Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias
La Carta Europea de Lenguas Regionales o Minoritarias (ECRML) es un tratado europeo (CETS 148) adoptado en 1992 bajo los auspicios del Consejo de Europa para proteger y promover lenguas históricas regionales y minoritarias en Europa. Sin embargo, la carta no proporciona ningún criterio o definición para que un idioma sea una lengua minoritaria o regional, y la clasificación queda en manos del estado nacional.
La preparación de la carta estuvo a cargo del predecesor del actual Congreso de Autoridades Locales y Regionales, la Conferencia Permanente de Autoridades Locales y Regionales de Europa porque la participación de los gobiernos locales y regionales era esencial. La carta real fue redactada en la Asamblea Parlamentaria sobre la base del Congreso' Recomendaciones Solo se aplica a los idiomas utilizados tradicionalmente por los nacionales de los Estados Partes (excluyendo así los idiomas utilizados por los inmigrantes recientes de otros Estados, ver Idiomas inmigrantes), que difieren significativamente del idioma mayoritario u oficial (excluyendo así lo que el Estado Parte desea considerar como meros dialectos locales de la lengua oficial o mayoritaria) y que tienen una base territorial (y, por lo tanto, son habladas tradicionalmente por poblaciones de regiones o áreas dentro del Estado) o son utilizadas por minorías lingüísticas dentro del Estado en su conjunto (lo que incluye tales lenguas como el yiddish, el romaní y el lemko, que se utilizan en una amplia zona geográfica).
Algunos estados, como Ucrania y Suecia, han vinculado el estatus de lengua minoritaria a las minorías nacionales reconocidas, que se definen por criterios étnicos, culturales y/o religiosos, eludiendo así la noción de minoría lingüística de la Carta..
Los idiomas que son oficiales dentro de las regiones, provincias o unidades federales dentro de un Estado (por ejemplo, el catalán en España) no están clasificados como idiomas oficiales del Estado y, por lo tanto, pueden beneficiarse de la Carta. Por otro lado, Irlanda no ha podido firmar la Carta en nombre de la lengua irlandesa (aunque una lengua minoritaria) ya que se define como la primera lengua oficial del estado. El Reino Unido ha ratificado la Carta con respecto a (entre otros idiomas) el galés en Gales, el escocés y el gaélico en Escocia y el irlandés en Irlanda del Norte. A Francia, aunque signataria, se le ha impedido constitucionalmente ratificar la Carta con respecto a los idiomas de Francia.
La carta establece muchas acciones que los estados partes pueden tomar para proteger y promover los idiomas regionales y minoritarios históricos. Hay dos niveles de protección: todos los signatarios deben aplicar el nivel más bajo de protección a los idiomas calificados. Los signatarios pueden declarar además que un idioma o idiomas calificados se beneficiarán del nivel más alto de protección, que enumera una serie de acciones de las cuales los estados deben acordar emprender al menos 35.
Protecciones
Los países pueden ratificar la carta con respecto a sus idiomas minoritarios en función de la Parte II o la Parte III de la carta, que contienen principios diferentes. Los países pueden tratar los idiomas de manera diferente según la carta, por ejemplo, en el Reino Unido, el idioma galés se ratifica bajo los principios generales de la Parte II, así como los compromisos más específicos de la Parte III, mientras que el idioma de Cornualles se ratifica solo bajo la Parte II.
Parte II
La Parte II de la Carta detalla ocho principios y objetivos principales sobre los cuales los Estados deben basar sus políticas y legislación. Son vistos como un marco para la preservación de los idiomas en cuestión.
- El reconocimiento de los idiomas regionales o minoritarios como expresión de la riqueza cultural.
- Respeto de la zona geográfica de cada idioma regional o minoritario.
- The need for resolute action to promote such languages.
- Facilitación y/o estímulo del uso de esos idiomas, en la vida pública y privada, por escrito y por escrito.
- La provisión de formas y medios apropiados para la enseñanza y el estudio de esos idiomas en todas las etapas apropiadas.
- La promoción de los intercambios transnacionales pertinentes.
- La prohibición de todas las formas de distinción, exclusión, restricción o preferencia injustificadas relacionadas con el uso de un idioma regional o minoritario y tiene por objeto desalentar o poner en peligro su mantenimiento o desarrollo.
- La promoción por los estados de comprensión mutua entre todos los grupos lingüísticos del país.
