Convenio de La Haya sobre el Cobro Internacional de Alimentos para los Hijos y Otras Formas de Alimentos para la Familia
El Convenio de La Haya sobre el Cobro Internacional de Alimentos para los Hijos y Otras Formas de Alimentos para la Familia, también conocido como el Convenio de Alimentos de La Haya o el Convenio de Alimentos para los Niños de La Hayaes un tratado multilateral que rige la ejecución extraterritorial de las decisiones judiciales relativas a la manutención de los hijos (y otras formas de manutención familiar). Es una de varias convenciones en el área de derecho internacional privado de la Conferencia de La Haya sobre Derecho Internacional Privado en 2007. La convención está abierta a todos los estados, así como a las Organizaciones Regionales de Integración Económica, siempre que estén compuestas por estados soberanos. solamente y tienen soberanía en (parte de) el contenido de la convención. El convenio entró en vigor el 1 de enero de 2013 entre Noruega y Albania, con Bosnia-Herzegovina (2013), Ucrania (2013), la Unión Europea (2014, excepto con respecto a Dinamarca), Montenegro (2017), Estados Unidos (2017), Turquía (2017), Kazajstán (2017), Brasil (2017), Honduras (2017), Bielorrusia (2018), Guyana (2020), Nicaragua (2020),Serbia (2021), Nueva Zelanda (2021) y Ecuador (2022) siguen su ejemplo. Debido a que la aceptación de la UE de la convención se aplica en 26 países de la UE, la convención se aplica en 43 países en todo el mundo.
Formas de mantenimiento
Tres formas de alimentos forman el núcleo de la convención y se definen en el artículo 2:
- obligaciones hacia los niños menores de 21 años (o 18, si se hace una reserva)
- manutención del cónyuge en un caso relacionado con la manutención de los hijos
- apoyo conyugal (con asistencia gubernamental limitada para obtener resultados)
Un país puede además declarar aplicar la convención a otras formas de manutención familiar: "cualquier obligación de manutención que surja de una relación familiar, filiación, matrimonio o afinidad, incluidas en particular las obligaciones con respecto a las personas vulnerables". Un alcance tan amplio solo es válido entre dos estados miembros si ambos tienen un alcance mayor.
Procedimiento
Los Estados Partes deben establecer una Autoridad Central para la convención. La Autoridad en el país de residencia del solicitante es la autoridad a través de la cual se pueden realizar las solicitudes de ejecución de decisiones judiciales o administrativas, mientras que la autoridad en el país donde se presenta la solicitud debe proporcionar asistencia adicional -gratuita- con la solicitud. Dado que la convención se basa en la ejecución de decisiones judiciales, el mérito de la decisión en sí misma puede noser tomado en cuenta. La solicitud debe incluir la decisión, así como pruebas de que "el demandado recibió la notificación adecuada de los procedimientos y la oportunidad de ser escuchado, o que el demandado recibió la notificación adecuada de la decisión y la oportunidad de impugnarla o apelarla de hecho y de derecho".. La autoridad receptora está obligada a hacer cumplir activamente las decisiones por medios que sean al menos tan efectivos como los que se utilizan para hacer cumplir las decisiones dentro de ese país. Pueden incluir retención de salarios o pagos de seguridad social o embargos de cuentas bancarias. También los organismos públicos pueden solicitar la ejecución si tienen derecho a recibir pagos porque una de las partes ha hecho una reclamación de fondos públicos.
Estados partes
La convención entró en vigor el 1 de enero de 2013 tras la ratificación de dos estados: Albania y Noruega. Para Bosnia-Herzegovina y Ucrania, la convención entró en vigor una vez más tarde en 2013. La Unión Europea se convirtió en parte en 2014 como una Organización de Integración Económica Regional. Debido a que el tema de la convención cae completamente dentro de la competencia de la UE, la UE, en lugar de los estados miembros individuales, se convirtió en parte. La convención es aplicable a los 27 estados miembros excepto Dinamarca y solo se aplica a aquellos territorios que forman parte de la Unión Europea. Además, el Reino Unido estuvo cubierto por el territorio de la Unión Europea con respecto a esta convención hasta el 1 de enero de 2021 (el final del período de transición, cuando se convirtió en miembro). En diciembre de 2015 y julio de 2016, Montenegro y Turquía respectivamente se adhirieron a la convención., que entró en vigor para la misma el 1 de enero de 2017 y febrero de 2017 respectivamente, para aquellas partes que no hayan objetado la adhesión. La convención entró en vigor para los EE. UU. el 1 de enero de 2017 luego de la ratificación en septiembre de 2016. El Senado de los Estados Unidos aprobó el tratado en 2010,y se ha aprobado legislación de implementación a nivel federal (Ley de Prevención del Tráfico Sexual y Fortalecimiento de las Familias, ley pública 113-183). La ratificación solo podía tener lugar después de que se aprobara la legislación a nivel estatal (UIFSA 2008) en 54 jurisdicciones (los 50 estados, DC, Islas Vírgenes, Puerto Rico, Guam), lo que se hizo en marzo de 2016.
Los signatarios que no ratificaron son Burkina Faso, Canadá, Filipinas y Macedonia del Norte.
