Historia del Derecho Romano
La historia del derecho romano es la continuidad de acontecimientos políticos y jurídicos que ocurrieron desde el año 753 a. C. ─fundación de Roma─... (leer más)
La república romana, es el modelo de organización social y política que adoptó la civitas romana entre el 510 a. C. hasta el 27 a. C., en el que los ciudadanos elegían a funcionarios ─magistrados─ para que ejercieran poder en nombre del pueblo romano ─populus─.
Este periodo se caracterizó en lo político, por el apogeo romano a lo largo de toda la cuenta mediterránea, luego de haber conquistado o hecho tributarios a todos los pueblos que rodeaban el mar mediterráneo.
Y en lo social, por el avance cultural que experimentaron los romanos, quienes pasaron de ser un pueblo rural fuertemente influido por los etruscos, a una civilización completa, de perfil helenístico, y con un arte, arquitectura, derecho y filosofía militar propias.
La República Romana, comprende una extensión total de seis siglos, desde la expulsión del último rey, Tarquino el Soberbio en el 510 a. C., hasta la ascensión de Augusto en el 27 a. C., durante los cuales, la organización política romana giró en torno a tres figuras fundamentales: (a) las magistraturas, (b) los comicios, y (c) el senado.
Luego de la expulsión de Tarquino, Roma no sabía como gestionar bien la nueva situación, en la que no existía ya un rey, pero en el que tampoco existía una estructura ideológica republicana, como ocurrió por ejemplo con la Atenas de Solón; Roma simplemente se hallaba sin rey.
Por lo que pasaron alrededor de 60 años de conflictos sociales, en los que la sociedad romana intentó resolver el vacío socio-política que producía la ausencia de un rey, los senadores se turnaron en principio para periodos de poder anuales, pero optarían por delegar en dos cónsules ─también anuales─ esta tarea.
Esta delegación dotaba de mayor legitimidad política a quien ostentara el poder, pues sin existir ya un rey, nadie gozaba de un derecho lo suficientemente convincente, como para gobernar sin rendir cuentas a nadie.
A tal punto de que ocurrirían cosas como (a) la secessio plebis del 493 a. C., que trajo consigo la magistratura del tribuno de la plebe, luego (b) la del 464 a. C., que ayudó a consolidar los posteriores comicios por tribus, y (c) la expedición de las leyes decenvirales, ca. 451 a. C.
En fin, que la ausencia de un rey creó también malestar en la plebe, que no veía en los patricios la solución a su situación política.
Desacostumbrada Roma a tener un rey, y sin saber como ser una república, no quedó más remedio que buscar en el mundo griego una solución a esta situación, por lo que los patricios enviaron a tres de los suyos a Grecia ─se desconoce si exactamente hasta Atenas─, en el año 452 a. C.
Estos patricios volverían con el conocimiento sobre la estructura de las polis griegas, y sobre como gestionar la vida republicana. De aquí que se conozca al periodo republicano, especialmente al comprendido entre los años 510 a. C., hasta el 264 a. C. como el periodo helenístico de Roma.
Y luego en el 450 a. C. luego del regreso de la delegación romana, se suspendieron todas las magistraturas, y se dio poder a 10 personas ─decenviros─, elegidos en los comicios por centurias, para que redactaran una constitución para los romanos, a semejanza de la que tuvieron los atenienses.
A estas leyes las llamamos las leyes de las 12 tablas, y terminarían por fundar definitivamente esta nueva República.
[…] qui nunc quoque, in hoc immenso aliarum super alias acervatarum legum cumulo, fons omnis publici privatique est iuris.
(que aún ahora, en este inmenso cúmulo de leyes amontonadas unas sobre otras, son la fuente de todo el derecho tanto público como privado)
Livio[1]
(Traducción del autor*)
Es decir, la formación de la república no ocurrió con la expulsión de Tarquino, sino que fue un proceso de al menos medio siglo, que encuentra con toda certeza su culminación luego de las leyes de las doce tablas.
