El Divorcio en el Derecho Romano

Por: Anavitarte, E. J.*

El divorcio es la disolución jurídica del vínculo matrimonial por la voluntad de uno o de ambos cónyuges, aunque variando en el modo en que se podían evocar cada una de las figuras.

Esta disolución fue llamada de dos formas por los romanos: (a) repudium, y (b) divortium. Pero en general se refieren a un mis concepto jurídico, el de separación de las personas y bienes que conforman el matrimonium.

Los hijos se mantendrían en general dentro de la potestad del paterfamilias, quien era el único capaz de poseer patria potestad. Y la mujer, que en algunos casos era libre de disponer de su dote, salía de la familia agnaticia del pater.

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