no es necesariamente el estándar utilizado en todos los instrumentos internacionales de derechos humanos y, por lo tanto, no es una guía genérica sobre cómo se trata el derecho a la educación en la legislación nacional..
El marco de las 4A propone que los gobiernos, como principales garantes de deberes, deben respetar, proteger y cumplir el derecho a la educación haciendo que la educación esté disponible, sea accesible, aceptable y adaptable. El marco también impone deberes a otros actores del proceso educativo: el niño, que como sujeto privilegiado del derecho a la educación tiene el deber de cumplir con los requisitos de la educación obligatoria, los padres como 'primeros educadores' y los educadores profesionales, a saber maestros
Las 4A se han elaborado de la siguiente manera:
- Disponibilidad: financiada por los gobiernos, la educación es universal, gratuita y obligatoria. Debe haber infraestructura e instalaciones adecuadas con libros y materiales adecuados para los estudiantes. Los edificios deben cumplir con los estándares de seguridad y saneamiento, como tener agua potable limpia. El reclutamiento activo, la capacitación adecuada y los métodos de retención apropiados deben garantizar que haya suficiente personal calificado disponible en cada escuela.
- Accesibilidad: todos los niños deben tener el mismo acceso a los servicios escolares, independientemente de su género, raza, religión, etnia o condición socioeconómica. Se deben hacer esfuerzos para garantizar la inclusión de los grupos marginados, incluidos los hijos de los refugiados, las personas sin hogar o las personas con discapacidad; en resumen, debe haber acceso universal a la educación, es decir, acceso para todos. Los niños que caen ena la pobreza se le debe otorgar el acceso a la educación porque favorece el crecimiento de su estado psíquico y social. No debe haber formas de segregación o negación de acceso a ningún estudiante. Esto incluye garantizar que existan leyes adecuadas contra cualquier trabajo o explotación infantil para evitar que los niños obtengan educación primaria o secundaria. Las escuelas deben estar a una distancia razonable para los niños dentro de la comunidad; de lo contrario, se debe proporcionar transporte a los estudiantes, en particular a aquellos que puedan vivir en áreas rurales, para garantizar que los caminos a la escuela sean seguros y convenientes. La educación debe ser asequible para todos, con libros de texto, suministros y uniformes proporcionados a los estudiantes sin costo adicional.
- Aceptabilidad: la calidad de la educación brindada debe ser libre de discriminación, relevante y culturalmente apropiada para todos los estudiantes. No se debe esperar que los estudiantes se ajusten a ningún punto de vista religioso o ideológico específico. Los métodos de enseñanza deben ser objetivos e imparciales y el material disponible debe reflejar una amplia gama de ideas y creencias. Se debe enfatizar la salud y la seguridad dentro de las escuelas, incluida la eliminación de cualquier forma de castigo corporal. Se debe mantener el profesionalismo del personal y los maestros.
- Adaptabilidad: los programas educativos deben ser flexibles y capaces de ajustarse de acuerdo con los cambios sociales y las necesidades de la comunidad. Las escuelas deben respetar la observancia de las festividades religiosas o culturales para acomodar a los estudiantes, además de brindar atención adecuada a los estudiantes con discapacidades.
Varias ONG y organizaciones benéficas internacionales trabajan para hacer realidad el derecho a la educación utilizando un enfoque del desarrollo basado en los derechos.
Desarrollo historico
En Europa, antes de la Ilustración del siglo XVIII y XIX, la educación era responsabilidad de los padres y de la iglesia. Con la Revolución Francesa y Americana, la educación se estableció también como una función pública. Se pensó que el Estado, al asumir un papel más activo en la esfera de la educación, podría ayudar a que la educación estuviera disponible y fuera accesible para todos. Hasta ahora, la educación había estado disponible principalmente para las clases sociales altas y la educación pública se percibía como un medio para hacer realidad los ideales igualitarios que subyacen en ambas revoluciones.
