Adopción por personas del mismo sexo
La adopción por personas del mismo sexo se refiere a la adopción de niños por parejas del mismo sexo o género legal, que puede tomar la forma de adopción conjunta por una pareja del mismo sexo o adopción por parte de una pareja del hijo biológico del otro (adopción de hijastro). La adopción conjunta por parejas del mismo sexo es legal en veintisiete países, así como en varias jurisdicciones subnacionales y territorios dependientes. Además, alguna forma de adopción de hijastros es legal para parejas del mismo sexo en otros cinco países.
Dado que las constituciones y los estatutos generalmente no abordan los derechos de adopción de las personas LGBT, las decisiones judiciales a menudo determinan si pueden servir como padres, ya sea individualmente o como pareja. De los estados que permiten el matrimonio entre personas del mismo sexo, la mayoría permite la adopción conjunta por parte de esas parejas. Las excepciones a partir de 2022 son Ecuador y un tercio de los estados con matrimonio entre personas del mismo sexo en México. Casi todos los estados permiten la adopción de hijastros, con la única excepción de Ecuador, que tiene una prohibición constitucional.
Quienes se oponen a la adopción por parte de parejas del mismo sexo han argumentado que la crianza de los hijos LGBT afecta negativamente a los niños. Sin embargo, la investigación muestra consistentemente que los padres homosexuales y lesbianas son tan aptos y capaces como los padres heterosexuales, y sus hijos son psicológicamente saludables y están tan bien adaptados como los criados por padres heterosexuales.
Crianza de los hijos LGBT
El cuerpo de investigación existente sobre los resultados para los niños con padres LGBT incluye estudios limitados que consideran el caso específico de la adopción. Además, cuando los estudios mencionan la adopción, a menudo no distinguen entre los resultados para los niños no emparentados y los de su familia original o familias adoptivas, lo que hace que la investigación sobre el caso más general de la crianza de los hijos LGBT se utilice para contrarrestar las afirmaciones de los opositores a la adopción LGBT..Un estudio abordó la pregunta directamente, evaluando los resultados de los adoptados menores de 3 años que habían sido ubicados en uno de los 56 hogares de lesbianas y homosexuales desde la infancia. A pesar de la pequeña muestra y del hecho de que los niños aún no se han dado cuenta de su estado de adopción o de la dinámica del desarrollo de género, el estudio no encontró asociaciones significativas entre la orientación sexual de los padres y la adaptación del niño.
La investigación científica indica que a los hijos de parejas del mismo sexo les va tan bien como a los hijos de parejas del sexo opuesto.
En 1979, el reverendo John Kuiper de la Iglesia de la Comunidad Metropolitana y su esposo se convirtieron en los primeros hombres homosexuales en Estados Unidos en ganar el derecho a adoptar un niño.
Debate
Argumentos
La adopción de niños por parte de personas LGBT es un tema de debate activo. En los Estados Unidos, por ejemplo, se ha introducido en muchas jurisdicciones legislación para evitar la adopción por parte de personas LGBT; tales esfuerzos han sido derrotados en gran medida. Antes de 1973, los tribunales estatales solían prohibir que las personas homosexuales y lesbianas desempeñaran un papel de padres, especialmente mediante la adopción.
Las principales organizaciones profesionales han hecho declaraciones en defensa de la adopción por parte de parejas del mismo sexo. La Asociación Estadounidense de Psicología ha apoyado la adopción por parte de parejas del mismo sexo, citando los prejuicios sociales como perjudiciales para la salud psicológica de lesbianas y gays, y señalando que no hay evidencia de que su crianza cause daño. La Asociación Médica Estadounidense ha emitido una posición similar que apoya la adopción por parte de un segundo padre por parte de una pareja del mismo sexo, afirmando que la falta de reconocimiento formal puede causar disparidades en la atención médica para los niños de padres del mismo sexo.
