Asociacion Europea De Comercio Libre
La Asociación Europea de Libre Comercio (EFTA) es una organización comercial regional y un área de libre comercio que consta de cuatro estados europeos: Islandia, Liechtenstein, Noruega y Suiza. La organización opera en paralelo con la Unión Europea (UE), y los cuatro estados miembros participan en el Mercado Único Europeo y son parte del Área Schengen. Sin embargo, no son parte de la Unión Aduanera de la Unión Europea.
EFTA fue históricamente uno de los dos bloques comerciales dominantes de Europa occidental, pero ahora es mucho más pequeño y está estrechamente asociado con su competidor histórico, la Unión Europea. Se estableció el 3 de mayo de 1960 para servir como un bloque comercial alternativo para aquellos estados europeos que no podían o no querían unirse a la entonces Comunidad Económica Europea (CEE), el principal predecesor de la UE. El Convenio de Estocolmo (1960), para establecer la AELC, fue firmado el 4 de enero de 1960 en la capital sueca por siete países (conocidos como los 'siete exteriores': Austria, Dinamarca, Noruega, Portugal, Suecia, Suiza y el Reino Unido). Un Convenio revisado, el Convenio de Vaduz, se firmó el 21 de junio de 2001 y entró en vigor el 1 de junio de 2002.
Desde 1995, solo quedan dos miembros fundadores, a saber, Noruega y Suiza. Los otros cinco, Austria, Dinamarca, Portugal, Suecia y el Reino Unido, se habían unido a la UE en algún momento de los años intermedios. El Convenio de Estocolmo inicial fue reemplazado por el Convenio de Vaduz, cuyo objetivo era proporcionar un marco exitoso para continuar con la expansión y liberalización del comercio, tanto entre los estados miembros de la organización como con el resto del mundo.
Si bien la AELC no es una unión aduanera y los estados miembros tienen pleno derecho a celebrar acuerdos comerciales bilaterales con terceros países, tiene una política comercial coordinada. Como resultado, sus estados miembros han concluido conjuntamente acuerdos de libre comercio con la UE y otros países. Para participar en el mercado único de la UE, Islandia, Liechtenstein y Noruega son partes del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (EEE), con cumplimientos regulados por la Autoridad de Vigilancia de la AELC y el Tribunal de la AELC. Suiza tiene un conjunto de acuerdos bilaterales con la UE en su lugar.
Membresía
Historia
El 12 de enero de 1960, se inició el Tratado de la Asociación Europea de Libre Comercio en el Salón Dorado del Ayuntamiento de Estocolmo. Este establecía la eliminación progresiva de los derechos de aduana sobre los productos industriales, pero no afectaba a los productos agrícolas ni pesqueros.
La principal diferencia entre los inicios de la CEE y la EFTA era que esta última no aplicaba aranceles aduaneros externos comunes a diferencia de la primera: cada miembro de la EFTA era libre de establecer sus aranceles aduaneros individuales contra, o sus acuerdos de libre comercio individuales con, no -Países de la AELC.
Los miembros fundadores de la EFTA fueron: Austria, Dinamarca, Noruega, Portugal, Suecia, Suiza y el Reino Unido. Durante la década de 1960, a menudo se hacía referencia a estos países como los 'Siete exteriores', a diferencia de los Seis interiores de la entonces Comunidad Económica Europea (CEE).
Finlandia se convirtió en miembro asociado en 1961 y miembro de pleno derecho en 1986, e Islandia se unió en 1970. El Reino Unido y Dinamarca se unieron a la CEE en 1973 y, por lo tanto, dejaron de ser miembros de la AELC. Portugal también dejó la AELC por la Comunidad Europea en 1986. Liechtenstein se unió a la AELC en 1991 (anteriormente sus intereses habían sido representados por Suiza). Austria, Suecia y Finlandia se unieron a la UE en 1995 y, por lo tanto, dejaron de ser miembros de la AELC.
Dos veces, en 1972 y en 1994, el gobierno noruego intentó unirse a la UE (todavía la CEE, en 1973) y, al hacerlo, abandonar la AELC. Sin embargo, en ambas ocasiones, la pertenencia a la UE fue rechazada en referéndums nacionales, manteniendo a Noruega en la AELC. Islandia solicitó la membresía de la UE en 2009 debido a la crisis financiera islandesa de 2008-2011, pero desde entonces ha abandonado su oferta.
