Ius, Fas y Mos en el Derecho Romano

Por: Anavitarte, E. J.*

Para los romanos, las normas constituían todas aquellas disposiciones, que se consideraban exigibles socialmente, y podían ser de tres tipos: ius, fas o mos, cada una consagraba algún tipo de obligación.

La primera, (a) ius, corresponde con el derecho positivo, la segunda (b) fas, con los mandamientos religiosos, y la tercera (c) mos, con las normas consuetudinarias. Cada una tuvo momentos de mayor y menor aplicación en la historia romana.

Durante el derecho arcaico, todas estas disposiciones se agruparon dentro de un mismo concepto: las mores, que tenían dentro de sí, connotaciones religiosas, jurídicas, y sociales. Pero conforme avanzó el derecho y especialmente durante el preclásico, se hace una clara distinción entre los diferentes tipos de normas.

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