El Negocio Jurídico en el Derecho Romano

Por: Anavitarte, E. J.*

Negocio jurídico, es cualquier acto voluntario que realizan las personas para generar efectos jurídicos, y que por tanto, constituyen la base de la mayoría de actuaciones del derecho privado. Así que a esto podríamos llamar también: los actos voluntarios en el derecho romano.

Esta distinción es necesaria, pues los romanos no crearon nunca, una teoría general del negocio jurídico, pero no por ello carecieron del concepto de agere, actus, o actio, con el que fueron designadas estas situaciones, en donde la voluntad de las partes era la creadora del derecho.

La ausencia de una teoría en tiempos clásicos, se debe a que la mayoría del derecho romano, se basó en la manifestación voluntaria del individuo, siendo innecesario para ellos distinguir entre negocios jurídicos, y hechos jurídicos. Pero los romanistas posteriores, para comprender el ordenamiento romano, han debido de estudiarlo así.

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