La Constitución de los Estados Unidos de 1787
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La teoría del Contrato Social, es una teoría de filosofía política, que establece que todo conjunto social se fundamenta en un contrato colectivo y tácito, para mantener la estructura social vigente.
Según esto, los individuos abandonan su estado de libertad natural, en donde no tienen más límite que sí mismos, para convivir con otros individuos a cambios de aumentar así su seguridad y condiciones de vida.
La sociedad no es planteada como un ente en sí mismo, sino como el acuerdo implícito de mantenerla, acuerdo que puede ser positivizado, como en el caso de las constituciones políticas, o que puede ser destruído y renovado como en el caso de las revoluciones.
Desde el renacimiento, el estado se convirtió en uno de los temas de reflexión filosófica y política en Europa, como puede verse con la obra de Hobbes, por la consolidación del poder de las monarquías, que dejaban de ser feudales para convertirse en verdaderas entidades administrativas.
Teoría del Contrato Social: toda sociedad humana tiende a crear al estado mediante acuerdos entre sus individuos.
Así, se fue construyendo una visión contractualista del estado, que lo concibió como una creación de la realidad humana, bien fuera por la necesidad de evitar que el ser humano se corrompiera ─como en Hobbes─, o para lograr que pudiera ser verdaderamente libre ─como en Rousseau─.
En cualquier caso, esta teoría contractualista implicaba siempre que el estado nace de forma tácita por la convivencia e interacción que los seres humanos tienen en sociedad que requiere de la creación de acuerdos implícitos sobre lo que es correcto o no, y lo que puede y lo que no puede hacerse.
Esta teoría fue planteada formalmente por Rousseau, en su libro "El Contrato Social" del año 1762. Sin embargo un siglo antes algunos filósofos ingleses ya habían abordado la relación entre el hombre y el estado a partir de la cesión de derechos.
Por ejemplo Thomas Hobbes, quien publicaría "El Leviatán" en 1651 analizó la conformación de una entidad superior al hombre, pero creada y sostenida por la necesidad de seguridad que el hombre tenía, pues protegería al hombre de las fieras del entorno, e incluso de convertirse en una fiera para sí mismo.
Por su parte John Locke también analizó al estado y su relación con las personas en su "Segundo Tratado del Gobierno Civil" de 1689, donde que el fundamento de un estado es el pacto imṕlícito del respeto por algunas garantías básicas del individuo.
El concepto de contrato social, es una explicación teórica, de la forma en que operan las relaciones de poder y convivencia al interior de las sociedades.
Su planteamiento inicial es: el hombre no es naturalmente un ser social.
Teniendo en cuenta, que este estado natural del hombre, no es el de convivir con otros en sociedad, sino el de determinarse a sí mismo, toda convivencia es el resultado de los acuerdos, que de forma implícita se constituyen, para procurarse a cada uno, la capacidad de ejercer esta determinación en coexistencia con otros.
El contrato social es entonces un acuerdo, cuyo fin, es permitir que personas, que naturalmente no estarían unidas entre sí, puedan convivir de forma armónica.
Pero este acuerdo se mantiene, no por la aceptación expresa de cada uno de los sometidos a él, sino por la participación misma en los sistemas sociales en los que se configura.
La noción de contrato social, implica que todo poder, para poder existir, requiere de al menos un mínimo de consentimiento por parte de los gobernados, sin lo cual no podría mantenerse el poder de ninguna forma.
Estos, consienten su estado, en la medida en que aceptan implícitamente el contrato social que les impone la situación a la que están sometidos, y cuya obligación, deriva de la misma naturaleza que su poder para extinguirla y recobrar su libertad: su voluntad.
Le plus fort n’est jamais assez fort pour être toujours le maître, s’il ne transforme sa force en droit, et l’obéissance en devoir.
(El más fuerte, nunca es lo suficientemente fuerte como para ser siempre el amo, si él no transforma su fuerza en derecho, y la obediencia en deber.)
Rousseau [1]
(Traducción del autor*)
Luego, aunque no todo gobierno sea legítimo de por sí, todo gobierno que se mantenga, tiene al menos el beneplácito de los gobernados, y con ello es legítimo mientras pueda gobernar.
[1]: Rousseau | El Contrato Social: Cap. 3.
La teoría del contrato social, al concebir al hombre como un ser que, para su convivencia con otros debe crear estructuras de poder complejas, estructuras que no son propias a su propia naturaleza, y que por tanto lo constriñen.
Así, la libertad se ve limitada siempre por este contrato social, del cual el individuo no puede apartarse, por encontrarse inmerso en la dialógica misma de cualquier sociedad.
Estando el hombre siempre en una constante contradicción: por un lado, aprecia su libertad, que le es natural y por tanto anhelada, pero por otro, aprecia la sociedad, que es lo único que conoce, y en la cual basa todo su criterio de identidad.
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Anavitarte, E. J. (2012, March). La Teoría del Contrato Social. Academia Lab. https://academia-lab.com/2012/03/16/la-teoria-del-contrato-social/
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