Sin embargo, ni la Declaración de Independencia de los Estados Unidos (1776) ni la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano de Francia (1789) protegieron el derecho a la educación, ya que los conceptos liberales de los derechos humanos del siglo XIX preveían que los padres conservaran la responsabilidad primaria. deber de educar a sus hijos. Era obligación de los estados garantizar que los padres cumplieran con este deber, y muchos estados promulgaron leyes que hacían obligatoria la asistencia a la escuela. Además, se promulgaron leyes sobre trabajo infantil para limitar el número de horas por día que los niños podían trabajar, para garantizar que los niños asistieran a la escuela. Los estados también se involucraron en la regulación legal de los planes de estudios y establecieron estándares educativos mínimos.
En Sobre la libertad, John Stuart Mill escribió que "una educación establecida y controlada por el Estado sólo debería existir, si es que existe, como uno entre muchos experimentos en competencia, llevado a cabo con el propósito de ejemplo y estímulo para mantener a los demás en un nivel alto". cierto nivel de excelencia". Los pensadores liberales del siglo XIX señalaron los peligros de una participación estatal excesiva en la esfera de la educación, pero confiaron en la intervención estatal para reducir el dominio de la iglesia y proteger el derecho a la educación de los niños frente a sus propios padres. En la segunda mitad del siglo XIX, los derechos educativos se incluyeron en las declaraciones de derechos nacionales. El Paulskirchenverfassung de 1849, la constitución del Imperio alemán, influyó fuertemente en las constituciones europeas posteriores y dedicó el artículo 152 al 158 de su declaración de derechos a la educación. La constitución reconoció la educación como una función del estado, independiente de la iglesia. Notable en ese momento, la constitución proclamó el derecho a la educación gratuita para los pobres, pero la constitución no requería explícitamente que el estado estableciera instituciones educativas. En cambio, la constitución protegía los derechos de los ciudadanos a fundar y operar escuelas y brindar educación en el hogar. La constitución también preveía la libertad de la ciencia y la enseñanza, y garantizaba el derecho de todos a elegir una vocación y formarse para ella.
El siglo XIX también vio el desarrollo de la teoría socialista, que sostenía que la tarea principal del estado era asegurar el bienestar económico y social de la comunidad a través de la intervención y regulación del gobierno. La teoría socialista reconoció que los individuos tenían derecho a los servicios básicos de bienestar frente al estado y la educación se consideraba uno de estos derechos de bienestar. Esto contrastaba con la teoría liberal de la época, que consideraba a los actores no estatales como los principales proveedores de educación. En 1917 la constitución mexicana fue la primera en garantizar la educación gratuita y laica.Más tarde, los ideales socialistas se consagraron en la Constitución soviética de 1936, que reconoce el derecho a la educación con la correspondiente obligación del Estado de brindar dicha educación. La constitución garantizaba la educación gratuita y obligatoria en todos los niveles, un sistema de becas estatales y formación profesional en empresas estatales. Posteriormente, el derecho a la educación ocupó un lugar destacado en las constituciones de los estados socialistas. Como objetivo político, el derecho a la educación fue declarado en el discurso de 1944 de FD Roosevelt sobre la Segunda Declaración de Derechos.
El papel de la educación para los individuos, la sociedad y el estado
La educación en todas sus formas (informal, no formal y formal) es fundamental para garantizar la dignidad de todas las personas. Los objetivos de la educación, tal como se establece en el derecho internacional de los derechos humanos (DIDH), están todos dirigidos a la realización de los derechos y la dignidad del individuo.Estos incluyen, entre otros, garantizar la dignidad humana y el desarrollo pleno y holístico de la personalidad humana; fomentar el desarrollo físico y cognitivo; permitir la adquisición de conocimientos, habilidades y talentos; contribuir a la realización del pleno potencial del individuo; mejorar la autoestima y aumentar la confianza; fomentar el respeto de los derechos humanos; dar forma al sentido de identidad y afiliación de una persona con los demás; permitir la socialización y la interacción significativa con los demás; permitir que una persona dé forma al mundo que la rodea permite su participación en la vida comunitaria; contribuir a una vida plena y satisfactoria dentro de la sociedad; y empoderar y permitir un mayor disfrute de otros derechos humanos.
