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El Constitucionalismo Contemporáneo

By: Anavitarte, E. J.*

El constitucionalismo contemporáneo o constitucionalismo social, es el periodo del constitucionalismo comprendido entre principios del siglo XX, hasta mediados del mismo siglo (c. 1950), en el que el estado se hace garante de un mayor número de derechos del ámbito social.

Durante este periodo surgen conceptos como el de derechos laborales constitucionales, derechos al medio ambiente, derechos colectivos de las comunidades indígenas, etc., ampliando el alcance de las normas constitucionales y de la función del estado.

Todas estas innovaciones son el producto de las Revoluciones Sociales del Siglo XX, y de los resultados de la Primera Guerra Mundial, que obligaron a los gobiernos a adoptar condiciones que permitieran una mayor redistribución de la riqueza y una mayor equidad social.

Delimitación Temporal del Constitucionalismo Contemporáneo

El constitucionalismo contemporáneo tiene su origen a principios del siglo XX, tras los profundos cambios sociales que originaron las revoluciones sociales de México y Rusia, y posteriormente tras la Primera Guerra Mundial.

Siendo su primera manifestación jurídica la Constitución de Querétaro (1917), que dio inicio a un fenómeno de reivindicación social a través de las normas constitucionales.

Y esta tendencia sería uniforme a lo largo de todo el siglo XX, (a) primero por Constituciones como la de Weimar (1919), o la Española de 1931, luego (b) por el fenómeno de reformas constitucionales para incluir derechos sociales durante el periodo siguiente a la posguerra.

E incluso (c) con el surgimiento del Nuevo Constitucionalismo Latinoamericano de finales del centenio ─siglo─, en el que se adoptaron nuevas constituciones a lo largo de todo el continente.

Delimitación Conceptual del Constitucionalismo Contemporáneo

Debe decirse que el constitucionalismo contemporáneo no es una etapa aislada del desarrollo constitucional, sino que este toma todo lo logrado por el constitucionalismo clásico, como el imperio de la ley, la división de poderes o las garantías individuales, y les añade un enfoque social.

Es decir, que no pretende suplantar a los modelos constitucionales anteriores, sino lograr además brindar un marco jurídico más equitativo y socialmente más sostenible.

De aquí que se le conozca también como constitucionalismo social.

Así, vemos el surgimiento progresivo de nuevos derechos, como los derechos laborales, los derechos sociales, los derechos al medio ambiente sano, etc., como una forma de garantizar condiciones comunes, en vez de solo reglas comunes.

Características del Constitucionalismo Contemporáneo

El constitucionalismo contemporáneo se caracteriza por cuatro cambios en el paradigma constitucional, todos los cuales giran en torno a la expansión social del objeto constitucional.

  • Estado garante e interventor
  • Derechos no individuales

Es decir, que las constituciones ya no regulan las relaciones entre las personas y otras personas, enfoque antropocéntrico, sino las relaciones entre las personas y todo su entorno ─social, institucional, cultural, ambiental─, con un enfoque ecocéntrico.

El anterior paradigma individual, en el que el hombre es el centro del derecho constitucional, se expande hacia la sociedad, e incluso hacia todo el entorno.

Así, (a) el estado deja de ser un árbitro entre las personas que participan en la sociedad, y busca garantizar efectivamente condiciones para todos los actores, para lo cual interviene más activamente en la sociedad, en el medio ambiente y en el mercado.

Este nuevo panorama de reivindicaciones sociales, que presionó una mayor intervención por parte del estado, exigió también (b) la creación de derechos no individuales, es decir, de derechos sociales, laborales, económicos, medioambientales, etc., que en su conjunto comparten la trascendencia del individuo como sujeto exclusivo del derecho.

Estado Interventor

Este nuevo estado interventor, busca evitar que la inacción del estado ─o acción negativa para ser más precisos─, permita el desarrollo de fenómenos sociales que luego depongan al mismo estado, y desemboquen en conflictos armados o revoluciones.