Los siguientes argumentos se hacen en apoyo de la adopción por parte de padres LGBT:
- El derecho de un niño a tener una familia, tutores o personas que puedan cuidar de su bienestar
- Derechos humanos: derecho del niño y de los padres a tener una vida familiar
- Casi no hay diferencias entre los niños criados por parejas del mismo sexo o heterosexuales. Por esa razón, la orientación sexual de los padres casi no tiene relevancia a la hora de criar a un hijo.
- Evidencia que confirma que, a pesar de las afirmaciones de quienes se oponen a la crianza de los hijos LGBT+, las parejas del mismo sexo pueden brindar buenas condiciones para criar a un niño
- Para los niños, la adopción es una mejor alternativa a la orfandad
- Menos trámites para padrastros en la vida cotidiana, así como la situación de muerte de un padre biológico de un niño
Los siguientes argumentos se presentan en contra de la adopción por parte de padres LGBT:
- Muchas agencias de adopción se basan en la fe: puede ir en contra de su religión apoyar a los padres LGBTQ+.
- Algunas personas piensan que los niños necesitan una mamá y un papá, en lugar de uno u otro, o ninguno (no binario). Asumen que un género puede enseñar ciertas cosas a sus hijos que el otro género no puede.
- Algunas personas piensan que es más probable que los niños criados en hogares con padres del mismo sexo (o LGBTQ+) experimenten trastornos de género y sexuales.
- Hay muchos pensamientos sobre los roles de género típicos, incluido lo que una madre y un padre deben hacer en la casa, así como las mujeres que necesitan "domesticar" a los hombres.
Opinión pública
Indica que el país/territorio ha legalizado la adopción por personas del mismo sexo en todo el país Indica que la adopción por personas del mismo sexo es legal en ciertas partes del país Indica que el país tiene adopción de hijastro o tutela de pareja
País | Entrevistador | Año | Para | Contra | No sabe/Neutral/Sin respuesta/Otro |
---|---|---|---|---|---|
![]() | IMAS | 2015 | 46 % | 48 % | 6 % |
![]() | Ipsos | 2021 | 72 % | 21 % | 7 % |
![]() | Eurobarómetro | 2006 | 12 % | 68 % | 20 % |
![]() | Eurobarómetro | 2006 | 10 % | 86 % | 4 % |
![]() | CVVM | 2019 | 47 % | 47 % | 6 % |
![]() | Centro de Investigación Pew | 2017 | 75 % | - | - |
![]() | Derechos humanosEE | 2021 | 40 % | 49 % | 11 % |
![]() | Taloustutkimus | 2013 | 51 % | 42 % | 7 % |
![]() | Ipsos | 2021 | 62 % | 29 % | 10 % |
![]() | Ipsos | 2021 | 69 % | 24 % | 6 % |
![]() | Investigación KAPA | 2020 | 40 % | 57 % | 3 % |
![]() | Ipsos | 2021 | 59 % | 36 % | 5 % |
![]() | Encuesta C roja | 2011 | 60 % | - | - |
![]() | Ipsos | 2021 | 59 % | 36 % | 5 % |
![]() | Eurobarómetro | 2006 | 8 % | 89 % | 3 % |
![]() | Eurobarómetro | 2006 | 12 % | 82 % | 6 % |
![]() | politmonitor | 2013 | 55 % | 44 % | 1 % |
![]() | miso | 2014 | 20 % | 80 % | - |
![]() | Ipsos | 2021 | 83 % | 12 % | 5 % |
![]() | YouGov | 2012 | 54 % | 34 % | 12 % |
![]() | Ipsos | 2021 | 33 % | 58 % | 10 % |
![]() | Centro de Investigación Pew | 2017 | 59 % | 28 % | 13 % |
![]() | Eurobarómetro | 2006 | 8 % | 82 % | 10 % |
![]() | Ipsos | 2021 | 23 % | 67 % | 10 % |
![]() | GSA | 2010 | 8 % | 79 % | 13 % |
