Departamentos de Uruguay
Uruguay está formado por 19 departamentos (departamentos). Cada departamento tiene una legislatura llamada Junta Departamental. El Intendente es el director ejecutivo del departamento.
Historia
La primera división de la República en seis departamentos se produjo el 27 de enero de 1816. En febrero del mismo año se formaron dos departamentos más, y en 1828 se añadió uno más. Cuando se firmó la Primera Constitución en 1830, había nueve departamentos. Estos fueron los departamentos de Montevideo, Maldonado, Canelones, San José, Colonia, Soriano, Paysandú, Durazno y Cerro Largo. En ese momento, el departamento de Paysandú ocupaba todo el territorio al norte del Río Negro, que incluía los actuales departamentos de Artigas, Rivera, Tacuarembó, Salto, Paysandú y Río Negro.
El 17 de junio de 1837 se realizó una nueva división del Uruguay y este territorio norteño quedó dividido en tres partes mediante la creación de los departamentos de Salto y Tacuarembó. Al mismo tiempo, se creó el departamento de Minas (que finalmente pasó a llamarse Lavalleja) a partir de partes de Cerro Largo y Maldonado. Luego en 1856 se creó el departamento de Florida y el 7 de julio de 1880 se escindió el departamento de Río Negro de Paysandú y el departamento de Rocha de Maldonado. En 1884 se formó el departamento de Treinta y Tres a partir de partes de Cerro Largo y Minas, mientras que también se escindió el departamento de Artigas de Salto, y en el mismo año se escindió el departamento de Rivera de Tacuarembó. Finalmente a finales de 1885 el departamento de Flores se escindió de San José.
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Serie de mapas que muestran la formación gradual de los 19 departamentos del Uruguay. |
Lista de departamentos
Marco estatutario
Establecimiento de departamentos
La Asamblea General tiene facultades para crear nuevos departamentos, requiriendo una mayoría especial de dos tercios del número de miembros de ambas cámaras, según lo dispuesto por la Constitución en el artículo 85. La Asamblea General también puede definir sus fronteras, requiriendo la misma mayoría.
Política y gobernanza
El marco estatutario básico de los departamentos está definido por la Sección XVI de la Constitución. Cada departamento tiene poderes Ejecutivo y Legislativo, el primero integrado por el Intendente y el segundo por la Junta Departamental. La Ley Orgánica Municipal N° 9515 regula detalles más específicos de estas normas.
Finanzas
Las fuentes de recursos financieros de los gobiernos departamentales se detallan en el artículo 297 de la Constitución, siendo los impuestos departamentales, los impuestos nacionales cuya administración fue otorgada a los departamentos, las ganancias por servicios o rentas, el dinero obtenido por sanciones, donaciones, herencias y legados recibidos y aceptados, y su propia parte del Presupuesto Nacional que les fueron otorgados mediante Leyes de Presupuesto.
Municipios
Desde el año 2009 (Ley N° 18567 de 13 de septiembre de 2009), los departamentos uruguayos se encuentran subdivididos en municipios. Como Uruguay es un país muy pequeño (3 millones de habitantes, de los cuales aproximadamente la mitad vive en la capital nacional), este sistema ha sido ampliamente criticado como un desperdicio de recursos. Sin embargo, en las elecciones municipales de 2010 las autoridades locales resultaron electas y asumieron sus cargos meses después. Actualmente existen 125 municipios repartidos por todo el país.