La educación también es transformadora para el Estado y la sociedad. Como uno de los mecanismos más importantes mediante los cuales los grupos sociales, en particular los pueblos indígenas y las minorías, se mantienen de generación en generación, transmitiendo el idioma, la cultura, la identidad, los valores y las costumbres, la educación es también una de las formas clave en que los estados pueden garantizar su intereses económicos, sociales, políticos y culturales.
El papel principal de la educación dentro de una sociedad y el estado es:
- Permitir la transmisión de cultura, valores, identidad, idiomas y costumbres de una generación a la siguiente;
- Promover el crecimiento económico sostenible;
- Fomentar sociedades democráticas y pacíficas;
- Fomentar la participación y la inclusión en los procesos de toma de decisiones;
- Fomentar una rica vida cultural;
- Ayudar a construir una identidad nacional;
- promover la justicia social;
- Superar desafíos persistentes y arraigados;
- Fomentar el desarrollo sostenible, incluido el respeto por el medio ambiente.
Implementación
El derecho internacional no protege el derecho a la educación preescolar y los documentos internacionales generalmente omiten referencias a la educación en este nivel. La Declaración Universal de los Derechos Humanos establece que toda persona tiene derecho a la educación, por lo que el derecho se aplica a todas las personas, aunque se considera a los niños como los principales beneficiarios.
Los derechos a la educación se dividen en tres niveles:
- Educación Primaria (Elemental o Fundamental). Será obligatoria y gratuita para cualquier niño independientemente de su nacionalidad, sexo, lugar de nacimiento o cualquier otra discriminación. Al ratificar el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, los Estados deben proporcionar educación primaria gratuita en un plazo de dos años.
- La educación secundaria (o elemental, técnica y profesional en la DUDH) debe estar generalmente disponible y accesible.
- En el Nivel Universitario, la Educación debe ser proporcionada de acuerdo a la capacidad. Es decir, cualquier persona que cumpla con los estándares de educación necesarios debería poder ir a la universidad.
Tanto la educación secundaria como la superior se harán accesibles "por todos los medios apropiados y, en particular, mediante la introducción progresiva de la educación gratuita".
Educación compulsiva
La realización del derecho a la educación a nivel nacional puede lograrse a través de la educación obligatoria, o más específicamente la educación primaria obligatoria y gratuita, tal como se establece tanto en la Declaración Universal de los Derechos Humanos como en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
Derecho a la educación de los niños.
Los derechos de todos los niños desde la primera infancia se derivan de la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. La declaración proclamaba en su artículo 1: 'Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos'. La declaración establece que los derechos humanos comienzan con el nacimiento y que la niñez es un período que exige cuidados y asistencia especiales [art. 25 (2)]. La Declaración de los Derechos del Niño de 1959 afirmó que: 'la humanidad le debe al niño lo mejor que puede darle', incluida la educación. Esto fue ampliado por el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966 que establece que: 'la educación estará dirigida al pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y fortalecerá el respeto a los derechos humanos y derechos fundamentales libertades [Arte. 13 (1)]
La Declaración Mundial sobre Educación para Todos (EPT) adoptada en 1990 en Jomtien, Tailandia, establece en el artículo 5 que: 'El aprendizaje comienza en el nacimiento [...] Esto requiere cuidado de la primera infancia y educación inicial.' Una década más tarde, el Marco de Acción de Dakar para la EPT estableció seis objetivos, el primero de los cuales fue: 'ampliar y mejorar la atención y educación de la primera infancia, especialmente para los niños más vulnerables y desfavorecidos'. La protección de los niños de todas las edades contra la explotación y las acciones que pondrían en peligro su salud, educación y bienestar también ha sido enfatizada por la Organización Internacional del Trabajo en los Convenios No. 138 sobre la Edad Mínima de Empleo (1973) y No. 182 sobre la Prohibición y Acción Inmediata para la Eliminación de las Peores Formas de Trabajo Infantil (1999).
Hay varias ONG que trabajan por el derecho a la educación. EClickKart es una de esas plataformas iniciadas por Rohit N Shetty, que establece que la educación es el derecho básico y EClickKart está trabajando para lograrlo.