Miembros actuales
Parte contratante | Adhesión | Población (2021) | Zona (km2) | Capital | PIB en millones (PPP) | PIB per cápita (PPP) |
---|---|---|---|---|---|---|
Islandia | 1o de enero de 1970 | 370.335 | 103.000 | Reykjavík | 12.831 | 39.223 |
Liechtenstein | 1o de enero de 1991 | 39.039 | 160,4 | Vaduz | 3.545 | 98.432 |
Noruega | 3 de mayo de 1960 | 5,403,021 | 385.155 | Oslo | 265,911 | 53.470 |
Suiza | 3 de mayo de 1960 | 8.691.406 | 41.285 | Berna | 363,421 | 45.417 |
Antiguos miembros
Estado | Adhesión | EFTA izquierda | Unión Europea/UE |
---|---|---|---|
Austria | 3 de mayo de 1960 | 31 de diciembre de 1994 | 1o de enero de 1995 |
Dinamarca | 3 de mayo de 1960 | 31 de diciembre de 1972 | 1o de enero de 1973 |
Finlandia | 5 de noviembre de 1985 | 31 de diciembre de 1994 | 1o de enero de 1995 |
Portugal | 3 de mayo de 1960 | 31 de diciembre de 1985 | 1o de enero de 1986 |
Suecia | 3 de mayo de 1960 | 31 de diciembre de 1994 | 1o de enero de 1995 |
Reino Unido | 3 de mayo de 1960 | 31 de diciembre de 1972 | 1o de enero de 1973 (retirado) 31 de enero de 2020) |
Otras negociaciones
Entre 1994 y 2011, se discutieron los miembros de la EFTA para Andorra, San Marino, Mónaco, la Isla de Man, Turquía, Israel, Marruecos y otros socios de la Política Europea de Vecindad.
Andorra, Mónaco y San Marino
En noviembre de 2012, después de que el Consejo de la Unión Europea solicitara una evaluación de las relaciones de la UE con Andorra, Mónaco y San Marino, que describieron como "fragmentadas", el La Comisión Europea publicó un informe que describe las opciones para una mayor integración en la UE. A diferencia de Liechtenstein, que es miembro del EEE a través de la EFTA y el Acuerdo de Schengen, las relaciones con estos tres estados se basan en una colección de acuerdos que cubren temas específicos. El informe examinaba cuatro alternativas a la situación actual:
- A Sectoral Approach with separate agreements with each state covering an entire policy area.
- A comprehensive, multilateral Framework Association Agreement (FAA) with the three states.
- Miembros de la CEE y
- Miembro de la UE.
Sin embargo, la Comisión argumentó que el enfoque sectorial no abordaba los problemas principales y seguía siendo innecesariamente complicado, mientras que la membresía de la UE se descartó en un futuro cercano porque "las instituciones de la UE actualmente no están adaptadas para la adhesión de tales países de pequeño tamaño". Las opciones restantes, la membresía del EEE y una FAA con los estados, resultaron viables y fueron recomendadas por la comisión. En respuesta, el Consejo solicitó que continuaran las negociaciones con los tres microestados sobre una mayor integración y que se preparara un informe para fines de 2013 que detallara las implicaciones de las dos alternativas viables y recomendaciones sobre cómo proceder.
Como la membresía del EEE actualmente solo está abierta a los estados miembros de la AELC o de la UE, se requiere el consentimiento de los estados miembros de la AELC existentes para que los microestados se unan al EEE sin convertirse en miembros de la UE. En 2011, Jonas Gahr Støre, entonces Ministro de Relaciones Exteriores de Noruega, que es un estado miembro de la AELC, dijo que la membresía de la AELC/EEE para los microestados no era el mecanismo apropiado para su integración en el mercado interno debido a sus requisitos diferentes a los de los países más grandes. como Noruega, y sugirió que una asociación simplificada sería más adecuada para ellos. Espen Barth Eide, el sucesor de Støre, respondió al informe de la comisión a fines de 2012 cuestionando si los microestados tienen suficientes capacidades administrativas para cumplir con las obligaciones de la membresía del EEE. Sin embargo, afirmó que Noruega estaría abierta a la posibilidad de membresía en EFTA para los microestados si decidieran presentar una solicitud, y que el país no había tomado una decisión final al respecto. Pascal Schafhauser, Consejero de la Misión de Liechtenstein ante la UE, dijo que Liechtenstein, otro estado miembro de la AELC, estaba dispuesto a discutir la membresía del EEE para los microestados siempre que su unión no impidiera el funcionamiento de la organización. Sin embargo, sugirió que se debería considerar la opción de membresía directa en el EEE para los microestados, fuera tanto de la AELC como de la UE. El 18 de noviembre de 2013, la Comisión de la UE concluyó que "la participación de los países pequeños en el EEE no se considera una opción viable en la actualidad debido a razones políticas e institucionales", y que los Acuerdos de Asociación eran un mecanismo más factible para integrar los microestados al mercado interno.
