Constitución de Cuba de 1940
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La Constitución de Cuba de 1940 se implementó durante la presidencia de Fulgencio Batista el 10 de octubre de 1940. Recibió la influencia principal de las ideas colectivistas que inspiraron la Revolución Cubana de 1933. Considerada ampliamente como una de las constituciones más progresistas de la época, preveía la reforma agraria, la educación pública, el salario mínimo y otros programas sociales. Constaba de 286 artículos en 19 secciones.A pesar de que algunos partidos políticos se habían negado a participar en algunas elecciones anticipando fraude por parte del gobierno de turno, todos los partidos presentaron candidatos para la elección de una Asamblea Constituyente en noviembre de 1939. Entre la diversidad de partidos, se encontraban los dos líderes nacionales que habían dominado la política cubana desde el derrocamiento del presidente Gerardo Machado en 1933: el expresidente Ramón Grau y Fulgencio Batista, un líder militar que había dominado a varios presidentes recientes. Cada uno maniobró para formar coaliciones, pero el interés público solo fue suficiente para lograr una participación del 57% de los votantes elegibles. Los 76 delegados de nueve partidos políticos eligieron inicialmente a Grau como presidente, pero este fue destituido cuando los delegados del Partido Conservador, que habían hecho campaña en contra de Batista, cambiaron de bando y apoyaron al candidato de Batista a la presidencia, Carlos Márquez Sterling. La asamblea debatió públicamente durante seis meses y adoptó la constitución en el Capitolio de La Habana. Se firmó el 1 de julio de 1940 en Guáimaro, Camagüey, como homenaje a los revolucionarios anticoloniales que firmaron allí un borrador de una propuesta de constitución cubana en 1869. Un posterior embajador de Estados Unidos en Cuba, Philip Bonsal, evaluó el resultado:La Constitución de 1940 (a) fundamentó el voto como un derecho, una obligación y una función del pueblo; (b) ratificó la forma de gobierno previamente establecida, específicamente la republicana, democrática y representativa; (c) confirmó los derechos y privilegios individuales, incluido el derecho a la propiedad privada; y (d) introdujo la noción de derechos colectivos.Bajo la Constitución de 1940, se mantuvo la separación entre los tres poderes del gobierno, pero con distinciones obvias: (a) se introdujo el rol del primer ministro; (b) el poder ejecutivo adoptó una forma semiparlamentaria, donde la mitad de sus ministros también podían ser congresistas; y (c) la forma del Congreso se modificó a un miembro en la Cámara por cada 35.000 ciudadanos o una fracción mayor de 17.500, y nueve senadores por provincia.La Constitución de 1940 ratificó la autoridad e independencia del poder judicial. En concreto, el poder judicial mantuvo su autonomía y la facultad de nombrar jueces y magistrados. Al igual que la Constitución de 1901 y la Constitución de los Estados Unidos, los magistrados de la Corte Suprema eran nombrados por el presidente y confirmados por el Senado. Además, la Constitución de 1940 instituyó un Tribunal de Garantías Constitucionales y Sociales, conocido como el Tribunal Constitucional, bajo la jurisdicción del Tribunal Supremo. El Tribunal Constitucional estaba facultado para conocer de controversias laborales y de derecho constitucional y para establecer recursos en caso de violación de las mismas.Con la Constitución de 1940, se disolvió el gobierno provincial. Los consejos provinciales subsistieron, pero ahora estaban compuestos por los alcaldes de varios municipios incorporados a cada provincia. La facultad del gobernador para suspender a los alcaldes cesó, mientras que los municipios adquirieron el derecho a imponer impuestos locales. El gasto público y la presupuestación en todos los niveles quedaron sujetos a un funcionario ministerial bajo los auspicios de un nuevo Tribunal de Administración Pública. Se instituyó un Tribunal de Obras Públicas.La cláusula de enmienda constitucional se aplicó estrictamente en la Constitución de 1940. Se requería una convención constitucional para modificar el texto de la Constitución. El Congreso estaba autorizado a realizar reformas menores al documento, siempre que se cumplieran los siguientes requisitos: (a) quórum (sesión conjunta); (b) dos tercios de los votos del número total de legisladores; y (c) las enmiendas propuestas debían ser aprobadas en dos sesiones legislativas consecutivas. La Constitución de 1940 también podía modificarse mediante referéndum.La diferencia más notable entre la Constitución de 1901 y la de 1940 fue la incorporación de la protección constitucional a cuestiones relacionadas con la familia, la cultura, la propiedad y el trabajo. Sin antecedentes constitucionales ni experiencia en la protección de los derechos sociales, los redactores de la Constitución de 1940 tomaron como modelo la Constitución de la Segunda República Española de 1931 y la Constitución de Weimar de Alemania.La Constitución de 1940 estuvo vigente durante 12 años hasta que, en 1952, tras un golpe de Estado de Fulgencio Batista, algunas de sus disposiciones fueron suspendidas.En 1953, el manifiesto de Fidel Castro, "La Historia Me Absolverá", declaró la restauración de la Constitución de 1940 como uno de los principales objetivos de su movimiento revolucionario. En 1957, él y dos de sus compañeros revolucionarios, en el "Manifiesto de la Sierra Maestra", anunciaron su intención de restaurar la Constitución de 1940 si lograban derrotar a la dictadura de Batista. Lo postergaron hasta 1976. Sin supervisión ni pruebas, el gobierno cubano afirma que un referéndum de ese año aprobó la adopción de una nueva constitución, la Constitución de Cuba de 1976, que definió al país como un estado unipartidista bajo el Partido Comunista de Cuba y sustituyó el cargo de Primer Ministro por el de Presidente. A enero de 2024, aún no se habían presentado pruebas estadísticas.Los firmantes fueron:
Origen
Por ejemplo, la Constitución estableció como política nacional restricciones al tamaño de las propiedades agrarias y el fin de la propiedad comunal de las plantaciones y los ingenios azucareros, pero estos principios nunca se plasmaron en la legislación.El producto final fue considerado generalmente iluminado y progresivo. Reflejó una seria consideración de la experiencia de Cuba y de los problemas de Cuba. Encarnó las esperanzas y aspiraciones de muchos. Algunas de sus cláusulas pueden haber sido, como alegan especialmente los conservadores, inviables. Contiene varias disposiciones que exigen la aplicación de la legislación del Congreso. Esa legislación, en los asuntos que afectan a las clases de propiedad y a sus aliados estadounidenses, no era o se retrasaba hasta el final de los doce años durante los cuales la constitución estaba en vigor....
