Las Garantías en el Derecho Romano

Por: Anavitarte, E. J.*

Las garantías, son todas aquellas obligaciones, tanto principales como accesorias, que facilitan al acreedor, hacer efectivo el pago de la deuda o contraprestación derivada de la obligación.

Así, el acreedor no se ve restringido por la incapacidad que tenga el deudor para hacer efectivo este pago, sino que puede accionar directamente contra otra persona, o exigir la apropiación de algotra cosa; extinguiéndose la deuda por compensación.

Estas figuras jurídicas, se desarrollaron a partir de la sponsio, como la ficción de una obligación condicional, donde la garantía queda supeditada al incumplimiento de la obligación principal, y que se extinguen conforme ocurra también con el pago de la misma.

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