El nuevo modelo republicano romano, implicaba un cambio en el paradigma jurídico de la época, pues ahora el estado no era un asunto de los dioses, que veían en el rey a un representante casi sagrado, sino un asunto de todos los ciudadanos.
Esto impactaría también al derecho, generando principalmente tres consecuencias: (a) primero el aumento del ius scriptum ─derecho escrito─, (b) segundo el la secularización o desacralización del derecho, y (c) tercero, la aparición de cuerpos jurídicos bastante rígidos.
Estos cambios se estudian en el derecho bajo el nombre de periodo preclásico del derecho romano.
Las magistraturas eran cargos generalmente anuales, en los que un ciudadano electo en los comicios por centurias, o en los comicios por tribus, ejercía poder en el nombre del populus, es decir del pueblo romano.
Esta figura nace en reemplazo del rex, pues como toda sociedad, los romanos requerían seguir ejerciendo funciones comunes a todos, como la organización de los ejércitos, la administración de justicia, la regulación de lugares públicos, etc.
Así, lo que antes hacía el rey, fue divido entre los pontífices, que asumieron sus funciones religiosas, y los magistrados, que asumieron sus funciones terrenales, lo que apoyaría los cambios sociales y jurídicos de dicha época.[¶]
Las magistraturas romanas fueron la forma de funcionariado público ─electo─ más emblemáticos del mundo antiguo, a tal punto de que bajo su administración, Roma llegó a ser la potencia occidental más extensa que se haya conocido antes de la edad moderna.
Tuvieron como características: (a) que el cargo se ejercía de forma gratuita, y el estado romano no costeaba los gastos del magistrado, sino que él mismo debía hacerlo, pero en contraprestación obtenía de ello mucho poder, y especialmente honor, de allí que sean ad honorem.
Además, (b) los magistrados respondían ante el pueblo, que (c) los elegía en los diferentes comicios, pues, aunque el magistrado fuera a costearse todo, debía lograr la confianza del electorado para hacerse elegir. Y (d) su cargo no podía durar más de 1 año, salvo en el caso de los censores, que duraban 5.
Y, aun siendo su poder tan limitado en el tiempo, y tan costoso para ellos mismo, (e) era compartido, pues todas las magistraturas, salvo la del dictador, tenían más de un magistrado.
Todo esto creó un sistema que duró al menos 8 siglos, y durante el cuál Roma vería su época de mayor esplendor político, cultural, militar, artístico, y en general como civilización.
Desde la época prerromana, en la península itálica existía ya la noción de imperium, propia de los pueblos etruscos y que fue el fundamento axiológico del poder de los magistrados; y también los griegos conocían ya de elecciones, periodicidad y gratuidad en el servicio público.
Pero serían los romanos quienes unieran estos dos conceptos, en la figura del magistrado, de tal forma que siendo este un servidor de la República, tenía un poder mucho más amplio que el que tuvieron en su tiempo los arcontes de las polis griegas.
Para reforzar la teoría de que la república no se fundaría plenamente sino hasta luego de las leyes de las doce tablas,[¶] tenemos que solo luego del 449 a. C. se daría nombre definitivo a los cónsules, por lo que antes de esto todos los magistrados eran llamados indistintamente praetores.
Así, tenemos que desde el 449 a. C. nacen los cónsules, en el 446 a. C. los cuestores, en el 442 a. C. los censores, y para el 366 a. C. los pretores propiamente y los ediles curules.
Los magistrados estaban investidos de tres prerrogativas, dos comunes a todos (a) llamada potestas, que implicaba su capacidad para representar al pueblo romano, es decir, que tenían de forma abstracta poder sobre los asuntos del estado, y otra (b) llamada ius edicendi, que les permitía hacer pronunciamientos públicos.