![]() | Eurobarómetro | 2006 | 12 % | 84 % | 4 % |
![]() | Delo Stik | 2015 | 38 % | 55 % | 7 % |
![]() | Ipsos | 2021 | 77 % | 17 % | 6 % |
![]() | Ipsos | 2021 | 79 % | 17 % | 4 % |
![]() | cruz rosa | 2020 | 67 % | 30 % | 3 % |
![]() | Alianza Gay de Ucrania | 2013 | 7 % | 68 % | 12 %13 % permitiría algunas excepciones |
![]() | Ipsos | 2021 | 72 % | 19 % | 9 % |
Indica que el país/territorio ha legalizado la adopción por personas del mismo sexo en todo el país Indica que la adopción por personas del mismo sexo es legal en ciertas partes del país Indica que el país tiene adopción de hijastro o tutela de pareja
País | Entrevistador | Año | Para | Contra | No sabe/Neutral/Sin respuesta/Otro |
---|---|---|---|---|---|
![]() | Ipsos | 2021 | 73 % | 21 % | 6 % |
![]() | Ipsos | 2021 | 69 % | 25 % | 7 % |
![]() | Ipsos | 2021 | 81 % | 13 % | 6 % |
![]() | CADÉM | 2021 | 61 % | 37 % | 2 % |
![]() | Ipsos | 2021 | 46 % | 44 % | 8 % |
![]() | Ipsos | 2021 | 59 % | 34 % | 7 % |
![]() | Ipsos | 2021 | 41 % | 52 % | 7 % |
![]() | Ipsos | 2021 | 72 % | 22 % | 6 % |
![]() | Equipos Consultores | 2013 | 52 % | 39 % | 9 % |
Indica que el país/territorio ha legalizado la adopción por personas del mismo sexo en todo el país Indica que la adopción por personas del mismo sexo es legal en ciertas partes del país Indica que el país tiene adopción de hijastro o tutela de pareja
País | Entrevistador | Año | Para | Contra | No sabe/Neutral/Sin respuesta/Otro |
---|---|---|---|---|---|
![]() | Ipsos | 2021 | 71 % | 21 % | 8 % |
![]() | Investigación Nueva Zelanda | 2012 | 64 % | 31 % | 5 % |
Indica que el país/territorio ha legalizado la adopción por personas del mismo sexo en todo el país Indica que la adopción por personas del mismo sexo es legal en ciertas partes del país Indica que el país tiene adopción de hijastro o tutela de pareja
País | Entrevistador | Año | Para | Contra | No sabe/Neutral/Sin respuesta/Otro |
---|---|---|---|---|---|
![]() | Ipsos | 2021 | 66 % | 30 % | 4 % |
![]() | Ipsos | 2021 | 66 % | 21 % | 13 % |
![]() | Instituto Midgam | 2017 | 60 % | - | - |
![]() | Ipsos | 2021 | 68 % | 20 % | 13 % |
![]() | Ipsos | 2021 | 24 % | 65 % | 11 % |
![]() | Ipsos | 2021 | 23 % | 67 % | 10 % |
![]() | Ipsos | 2021 | 46 % | 45 % | 9 % |
![]() | Ipsos | 2021 | 39 % | 44 % | 18 % |
Indica que el país/territorio ha legalizado la adopción por personas del mismo sexo en todo el país Indica que la adopción por personas del mismo sexo es legal en ciertas partes del país Indica que el país tiene adopción de hijastro o tutela de pareja
País | Entrevistador | Año | Para | Contra | No sabe/Neutral/Sin respuesta/Otro |
---|---|---|---|---|---|
![]() | Ipsos | 2021 | 69 % | 23 % | 8 % |
Debates nacionales
A partir de febrero de 2021, existen debates nacionales sobre la paternidad LGBT en los siguientes países:
- República Checa (hijastro o adopción parcial)
Estatus legal
La adopción conjunta por parejas del mismo sexo es legal en los siguientes países:
- Andorra (2014)
- Argentina (2010)
- Australia (primera jurisdicción 2002, última jurisdicción 2018)
- Austria (2016)
- Bélgica (2006)
- Brasil (2010)
- Canadá (primera jurisdicción 1996, última jurisdicción 2011)
- Chile (2022)