Noruega
El electorado noruego había rechazado los tratados de adhesión a la UE en dos referéndums. En el momento del primer referéndum en 1972, se unió su vecino, Dinamarca. Desde el segundo referéndum de 1994, otros dos vecinos nórdicos, Suecia y Finlandia, se han unido a la UE. Los últimos dos gobiernos de Noruega no han planteado la cuestión, ya que ambos han sido gobiernos de coalición formados por defensores y detractores de la pertenencia a la UE.
Suiza
Desde que Suiza rechazó la membresía del EEE en un referéndum en 1992, se han iniciado más referéndums sobre la membresía de la UE, la última vez en 2001. Todos estos fueron rechazados. Suiza ha estado en una unión aduanera con otro estado miembro de la AELC y vecino Liechtenstein desde 1924.
Islandia
El 16 de julio de 2009, el gobierno de Islandia solicitó formalmente el ingreso en la UE, pero el proceso de negociación se suspendió a mediados de 2013 y en 2015 los ministros de Relaciones Exteriores escribieron para retirar su solicitud.
Islas Feroe y Groenlandia (Reino de Dinamarca)
Dinamarca fue miembro fundador de EFTA en 1960, pero su membresía finalizó en 1973, cuando se unió a las Comunidades Europeas. Groenlandia estuvo cubierta por la membresía de la EFTA de Dinamarca desde 1961 y las Islas Feroe desde 1968. Desde entonces, las Islas Feroe han examinado la posibilidad de ser miembros de la EFTA. En Groenlandia ha habido un debate político sobre si el Gobierno de Groenlandia considera solicitar la adhesión a la AELC. Sin embargo, la membresía de la EFTA no es posible sin que el Reino de Dinamarca como estado se convierta en miembro de la organización en nombre de las Islas Feroe y/o Groenlandia. EFTA asume que la membresía está reservada para los estados. Los procedimientos especiales para la adhesión de Estados se establecen de conformidad con el artículo 56 del Convenio de la AELC. La membresía del Reino de Dinamarca en la AELC está reservada para el Reino de Dinamarca según el derecho internacional. Como partes del Reino de Dinamarca, las Islas Feroe y Groenlandia no pueden, con la base del tratado actual, convertirse en miembros independientes de la AELC.
En caso de que el Reino de Dinamarca vuelva a ser miembro de la AELC, se puede organizar que entre en vigor solo para las Islas Feroe y/o Groenlandia. La pertenencia a la AELC estaría separada geográficamente de la pertenencia a la UE (que se limita a Dinamarca). Es posible suponer que la pertenencia a la UE con efecto para Dinamarca no excluye la pertenencia a la AELC con efecto para las Islas Feroe y/o Groenlandia. Esta forma de pertenencia a la AELC parece ser posible de conformidad con el tratado de la AELC.
A mediados de 2005, los representantes de las Islas Feroe plantearon la posibilidad de que su territorio se uniera a la AELC. De acuerdo con el artículo 56 de la Convención EFTA, solo los estados pueden convertirse en miembros de la EFTA. Las Islas Feroe son un territorio autónomo del Reino de Dinamarca y no un estado soberano por derecho propio. En consecuencia, consideraron la posibilidad de que el "Reino de Dinamarca con respecto a las Islas Feroe" podría unirse a la EFTA, aunque el gobierno danés ha declarado que este mecanismo no permitiría que las Islas Feroe se convirtieran en un miembro separado del EEE porque Dinamarca ya era parte del Acuerdo EEE.
El gobierno de Dinamarca apoya oficialmente la membresía de la AELC con efecto para las Islas Feroe.
Las Islas Feroe ya tienen un amplio acuerdo de libre comercio bilateral con Islandia, conocido como el Acuerdo de Hoyvík.
