Las Obligaciones en el Derecho Romano

Por: Anavitarte, E. J.*

Por obligaciones, se entienden todos aquellos derechos, que una persona tenía, de exigir a otra, el cumplimiento de una acción o el pago de una cosa. Por lo que también podrían llamarse, derechos de cŕedito.

Este concepto de exigibilidad jurídica, de los derechos que se tienen sobre otras personas, es una de las innovaciones propias del derecho romano, al menos, respecto del derecho occidental moderno.

Estas obligaciones, representaban un vínculo entre el acreedor y el deudor, que el derecho reconocía mediante acciones judiciales. De allí que la palabra 'obligación' provenga del latín obligatio, que se traduce como "atar", ─lo que define bien su naturaleza jurídica─.

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