- Colombia (2015)
- Costa Rica (2020)
- Croacia (2021, sentencia judicial confirmada en 2022)
- Dinamarca (2010)
- Groenlandia (2016)
- Islas Feroe (2017)
- Finlandia (2017)
- Francia (2013)
- Alemania (2017)
- Islandia (2006)
- Irlanda (2015)
- Israel (2008)
- Luxemburgo (2015)
- malta (2014)
- Países Bajos (2001)
- Nueva Zelanda (2013)
- Noruega (2009)
- Portugal (2016)
- Sudáfrica (2002)
- España (2005)
- Suecia (2003)
- Suiza (2022)
- Taiwán (2022)
- Reino Unido
- Inglaterra y Gales (2005)
- Escocia (2009)
- Irlanda del Norte (2013)
- Estados Unidos (primera jurisdicción 1993, última jurisdicción 2017)
- Uruguay (2009)
La adopción conjunta por parejas del mismo sexo es legal en las siguientes jurisdicciones subnacionales o territorios dependientes:
- Dependencias de la Corona del Reino Unido y Territorios Británicos de Ultramar:
- Bermudas (2015)
- Islas Caimán (2019)
- gibraltar (2014)
- Guernesey (2017)
- Isla de Man (2011)
- Jersey (2012)
- Islas Pitcairn (2015)
- Islas Malvinas (2017)
- Santa Elena, Ascensión y Tristan da Cunha (2017)
- México:
- Aguascalientes (2019)
- Baja California (2017)
- Campeche (2016)
- Chiapas (2017)
- Chihuahua (2017)
- Coahuila (2014)
- Colima (2016)
- Hidalgo (2019)
- Ciudad de México (2010)
- Michoacán (2016)
- Morelos (2016)
- Nayarit (2019)
- San Luis Potosí (2019)
- puebla (2017)
- Veracruz (2016)
- Querétaro (2017)
- Caribe holandés (2012)
Los siguientes países permiten la adopción de hijastros en los que la pareja en una relación puede adoptar al hijo natural y al adoptado de su pareja:
- Croacia (2014)
- Estonia (2016)
- Italia (2016 – caso por caso)
- Eslovenia (2011)
- San Marino (2018)
- Liechtenstein (2021)
África
Sudáfrica
Sudáfrica es el único país africano que permite la adopción conjunta por parejas del mismo sexo. La decisión de 2002 del Tribunal Constitucional en el caso de Du Toit contra el Ministro de Bienestar y Desarrollo de la Población modificó la Ley de Cuidado de Niños de 1983 para permitir tanto la adopción conjunta como la adopción por padrastros por parte de "parejas permanentes del mismo sexo". Desde entonces, la Ley sobre el cuidado de los niños ha sido sustituida por la Ley sobre la infancia de 2005, que permite la adopción conjunta por parte de "parejas en una pareja de por vida doméstica permanente", ya sean del mismo sexo o del sexo opuesto, y la adopción por parte de un padrastro por parte de una persona que sea el "cónyuge permanente". compañero de vida doméstico" del padre actual del niño. El matrimonio entre personas del mismo sexo es legal desde 2006 y es equivalente al matrimonio entre personas del sexo opuesto a todos los efectos, incluida la adopción.
Américas
Canadá
Canadá no tiene una ley a nivel nacional que legalice la adopción por personas del mismo sexo, sino que tiene leyes provinciales más pequeñas que cubren a toda la nación. La legalización de la adopción por personas del mismo sexo en Canadá comenzó con la Columbia Británica en 1996 y se finalizó con Nunavut en 2011. En 2013, una encuesta de Ipsos Global mostró que el 70 % de los canadienses aprobaba la adopción por personas del mismo sexo hasta cierto punto y el 45 % la aprobaba firmemente.