Reino Unido
El Reino Unido fue cofundador de EFTA en 1960, pero dejó de ser miembro al unirse a la Comunidad Económica Europea. El país celebró un referéndum en 2016 sobre la retirada de la UE (conocido popularmente como "Brexit"), lo que resultó en un 51,9 % de los votos a favor de la salida. Un trabajo de investigación de 2013 presentado al Parlamento del Reino Unido propuso una serie de alternativas a la pertenencia a la UE que continuarían permitiéndole el acceso al mercado interno de la UE, incluida la continuación de la pertenencia al EEE como estado miembro de la AELC, o Suiza. modelo de una serie de tratados bilaterales que cubren las disposiciones del mercado único.
En la primera reunión desde la votación del Brexit, la AELC reaccionó diciendo que estaban abiertos a un regreso del Reino Unido y que Gran Bretaña tiene muchos problemas que resolver. El presidente de Suiza, Johann Schneider-Ammann, afirmó que su regreso fortalecería la asociación. Sin embargo, en agosto de 2016, el gobierno noruego expresó reservas. La ministra de Asuntos Europeos de Noruega, Elisabeth Vik Aspaker, dijo al periódico Aftenposten: "No es seguro que sea una buena idea dejar que un país grande participe en esto". organización. Cambiaría el equilibrio, lo que no necesariamente favorece los intereses de Noruega."
A fines de 2016, la primera ministra escocesa dijo que su prioridad era mantener a todo el Reino Unido en el mercado único europeo, pero que llevar solo a Escocia al EEE era una opción que se estaba "evaluando". Sin embargo, otros estados de la EFTA han declarado que solo los estados soberanos son elegibles para la membresía, por lo que solo podría unirse si se independizara del Reino Unido, a menos que se adoptara la solución explorada para las Islas Feroe en 2005 (ver arriba).
A principios de 2018, los parlamentarios británicos Antoinette Sandbach, Stephen Kinnock y Stephen Hammond pidieron que el Reino Unido se reincorporara a la AELC.
Relación con la Unión Europea: el Espacio Económico Europeo
En 1992, la UE, sus estados miembros y los estados miembros de la AELC firmaron el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo en Oporto, Portugal. Sin embargo, la propuesta de que Suiza ratifique su participación fue rechazada por referéndum. (Sin embargo, Suiza tiene múltiples tratados bilaterales con la UE que le permiten participar en el Mercado Único Europeo, el Acuerdo de Schengen y otros programas). Por lo tanto, a excepción de Suiza, los miembros de la AELC también son miembros del Espacio Económico Europeo (EEE). El EEE comprende tres estados miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) y 27 estados miembros de la Unión Europea (UE), incluida Croacia, a la que se aplica provisionalmente el acuerdo, pendiente de su ratificación por todas las partes contratantes. Se estableció el 1 de enero de 1994 tras un acuerdo con la Comunidad Europea (que se había convertido en la UE dos meses antes). Permite a los estados de la AELC-EEE participar en el mercado interior de la UE sin ser miembros de la UE. Adoptan casi toda la legislación de la UE relacionada con el mercado único, excepto las leyes sobre agricultura y pesca. Sin embargo, también contribuyen e influyen en la formación de nuevas políticas y legislación pertinentes del EEE en una etapa temprana como parte de un proceso formal de toma de decisiones. Un miembro de la AELC, Suiza, no se ha unido al EEE pero tiene una serie de acuerdos bilaterales, incluido un acuerdo de libre comercio, con la UE.
La siguiente tabla resume los diversos componentes de las leyes de la UE aplicadas en los países de la AELC y sus territorios soberanos. Algunos territorios de los estados miembros de la UE también tienen un estatus especial con respecto a las leyes de la UE aplicadas, como es el caso de algunos microestados europeos.
