Los Plebiscitos en el Derecho Romano

Por: Anavitarte, E. J.*

Los plebiscitos, fueron todos aquellos actos jurídicos, que en su conjunto, la plebe profería durante los comicios o asambleas de la plebe (concilia plebis) para regular su propio derecho, y en principio, solo regían para los plebeyos. De allí su nombre.

Conforme Roma fue expandiéndose territorialmente, y la cantidad de plebeyos aumentó, también lo haría el poder político de la plebe, hasta el punto de que en el año 287 a. C. se emite la lex Hortensia, que concede a los plebiscitos vinculatoriedad jurídica universal (erga omnes).

Por esto, entrado el periodo clásico, la distinción entre plebiscito y ley, sería inexistente, y a ambas fuentes normativas se les llamaría genéricamente leyes. Ya para el posclásico y en el derecho bizantino, serían solamente una forma de estudiar el pasado jurídico romano, dando por sentado que son lo mismo.

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