El Principio de Contradicción

Por: Anavitarte, E. J.*

El principio de contradicción o principio audiatur et altera pars es un criterio de validez de las actuaciones procesales, que establece como parámetro de validez general: la oportunidad de ambas partes de ejercer un control material durante la actuación.

Este principio implica que las pruebas solo pueden ser incorporadas cuando son practicadas en el marco de un juicio en el que parte y contraparte tienen la misma oportunidad de aportar su teoría del caso. Así, la incorporación de la prueba solo es válida si es el resultado de un proceso de contradicción.

La contradicción se enmarca dentro del principio de igualdad de armas del proceso adversarial (sistema acusatorio), y se manifiesta en figuras como el contrainterrogatorio a los testigos y las oposiciones.

It is a long established fact that a reader will be distracted by the readable content of a page when looking at its layout. The point of using Lorem Ipsum is that it has a more-or-less normal distribution of letters, as opposed to using 'Content here, content here', making it look like readable English.

Debes ingresar para acceder a este contenido
Iniciar con Google
Iniciar con Facebook
x