Como se vio por ejemplo en el la Revolución Mexicana, en el que el modelo de estado liberal creó como fenómeno subsecuente un profundo desequilibrio social, no por su acción directa, sino porque el modelo mismo garantizaba solo los derechos que más fácilmente detonan el resentimiento social, como la propiedad de los latifundistas.

Así, el estado liberal, propio del constitucionalismo liberal ─clásico─ siempre interviene, aunque no siempre lo haga activamente; pues el derecho puede crear jurídicamente ficciones insostenibles en la realidad, como las monarquías, la esclavitud, o el apartheid.

Para lo cual, se hace necesario que el estado se responsabilice de esta capacidad de intervención suya, no privilegiando de facto a un grupo social ─terratenientes, clero, nobleza─, sino creando condiciones comunes, dentro de las cuales sí pueden competir los actores sociales.

Derechos No Individuales

El constitucionalismo contemporáneo surge con dos nuevas características en cuanto a los derechos individuales ─libertades─, por un lado (a) aparecen nuevos derechos, que impactan a la persona no solo jurídicamente, sino social, económica, cultural, o ambientalmente.

  • Función social de la propiedad
  • Cambio en el paradigma de la igualdad
  • Promoción de la justicia social

Y (b) se expande el alcance de los derechos individuales tradicionales, como la propiedad, la igualdad o la justicia, para cobijar situaciones en las que estos derechos promuevan indebidamente la inequidad social.

Así, por ejemplo, la propiedad se torna de responsabilidad social, en contraposición al concepto clásico de propiedad absoluta, para evitar que producto del derecho de propiedad, se vulneren derechos colectivos, como el derecho al trabajo a la subsistencia.

La igualdad pasa a ser una igualdad material ante la ley, en contraposición al anterior concepto de igualdad formal, evitando que se violaran los derechos de las personas por su falta de recursos económicos o de capacidades educacionales.

Y por último, el concepto de justicia se hace expansivo, para cobijar la justicia social y de comunidades, en contraposición a la justicia surgida en instancia judicial.

Historia del Constitucionalismo Contemporáneo

El constitucionalismo contemporáneo comienza como fenómeno jurídico tras la Constitución de Querétaro (1917), pero al menos desde mediados del siglo XIX algunos autores como Karl Marx o Eduard Bernstein, habían planteado la necesidad de un enfoque más equitativo del estado.

Y es el resultado directo del mundo mercantilista e imperialista de finales del siglo XIX, en el que (a) los ordenamientos jurídicos liberales habían constituído al estado como un protector de facto de las clases burguesas industriales y de los terratenientes rurales.

Esto, sumado a (b) la mayor cantidad de bienes de consumo que generó la Segunda Revolución Industrial, creó un profundo resentimiento entre los sectores más pobres de la sociedad, que se veían incapaces de ascender socialmente, y de disfrutar del nuevo mundo contemporáneo.

Lo que se consolidó primero con la Revolución Mexicana y la Revolución Rusa, y luego con la Revolución Española. Así como al fenómeno de resentimiento que generó en la sociedad Alemana los resultados de la Primera Guerra Mundial.

Producto de la Revolución Mexicana, surgiría la primera constitución social (Querétaro); de la Revolución Rusa la Constitución de la Unión Soviética de 1924; y de las tensiones sociales en España la Constitución de 1931. Todas ellas con un enfoque marcadamente social.

Y en América Latina este fenómeno se manifestaría institucionalmente en la Constitución Peruana de 1923, las Constituciones Brasileñas de 1934 y 1937, la Constitución Cubana de 1940, la Constitución Guatemalteca de 1945, y las Reformas de Perón en Argentina (1950).

Derecho Constitucional

Tabla de Contenido

  1. Definición
  2. Delimitación temporal
  3. Delimitación conceptual
  4. Características
    1. Estado interventor
    2. Derechos no individuales
  5. Historia

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Anavitarte, E. J. (2013, June). El Constitucionalismo Contemporáneo. Academia Lab. https://academia-lab.com/2013/06/03/el-constitucionalismo-contemporaneo/