Chile
En Chile, las parejas del mismo sexo pueden solicitar la adopción de un niño. Si los solicitantes son aprobados como aptos para adoptar, legalmente solo uno de ellos sería el padre legal del niño. Una encuesta de 2017 muestra que el 45% de los chilenos apoya la adopción por personas del mismo sexo, mientras que el 50% se opone.
El presidente Piñera permitió la adopción plena el 9 de diciembre de 2021.
Colombia
El 4 de noviembre de 2015, en una sentencia de la Corte Constitucional por 6-2, Colombia decidió permitir la adopción por personas LGBT. El fallo se produjo antes de que el matrimonio entre personas del mismo sexo fuera legal en el país el 28 de abril de 2016.
Honduras
Se espera que a partir de mayo de 2019, la Corte Suprema de Justicia de Honduras se pronuncie sobre una decisión sobre el matrimonio entre personas del mismo sexo y la adopción.
México
Las parejas del mismo sexo pueden adoptar en la Ciudad de México (desde 2010), Coahuila (2014), Campeche (2016), Colima (2016), Michoacán (2016), Morelos (2016), Veracruz (2016), Baja California (2017)), Chihuahua (2017), Querétaro (2017), Puebla (2018), Chiapas (2018), Nayarit (2019), Aguascalientes (2019), Hidalgo (2019) y San Luis Potosí (2019).
En la Ciudad de México, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó el 21 de diciembre de 2009 una ley que permite a las parejas del mismo sexo adoptar niños. Ocho días después, el Jefe de Gobierno ("Alcalde") Marcelo Ebrard promulgó el proyecto de ley, que entró en vigor oficialmente el 4 de marzo de 2010.
El 24 de noviembre de 2011, la Corte Suprema de Coahuila revocó la ley estatal que prohibía la adopción a parejas del mismo sexo e instó a la legislatura del estado a enmendar la ley de adopción lo antes posible. El 12 de febrero de 2014, el congreso del estado aprobó por abrumadora mayoría la medida más de dos años después de la decisión de la corte suprema.
El 3 de febrero de 2017 la SCJN emitió la tesis 08/2017 en la que se afirma que la familia de la comunidad LGBT no termina en la pareja, sino que se extiende también al derecho a tener y criar hijos. Por lo tanto, las parejas LGBT que deseen formar una familia y adoptar niños estarán legalmente protegidas y no podrán ser limitadas por ninguna entidad gubernamental.
En octubre de 2021 se presentó un proyecto de ley a la legislatura de Baja California Sur.
Estados Unidos
La adopción por parte de personas LGBT o parejas del mismo sexo es legal en los cincuenta estados a partir de junio de 2017.
Uruguay
Una ley de adopción patrocinada por el gobierno en Uruguay que permite la adopción LGBT fue aprobada por la cámara baja el 28 de agosto de 2009 y por el Senado el 9 de septiembre de 2009. En octubre de 2009, la ley fue firmada por el presidente y entró en vigor. Según la encuesta de Equipos Mori, el 53% de los uruguayos se opone a la adopción por personas del mismo sexo frente al 39% que la apoya. La encuesta de Interconsult realizada en 2008 dice que el 49% se opone a la adopción por personas del mismo sexo frente al 35% que la apoya.
Asia
Los derechos LGBT para la adopción de niños en Asia son casi inexistentes, excepto en Israel. Algunos países asiáticos todavía criminalizan las actividades entre personas del mismo sexo, no tienen leyes contra la discriminación, lo que es un obstáculo para legislar para la adopción LGBT.
Israel
Un fallo de enero de 2005 de la Corte Suprema de Israel permitió la adopción de hijastros para parejas del mismo sexo. Israel anteriormente permitía derechos de cotutela limitados para padres no biológicos. En febrero de 2008, un tribunal de Israel dictaminó que a las parejas del mismo sexo ahora se les permitía adoptar un niño independientemente de si el niño está relacionado biológicamente con cualquiera de los padres o no. Esto marcó un hito en la concesión de igualdad de derechos a todas las personas homosexuales en Israel.
