Extinción de las Obligaciones en el Derecho Romano

Por: Anavitarte, E. J.*

La extinción de una obligación, es una consecuencia jurídica, derivada de la obligación misma, que ─necesariamente─ constituye para sí, una forma de resolver (solutio) el vínculo inherente en la obligación, cuya naturaleza es meramente instrumental.

Así, dado que la obligación ha sido creada por la voluntad de una o más personas, puede resolverse también por la voluntad de las mismas o de otras personas, pues, si algo tuvo el suficiente poder para crearlas, tiene el mismo para resolverlas.

De aquí que durante el derecho arcaico, los romanos contemplaron como forma de resolver las obligaciones, la realización de los mismos actos que les dieron lugar, bajo el principio del derecho, según el cual: las cosas se deshacen, como se hacen.

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