Estados miembros de EFTA y territorios | Aplicación de la legislación de la UE | EURATOM | European Defence Agency | Zona Schengen | Área de IVA UE | Unión Aduanera de la UE | Mercado único de la UE | Eurozona | |
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Islandia | Parcial | No | No | Sí. | No | No | Con exenciones, en EEE | No, ISK | |
Liechtenstein | Parcial | No | No | Sí. | No. Suiza-Liechtenstein Área de IVA | No. Suiza-Liechtenstein territorio aduanero | Con exenciones, en EEE | No, CHF | |
Noruega, excepto: | Parcial | No | Participating non-member state | Sí. | No | No | Con exenciones, en EEE | No, NOK | |
Jan Mayen | Parcial | No | Participación | Sí. | No, sin IVA | No | Con exenciones, en EEE | No, NOK | |
Svalbard | No | No | Desmilitarizado | No | No, sin IVA | No | No | No, NOK | |
Bouvet Island | No | No | Participación | No | No | No | No | No, NOK | |
Peter I Island | No | No | Desmilitarizado | No | No | No | No | No, NOK | |
Queen Maud Land | No | No | Desmilitarizado | No | No | No | No | No, NOK | |
Suiza, excepto: | Parcial | Participar en el estado asociado | No | Sí. | No. Suiza-Liechtenstein Área de IVA | No. Suiza-Liechtenstein territorio aduanero | Con exenciones, acuerdos sectoriales | No, CHF | |
Samnaun | Parcial | Participación en Suiza | No | Sí. | No, sin IVA | No. Suiza-Liechtenstein territorio aduanero | Con exenciones, acuerdos sectoriales | No, CHF |
Instituciones del EEE
Un Comité Conjunto formado por los Estados del EEE y la AELC más la Comisión Europea (en representación de la UE) tiene la función de extender la legislación pertinente de la UE a los no miembros de la UE. Un Consejo del EEE se reúne dos veces al año para gobernar la relación general entre los miembros del EEE.
En lugar de establecer instituciones pan-EEE, las actividades del EEE están reguladas por la Autoridad de Vigilancia de la AELC y el Tribunal de la AELC. La Autoridad de Vigilancia de la AELC y el Tribunal de la AELC regulan las actividades de los miembros de la AELC con respecto a sus obligaciones en el Espacio Económico Europeo (EEE). Dado que Suiza no es miembro del EEE, no participa en estas instituciones.
La Autoridad de Vigilancia de la AELC desempeña un papel para los miembros de la AELC equivalente al de la Comisión Europea para la UE, como "guardián de los tratados" y el Tribunal de la AELC desempeña un papel equivalente al del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas.
El plan original para el EEE carecía del Tribunal de la AELC o de la Autoridad de Vigilancia de la AELC: el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas y la Comisión Europea debían ejercer esas funciones. Sin embargo, durante las negociaciones del acuerdo EEE, el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas informó al Consejo de la Unión Europea mediante una carta que consideraba que sería una violación de los tratados otorgar a las instituciones de la UE estos poderes con respecto a la no -Estados miembros de la UE. Por lo tanto, se desarrolló el arreglo actual en su lugar.
Subvenciones del EEE y Noruega
Las subvenciones EEA y Noruega son contribuciones financieras de Islandia, Liechtenstein y Noruega para reducir las disparidades sociales y económicas en Europa. Se establecieron junto con la ampliación de 2004 del Espacio Económico Europeo (EEE), que reunió a la UE, Islandia, Liechtenstein y Noruega en el Mercado Interior. En el período de 2004 a 2009, se pusieron a disposición 1.300 millones de euros de financiación de proyectos en los 15 estados beneficiarios de Europa Central y Meridional. Las Subvenciones del EEE y Noruega son administradas por la Oficina del Mecanismo Financiero, que está afiliada a la Secretaría de la AELC en Bruselas.
Convenios internacionales
EFTA también originó la Convención de Hallmarking y la Convención de Inspección Farmacéutica, las cuales están abiertas a los estados que no pertenecen a EFTA.
Relaciones comerciales internacionales
EFTA tiene varios acuerdos de libre comercio con países no pertenecientes a la UE, así como declaraciones sobre cooperación y grupos de trabajo conjuntos para mejorar el comercio. Actualmente, los Estados de la AELC han establecido relaciones comerciales preferenciales con 24 estados y territorios, además de los 27 estados miembros de la Unión Europea.
El mapa de libre comercio interactivo de EFTA ofrece una descripción general de los socios en todo el mundo.
