Los Derechos Reales sobre Cosa Ajena en el Derecho Romano
Los derechos reales en el mundo romano representaban la manifestación práctica del concepto abstracto de propiedad, pues su ejercicio está ligado directa o indirectamente a ella. Sin embargo no siempre recae el derecho real y la propiedad en la misma persona, a esto se le denomina derechos reales sobre cosa ajena.
El titular del derecho, sin tener la propiedad de la cosa, ni necesariamente la posesión, tiene garantías de uso, de goce, o de caución, que le permiten actuar jurídicamente como lo haría un dueño.
Estos derechos constituyen una creación jurídica propia de los romanos, que ayudaría a diferenciar instituciones como la tenencia, el usufructo o la posesión, y que aún hoy son el fundamento del derecho civil en los países occidentales.
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