Taiwán
Las parejas del mismo sexo pueden adoptar legalmente. Sin embargo, solo pueden adoptar al hijo biológico de su pareja del mismo sexo (las llamadas adopciones de hijastros). La ley de Taiwán solo permite que las personas casadas del sexo opuesto adopten, pero también permite que las personas solteras adopten, según las circunstancias, incluidas las personas LGBT individuales. La ley de matrimonio entre personas del mismo sexo (que se aprobó en el Yuan Legislativo en mayo de 2019) otorga a las parejas del mismo sexo el derecho a adoptar niños relacionados genéticamente con uno de los miembros de la pareja.
Europa
En febrero de 2006, el Tribunal de Casación de Francia dictaminó que ambos miembros de una relación del mismo sexo pueden tener la patria potestad sobre el hijo biológico de uno de ellos. El resultado surgió de un caso en el que una mujer intentó ceder la patria potestad de sus dos hijas a su pareja, con quien estaba en unión civil. Sin embargo, en el caso de la adopción, en febrero de 2007, el mismo tribunal falló en contra de una pareja de lesbianas en la que una de las partes intentó adoptar al hijo de la otra parte. El tribunal declaró que la pareja de la mujer no puede ser reconocida a menos que la madre retire sus propios derechos de paternidad. El 17 de mayo de 2013, el presidente francés, François Hollande, convirtió en ley el proyecto de ley que abría los derechos de matrimonio y adopción vinculados a él para parejas del mismo sexo.
En 1998, una maestra de guardería de Lons-le-Saunier, que vivía en pareja con otra mujer, había solicitado una autorización para adoptar a un niño del departamento (gobierno local) de Jura. La junta de adopción desaconsejó la autorización porque el niño carecería de referencia paterna, por lo que el presidente del departamento falló en contra de la autorización. El caso fue apelado ante los tribunales administrativos y terminó ante el Consejo de Estado, actuando como tribunal supremo administrativo, que falló en contra de la mujer. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos concluyó que estas acciones y este fallo constituían una violación del artículo 14 del Convenio Europeo de Derechos Humanos en conjunción con el artículo 8.
El 2 de junio de 2006, el parlamento islandés aprobó por unanimidad una propuesta que aceptaba la adopción, la paternidad y el tratamiento de inseminación asistida para parejas del mismo sexo en las mismas condiciones que las parejas heterosexuales. La ley entró en vigor el 27 de junio de 2006.
En Bulgaria, según el Ministerio de Justicia, las leyes relativas a la adopción "carecen de una norma sobre la orientación sexual de las personas". Por lo tanto, una persona homosexual soltera o parejas del mismo sexo pueden adoptar.
El 17 de mayo de 2013, el parlamento portugués aprobó un proyecto de ley en primera lectura que permite la "coadopción" del hijo biológico o adoptado del cónyuge o pareja del mismo sexo, cuando ese cónyuge o pareja sea el único progenitor legalmente reconocido del niño (ej., la madre con el padre natural no registrado). Sin embargo, en octubre de 2013, los miembros del parlamento que se oponían al proyecto de ley propusieron un referéndum sobre el tema y rechazaron una moción para tener la segunda votación en el pleno; luego se consideró la moción sobre el posible referéndum, pero la Corte Constitucional la declaró inconstitucional. El 14 de marzo de 2014, el proyecto de ley original fue rechazado en segunda lectura.El 20 de noviembre de 2015, el nuevo parlamento votó favorablemente cinco propuestas de varios partidos de izquierda como resultado de las elecciones generales del 4 de octubre.
