Conferencia de Presidentes del Parlamento Europeo
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Contenido En la Unión Europea, la Conferencia de Presidentes es un órgano de gobierno del Parlamento Europeo. El organismo es responsable de la organización del Parlamento, sus asuntos administrativos y la agenda.
La Conferencia está compuesta por el Presidente del Parlamento, los presidentes de los grupos políticos (que pueden hacerse representar por un miembro de su grupo) y un representante de los Non-Inscrits (miembros independientes). La Conferencia de Presidentes se reúne aproximadamente dos veces al mes.
Miembros actuales
Miembro | Posición | Grupo | ||
Presidente | ||||
---|---|---|---|---|
roberta metola | MLT | Presidente del Parlamento Europeo | PPE | |
miembros | ||||
Manfredo Weber | Alemania | presidente del grupo | PPE | |
iratxe garcia perez | SPA | presidente del grupo | DAKOTA DEL SUR | |
Stéphane Séjourné | FRA | presidente del grupo | RE | |
Ska Keller | Alemania | copresidente del grupo | G/EPA | |
philippe lamberts | BEL | copresidente del grupo | ||
Marco Zanni | ITA | presidente del grupo | IDENTIFICACIÓN | |
Rafael Fitto | ITA | copresidente del grupo | ECR | |
Ryszard Legutko | POL | copresidente del grupo | ||
manon aubry | FRA | copresidente del grupo | GUE/NGL | |
Martín Schirdewan | Alemania | copresidente del grupo |
Reglas de procedimiento
Artículo 24: Funciones de la Conferencia de Presidentes
- La Conferencia de Presidentes ejercerá las funciones que le asigna el Reglamento.
- La Conferencia de Presidentes decidirá sobre la organización de los trabajos del Parlamento y las cuestiones relativas a la planificación legislativa.
- La Conferencia de Presidentes será la autoridad competente en materia de relaciones con las demás instituciones y órganos de la Unión Europea y con los parlamentos nacionales de los Estados miembros. La Mesa nombrará dos Vicepresidentes a los que se encomendará la ejecución de las relaciones con los parlamentos nacionales. Informarán periódicamente a la Conferencia de Presidentes sobre sus actividades a este respecto.
- La Conferencia de Presidentes será la autoridad competente en los asuntos relativos a las relaciones con países terceros y con instituciones y organizaciones ajenas a la Unión.
- La Conferencia de Presidentes elaborará el proyecto de orden del día de los períodos parciales de sesiones del Parlamento.
- La Conferencia de Presidentes será la autoridad responsable de la composición y competencia de las comisiones, comisiones de investigación y comisiones parlamentarias mixtas, delegaciones permanentes y delegaciones ad hoc.
- La Conferencia de Presidentes decidirá cómo se distribuirán los escaños de la Cámara de conformidad con el artículo 32.
- La Conferencia de Presidentes será la autoridad encargada de autorizar la elaboración de informes de propia iniciativa.
- La Conferencia de Presidentes someterá propuestas a la Mesa sobre asuntos administrativos y presupuestarios relacionados con los grupos políticos.
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