Constitución Provisional de los Estados Confederados
La Constitución Provisional de los Estados Confederados, formalmente la Constitución para el Gobierno Provisional de los Estados Confederados de América, fue un acuerdo entre los siete estados originales de los Estados Confederados de América que sirvió como su primera constitución. Su redacción por un comité de doce designados por el Congreso Provisional comenzó el 5 de febrero de 1861. La Constitución Provisional fue adoptada formalmente el 8 de febrero. El gobierno bajo esta constitución fue reemplazado por la nueva Constitución de los Estados Confederados con una forma de gobierno permanente " organizada sobre los principios de los Estados Unidos" el 22 de febrero de 1862.
Antecedentes y contexto
El 4 de febrero de 1861, en Montgomery, Alabama, los diputados de un "Congreso de los Estados Soberanos e Independientes de Carolina del Sur, Georgia, Florida, Alabama, Mississippi y Louisiana" se reunieron para comenzar a crear una nueva forma de gobierno basada en ese de los Estados Unidos. Sus esfuerzos dieron como resultado, entre otros logros, la redacción de una constitución provisional para lo que se conoció como los Estados Confederados de América.
Antes de que el congreso pudiera lograr algo, se requería un conjunto de pautas a seguir. El 5 de febrero, Christopher Memminger propuso la creación de un Comité de los Trece para redactar una constitución provisional para otorgar poder legislativo a la convención. Thomas Cobb, de Georgia, propuso que el comité sea de doce, con dos miembros de cada delegación estatal. La Convención se decidió por este último al nominar a Memminger y Robert Barnwell de Carolina del Sur, William Barry y Wiley Harris de Mississippi, James Anderson y James Owens de Florida, Richard Walker y Robert Smith de Alabama, Alexander Stephens y Eugenius Nisbet de Georgia, y John Perkins y Duncan Kenner de Louisiana al Comité de los Doce. El comité eligió a Memminger, quien había llegado a la convención con un borrador ya preparado, como su presidente.
Puntos clave y diferencias.
Todos los miembros del comité estaban bien educados y tenían una amplia experiencia legislativa. La necesidad de una constitución los hizo trabajar con considerable rapidez e informar a la convención el 7 de febrero. Luego se hicieron copias y se distribuyeron a los miembros de la convención, quienes dedicaron relativamente poco tiempo al debate. Los cambios clave en el borrador del comité fueron la inclusión de la frase "Invocando el favor de Dios Todopoderoso" en el preámbulo, la adición de un veto de línea ejecutiva, la eliminación de una restricción del Congreso del 15% sobre los aranceles de importación y la combinación de los sistemas judiciales de circuito y de distrito en un sistema de distrito en el que cada estado comprendía un distrito. La Constitución Provisional fue luego ratificada por unanimidad alrededor de la medianoche del 8 de febrero de 1861.La Constitución Provisional fue reemplazada luego de la ratificación de la Constitución permanente de los Estados Confederados de América, el 11 de marzo de 1861.
Dado que los redactores de la Constitución Provisional utilizaron la Constitución de los Estados Unidos como base para la suya propia, existen muchas similitudes. Grandes secciones se copiaron sin ningún cambio, y otras solo tenían cambios cosméticos (como reemplazar "Estados Unidos" por "Estados confederados" o "Confederación"). También hubo varias diferencias notables, incluidos los cambios antes mencionados, así como una cláusula para permitir que el Congreso use un voto de dos tercios para declarar al presidente incapaz de desempeñar sus funciones. El Artículo IV permitía al Congreso enmendar la constitución con otros dos tercios de los votos, y el Artículo VI otorgaba al Congreso el poder de admitir otros estados en la confederación. En su prisa,
Sin embargo, la diferencia más significativa con la Constitución de los EE. UU. fue que, según la Constitución Provisional, el Congreso Confederado Provisional era una legislatura unicameral, con una sola cámara, y la votación era por estados. Eso se cambió a la legislatura bicameral más familiar en la constitución permanente, con senadores y representantes votando individualmente.