Disposiciones
Historia
Signatarios
- Antonio Bravo Acosta
- Salvador García Agüero
- César Vilar Aguilar
- Aleida Hernández de la Barca
- Eusebio Mujal Barniol
- Nicolás Duarte Cajides
- Blas Roca Calderio
- Francisco Alomí y Álvarez de la Campa
- Manuel A. Orizondo Caraballé
- Mario Robau Cartaya
- Salvador Acosta Casares
- José A. Fernández de Castro
- Antonio Bravo Correoso
- Mario E. Díhigo
- José Manuel Casanova Diviño
- Emilio A. Laurent Dubet
- Manuel Dorta-Duque
- Ramón Granda Fernández
- Miguel A. Suárez Fernández
- Antonio Martínez Fraga
- Romárico Cordero Garcés
- José Manuel Cortina García, Presidente de la Comisión Coordinadora de la Convención Constituyente
- Ramón Corona García
- Rafael Álvarez González
- Manuel Benítez González
- Ramiro Capablanca Graupera
- Juan Cabrera Hernández
- Rafael Guas Inclán
- Juan B. Pons Jané
- Gustavo Moreno Lastres
- María Esther Villoch Leyva
- Miguel Coyula Llaguno
- Francisco José Prieto Llera
- Mariano Esteva Lora
- Francisco Ichiazo Macias
- Orestes Ferrara Marino
- Ramón Grau San Martín
- José R. Andréu Martínez
- Fernando del Busto Martínez
- Simeón Ferro Martínez
- Esperanza Sánchez Mastrapa
- Manuel Mesa Medina
- Delio Núñez Mesa
- Alberto Boada Miquel, Secretario de la Convención Constitucional
- Francisco Dellundé Mustelier
- Pelayo Cuervo Navarro
- Amaranto López Negrón
- Emilio Ochoa Ochoa
- Santiago Rey Perna
- Emilio Núñez Portuondo, Secretario de la Convención Constitucional
- Joaquín Meso Quesada
- Alberto Silva Quiñones
- Felipe Jay Raoulx
- Fernando del Villar de los Ríos
- Felipe Correoso y del Risco
- Eduardo Rene Chibás Rivas
- Jorge Mañach Robato
- Manuel Parrado Rodés
- César Casas Rodríguez
- Arturo Don Rodríguez
- Félix García Rodríguez
- Primitivo Rodríguez Rodríguez
- Joaquín Martínez Sáenz
- Adriano Galano Sánchez
- Jorge A. Mendigutía Silveira
- Carlos Prío Socarrás
- Carlos Márquez Sterling, Presidente de la Convención Constitucional
- Manuel Fueyo Suárez
- Alfredo Hornedo Suárez
- Miguel Calvo Tarafa
- Quintín Jorge Vernot
- Juan Marinello Vidaurreta
Véase también
- Constitución de Cuba
Referencias
- ^ Cuba: Constitución de 1940.
- ^ "Gerardo Machado y Morales vivieron al presidente cubano, Líder Militar, Autocrat tención Britannica". www.britannica.com. Retrieved 27 de enero 2024.
- ^ a b Bonsal, Philip W. (1971). Cuba, Castro y Estados Unidos. University of Pittsburgh Press. pp. 276–8. ISBN 0-8229-3225-3.
- ^ "Las memorias cubanas: la Constitución cubana de 1940, entonces y hoy". Colección Patrimonio de Cuba. Bibliotecas de la Universidad de Miami. Archivado desde el original el 15 de febrero de 2016. Retrieved 8 de febrero 2016.
- ^ Bonsal, Philip W. Cuba, Castro y Estados Unidos. pp. 43, 70.
- ^ Historia Me Absolve (El discurso completo), accedido 12 enero 2016
- ^ "Manifiesto de la Sierra Maestra" (en español). Retrieved 12 de enero 2016.
Declarar bajo formal promesa que el gobierno provisional celebrará elecciones generales para todos los cargos del Estado, las provincias y los municipios en el término de un año bajo la normas de la Constitución del 40 y el Código electoral del 43 y entregará el poder inmediatamente al candidato que resulte electo.
- ^ Sterling, Carlos Márquez y Sterling, Manuel Márquez. 'Historia de La Isla De Cuba' Regents Publishing Company, Inc. New York, NY, 1975 ISBN 0-88345-251-0
Enlaces externos
- La Constitución de Cuba de 1940(en inglés)
- La Constitución de Cuba de 1940(en español)
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