Tratados de libre comercio
- Albania
- Bosnia y Herzegovina
- Canadá (Acuerdo de Libre Comercio Canadá-Asociación Europea de Libre Comercio)
- Estados centroamericanos (Costa Rica, Guatemala, Panamá)
- Chile
- Colombia
- Ecuador
- Egipto
- Georgia
- Gulf Co-operation Council (Bahrein, Kuwait, Omán, Qatar, Arabia Saudita, Emiratos Árabes Unidos)
- Hong Kong
- Indonesia
- Israel
- Jordania
- Corea del Sur
- Líbano
- México
- Montenegro
- Marruecos (excluido el Sáhara Occidental)
- North Macedonia
- Autoridad Nacional Palestina
- Perú
- Philippines
- Serbia
- Singapur
- Unión Aduanera del África Meridional (Botswana, Eswatini, Lesotho, Namibia, Sudáfrica)
- Túnez
- Turquía
- Ucrania
Negociaciones de libre comercio en curso
- Argelia (Negociaciones actualmente en espera)
- Estados centroamericanos (Honduras) (Negociaciones actualmente en espera)
- India
- Malasia
- MERCOSUR (Argentina, Brasil, Paraguay Uruguay y Venezuela)
- (Negociaciones actualmente en espera)
- Belarús
- Kazajstán
- Rusia (Estados miembros de la Unión Económica Eurasia)
- Tailandia
- Vietnam
- Kosovo
- Moldova
Declaraciones sobre cooperación o diálogo sobre relaciones comerciales más estrechas
- Mauricio
- MERCOSUR (Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay)
- Mongolia
- Myanmar
- Pakistán
Políticas de viaje
Libre circulación de personas dentro de la AELC y la UE/EEE
Estados miembros de la AELC' los ciudadanos disfrutan de la libertad de movimiento en los territorios de los demás de acuerdo con la convención EFTA. Los ciudadanos de la AELC también disfrutan de libertad de circulación en la Unión Europea (UE). Los ciudadanos de la EFTA y los ciudadanos de la UE no solo están exentos de visa, sino que tienen derecho legal a ingresar y residir en los países de los demás. Los Ciudadanos' Directiva sobre derechos (a veces también llamada "Directiva de libre circulación") define el derecho de libre circulación de los ciudadanos del Espacio Económico Europeo (EEE), que incluye a los tres miembros de la AELC, Islandia, Noruega y Liechtenstein. más los estados miembros de la UE. Suiza, que es miembro de la AELC pero no del EEE, no está sujeta a la Directiva, sino que tiene un acuerdo bilateral separado sobre libre circulación con la UE.
Como resultado, un ciudadano de un país de la AELC puede vivir y trabajar en todos los demás países de la AELC y en todos los países de la UE, y un ciudadano de un país de la UE puede vivir y trabajar en todos los países de la AELC (pero para votar y trabajar en campos sensibles, como el gobierno/la policía/el ejército, a menudo se requiere la ciudadanía, y es posible que los no ciudadanos no tengan los mismos derechos de asistencia social y prestaciones por desempleo que los ciudadanos).
Secretarias generales
(feminine)# | Estado | Nombre | Año |
---|---|---|---|
1 | Reino Unido | Frank Figgures | 1960-1965 |
2 | Reino Unido | John Coulson | 1965-1972 |
3 | Suecia | Bengt Rabaeus | 1972-1975 |
4 | Suiza | Charles Müller | 1976-1981 |
5 | Noruega | Per Kleppe | 1981 a 1988 |
6 | Austria | Georg Reisch | 1988 a 1994 |
7 | Islandia | Kjartan Jóhannsson | 1994 a 2000 |
8 | Suiza | William Rossier | 2000–2006 |
9 | Noruega | Kåre Bryn | 2006 a 2012 |
10 | Islandia | Kristinn F. Árnason | 2012–2018 |
11 | Suiza | Henri Gétaz | 2018–present |
Fondo Portugal
El Fondo de Portugal entró en funcionamiento en febrero de 1977 cuando Portugal aún era miembro de la AELC. Debía proporcionar fondos para el desarrollo de Portugal después de la Revolución de los Claveles y la consiguiente restauración de la democracia y la descolonización de las posesiones de ultramar del país. Esto siguió a un período de sanciones económicas por parte de la mayoría de la comunidad internacional, que dejó a Portugal económicamente subdesarrollado en comparación con el resto de Europa occidental. Cuando Portugal abandonó la EFTA en 1985 para unirse a la CEE, los miembros restantes de la EFTA decidieron continuar con el Fondo de Portugal para que Portugal siguiera beneficiándose de él. El Fondo originalmente tomó la forma de un préstamo a bajo interés de los estados miembros de EFTA por un valor de US$100 millones. El reembolso originalmente debía comenzar en 1988, sin embargo, EFTA decidió posponer el inicio de los reembolsos hasta 1998. El Fondo de Portugal se disolvió en enero de 2002.
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