Corporación de Ventas Extranjeras
Foreign Sales Corporation (FSC) era un tipo de dispositivo fiscal permitido por el Código de Rentas Internas de los Estados Unidos que permitía a las empresas recibir una reducción en el impuesto federal sobre la renta de los Estados Unidos por las ganancias derivadas de las exportaciones.
La FSC se creó en 1984 para reemplazar el antiguo esquema fiscal de promoción de exportaciones, la Corporación Nacional de Ventas Internacionales o DISC. Surgió una disputa internacional en 1971, cuando los Estados Unidos introdujeron una legislación que prevé los DISC. Estas leyes fueron impugnadas por la Comunidad Europea en el marco del GATT. Estados Unidos luego reclamó que las regulaciones fiscales europeas relativas a los ingresos extraterritoriales también eran incompatibles con el GATT. En 1976, un panel del GATT encontró que tanto los DISC como las regulaciones fiscales europeas eran incompatibles con el GATT. Estos casos fueron resueltos, sin embargo, por el Código de Subvenciones y Derechos Compensatorios de la Ronda de Tokio, predecesor del actual Código de Subvenciones y Medidas Compensatorias (SMC), y el Consejo del GATT decidió en 1981 adoptar los informes del panel sujeto al entendimiento de que se aplicarían los términos del acuerdo. El Panel de la OMC en el caso de 1999 dictaminó posteriormente que la decisión de 1981 no constituía un instrumento legal en el sentido del GATT-1994 y, por lo tanto, no era vinculante para el panel.
La Unión Europea (UE) inició procedimientos legales contra la ley estadounidense en la Organización Mundial del Comercio (OMC) en 1999, alegando que la ley estadounidense permitía un subsidio a la exportación. En marzo de 2000, el Órgano de Apelación de la OMC concluyó que las disposiciones de la FSC de la legislación estadounidense constituían una subvención a la exportación prohibida en virtud del Código de la Ronda Uruguay sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (GATT). En 2000, el Congreso de EE. UU. promulgó la Ley de Exclusión de Ingresos Extraterritoriales y Derogación de FSC de 2000, (ETI) que deroga las secciones 921 a 927 del Código de Rentas Internas que tratan con las FSC. Sin embargo, la Ley incluía nuevas leyes para excluir los ingresos extraterritoriales de la tributación (la exclusión de ingresos extraterritoriales).
La Unión Europea (UE) impugnó la ETI en 2001, alegando que la nueva ley no implementaba correctamente la decisión anterior de la OMC. La UE argumentó que la ETI efectivamente retuvo el subsidio a la exportación, aunque con un nombre diferente. La OMC encontró que el ETI era un subsidio a la exportación prohibido. Estados Unidos no cumplió con el plazo para implementar esta decisión y, el 30 de agosto de 2002, la OMC aprobó la solicitud de la Unión Europea de más de 4 mil millones de dólares en aranceles de represalia. La mayoría de los observadores consideraron poco probable que la Unión Europea implementara las sanciones, ya que la interrupción que se causaría al comercio transatlántico repercutiría en las empresas europeas; es más probable que la UE intente utilizar la amenaza de sanciones como moneda de cambio para obtener concesiones de EE. UU. en otras áreas.
En Ford Motor Co. c. Estados Unidos, 132 Fed.Cl. 104, 110 (2017), el Tribunal de Reclamos Federales de EE. UU. declaró:
En 1971, el Congreso “proporcionó un tratamiento fiscal especial para las ventas de exportación hechas por un fabricante estadounidense a través de una subsidiaria que calificó como una “empresa de ventas internacionales domésticas” (DISC). Boeing Co. v. United States, 537 U.S. 437, 440 (2003) (pienote omitted). Esa autoridad fue sustituida en gran medida por disposiciones relativas a las empresas de ventas extranjeras ("FSC "), id. at 442, como se establece en la Ley de reducción de la deficiencia de 1984, Pub. L. No 98-369, Título VIII, § 801(a), 98 Stat. 494, 985 (codificada en I.R.C. §§ 921-27, derogada por la Ley de exclusión de la Ley de exclusión obligatoria y extraterritorial del FSC, No. Una FSC calificada presentó ventajas fiscales para su empresa matriz dentro de los Estados Unidos porque una parte de los ingresos de exportación de la FSC estaba exenta de impuestos. Véase Staff of S. Comm. on Finance, Deficit Reduction Act of 1984, Explication of Provisions Approved by the Committee on March 21, 1984, S. Print No. 98-169, vol. I, en 636; véase también I.R.C. §§ 921 a), 923 (especifique la parte particular de los ingresos comerciales extranjeros de una FSC que serían excluidos de los ingresos brutos). La empresa matriz de una FSC podría utilizar esos beneficios fiscales vendiendo sus productos a la FSC para reventar en mercados extranjeros, o pagando a la FSC una comisión para vender los productos de los padres en mercados extranjeros. Véase I.R.C. §§ 925 a), b)(1); Abbott Labs. v. United States, 84 Fed. Cl. 96, 102 (2008) (detallar el esquema FSC), aff’d, 573 F.3d 1327 (Fed. Cir. 2009). Los restantes ingresos comerciales extranjeros que no están exentos de impuestos, cuando se distribuyen a una empresa matriz como dividendo, generalmente no estarían sujetos a un impuesto adicional sobre esa distribución. Véase I.R.C. § 245(c)(1)(A). “El efecto neto de este esquema fue cambiar una cantidad prescrita de ganancia en las ventas de exportación de una entidad con un 35 por ciento tasa de impuestos efectiva a una entidad (el FSC) con una tasa de impuestos efectiva de aproximadamente 12 por ciento.” Abbott Labs., 84 Fed. Cl. at 100 (citing Staff of Joint Comm. on Taxation, 98th Congress, General Explication of the Revenue Provisions of the Deficit Reduction Act of 1984 (Comm. Print 1984), at 1045).
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