En julio de 2014, a través de la Ley de parejas de por vida, Croacia reconoció una institución similar a la adopción de hijastros llamada pareja-tutor. Una pareja que no sea el padre biológico de un niño puede compartir las responsabilidades de paternidad con el padre o los padres biológicos si están de acuerdo o si el tribunal decide que es lo mejor para el niño. Además, un padre o padres biológicos pueden otorgar temporalmente a una pareja que no es un padre biológico responsabilidades parentales completas. Un miembro de la pareja que no sea padre biológico también puede adquirir responsabilidades parentales permanentes a través de una institución de pareja-tutor si ambos padres biológicos de un niño han fallecido, o excepcionalmente si se desconoce el segundo padre biológico de un niño, y si el tribunal así lo decide. es en el mejor interés de un niño.
En enero de 2015, el Tribunal Constitucional de Austria declaró inconstitucionales las leyes existentes sobre adopción y ordenó que se modificaran antes del 31 de diciembre de 2015 para permitir la adopción conjunta por parejas del mismo sexo en Austria.
El 6 de abril de 2015, el presidente de Irlanda promulgó el proyecto de ley sobre niños y relaciones familiares de 2015, aprobado por el Parlamento en marzo de 2015, que amplía los derechos plenos de adopción a las parejas que cohabitan y las uniones civiles. La ley entró en vigor un año después, el 6 de abril de 2016.
El 20 de noviembre de 2015, el Parlamento portugués aprobó; por 141 votos contra 87 con 2 abstenciones; un diploma presentado por todos los partidos (excepto el derechista PàF) para permitir la adopción por personas del mismo sexo. El 26 de enero de 2016, el conservador presidente portugués Aníbal Cavaco Silva vetó el proyecto de ley y una semana después el Parlamento portugués anuló el veto. La ley entró en vigor el 1 de marzo de 2016.
El 22 de junio de 2016, el Tribunal Supremo de Casación de Italia confirmó la decisión de un tribunal inferior de aprobar una solicitud para que una lesbiana adoptara a la hija de su pareja. Los fiscales habían apelado contra la decisión del tribunal de apelación de Roma. Las decisiones de la corte suprema sientan un precedente.
En diciembre de 2020, Hungría prohibió legalmente y explícitamente la adopción de parejas del mismo sexo dentro de su constitución.
En abril de 2021, un tribunal de Croacia dictaminó que las parejas del mismo sexo tienen derecho a adoptar conjuntamente. En mayo de 2022, el Tribunal Administrativo Superior confirmó el fallo y rechazó la apelación del Ministerio responsable.
Oceanía
Australia
En Australia, la adopción por personas del mismo sexo es legal en todos los estados y territorios desde abril de 2018.
Nueva Zelanda
La Ley de Enmienda del Matrimonio (Definición del Matrimonio) de 2013, que entró en vigor el 19 de agosto de 2013, permitió el matrimonio entre personas del mismo sexo y permitió que las parejas casadas del mismo sexo adoptaran niños de forma conjunta. Anteriormente, una persona LGBT podía adoptar niños, pero las parejas del mismo sexo no podían adoptar juntos.
Actualmente, no existen barreras específicas que impidan que una persona LGBT adopte niños, excepto que un hombre no puede adoptar a una niña. La ley de matrimonio entre personas del mismo sexo entró en vigor el 19 de agosto de 2013 y, desde entonces, las parejas casadas del mismo sexo pueden adoptar hijos de forma conjunta. Las parejas no casadas de cualquier sexo y las parejas en unión civil ahora pueden adoptar niños de manera conjunta, según un fallo del Tribunal Superior de Nueva Zelanda en diciembre de 2015. La prohibición infringió la Ley de la Declaración de Derechos de Nueva Zelanda de 1990. La edad mínima para adoptar en Nueva Zelanda es de 20 años. años para un hijo relacionado y 25 años o la edad del hijo más 20 años (lo que sea mayor) para un hijo no relacionado.
