Alocución

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Una alocución, o allocutus, es una declaración formal hecha ante el tribunal por el acusado que ha sido declarado culpable antes de ser sentenciado. Es parte del procedimiento penal en algunas jurisdicciones que utilizan el derecho consuetudinario.

Concepto

Una alocución permite que el acusado explique por qué la sentencia debe ser indulgente. En los acuerdos de culpabilidad, se puede exigir una alocución del acusado. El acusado admite explícita y detalladamente las acciones y sus motivos a cambio de una sentencia reducida.

En principio, eso elimina cualquier duda sobre la naturaleza exacta de la culpabilidad del acusado en el asunto.

El término "alocución" se usa generalmente solo en jurisdicciones de los Estados Unidos, pero existen procesos vagamente similares en otros países de derecho consuetudinario. En muchas otras jurisdicciones, corresponde al abogado defensor mitigar en nombre de su cliente, y el acusado rara vez tiene la oportunidad de hablar.

El derecho de las víctimas a hablar en la sentencia también se denomina a veces alocución.

Australia

En Australia, el término allocutus es utilizado por el Secretario de Arraigns u otro asociado formal de la corte. Por lo general, se expresa como: "Prisionero en el bar, un jurado de sus pares lo declaró culpable del delito de XYZ". ¿Tiene algo que decir sobre por qué la sentencia de este Tribunal no debe dictarse ahora sobre usted?" Luego, el abogado defensor hará una alegación de atenuación (también llamada sumisión de pena) en un intento de mitigar la gravedad relativa del delito y se referirá en gran medida y se basará en la buen carácter y buenas obras previas del demandado, si las hubiere.

El derecho a presentar un alegato atenuante es absoluto. Si un juez o magistrado se niega a escuchar tal alegato o no lo considera debidamente, la sentencia puede ser revocada en apelación.

Estados Unidos

En la mayor parte de los Estados Unidos, los acusados tienen la oportunidad de adjudicar sentencias antes de que se dicte una sentencia. Algunas jurisdicciones sostienen eso como un derecho absoluto. En su defecto, puede revocarse la sentencia, pero no la condena, dando lugar a la necesidad de una nueva audiencia de sentencia. En el sistema federal, las Reglas Federales de Procedimiento Penal 32(i)(4) estipulan que el tribunal debe "hablar personalmente al acusado para permitirle hablar o presentar cualquier información para mitigar la sentencia&#34.;

El defensor público federal recomienda que los acusados hablen en términos de cómo una sentencia indulgente será suficiente pero no mayor de lo necesario para cumplir con las directivas legales establecidas en 18 U.S.C. § 3553(a).

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