Aljama

format_list_bulleted Contenido keyboard_arrow_down
ImprimirCitar

Aljama (Español: [alˈxama], Portugués: [alˈʒɐmɐ], Catalán: [əʎˈʒamə]) es un término de origen árabe utilizado en antiguos documentos oficiales de España y Portugal para designar a las comunidades autónomas de moros y judíos que vivían bajo dominio cristiano en la Península Ibérica. En algunas ciudades españolas actuales, el nombre todavía se aplica a los barrios donde vivían dichas comunidades, aunque ya no existen desde hace muchos siglos.

Las comunidades judías de España, debido a su aislamiento social y a las regulaciones religiosas y políticas que les imponían, siempre habían formado grupos apartados del resto de la población. La autoridad ejercida por sus propios rabinos y el sistema de recaudación de impuestos de los jefes de las congregaciones para la administración de los asuntos comunales, los colocaba casi por completo sin la jurisdicción del gobierno del país; y, como resultado, pronto llegaron a ser tratados por los funcionarios no como sujetos sujetos a la ley general del país, sino como cuerpos colectivos con privilegios y deberes especiales.

Así, los reyes visigodos impusieron un impuesto no a cada judío individual o a los cabezas de familia, sino a la comunidad en su conjunto, permitiendo a las autoridades comunales fijar la tasa impositiva individual. Pero tanto bajo los visigodos como bajo los moros no había regularidad en las transacciones de los rabinos y ancianos ni sistema en la actitud del gobierno hacia las comunidades judías. Sin embargo, con el restablecimiento del dominio cristiano, la relación entre el gobierno y sus súbditos judíos gradualmente se volvió bien definida.

En 1219 y 1284 en Toledo, en 1273 en Barcelona, en 1290 en Huete, y en más de una ocasión durante esos años en Portugal, se celebraron consejos de funcionarios españoles y representantes judíos con el propósito de establecer una tasa justa de impuestos para las comunidades judías y de idear medios adecuados para la recaudación de impuestos. Este primer reconocimiento oficial por parte del gobierno de las comunidades judías como organismos separados condujo a un cambio aún mayor en el tratamiento de las congregaciones judías y en la legislación, tanto local como nacional, sobre ellas.

Los obispos de los distintos distritos asumieron autoridad inmediata sobre ellos y, junto con los representantes judíos, formaron reglas que en adelante gobernarían las comunidades. Las elecciones de rabinos y jueces debían realizarse a intervalos determinados y los nombres de estos dignatarios se presentaban al obispo para su aprobación; iba a haber un Rabino alcalde (Rab de la corte; lit.'rabino de la corte') para la presentación de cuestiones comunitarias ante las autoridades correspondientes; y los jefes de la congregación eran responsables de la conducta de la comunidad. En toda acción gubernamental, ya fuera local o general, la unidad considerada era en la mayoría de los casos la comunidad, no el judío individual.

La autoridad gobernante del estado a veces nombraba a un miembro de la comunidad judía para el puesto administrativo de rabino de la corona para actuar como intermediario entre la aljama y el estado. Por ejemplo, en el Reino de Aragón, el rey Juan I emitió edictos en 1386 definiendo las funciones y deberes del alcalde rabino. Existían diversos requisitos en cuanto al buen carácter y la fe de la persona que ocupaba el cargo, así como el requisito de que viviera en el entorno de la Corte, y por tanto alejado de su comunidad, y en constante contacto con la población mayoritaria cristiana. Se especificaron sus poderes y autoridades sobre la aljama de Castilla, económicas, judiciales y otras.

Etimología y desarrollo del concepto

La palabra aljama proviene del árabe y se refiere a la Jama Masjid de una comunidad musulmana, donde los creyentes rezan el Jumu'ah, la oración comunitaria del viernes.

La palabra aljama se deriva del árabe jama (& #39;reunir') más el artículo definido al. Originalmente significaba "congregación", "asamblea" o "grupo", pero, incluso antes del establecimiento del dominio español, los moros lo aplicaban a sus propios grupos religiosos. cuerpos y las mezquitas más grandes, y especialmente a las comunidades judías en medio de ellas, y a las sinagogas y escuelas que formaban el centro de toda la vida judía. El término fue adoptado por los cristianos y su significado se extendió hasta designar también los barrios que judíos y moros habían hecho suyos. En algunas ciudades españolas las antiguas juderías todavía se conocen con ese nombre, a pesar de que los judíos fueron expulsados en 1492.

