Cristo Dominus

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Christus Dominus (Cristo el Señor; abreviatura "CD") es el Concilio Vaticano II "Decreto sobre el Oficio Pastoral de los Obispos".

El documento fue aprobado por una votación de 2.319 a 2 de los obispos reunidos y fue promulgado por el Papa Pablo VI el 28 de octubre de 1965. Christus Dominus pide conferencias episcopales fuertes de obispos, para establecer el estándar para la iglesia en su región, mientras apoya plenamente al Vaticano y al Papa.

CD describe cómo los obispos ejercen su oficio en tres niveles: en la iglesia universal (capítulo uno), en su propia "iglesia particular" o diócesis (capítulo dos), y a nivel regional o nacional (capítulo tres).

Antecedentes

El Concilio Vaticano I de 1869–1870 se centró en el Papa y definió la doctrina de la "infalibilidad papal" pero no habló de otros obispos. Por lo tanto, cuando el Papa Juan XXIII convocó un Concilio Vaticano II, todos esperaban que se hiciera cargo de este asunto inconcluso.

Colegio Apostólico

El papel de los obispos de la iglesia adquirió una renovada prominencia, especialmente cuando se los considera colectivamente, como un colegio que ha sucedido al de los apóstoles en la enseñanza y el gobierno de la iglesia. Este colegio no existe sin su cabeza, la sucesora de San Pedro.

En estos días, especialmente los obispos son frecuentemente incapaces de cumplir su oficina de manera efectiva y fructífera a menos que desarrollen un esfuerzo común que implique un crecimiento constante en armonía y cercanía de vínculos con otros obispos. Las conferencias episcopales ya establecidas en muchas naciones han proporcionado excelentes pruebas de un apostolado más fructífero. Por lo tanto, este sínodo sagrado considera que es supremamente apropiado que en todas partes los obispos pertenecientes a la misma nación o región forman una asociación que se reuniría en tiempos fijos. Así, cuando se han compartido las ideas de prudencia y experiencia y se han intercambiado opiniones, surgirá una unión santa de energías al servicio del bien común de las iglesias. ()CD 37)

Nota preliminar

En consecuencia, las afirmaciones hechas por algunos de que el concilio dio a la iglesia dos cabezas terrenales separadas, el Colegio de Obispos y el Papa, fueron contrarrestadas por la Nota Preliminar Explicativa añadida a la Constitución Dogmática sobre el Iglesia Lumen Gentium e impreso al final del texto.

Esta nota establece:

No hay tal cosa como la universidad sin su cabeza... y en la universidad la cabeza conserva intacta su función como Vicario de Cristo y pastor de la Iglesia universal. En otras palabras no es una distinción entre el Romano Pontífice y los obispos reunidos, sino entre el Romano Pontífice por sí mismo y el Romano Pontífice junto con los obispos.

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