La Carga de la Prueba

Por: Anavitarte, E. J.*

La carga de la prueba es la distribución procesal del deber de aportar las pruebas necesarias para resolver el juicio, que puede estar en cabeza de alguna de las partes, del juez o incluso de un tercero.

El término procede del latín onus probandi y desarrolla el principio procesal 'de la necesidad de la prueba' inherente a cualquier proceso jurisdiccional. Así, no basta con conocer qué se debe probar, sino también quién sufre las consecuencias de no hacerlo.

Como todas las instituciones procesales depende de la normatividad de cada país, pero en general es la parte interesada quien tiene la titularidad de la carga de la prueba y está íntimamente ligada a otros conceptos como el de impulso procesal o el de presunciones legales.

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