Muy a menudo, a efectos de distinción, frases como Aljama de los Judíos (' Aljama de los Judíos') y Aljama de los Moros ('Aljama de los Moros') 39;) fueron utilizados. Pero la circunstancia de que los moros de España tenían por el término designado más especialmente a la comunidad judía ha dejado su huella en el uso de la palabra en español; porque en la literatura española aljama, sin ninguna especificación adicional, significa sanedrín o Judería (&# 39;judería'), o incluso para el lugar de culto judío, tanto en el sentido concreto como en el abstracto. Este uso se produce en una fecha muy temprana. En el "Poema de Alejandro", los "Milagros de Nuestra Señora" y el "Duelo de la Virgen" de Gonzalo de Berceo, todo el siglo XIII, se emplea aljama o alfama designar al pueblo de la antigua Jerusalén; y la historiadora del siglo XVI, Mariana, usa aljama para la sinagoga: "devastaron su casas y sus aljamas."

Tecana de Valladolid

Un buen ejemplo de cuánto autogobierno se otorgó a las Aljamas judías lo ofrece la "resolución de la reunión", en español llamada tecana (de takkanah (תקנה), palabra hebrea que, al igual que sanedrín, ha sido incorporada al español) a la que llegó la Aljama de Valladolid en 1432. El informe está escrito en parte en hebreo y en parte en español con caracteres hebreos, y se conserva en la Bibliothèque Nationale de París ("Fonds Hébreux", núm. 585).

De este documento se sabe que, en Valladolid, la comunidad celebraba reuniones electorales cada diez años, y que la reunión particular de la que se da cuenta en el documento tuvo lugar en la última parte de Iyar (finales de mayo) y duró diez días. Algunos de los asuntos decididos o discutidos fueron los siguientes:

  1. La necesidad de la Torá Talmud, o escuela hebrea, y la tasa de impuestos para el mantenimiento de la misma, que se decidió como sigue: cinco maravedis para cada uno de los ganados asesinados, y uno para cada oveja; cinco maravedis para cada frasco de vino. Cinco maravedis también iban a ser pagados por una pareja casada el día de su boda, y por un niño el día de su bar mitzvah. También se estableció un impuesto sobre las herencias, y se diseñaron varios otros medios de ingresos. En relación con esta cuestión se discutió el empleo y el salario de maestros privados o itinerantes.
  2. La elección de los jueces y del rabino de la corte, a la que se concede mucho espacio en el tecana.
  3. La actitud del judío individual en sus relaciones con el estado. Esta fue por mucho la cuestión más importante discutida. Desde el permiso para decidir casos civiles y penales ante jueces judíos había sido otorgado por el gobierno español, y puesto que "los cristianos, aunque sean bien versados en la ley, no saben nada de leyes judías", ningún judío podría abogar ante un juez cristiano, ya sea religioso o civil, excepto en los casos en que los impuestos e imposiciones debido al gobernante estaban en litigio, o donde se obtuvo permiso especial del gobierno Dayan, o juez jefe del Aljama. Un judío que arrestó a otro judío con la ayuda de un cristiano fue aprehendido por el Dayan; por segunda ofensa de la misma naturaleza, iba a ser marcado en la frente y expulsado; mientras que la tercera ofensa fue castigada con la muerte.

La capacidad de imponer la pena capital es indicativa de cuán amplia era la autonomía de la comunidad judía.

Palabras derivadas

De aljama se derivan:

  • Aljamado, adjetivo y sustantivo, el habitante de un aljama
  • Aljamía, el vernáculo español utilizado por los judíos o moros, pero más específicamente el idioma español o mozarábico escrito con caracteres hebreos por los judíos, y con letras árabes por los moros
  • Aljamiado, adjetivo y sustantivo, uno que habla o conoce el aljamía.

Palabras similares no relacionadas

  • Español Alhama y portugués Alfama derivada del árabe hammam ()iluminado.'baths').
  • Árabe Ra's al-galut significa exilarch.
Más resultados...
Tamaño del texto:
undoredo
format_boldformat_italicformat_underlinedstrikethrough_ssuperscriptsubscriptlink
save