Parte III
La Parte III detalla reglas integrales, en varios sectores, que los estados acuerdan cumplir. Cada idioma al que se aplica la Parte III de la Carta debe ser nombrado específicamente por el gobierno. Los Estados deben seleccionar al menos treinta y cinco de los compromisos con respecto a cada idioma. Muchas disposiciones contienen varias opciones, de diversos grados de rigor, una de las cuales debe elegirse "de acuerdo con la situación de cada idioma". Las áreas entre las que se deben elegir estos emprendimientos específicos son las siguientes:
- Educación
- Autoridades judiciales
- Autoridades administrativas y servicios públicos
- Media
- Actividades e instalaciones culturales
- Vida económica y social
- Cambios transfronterizos
Idiomas protegidos por la Carta
Países que han ratificado la Carta e idiomas para los que se hizo la ratificación |
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Armenia ratificación: 25 de enero de 2002
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Austria ratificación: 28 de junio de 2001
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Bosnia y Herzegovina ratificación: 21 de septiembre de 2010
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Croacia ratificación: 5 de noviembre de 1997
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Chipre ratificación: 26 de agosto de 2002
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República Checa ratificación: 15 de noviembre de 2006
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Dinamarca ratificación: 8 de septiembre de 2000
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Finlandia 9 de noviembre de 1994
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Alemania ratificación: 16 de septiembre de 1998
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Hungría ratificación: 26 de abril de 1995
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Liechtenstein ratificación: 18 de noviembre de 1997
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Luxemburgo ratificación: 22 de junio de 2005
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Montenegro ratificación: 15 de febrero de 2006
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Países Bajos ratificación: 2 de mayo de 1996
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Noruega 10 de noviembre de 1993
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Polonia ratificación: 12 de febrero de 2009
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Rumania 29 de enero de 2008
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Serbia ratificación: 15 de febrero de 2006
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Eslovaquia ratificación: 5 de septiembre de 2001
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Eslovenia ratificación: 4 de octubre de 2000
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España ratificación: 9 de abril de 2001
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Suecia ratificación: 9 de febrero de 2000
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Suiza ratificación: 23 de diciembre de 1997
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Ucrania ratificación: 19 de septiembre de 2005
Ucrania no especifica idiomas por nombre, sino que ratifica en nombre de "los idiomas de las siguientes minorías étnicas de Ucrania |
Reino Unido ratificación: 27 de marzo de 2001.
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Notas y referencias
- ^ Gabrielle Bernoville, Europa ha olvidado palabras. El caso de los idiomas regionales y minoritarios europeos, La Regionisto,
- ^ Hult, F.M. (2004). Planificación para el multilingüismo y los derechos de las minorías en Suecia. Política de idiomas, 3(2), 181-201.
- ^ a b "La Carta Europea de Lenguas Regionales o Minoritarias es la convención europea para la protección y promoción de los idiomas utilizados por las minorías tradicionales". European Charter for Regional
o Lenguas minoritarias. - ^ "Estados Partes en la Carta Europea de Lenguas Regionales o Minoritarias y sus lenguas regionales o minoritarias (listados por idioma en p.6). Consejo de Europa. 28 de abril de 2020. Retrieved 5 de marzo 2021.
Versión actualizada de la Carta
- ^ a b c d e f h i j k l m n o p q r s t u v w "Corte de firmas y ratificaciones del Tratado 148". Consejo de Europa. 5 de marzo de 2021. Retrieved 5 de marzo 2021.
- ^ "Lista completa".
- ^ "Informe del Comité de Expertos sobre Luxemburgo, diciembre de 2008" (PDF). Coe.int. Retrieved 2014-30.
- ^ "Lista completa".
- ^ "Aplicación de la Carta en España, Segundo ciclo de supervisión. Estrasburgo, 11 de diciembre de 2008. A.1.3.28 pag 7; A.2.2.5" (PDF). Coe.int. Retrieved 2015-03-01.
- ^ En julio de 2007, la entrada de Ucrania en el sitio del Consejo de Europa indica lo siguiente Ucrania declara que las disposiciones de la Carta se aplicarán a los idiomas de las siguientes minorías étnicas de Ucrania: Belarús, búlgaro, gagauz, griego, judío, tártaro de Crimea, moldavo, alemán, polaco, ruso, rumano, eslovaco y húngaro.
- ^ "Lista completa". Treaty Office.
- ^ "Lista completa". Treaty Office.
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