Los Derechos Reales sobre Cosa Ajena en el Derecho Romano

Por: Anavitarte, E. J.*

Los derechos reales en el mundo romano representaban la manifestación práctica del concepto abstracto de propiedad, pues su ejercicio está ligado directa o indirectamente a ella. Sin embargo no siempre recae el derecho real y la propiedad en la misma persona, a esto se le denomina derechos reales sobre cosa ajena.

El titular del derecho, sin tener la propiedad de la cosa, ni necesariamente la posesión, tiene garantías de uso, de goce, o de caución, que le permiten actuar jurídicamente como lo haría un dueño.

Estos derechos constituyen una creación jurídica propia de los romanos, que ayudaría a diferenciar instituciones como la tenencia, el usufructo o la posesión, y que aún hoy son el fundamento del derecho civil en los países occidentales.

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