El impacto de la privatización en el derecho a la educación
La privatización de la educación puede tener un impacto positivo para algunos grupos sociales, en forma de una mayor disponibilidad de oportunidades de aprendizaje, más opciones para los padres y una gama más amplia de planes de estudios. Sin embargo, también puede tener efectos negativos derivados de un control y una regulación insuficientes o inadecuados por parte de las autoridades públicas (escuelas sin licencia, contratación de docentes sin formación y ausencia de garantía de calidad), con riesgos potenciales para la cohesión social y la solidaridad. De particular preocupación: "Los grupos marginados no disfrutan de la mayor parte de los impactos positivos y también soportan la carga desproporcionada de los impactos negativos de la privatización".Además, las tarifas no controladas exigidas por los proveedores privados podrían socavar el acceso universal a la educación. En términos más generales, esto podría tener un impacto negativo en el disfrute del derecho a una educación de buena calidad y en la realización de la igualdad de oportunidades educativas.
La tutoría privada suplementaria, o 'educación en la sombra', que representa una dimensión específica de la privatización de la educación, también está creciendo en todo el mundo. A menudo, un síntoma del mal funcionamiento de los sistemas escolares,la tutoría privada, al igual que otras manifestaciones de la educación privada, puede tener efectos tanto positivos como negativos para los alumnos y sus profesores. Por un lado, la enseñanza se puede adaptar a las necesidades de los alumnos más lentos y los maestros pueden complementar sus salarios escolares. Por otro lado, las tarifas de tutoría privada pueden representar una parte considerable de los ingresos del hogar, particularmente entre los pobres, y por lo tanto pueden crear desigualdades en las oportunidades de aprendizaje. Y el hecho de que algunos maestros se esfuercen más en la tutoría privada y descuiden sus deberes regulares puede afectar negativamente la calidad de la enseñanza y el aprendizaje en la escuela.El crecimiento de la educación en la sombra, los recursos financieros movilizados por individuos y familias, y las preocupaciones sobre posibles malas conductas y corrupción de los docentes están llevando a algunos ministerios de educación a intentar regular el fenómeno.
Desigualdad social
En el año 2019, se estima que 260 millones de niños no tenían acceso a la educación escolar a escala mundial.
Educación femenina
En pleno siglo XXI, la desigualdad de género sigue siendo un obstáculo para el acceso universal a la educación. Las actitudes conservadoras hacia el rol de género femenino desafían el ejercicio pleno de las mujeres y las niñas de su derecho a la educación. Malala Yousafzai, activista por el acceso universal a la educación.
De los 750 millones de adultos analfabetos en el mundo, se estima que dos tercios son mujeres. Esto se debe a la desigualdad de género, la violencia misógina, así como el matrimonio y el embarazo, a menudo asociados con la pobreza y el aislamiento geográfico. En la segunda década del siglo XXI, la defensa del derecho de las mujeres a acceder a la educación se convirtió en un movimiento global a través del activismo de Malala Yousafzai, premio Nobel paquistaní.
COVID-19
La pandemia de COVID-19 afectó a más del 90% de los estudiantes del mundo y fue responsable del aumento de la desigualdad social en el acceso a la educación. La recesión mundial inmediata a la pandemia proyectó consecuencias drásticas en la financiación de la educación, provocando efectos duraderos en la igualdad de derechos a la educación. A nivel mundial, durante la pandemia, los marcadores de género, clase y etnia se presentaron como factores de vulnerabilidad en el acceso a derechos básicos como la educación y la salud.
A pesar de que el objetivo histórico del E-learning camina hacia la democratización del acceso a la educación, dependiendo de su calidad, puede ser una dificultad en la consecución de este derecho. Los estudiantes que carecen de capital cultural, apoyo familiar y condiciones materiales (incluido el acceso a equipos electrónicos e internet de calidad) han visto obstaculizado su acceso a la educación por esta modalidad de educación. El regreso a la docencia presencial durante la pandemia del COVID-19 generó un conflicto entre el derecho a la salud y el derecho a la educación. Al regresar a la escuela antes de que la pandemia estuviera completamente bajo control, los estudiantes estuvieron expuestos al SARS-CoV-2. Otro aspecto encadenado por la pandemia, que también se relaciona con el derecho a la salud, es el daño a la salud mental de los estudiantes.
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