El Condominio en el Derecho Romano

Por: Anavitarte, E. J.*

En el derecho romano, el communio, copropiedad o condominio es la situación jurídica en la que concurren dos o más personas como propietarios ─dominus─ de una misma cosa.

Por lo que en esta situación, ninguno es dueño parcial de un aspecto de la cosa, sino dueños completos cada uno, de una representación abstracta de un porcentaje de toda la cosa, limitando el ejercicio del otro para enajenarla o disponer libremente de sus derechos como propietario.

El communio implicaba la indivisibilidad de los derechos de cada propietario, de aquí que fuese en general una situación irregular, tanto voluntaria como incidental, y avocada a terminarse mediante la acción communi dividundo.

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