Resumen de leyes por jurisdicción
País | La persona LGBT puede solicitar la adopción | Las parejas del mismo sexo pueden presentar una petición conjunta | La pareja del mismo sexo puede solicitar la adopción del hijo de la pareja | Las parejas del mismo sexo pueden acoger o adoptar hijastros |
---|---|---|---|---|
Andorra | Sí | Sí | Sí | Sí |
Austria | Sí | Sí | Sí | Sí |
Bélgica | Sí | Sí | Sí | Sí |
Bielorrusia | No | No | No | No |
Bulgaria | Sí | No | No | No |
Croacia | Sí | Sí | Sí | Sí |
República Checa | Sí | Sí No | No | Sí |
Chipre | Sí | No | No | No |
Dinamarca | Sí | Sí | Sí | Sí |
Estonia | Sí | No | Sí | Sí |
Islas Faroe | Sí | Sí | Sí | Sí |
Finlandia | Sí | Sí | Sí | Sí |
Francia | Sí | Sí | Sí | Sí |
Alemania | Sí | Sí | Sí | Sí |
Gibraltar | Sí | Sí | Sí | Sí |
Grecia | Sí | No | No | Sí |
Guernesey | Sí | Sí | Sí | Sí |
Hungría | No | No | No | No |
Islandia | Sí | Sí | Sí | Sí |
Irlanda | Sí | Sí | Sí | Sí |
Isla del hombre | Sí | Sí | Sí | Sí |
Italia | No | No | No | No |
Jersey | Sí | Sí | Sí | Sí |
letonia | Sí | No | No | No |
Liechtenstein | Sí | No | No | No |
Lituania | No | No | No | No |
luxemburgo | Sí | Sí | Sí | Sí |
Malta | Sí | Sí | Sí | Sí |
Mónaco | No | No | No | No |
Países Bajos | Sí | Sí | Sí | Sí |
Noruega | Sí | Sí | Sí | Sí |
Polonia | Sí | No | No | No |
Portugal | Sí | Sí | Sí | Sí |
Rumania | No | No | No | No |
San Marino | Sí | No | Sí | No |
Eslovaquia | Sí | No | No | No |
Eslovenia | Sí | No | Sí | No |
España | Sí | Sí | Sí | Sí |
Suecia | Sí | Sí | Sí | Sí |
Suiza | Sí | Sí | Sí | Sí |
Reino Unido | Sí | Sí | Sí | Sí |
- ^ excepto el estado de Baja Austria
- ^ por sentencia judicial
- ^ Las parejas del mismo sexo pueden adoptar, aunque solo uno es reconocido como padre legal
- ^ factura pendiente
- ^ pero las parejas en las que ambos miembros de la pareja son infértiles también pueden adoptar niños no biológicos
- ^ las personas solteras pueden adoptar solo en circunstancias excepcionales, independientemente de su orientación sexual
- ^Saltar a: pero se hacen excepciones
- ^ pero los solteros pueden fomentar
- ^ efectivo julio 2022
País | Petición conjunta de parejas del mismo sexo | adopción individual LGBT | Adopción de padrastros del mismo sexo |
---|---|---|---|
Argentina | Sí | Sí | Sí |
Belice | No | No | No |
islas Bermudas | Sí | Sí | Sí |
Bolivia | No | Sí | No |
Brasil | Sí | Sí | Sí |
Chile | Sí | Sí | Sí |
Colombia | Sí | Sí | Sí |
Costa Rica | Sí | Sí | Sí |
Cuba | No | No | No |
República Dominicana | No | No | No |
Ecuador | No | Sí | No |
El Salvador | No | No | No |
Islas Malvinas | Sí | Sí | Sí |
Guayana Francesa | Sí | Sí | Sí |
Guatemala | No | No | No |
Guayana | No | No | No |
Honduras | No | No | No |
México | Sí (algunos estados) | Sí | Sí |
Nicaragua | No | No | No |
Paraguay | No | Sí | No |
Perú | No | No | No |
Puerto Rico | Sí | Sí | Sí |
Surinam | No | No | No |
Uruguay | Sí | Sí | Sí |
Venezuela | No | No | No |
- ^Saltar a: prohibición constitucional
- ^Saltar a: sexo gay ilegal
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