La esclavitud fue tratada muy brevemente en la Constitución Provisional. Dado que la Constitución Provisional no preveía una Cámara de Representantes, se omitió la sección que trata sobre cómo se deben contar los esclavos a efectos del censo. El Artículo I, Sección 7, de la Constitución Provisional prohibió el comercio de esclavos en el extranjero, pero permitió la importación desde los estados esclavistas de EE. UU. Sin embargo, el Congreso podría prohibir la importación de esclavos de "cualquier Estado que no sea miembro de esta Confederación". Eso difiere de la Constitución de los EE. UU. en la que el Artículo I, Sección 9 permite, pero no exige, una prohibición sobre la "Migración o Importación de tales Personas que cualquiera de los Estados existentes en la actualidad considerará apropiado admitir" a partir del 1 de enero de 1808. Artículo IV, la Sección 2 de la Constitución Provisional requería la devolución de los esclavos fugitivos, similar a la de la Constitución de los Estados Unidos. Se diferenció al especificar quién devolverá los esclavos ("la autoridad ejecutiva" del estado) y agregó un requisito de compensación financiera igual al "valor del esclavo y todos los costos y gastos" en el caso de "secuestro o rescate" de el esclavo fugitivo. A diferencia de la Constitución de los EE. UU., la Constitución Provisional Confederada prescindió de la fraseología eufemística de "otras personas", "tales personas" y "Persona obligada a servir o trabajar en un Estado" y se refirió directamente a ellos como "esclavos" y "negros". "
La esclavitud se trataría además en la Constitución Permanente. Además de prohibir la trata de esclavos y exigir la devolución de los esclavos fugitivos, la Constitución Permanente omitió el requisito de compensación financiera por los esclavos secuestrados o rescatados o la especificación de que la "autoridad ejecutiva" del estado era responsable de la devolución, impidió que el Congreso aprobara cualquier ley "negando o menoscabando el derecho de propiedad de los esclavos negros"; garantizó el derecho de "tránsito y permanencia... con sus esclavos y demás bienes"; requirió que cualquier territorio confederado permitiera "la institución de la esclavitud negra, tal como existe ahora en los Estados Confederados"; y restableció la Cláusula de los Tres Quintos para la asignación de representantes e impuestos directos.
Interpretaciones
En su discurso inaugural, el presidente Jefferson Davis dijo: "Hemos cambiado las partes constituyentes pero no el sistema de gobierno. La Constitución redactada por nuestros padres es la de estos Estados Confederados". Difería "solo de la de nuestros padres en la medida en que explica su bien conocida intención...".Algunos académicos están de acuerdo con Davis en que la Constitución Provisional buscó aclarar muchas de las ambigüedades de la Constitución de los Estados Unidos. El lenguaje del primero lleva a la mayoría de los historiadores a considerar que la Constitución Provisional enfatiza el federalismo sobre un gobierno federal consolidado y centralizado. Por ejemplo, en su preámbulo, "Nosotros, el pueblo" se reemplazó por "Nosotros, los diputados de los Estados soberanos e independientes...". el poder del gobierno federal y subrayar que la Confederación era una liga de estados en lugar de una sola homogeneidad: el poder soberano residía dentro de un marco que era "de abajo hacia arriba", no "de arriba hacia abajo".
Firmantes
Los firmantes y los estados que representaron fueron:
- Howell Cobb, presidente del Congreso
- Carolina del Sur: R. Barnwell Rhett, RW Barnwell, James Chesnut, Jr., CG Memminger, Wm. Porcher Miles, Laurence M. Keitt, William W. Boyce, Tho. j. cruz
- Georgia: R. Toombs, Francis S. Bartow, Martin J. Crawford, EA Nisbet, Benjamin H. Hill, Augustus R. Wright, Thos. RR Cobb, AH Kenan, Alexander H. Stephens
- Florida: Jackson Morton, Jas. B. Owens, J. Patton Anderson
- Alabama: Richard W. Walker, Robt. H. Smith, Colin J. McRae, Jno. Gill Shorter, William Parish Chilton, Stephen F. Hale, David P. Lewis, Tho. Fearn, JLM Curry
- Misisipi: WP Harris, Alex. M. Clayton, WS Wilson, James T. Harrison, Walker Brooke, William S. Barry, JAP Campbell
- Luisiana: John Perkins, Jr., Alex. de Clouet, CM Conrad, Duncan F. Kenner, Edward Sparrow, Henry Marshall
- Texas: Thomas N. Waul, Williamson S. Oldham, John Gregg, John H. Reagan, WB Ochiltree, John Hemphill, Louis T. Wigfall
Contenido relacionado
John C. Breckinridge
Ley de los Partisan Ranger
Congreso de los Estados Confederados