Pero además, algunos magistrados contaban con (c) imperium, que era un poder exclusivo de las magistraturas mayores del cónsul, el pretor, el edil y posteriormente de los príncipes; este poder los dotaba de un poder más amplio que la potestas, pudiendo además dirigir ejércitos, administrar justicia y convocar a comicios.
Todas ellas ejercían simbólicamente a la ciudad de Roma, por lo que posteriormente, durante la época de expansión militar de la República Romana, se crearían también cargos distintos para administrar los asuntos fuera de la ciudad, como los procónsules, propretores, etc.
El senado es uno de los órganos que mayor relevancia tuvo durante la república romana, no tanto a nivel legislativo ─como se suele pensar─, sino a nivel político, pues de él dependían gran parte de las decisiones que incumbían sobre todo a los asuntos del estado.
Su composición fue variable, y llegaron a existir hasta 1000 senadores en épocas de Marco Antonio (s. I a. C.), cuya curul era vitalicia, electos y sancionados por los censores.
Sus funciones se pueden dividir en tres áreas: (a) a nivel político, sancionaban las leyes que aprobaban los comicios ─auctoritas─, dirigían las relaciones internacionales, recibían embajadores, declaraban la guerra o la paz, y nombraban a generales.
A (b) nivel judicial, el senado juzgaba e imponía castigos a los magistrados, llegando incluso a separarlos del cargo, y a los crímenes graves, como la traición o el envenenamiento.
Y (c) a nivel administrativo, el senado se encargaba de supervisar el culto, el tesoro público, la administración provincial, asesorar a lo magistrados y nombrar un dictador.
El periodo republicano está marcado (a) por una fuerte influencia helenística en la arquitectura y las costumbres sociales de los romanos, especialmente de las élites, en las que se hizo común la adquisición de esclavos griegos como pedagogos de sus hijos.
Esto quizá porque las conquistas de Roma la llevaron a dominar una cuenca helenizada, el Egipto ptolemaico, el levante sirio-palestino que estaba dominado por los Seléucidas, y toda el área de la Magna Grecia, que incluía desde el sur de Italia ─colonias de Capua hasta Sicilia─ hasta bastas zonas del Mar Negro y el Ponto.
En suma, que antes que los romanos conquistaran la cuenta del mediterráneo por la fuerza, ya los griegos la habían conquistado por su cultura.
También, (b) por una división social muy fuerte al interior de la sociedad romana, pues, junto con el aumento en el número de esclavos, ocurrió que los patricios se pudieron hacer extremadamente ricos, y se perdió cierto sentido de unidad social sobre el que se había fundado Roma y el concepto de ciudadanía.
Esto indudablemente ocasionó las guerras civiles del siglo I, y la posterior transición hacia el Imperio.
Por su parte (c) el derecho reemplazó a la religión como sistema de control social, y precisamente por esto se creó el sistema jurídico más completo que se haya datado en la antigüedad.
Al igual que no podemos dar con certeza una fecha de creación de la República, tampoco podemos dar con certeza una fecha en la que haya terminado, pues en sentido estricto, Roma nunca terminó por convertirse de nuevo en una Monarquía.
Así que se suele usar como fecha, el ascenso de Augusto (27 a. C.), pues luego de esto se erosionarían definitivamente las instituciones republicanas.
Pero a modo de reflexión, sirve entender dos cosas: (a) primero, que desde el 44 a. C., cuando Julio César es nombrado dictador por primera vez, las instituciones republicanas ya estaban suficientemente deterioradas como para considerarse que la República habría muerto.
Y que (b) no sería sino hasta las reformas de Diocleciano (303 d. C.), luego de la crisis del siglo III, que se notaría totalmente el completo desuso de los modos republicanos, cambiados ya por un modelo burocrático.
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Anavitarte, E. J. (2018, September). La República Romana: Alcance y Desarrollo. Academia Lab. https://academia-lab.com/2018/09/26/la-republica-romana-alcance-y-desarrollo/
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