Fiesta | Entrada en vigor | Manutención conyugal | Apoyo ahijos adultos hasta | otro apoyo reconocido |
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Albania | 1 de enero de 2013 | 21 (25, estudiantes de secundaria o universitarios) | ||
Bielorrusia | 1 junio 2018 | 18 | ||
Bosnia y Herzegovina | 1 de febrero de 2013 | 21 | ||
Brasil | 1 noviembre 2017 | parentesco colateral o directo, o afinidad, incluidas las personas vulnerables | ||
Ecuador | 2 julio 2022 | |||
unión Europea | 1 de agosto de 2014 | 21 | ||
Guayana | 7 de marzo de 2020 | |||
Honduras | 19 octubre 2018 | |||
Kazajstán | 14 junio 2019 | |||
montenegro | 1 de enero de 2017 | (se reserva el derecho de limitar a menores de 18 años) | ||
Nueva Zelanda | 1 noviembre 2021 | |||
Nicaragua | 18 abril 2020 | |||
Noruega | 1 de enero de 2013 | 21 (25 pueden ser reconocidos) | ||
Serbia | 1 febrero 2021 | Niños que reciben educación regular hasta la edad de 26 años, así como hijos adultos incapaces de trabajar y que carecen de fondos para mantenerse a sí mismos. | ||
Pavo | 1 febrero 2017 | 21 (25 si la educación continúa) | niños con discapacidad mental y física (independientemente de la edad); y padres que necesitan atención | |
Ucrania | 1 de noviembre de 2013 | 18 (23, estudiantes) | adultos incapacitados (de hijos adultos, padres, hermanos)niños criados por abuelos | |
Reino Unido | 1 enero 2021 | |||
Estados Unidos | 1 de enero de 2017 |
La convención no se aplica entre Estados Unidos y Kazajstán y Estados Unidos y Guyana, tras la objeción de Estados Unidos a la adhesión de esos países.
Relación con otros convenios
La convención revisa dos Convenciones de La Haya, así como una convención de las Naciones Unidas relacionada con el apoyo familiar. Cuando el convenio está en vigor en los territorios de los miembros que también son partes en uno de esos convenios, se aplica el convenio de 2007.
Año | Título | Estados cubiertospor la convención de 2007 | Estados no cubiertospor la convención de 2007 |
---|---|---|---|
1973 | Convenio de La Haya sobre el Reconocimiento y la Ejecución de las Decisiones relativas a las Obligaciones Alimenticias | 21 | 3 |
1958 | Convenio de La Haya relativo al reconocimiento y la ejecución de resoluciones relativas a obligaciones alimenticias frente a menores | dieciséis | 4 |
1956 | Convención de las Naciones Unidas sobre la Recuperación en el Extranjero de Alimentos | 34 | 30 |
Protocolo
La ley aplicable a las obligaciones alimenticias no se rige por los convenios sino por un protocolo celebrado el mismo día. En 2010, fue ratificado por la Unión Europea, que declaró que tenía competencia sobre todos los asuntos relacionados con el protocolo con respecto a todos sus estados miembros excepto Dinamarca y el Reino Unido. Aplicó el Protocolo desde 2011 de manera provisional, también entre sus estados miembros dentro del reglamento de Alimentos. Serbia ratificó el Protocolo el 10 de abril de 2013, lo que llevó a la entrada en vigor de la convención el 1 de agosto de 2013. Posteriormente, Kazajstán (2016), Brasil (2017) y Ecuador (2022) se convirtieron en partes. Macedonia del Norte y Ucrania firmaron la convención, pero no la ratificaron.
Ley aplicable
La ley aplicable determinada por la convención no se limita a las leyes de las partes de la convención: por lo tanto, es posible que se elija una ley de un estado no parte. Como regla general, se aplica la ley de la residencia habitual del acreedor (la persona que obtiene alimentos) residencia habitual. En los casos de padres hacia sus hijos, hijos hacia sus padres y personas con respecto a jóvenes (menores de 21 años, y si no existe relación conyugal) se consideran las siguientes 3 leyes en una llamada cascada:
- Ley del deudor (regla general bajo la convención), pero si eso no conduce a alimentos
- Ley del foro, y si eso lleva a no mantenimiento:
- Ley de la nacionalidad común
Si el juzgado donde se interviene es la residencia habitual del deudor, las dos primeras leyes aplicables se invierten dando lugar a la siguiente cascada:
- Ley del foro (la ley de la residencia habitual del deudor), pero si ésta no da lugar a alimentos
- Ley del acreedor (regla general en virtud de la convención), y si ésta no da lugar a alimentos:
- Ley de la nacionalidad común
En los casos de (ex)cónyuges, cualquiera de las partes puede oponerse al uso de la ley de la residencia habitual del acreedor, utilizando en su lugar la ley que tenga un vínculo más estrecho con el matrimonio si "la ley de otro Estado, en particular el Estado de su última residencia habitual común, tiene una vinculación más estrecha con el matrimonio". En los casos en que ambas partes comparten una nacionalidad y la ley de esa nacionalidad, así como la ley de la residencia habitual del deudor, no daría lugar a alimentos, un deudor también puede oponerse al uso de la ley de la residencia habitual del acreedor, siempre que no sea un caso relacionado con la pensión alimenticia. En los casos que no se refieran a la pensión alimenticia (para menores de 18 años) o adultos vulnerables, ambas partes pueden elegir la ley que rige la pensión alimenticia, eligiendo entre:
- ley de nacionalidad (de una de las partes)
- ley de la residencia habitual (de una de las partes)
- ley aplicada a su régimen de propiedad
- ley aplicada a su divorcio o separación legal
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